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Call Center

La Resolución Nº318/2011 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene por objeto garantizar el cumplimiento de condiciones de Salud y Seguridad en los Call Center.

En los últimos años esta actividad laboral pasó a nuclear una gran cantidad de trabajadores cuya modalidad aún no se encuentra reglamentada. Sólo en la ciudad de Rosario son 3.000 las personas que trabajan en Call Center.

Esta actividad, con sus particularidades, conlleva riesgos considerándose particularmente los riesgos psicosociales.

El Código de Buenas Prácticas para Call Center detalla minuciosamente las condiciones edilicias que deben implementarse para desarrollar la jornada laboral: garantizando la calidad y la renovación del aire, las áreas de trabajo y sistemas de evacuación ante cualquier riesgo.

Esta normativa también pauta la organización de la jornada laboral estableciendo días y horarios de reposo, la programación mensual de turnos, la realización de exámenes médicos periódicos para los trabajadores y la constitución de Comités Mixtos de Salud y Seguridad en el Trabajo.

Se propone que el Código aprobado se aplique a todas las empresas que brinden un servicio de atención telefónico en sus distintas modalidades.