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Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) - Ley 27.610


La ley 27.610 regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo y la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar. Es legal en todo el territorio argentino y debe garantizarse en efectores públicos de salud, obras sociales y prepagas de manera integral y gratuita.

Derecho a decidir

En todo el proceso de atención, el equipo de salud debe brindar información clara y comprensible sobre los pasos a seguir, comunicando a las personas solicitantes los análisis y estudios necesarios, los procedimientos existentes posibles (medicamentoso o instrumental) y los métodos anticonceptivos que están disponibles luego de la interrupción. Si la complejidad de la situación lo requiere, el equipo de salud puede referenciar a otro efector que realice la práctica que se necesite. Todo este proceso se debe acompañar siempre con la firma del consentimiento informado, en el marco de garantía de derechos a una salud sexual integral.

Son derechos de todas las personas recibir:

* trato digno y respetuoso de su autonomía,

* privacidad y confidencialidad durante las consultas

* información actualizada, comprensible, veraz y comunicada en lenguaje claro y simple y los formatos accesibles que se requieran.

* acceso a la práctica de IVE/ILE en un plazo máximo de 10 días corridos, desde que la solicite.

* apoyos de personas de su confianza durante el proceso de atención, si así lo desean.

* prácticas de salud de calidad* métodos anticonceptivos de manera gratuita.

Consentimiento Informado:

En el caso de la IVE/ILE el consentimiento debe darse por escrito. Este documento debe ser claro y accesible, y puede emitirse en cualquier formato braille, manuscrito, digital, audio, etc.) o idioma, incluyendo lenguas originarias.

El consentimiento informado lo firma la persona gestante que solicita la IVE/ILE. Todas las personas, con y sin discapacidad, tienen derecho a autorizar por sí mismas la práctica.

Acceso a IVE

Decidir y acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Hasta la semana 14 inclusive, con el sólo requisito de la solicitud de la persona gestante.

Acceso a ILE

Decidir y acceder a la Interrupción Legal del Embarazo. Si es consecuencia de una violación o pone en riesgo la salud o la vida de la persona gestante.
Si la Obra Social o Prepaga se niega a realizar la práctica se puede realizar la denuncia en: Superintendencia de Servicios de Salud completando el Formulario de reclamos para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

O completando el Formulario de Defensa del Consumidor.

Por dudas o para recibir orientación para saber dónde acudir podés llamar de manera confidencial al 0800-222-3444 (línea telefónica salud sexual nacional).

Encontrá los efectores de Salud que dan respuesta a solicitudes de IVE/ILE en el Mapa de efectores con equipos que dan respuesta a solicitudes ILE/IVE en la Provincia de Santa Fe.