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Consideraciones generales

Los propietarios de embarcaciones deportivas o de recreación, inscriptas o no en la Prefectura Naval Argentina y que desarrollen actividades de esparcimiento, entretenimiento, diversión, placer, ocio, turismo aventura, ecoturismo, guía de pesca, pesca deportiva y/o afines, o deportivas con destino a competencias o no; y que tengan su fondeadero, amarre o guarda habitual dentro del territorio de la Provincia de Santa Fe; deben inscribirse en el Registro Provincial de Embarcaciones Deportivas o de Recreación.

En el caso de embarcaciones nuevas, la inscripción se deberá realizar dentro de los 30 (treinta) días corridos contados desde la fecha de factura de compra, acto, contrato o documento que pruebe la propiedad de la misma.

La inscripción se realiza online y para completar el trámite el contribuyente tiene que asistir a la Municipalidad o Comuna correspondiente al domicilio declarado para la inscripción definitiva, donde se le entregará una Cédula de Identificación de la Embarcación.

El contribuyente deberá informar con carácter de declaración jurada la valuación de la embarcación, la cual constituirá la Base Imponible para el cálculo del Impuesto de la Patente Única sobre las Embarcaciones.