Resultados 0 - 10 de aproximadamente 72 de "Tucuman Indias Virreinato del Peru Argentina desde 1860" en período de 1532 a 1900
1.
Perteneciente al 13 de Mayo de 1577
Tomo I Primera Serie, *I-1-1/F.13

Ante la rebelión de naturales y la marcha de muchos pobladores, el procurador solicita no se conceda licencia para ausentarse de la ciudad a ningún español, formulando la misma petición para Pedro de Vega, el único maestro existente en la ciudad.

Observaciones: PrimeraParte del acta

2.
Perteneciente al 19 de Febrero de 1590
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.107v-I-1-1/I-F.108

Lorenzo Suárez de Figueroa presenta una provisión real por la quese le acuerda el título de juez de bienes de difuntos en las provinciasde Tucumán y Paraguay.

Observaciones: Primera parte del acta.

3.
Perteneciente al 19 de Febrero de 1590
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.108v-I-1-1/I-F.112v

-Transcripción del título de juez de bienes de difuntos en las provinciasdel Tucumán y Paraguay, a favor de Lorenzo Suárez de Figueroa, ylas presentaciones en los cabildos de La Plata, Santiago del Esteroy Córdoba.

-Se admite y jura dicha provisión real.

Observaciones:Segunda parte del acta. (Conclusión).

4.
Perteneciente al 30 de Marzo de 1595
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.218v-I-1-1/I-F.219

-Miguel de Izaguirre presenta título de juez de bienes de difuntos de la gobernación de Tucumán y provincia del Río de La Plata, y esadmitido en su cargo.

-Se dispone la transcripción del mencionado título en el libro del cabildo.

5.
Perteneciente al 30 de Marzo de 1595
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.219v-I-1-1/I-F.222v

Copia del título de juez de bienes de difuntos de la gobernación deTucumán y provincia del Río de La Plata, a favor de Miguel de Izaguirre, dado en La Plata, el 24 de marzo de 1593, por el licenciado Juan Díazde Lopidana, juez de bienes de difuntos y oidor de la real audiencia.

6.
Perteneciente al 3 de Julio de 1595
Tomo II Primera Serie, *I-1-1/I-F.232v-I-1-1/I-F.234

-El procurador Diego Ramírez presenta dos peticiones.-El cabildo hacecomparecer al mercader Nicolao Vital para que declare bajo juramento sobre su compra de ropas, obligándole a que comercie el tercio correspondiente,previa presentación del memorial que acredite su adquisición a Manuel Pereyra.

-Ante las invasiones de los vecinos de Santiago del Esteroa territorio de esta ciudad, en cuyas incursiones se alzaban conlos indios de los repartimientos, se resuelve escribir al gobernador Fernando de Zarate y a Pedro de Mercado, gobernador de Tucumán, encargándosede la redacción al alcalde Cristóbal de Arévalo y al regidor Diego Tomás de Santuchos.

7.
Perteneciente al 15 de Octubre de 1618
Tomo I Segunda Serie, *I-1-1/I-F.184v-I-1-1/I-F.186v

Instrucciones dadas al capitán Manuel Martín, en su carácter de procuradorgeneral de Santa Fe, ante las autoridades superiores de Santiago delEstero, para solicitar:

1º) la observancia de las jurisdicciones acordadasa ambas ciudades.

2º) La restitución de las indias que fueran sacadasdel lado de sus maridos.

3º) se impida llevar indios de esta provinciaa Jujuy, Tucumán y Perú.

4º) Se levante la estancia de Alonso Díaz Caballero por estar en la jurisdicción de Santa Fe y ser refugio deindios ladrones y fugitivos.

5º) Se despueble esa estancia porquea los dichos señores les fue rechazado el pedido de extracción deganado de fundarla, y que la apelación que presentaron a la audienciade La Plata ha quedado sin efecto.

6º) La restitución a Santa Fe detodos los naturales de su jurisdicción que se encuentran en Santiago del Estero.

7º) Que ninguna persona de Santiago del Estero pueda entrara jurisdicción de Santa Fe a sacar ganados.

8º) Toda otra cosa quesea de conveniencia para esta ciudad.

8.
Perteneciente al 15 de Octubre de 1618
Tomo I Segunda Serie, *I-1-1/I-F.186v-I-1-1/I-F.189v

Poder dado al capitán Manuel Martín, en su carácter de procuradorgeneral de Santa Fe, ante las autoridades de la provincia de Tucumán,para gestionar sobre las cuestiones suscitadas con Santiago del Estero.

9.
Perteneciente al 4 de Septiembre de 1623
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.91

Instrucciones para los procuradores ante la real audiencia de La Plata,Gonzalo de Luna y el general Enrique de Guzmán. Debían solicitar:

1) se prohiba a los vecinos de la gobernación de Tucumán entrar avaquear a la jurisdicción de Santa Fe,

2) que las licencias de vaquerías para el distrito de Santa Fe se concedan por el cabildo de ella, ya sus vecinos, por pertenecerles los ganados existentes.

10.
Perteneciente al 22 de Abril de 1624
Tomo II Segunda Serie, *I-1-1/II-F.147v-I-1-1/II-F.149

A solicitud del procurador se fija precio a lo siguiente: lienzo ysayal de Tucumán, cordellate de Córdoba, cordellate de Perú, jerguetade Perú, jergueta de Buenos Aires; paño de Quito; cordobán, y ganado vacuno. Se establece una multa de 100 pesos para cada infracción.

Observaciones:Al margen del folio 149 figura el testimonio delpregón sobre los precios,dado el 22 de abril y firmado por el escribano García Torrejón.

Programa ADAI Archivo General de la provincia de Santa Fe