picture_as_pdf 2019-02-01

SUBDIRECCION DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0037


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 28/01/2019

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras: y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09, 3720/17 y Resolución SCYGB Nº 510/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CECARRI S.R.L. CUIT N.º 30-69542431-7.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “VERDELIMP” de ALARCÓN CLAUDIA MABEL CUIT N.º 27-17591327-6; BIOTRADE ARGENTINA S.R.L. CUIT N.º 30-71123667-4; CONFECCIONES JOSÉ CONTARTESE Y CIA. S.R.L. CUIT N.º 30-52141731-1; CORVEN MOTORS ARGENTINA S.A. CUIT N.º 30-71027733-4; DEVOL S.A. CUIT N.º 30-69541414-1; “TALLER MARCOS” de MARCOS JULIO CÉSAR CUIT N.º 20-

11511285-7; “TALLER PABLO MARCOS” de MARCOS JULIO PABLO CUIT N.º 20-24995789-6; “A TODA TINTA S.H.” de PATRICIO RAÚL VILLALÓN, ENRIQUE DAVID GALGIARDO LLODRA, JUAN MANUEL LAFERRAR Y JUAN PEDRO CHEMES S.H. CUIT N.º 30-71217505-9; RAÚL E. MÓNACO S.A. CUIT N.º 33-63877672-9

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 27653 Fe. 1 Feb. 4

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RES. GRAL. 007/19


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 28/01/2019

VISTO:

El Expediente Nº 13301-0295032-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones del inciso e) del artículo 327 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias); y,

CONSIDERANDO:

Que dicha disposición refiere a la exención impositiva respecto al pago de la Patente Única sobre Vehículos para los vehículos nuevos o usados destinados al uso exclusivo de personas con discapacidad;

Que a través de la Ley 13756 se modificó el inciso e) del artículo 327 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) disponiendo para los vehículos no adquiridos bajo el régimen de la Ley Nacional  19.279 y modificatorias y Decreto Reglamentario, que el beneficio impositivo corresponderá cuando el  valor fiscal del vehículo automotor no supere  el monto de quinientos mil pesos ($500.000.-) y que dicho monto será ajustable anualmente de acuerdo a la variación de Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC);

Que la Ley 13756 entro en vigencia a partir del mes de mayo de 2018, por tal motivo corresponde considerar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde el mes de Mayo/2018 y hasta Diciembre/2018, el cual alcanzó el 32% (treinta y dos por ciento);

Que por lo tanto el nuevo valor para los vehículos alcanzados por lo dispuesto en el apartado 2 - inc. e) del artículo 327 del Código Fiscal (t.o. 2014 y sus modificatorias) es de $660.000.- (pesos seiscientos sesenta mil);

Que la presente se dicta en el uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y c.c. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante Dictamen Nº 23./2019 de fs. 9, sin observaciones de índole legales que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR

PROVINCIAL DE IMPUESTOS

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º - Fíjase para el año fiscal 2019 en seiscientos sesenta mil pesos ($ 660.000.-) el monto dispuesto en el apartado 2 – inc. e) del artículo 327 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) para tramitar el beneficio de exención del pago de Patente Única sobre Vehículos, respecto a los vehículos nuevos o usados destinados al uso exclusivo de personas con discapacidad, no adquiridos bajo el régimen de la Ley Nacional  Nº 19279 y modificatorias y Decreto Reglamentario.

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. LUCIANO MOHAMAD

ADMINISTRADOR PCIAL DE IMPUESTOS

S/C 27647 Feb. 1

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS Nº 33


OBJETO: “REPARACION DE MOTOR MERCEDES BENZ DC AÑO 1998”

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 222.025,32 Pesos: (Doscientos veintidós mil veinticinco c/32/100) I.V.A. INCLUIDO.-

APERTURA DE PROPUESTAS: 21/02/2019 HORA: 09:00

LUGAR DE APERTURA: Oficina de compras – Rafaela

ENTREGA DE PLIEGOS E INFORMES: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

Av. Santa Fe 1671

2300 – RAFAELA – SANTA FE

TE (03492) 438505/508/509

S/C 27652 Feb. 1 Feb. 5

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