picture_as_pdf 2017-03-01

MUNICIPALIDAD DE RECREO


CEMENTERIO DE RECREO CAMBIO TITULARIDAD DE NICHO”


Habiendo sido solicitado el cambio de titularidad del Derecho de Concesión del nicho D2.459.F2CAT107 del Cementerio Municipal de Recreo inscrito a nombre de ARANDA DELGADO CARLOS ALBERTO, fallecido el 27 de diciembre de 2015, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios por el plazo de diez (10) días, para presentarse ante la Municipalidad sita en Av. Mitre 1211 de Recreo, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a lo solicitado, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido. - Recreo, 21 de Febrero de 2017.

$ 135 315365 Mar. 1 Mar. 3

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UNIVERSIDAD NACIONAL

DE ROSARIO


FACULTAD DE CIENCIAS BIOQUÍMICAS

Y FARMACÉUTICAS


LLAMADO A CONCURSO


La Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas llama a concurso para la provisión de:

* 1 cargo de Profesor Asociado dedicación exclusiva en el Departamento de Química Física -Área Química General e Inorgánica.

Inscripcióin:

Apertura: 20.03.2017 a las 8 horas

Cierre: 27.03.2027 a las 13 horas

Más información: docencia@fbioyf.unr.edu.ar

$ 45 315310 Mar. 1

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BAUEN ARQUITECTURA S.R.L.

PILAY S.A. - PILARES S.R.L.

U.T.E.


COMUNICADO


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudieran corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común Grupo F01 Nº 1851 suscripto en fecha 28 de Junio de 2006 entre Bauen Arquitectura S.R.L. - Pilay S.A. - Pilares S.R.L. - U.T.E.- y los Sres. Marta Isabel Alvarez, D.N.I. 14.417.872 y Francisco Antonio Giacusa D.N.I. 8.486.535 ha sido extraviado por los mismos.

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GRUPO UNIÓN S.A.


NOTIFICACIÓN


Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”). Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”).Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”) y Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”), que se identifican con los números:

275897,275912,275969,276090,276123,276131,276141,276167,276176,276227,276231,276270,276274,276275,276290,276296,276312,276319,276323,276336,276372,276377,276379,276393,276400,276411,276435,276478,276497,276502,276506,276516,276520,276524,276529,276533,276535,276536,276548,276552,276564,276567,276572,276580,276582,276594,276596,276597,276600,276602,276603,276606,276614,276619,276629,276630,276632,276633,276642,276644,276647,276665,276674,276678,276683,276685,276692,276693,276697,276699,276704,276705,276706,276707,276714,276716,276722,276731,276740,276741,276743,276745,276747,276760,276767,276772,276773,276780,276782,276785,276787,276792,276798,276804,276805,276808,276816,276819,276827,276830,276832,276848,276850,276855,276857,276859,276861,276864,276882,276898,276915,276918,276921,276927,276932,276936,276941,276947,276954,276971,276983,276987,276991,276992,276994,276995,276997,276998,276999,277001,277018,277021,277036,277045,277053,277091,277096,277116,277117,277125,277131,277167,277170,277173 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 dé julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados y (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica, a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por EarI Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.

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