picture_as_pdf 2018-11-01

COMUNA DE BARRANCAS


ORDENANZA Nº 428/2018

s/Desguace Moto Vehículos

VISTO:

Los informes elevados por la División Tránsito, y;

CONSIDERANDO:

Que se informa sobre la existencia de doce (12) motocicletas, en el predio destinado al depósito de vehículos remitidos por la Dirección de Tránsito; muchas de las cuales se encuentran abandonadas desde hace más de 6 meses;

Que la acumulación de estos vehículos constituye un foco infeccioso, de inseguridad y contaminación debido a las sustancias peligrosas que contienen, como así también un habitat especial para la permanencia y proliferación de roedores, alacranes, etc.;

Que obra detalle de las unidades existentes en el corralón comunal;

Que la Ley Nº 11856, en su Art. 8, Inc. B autoriza a las Comunas a disponer el desguace cuando es estado del vehículo, por su deterioro, implique un peligro real o inmediato para la salud o el medioambiente y haga presumir que el mismo fue abandonado y no pedido por su dueño;

Que iguales potestades concede la Ordenanza Nº 318/2016, en su Art. 3 al disponer que “En el supuesto de no regularizarse la situación, y por ende, no retirarse el vehículo secuestrado dentro del término de 6 (seis) meses de producido el acto de remisión al corralón, la Comuna se encontrará habilitada para proceder a su desguace...”;

Que, consecuentemente, se formalizarán dos publicaciones en un medio local y en el boletín oficial de la Provincia de Santa Fe, otorgando un plazo de cinco (5) días para que los titulares y/o quienes se creyeran con el derecho a las unidades en cuestión, regularicen la situación de los mismos y los retiren de la dependencia comunal donde están;

Que la Comisión Comunal trató el tema en su sesión de fecha 11/10/2018, según consta en el Libro de Actas bajo el N° 187;

POR TODO ELLO:

LA COMISIÓN COMUNAL DE BARRANCAS (Santa Fe), en uso de las facultades que le son propias, sanciona y promulga la siguiente


ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Otórguese un plazo de cinco (5) días, a los titulares y/o quienes se creyeran con derecho a las unidades que se detallan a continuación, para que regularicen la situación de las mismas y las retiren de la dependencia comunal donde se encuentran:

UNIDADES VEHICULARES:

MOTOS Y CICLOMOTORES:

ACTA-FECHA INFRACCIÓ VEHÍCULO

1212-27/08/2016 MUNDIAL 110 CC, MOTOR 1P52FMHBJ008459;

1292-04/01/2017 HONDA STORN, MOTOR SDH157FMIC93403039, DOMINIO 208EPP;

1441-17/05/2017 ZANELLA 50 CC, MOTOR AG64484;

1613-09/08/2017 GUERRERO 110 CC, MOTOR 150FM32007008760;

1659-23/08/2017 ZANELLA 50 CC, MOTOR 50LH11353;

1662-25/08/2017 MOTOMEL SKUA 150 CC, MOTOR 162FMJ11B15610;

1674-15/09/2017 ZANELLA 50 CC, MOTOR 50AG36595;

1604-16/07/2017 GUERRERO GT 70 DAY, MOTOR KT1P47FMDD0057734;

1687-24/09/2017 GUERRERO TRIP 110, MOTOR LF1P50FMH81168508, DOMINIO 130DXS;

1694-06/10/2017 YAMAHA CRIPTON, MOTOR E3H1E006898, DOMINIO 496HTP;

1683-20/09/2017 APPIA BREZZA, MOTOR DY157FMJ2D3041045, DOMINIO 315JLV;

1631-03/10/2017 GUERRERO G110, MOTOR LF1P50FMH81019313.

ARTÍCULO 2°) Publíquese conforme se detalla en los considerandos.

ARTÍCULO 3°) Expirado el tiempo establecido sin que sus titulares hayan ejercido sus derechos, se dispondrá el desguace de los rodados, a través de un mecanismo que asegure la no utilización de partes de los mismos.

ARTÍCULO 4°) Comuníquese, regístrese publíquese y archívese.

BARRANCAS, 12 de Octubre de 2018.-

JORGE A CALVET

Presidente

Comuna de Barrancas

$ 450 372919 Nov. 1 Nov. 7

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