picture_as_pdf 2018-09-03

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de Rosario, Dr. Ignacio Aguirre, se hace saber que en los autos: PICCARDO, NICOLÁS c/POZZI, LUCAS EZEQUIEL s/Daños y Perjuicios; (CUIJ Nº 21-11862867-2) se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 03 de Agosto de 2018. Atento que el demandado Pozzi, Lucas Ezequiel, no compareció a estar a derecho, ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado según publicación edictal de fs. 69, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaido el derecho dejado de usar. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Ignacio Aguirre (Juez) Dra. Ma. Guadalupe Gordillo (Secretaria). En consecuencia se hace saber que se ha declarado rebelde al demandado Pozzi, Lucas Ezequeil (DNI 33299501). Edicto sin cargo atento declaración jurada Art. 333 cpc y c Santa Fe de fs. 3 de autos. Rosario, 22 de Agosto de 2018. Ma. Guadalupe Gordillo, secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ROSA INÉS CATALANO (D.N.I. 13.167.900) y de JOSÉ LUIS CALLEIA (D.N.I. 11.273.310) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. - Secretaría, 26 de Febrero de 2018. Fernando Adrian Bitetti, Prosecretario.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Abriel Abad, notifica al Sr. Segovia, Miguel Angel, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE A. c/SEGOVIA, MIGUEL ANGEL s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-01363978-4): Rosario, 2 de Febrero de 2018; Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por cédula. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/intemet/Inicio.jspx, con la clave: 9342. 31 de Mayo de 2018. Fdo. Verónica A. Accinelli (Secretaria); Dr. Gabriel Oscar Abad (juez).

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En los autos caratulados A.P.I. c/CZARNY CONSTRUCCIONES SA s/Apremio Fiscales, CUIJ 21-02838091-4, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5° Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Juez); Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) se han dictado los siguientes decretos: Rosario, 11 de Junio de 2015: Previamente, cumpla con la ley 10244. Fdo: Dr. Alfredo R. Farías (Secretaria). Rosario, 18 de Agosto de 2015. Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa. Cítese de remate al accionado con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de ley se llevará adelante la ejecución. Trábese el embargo por la suma reclamada con más el 30% provisoriamente calculadas para intereses y gastos. Ofíciese. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Fdo: Dr. Ivan D. Kvasina (Juez), Dr. Alfredo R. Farías (Secretaria). Rosario, 25 de Septiembre de 2015. A lo solicitado, no ha lugar. Ofíciese al Registro Público de Comercio a efectos de que informe sobre el último domicilio social de la demandada. Fdo: Dr. Ivan D. Kvasina (Juez), Dr. Alfredo R. Farías (Secretaria). Rosario, 8 de Marzo de 2016. Agréguese. Ofíciese nuevamente al Registro público de Comercio a efectos de que informe respecto del domicilio legal de la empresa demandada. Fdo: Dr. Ivan D. Kvasina (Juez), Dr. Alfredo R. Farías (Secretaria). Rosario, 27 de Junio de 2016. Téngase presente.Dr. Alfredo R. Farías (Secretaria). Rosario, 02 de Febrero de 2017. Téngase presente. Fdo: Dr. Alfredo R. Farías (Secretaria). Rosario, 08 de Agosto de 2017. Previamente, ofíciese al Registro de procesos universales a efectos de que informe sobre eventual concurso preventivo ó quiebra de la empresa demandada. Fdo: Dra. Lucrecia Mantello (Juez), Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 30 de Octubre de 2017. Agréguese. Fdo: Dra. Eliana G. Monteporzi (Prosecretaria). Rosario, 16 de Febrero de 2018. Notifíquese por edictos, como solicita. Fdo: Dra. Lucrecia Mantello (Juez), Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 24 de Julio de 2018.

S/C 366334 Set. 3 Set. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 1° Nominación de Rosario, en los autos caratulados BECHARA BALADI, NÉSTOR EDGARDO c/SALVATIERRA, JUAN MANUEL y otros s/Juicio Ejecutivo; CUIJ Nº 21-12990096-9, se hace saber a la Sra. Salvatierra, María José D.N.I. 27.510.394 que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 13/04/2018. Vistos y Considerando: Informando verbalmente la actuaria que la planilla de fs. 79 no ha sido observada durante el término por el cual se la puso de manifiesto en la Oficina; Resuelvo: Aprobar la planilla que asciende a la suma de $ 7.200,14 en cuanto por derecho hubiere lugar. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. 30 de Julio de 2018. Fdo.: Dra. Mariana Martínez (Juez) - Dra. Mabel Ana M. Fabbro (Secretaria).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Ruiz, Emanuel Ivan, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RUIZ, EMANUEL IVAN s/Ejecutivo: CUIJ N° 21-028552S6-1): Rosario 15/03/2018; Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por cédula. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/intemet/Inicio.jspx, con la clave: 3319. Fdo. Dr. Abad Juez; Dra. Accinelli (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Benitez, Carlos Emiliano, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BENITEZ, CARLOS EMILIANO s/Ejecutivo CUIJ Nº 21-01358031-3): Rosario, 9 de Abril de 2018. Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por edictos. Fdo. Benjamín Valdes Tietjen (Prosecretario); Fabián Eduardo Daniel Bellizia (Juez). 29 de Junio de 2018. Verónica A. Accinelli, secretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Avalos, Maximiliano Cristián, DNI N° 38.195.930, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/AVALOS, MAXIMILIANO CRISTIAN s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02877173-5): Rosario, 01 de Junio de 2018. Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por edictos. 22 de Junio de 2018. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (secretaria); Dr. Gabriel Oscar Abad (juez).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Escobar, Cesar Carlos D.N.I. Nº 26.355.655 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ESCOBAR, CESAR CARLOS s/Ejecutivo, N° de Expte. N° 651/2014: Rosario, 2 de Marzo de 2018. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo N° 2083/2018: Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. Firmado: Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia (juez), Dra. Analia Suarez Mónaco (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 3º Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. Veron, Juana Dolores D.N.I. N° 5.448.641, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VERON, JUANA DOLORES s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02853092-4) N° de CUIJ Nº 21-02853092-4: El que suscribe, apoderado de la parte actora, ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. por la presente cédula hace saber a Ud. que en el juicio ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/VERON, JUANA DOLORES s/Ejecutivo; () Tomo: 101, Folio: 230, Resolución: 412 el señor Juez ha ordenado lo siguiente: Y Vistos: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de 3 (tres) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trabar embargo sobre los bienes de la demandada Veron Juana Dolores hasta cubrir la suma de $ 12.872,29. con mas la suma de $ 3.861,69. para intereses y costos, con los límites dispuestos por el decreto ley 484187. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Santa Fe, 26/03/2016. Firmado: Dra. María Klebcar Mondelli (juez en suplencia); Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Rojas, Manuel Francisco, DNI N° 31.594.361, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ROJAS, MANUEL FRANCISCO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02860714-5): Rosario, 26 de Abril de 2018; Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese, por cédula. 2 de Julio de 2018. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (secretaria), Dr. Gabriel Oscar Abad (juez).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Ramos Sánchez, Silvia Liliana, DNI N° 31.986.393, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RAMOS SÁNCHEZ, SILVIA LILIANA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02843017-2): Rosario, 11 de Junio de 2018. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenar llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Silvia Liliana Ramos Sanchez (DNI 31.986.393), hasta que se pague a Electrónica Megatone SA la suma de $ 6.425,77 con más intereses moratorios y punitorios a una tasa total de 19% nominal mensual desde el 5/2/15, todo hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados. Si al momento de practicarse la correspondiente liquidación surgiera que los intereses son superiores a los que resulten de aplicar una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días. Otorgar un plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la presente para realizar el pago. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los rubros que integran las costas que no son honorarios devengarán intereses de una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta la fecha del efectivo pago. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. 2 de Julio de 2018. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (secretaria), Dra. María Silvia Buduino (juez).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6a Nominación de Rosario, Dr. Néstor Osvaldo García, notifica al Sr. Navarro, Gladis Beatriz, DNI N° 23.928.998, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/NAVARRO, GLADIS BEATRIZ s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02859775-1): 1) Téngaselo por presentado, constituido domicilio, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado, otórguesele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Resérvese el sobre adjunto. 2) Por promovida Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. 3) Trábese embargo sobre las remuneraciones que perciba la demandada como empleada de Bacim S.A., con domicilio en calle Castrobarro 5294 de Rosario, en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual hasta el 10% del importe de aquellas y en el caso que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual, hasta el 20% del importe de aquellas, hasta cubrir la suma de $ 6.135,81 en concepto de capital con más la suma de $ 1.840 estimados provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial que deberá abrir en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, con domicilio en calle Montevideo 2076 de Rosario, a nombre de estos autos y a la orden del Juez. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel quienes se encuentran autorizado al diligenciamiento del correspondiente oficio. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Néstor Osvaldo García (juez); Dra. María Belen Baclini (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Ballongue, Pablo Martín, DNI N° 28.912.661, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BALLONGUE, PABLO MARTÍN s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-01365182-2): Rosario, 21 de Junio de 2018. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenar llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Pablo Martín Ballongue (DNI 28.912.661), hasta que se pague a Electrónica Megatone SA la suma de $ 8.978,56 con más intereses a una tasa total del 9% nominal mensual respecto de la suma de $ 2.002,32, y del 6% nominal mensual respecto de la suma de $ 6.976,24, todo desde el 5/11/12 y hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados. Si al momento de practicarse la correspondiente liquidación surgiera que los intereses moratorios son superiores a los que resulten de aplicar una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días o los intereses punitorios son superiores a la mitad de los moratorios, deberán reducirse a esos límites. Otorgar un plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la presente para realizar el pago. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los rubros que integran las costas que no son honorarios devengarán intereses de una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta la fecha del efectivo pago. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (sec), Dr. Luciano Daniel Juarez (juez en suplencia).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Galarza, Jimena Marta Soledad, DNI N° 28.334.486, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GALARZA, JIMENA MARTA SOLEDAD s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02859288-1): Rosario, 11 de Junio de 2018. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenar llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Jimena Marta Soledad Galarza (DNI 28.334.486), hasta que se pague a Electrónica Megatone SA la suma de $ 5.486,40 con más intereses punitorios a una tasa del 9% nominal mensual desde el 6/11/15, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados. Si al momento de practicarse la correspondiente liquidación surgiera que los intereses punitorios son superiores a los que resulten de aplicar una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para operaciones de descuento de documentos a 30 días deberán reducirse a esos límites. Otorgar un plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la presente para realizar el pago. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los rubros que integran las costas que no son honorarios devengarán intereses de una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta la fecha del efectivo pago. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. 2 de Julio de 2018. Firma. Dra. Verónica A. Accinelli (sec), Dra. María Silvia Beduino (juez en suplencia).

$ 33 366242 Set. 3 Set. 5

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Molina, Raúl Severiano, DNI N° 28.548.246, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MOLINA, RAÚL SEVERIANO s/Ejecutivo; Rosario, 22 de Marzo de 2013. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Molina, Raúl Severiano, por cobro de la suma de $ 10224.34 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Ordeno trabar embargo sobres los haberes que percibe el demandado como dependiente de LA GALLEGA SUPERMERCADOS S.A. en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 10224.34 con más la del 30% estimada provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial cuya apertura se solicitó al Banco Municipal de Rosario : N° 5032981/1 Cuit 33-99918181-9. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel, por la parte actora. Resérvese en Secretaría la documentación acompañada.Previo a todo tramite acompáñese copia certificada del poder invocado o certifíquese la agregada al expediente. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en cado afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. 16 de Agosto de 2018. Firmado: Dr. Marcelo Ramón Bergia (juez), Dra. Eliana C. Gutierrez White (sec).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. ORDUÑA, JULIO SEBASTIAN D.N.I. Nº 33.132.792 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/ORDUÑA, JULIO SEBASTIAN s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-01 128078-9) N° de EXPTE. N° 273/2015 CUIJ N° 21-01128078-9: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, a mérito al poder general acompañado, el que deberá certificar por ante la Actuaría. Téngase presente lo manifestado. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Al pto. VI-4), oportunamente. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Ruggiero, Damián Nahuel, DNI N° 32.444.215, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/RUGGIERO, DAMIÁN NAHUEL s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-02875285-4): Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Damián Nahuel Ruggiero (DNI 32.444.215, por cobro de la suma de $ 8.508,20 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Ordeno trabar embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Telecom en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma reclamada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial cuya apertura se solicitó al Banco Municipal de Rosario: N° 51 11225/3 CBU 065008010300051 I 122531 CUIT 33-99918181-9. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel, por la parte actora. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático, sin dejar copia en el expediente físico. Previo a todo trámite acompáñese copia certificada del poder invocado o certifíquese la agregada al expediente. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurix-online.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.jspx, con la clave: 6637. Firmado: Dra. María Andrea Mondelli (Juez); Dra. Accinelli Verónica (Sec.). Rosario, 30 de Julio de 2018. Dra. Accinelli, Secretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2º Nominación de Rosario notifica al Sr. Torres, Alexis Nicolás lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/TORRES, ALEXIS NICOLÁS s/Ejecutivo, Rosario, 24/1 1/2016. Por presentado, domiciliado en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de 3(tres) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Dispóngase la duplicidad de términos procesales conforme a lo dispuesto por la Ley 9040. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo sobre bienes libres del demandado siempre que no se tratare de haberes provisionales, previa reposición -si correspondiere hasta cubrir la suma de $ 6.890, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de éste Juzgado y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Expte. 2464/2016. Fdo: Dr. Sedita (Juez); Dra. Ma. Elvira Longhi (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Canteros, Mauricio Alejandro, DNI N° 37.486.374, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CANTEROS, MAURICIO ALEJANDRA s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-02853088-6): Rosario, 29 de Junio de 2018. Se ha declarado li rfebeldía del demandado Canteros Mauricio conforme lo normado por el art. 77 del CPCC. Rosario, 30 de Julio de 2018. Dra. Accinelli, Secretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario notifica al Sr. Torres, Alexis Nicolás lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/TORRES, ALEXIS NICOLÁS s/Ejecutivo, Rosario, 04/10/2013. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de 3 días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo, previa reposición -si correspondiere- en la forma solicitada, hasta cubrir la suma de $ 3370.00 estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de ley. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Expte. 3450/2013. Fdo. Dr. Sedita (Juez), Dra. Somaschini (Sec.). Dra. Longhi, Secretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Castelli, Sara Del Sol, DNI N° 35.803.578, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CASTELLI, SARA DEL SOL s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-02852278-6): Rosario, 25/02/2016. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Sara Del Sol Castelli, por cobro de la suma de $ 4.432,70 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citarlo y emplazarlo para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel, por la parte actora. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático, sin dejar copia en el expediente físico. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y Certifíquese la copia del poder acompañado. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurix-online.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.jspx, con la clave: 8128. El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cédula. Firmado: Dr. Marcelo Ramón Bergia (Juez), Dra. Accinelli Verónica (Sec). Rosario, 16 de Agosto de 2018.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7º Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, notifica al Sr. Giménez, Claudia Alicia, DNI 22421280, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/GIMÉNEZ, CLAUDIA ALICIA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-01286572-1): Nro. 501. Rosario, 25/03/15. Y Vistos: los autos citados precedentemente, Resuelvo: I. Tener al compareciente por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado, reservando en Secretaría la documental acompañada. 2. Tener por iniciado Juicio Ejecutivo, citando y emplazando a la parte demandada para que comparezca estar a derecho dentro del término de tres días, bajo apercibimiento de rebeldía. 3. Trabar embargo sobre bienes libres de la parte demandada hasta cubrir la suma de $ 9.000 por todo concepto, librándose despacho con los recaudos de ley. Insértese y hágase saber Dra. Paula V Bazano (Sec), Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez). Dr. Espinoza, Prosecretario.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Lezcano, Cintia Noelia, DNI N° 32.096.566, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/LEZCANO, CINTIA NOELIA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-02860221-6): Rosario, 9 de Agosto de 2016. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra la Sra. Cintia Noelia Lezcano, por cobro de la suma de $ 4.010 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y - emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Ordeno trabar embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Bistro Pichincha SRL en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20 % del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 4.010 con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial cuya apertura se solicitó al Banco Municipal de Rosario: N° 5096759/1 CBU 065008010300050967591 I CUIT 33-99918181-9. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel, por la parte actora. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático, sin dejar copia en el expediente físico. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web nttp://iurix-online.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.jspx, con la clave: 5432. Firmado: Dr. Marcelo Ramón Bergia (Juez); Dra. Accinelli Verónica (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Vázquez, Carlos Sebastián, DNI 23184342, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/VÁZQUEZ, CARLOS SEBASTIAN s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-00808113-9): Nº 1912. Rosario, 26/09/14. Y Vistos: Los presentes caratulados ELECTRÓNICA MAGATONE S.A. c/VÁZQUEZ, CARLOS SEBASTIAN s/Ejecutivo; Expte. Nº 732/2014; Y Considerando: Las constancias de autos; Resuelvo: Por presentada, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 10 días bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 18.000 por todo concepto. Se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el Art. 25 inc. I y 2 del CPC, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 C.P.C.C. preguntando a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos si el destinatario efectivamente vive en ese lugar y dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas, y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma. Si no fuere verificado por este medio que el destinatario vive en el domicilio indicado el peticionante deberá acreditar haber agotado todas las diligencias posibles para la averiguación de su domicilio actual. En la actualidad existen varios registros y padrones a nivel nacional y provincial que permiten tener acceso (en muchos de ellos por internet) a los datos principales de una persona (A.F.I.P., B.C.R.A., A.N.Se.S., Juzgados y Secretarías con competencia en lo Electoral, S.C.I.T., empresas de telefonía, etc, etc.). También es posible el rastreo de personas por su nombre a través de buscadores fácilmente accesibles a través de la web. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 732/2014). Dra. Liliana Carmen Reynoso (Sec); Dra. Marcelo R. Bergia (Juez en Suplencia). Dra. Viele, Prosecretaria.

$ 33 366222 Sep. 3 Sep. 5

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, Dr. María Silvia Beduino, notifica al Sr. Romero, Julio Roberto, DNI N° 23.368.057, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/ROMERO, JULIO ROBERTO s/Ejecutivo: El que suscribe, apoderado de la parte actora, ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. por la presente cédula hace saber a Ud. que en el juicio ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. C/ROMERO, JULIO ROBERTO S/EJECUTIVO (Expte. Nº 167/2015.) el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: “N° . Rosario, VISTO Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado a mérito de la copia del poder general que se acompaña, se agrega y que deberá certificar. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Por iniciado Juicio Ejecutivo al que se le imprime el trámite previsto en los arts. 442 subs. y ccdt. del CPCC. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. A la medida cautelar solicitada: previa reposición de ley, trábese embargo sobre los haberes que percibe la parte demandada en la empleadora denunciada en la siguiente proporción: el 10% del importe que exceda del salario mínimo vital y móvil, y el 20% del importe que exceda del doble del mínimo vital y móvil y/o cualquier suma de dinero que por cualquier concepto tenga que percibir en forma permanente o futura, hasta cubrir la suma de $ 6551.49 con más el 30% para atender intereses y costas. Los fondos deberán ser depositados en el Banco Municipal Caja Abogados, para estos autos. Librándose a tal fin el despacho que fuera menester. A lo demás, oportunamente. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dra. María Silvia Beduino (Juez), Dr. Juan Manuel Conti (Sec). Rosario, 30 de Julio de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, Dra. Delia M. Giles, notifica al Sr. Weimberger, Grisel Celina, DNI Nº 34.171.839, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/WEIMBERGER, GRISEL CELINA s/Ejecutivo CUIJ Nº 21-02860710-2): Por presentado con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopias se acompaña. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de 10 días comparezca a estará derecho bajo los apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre los bienes llores de propiedad del demandado hasta cubrir la suma de $ 5912.37 con más el 50% estimado en concepto de intereses y costas. Líbrense los despachos con las constancias que se peticionan. Resérvese en secretaría la documental acompañada. Notifiquen los empleados autorizados. Martes y Viernes para notificación en la oficina. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Delia M. Giles (Juez); Dr. Sergio A. González (Sec).

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Bustamante, Fabián Andrés, DNI N° 30.458.953, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/BUSTAMANTE, FABIÁN ANDRÉS s/Ejecutivo CUIJ N° 21-02857274-0): Rosario, 21 de Mayo de 2018.Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenar llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Fabián Andrés Bustamante (DNI 30.458.953), hasta que se pague a .Electrónica Megatone SA la suma de $16.330,65.- con más intereses punitorios a una tasa del 9% nominal mensual desde el 06/09/15 por la suma de $14.345,08.- y desde el 05/09/15 respecto de la suma de $1.985,57.-, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados. Si al momento de practicarse la correspondiente liquidación surgiera que los intereses punitorios son superiores a los que resulten de aplicar una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para operaciones de descuento de documentos a 30 días deberán reducirse a esos límites. Otorgar un plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la presente para realizar el pago. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los rubros que integran las costas que no son honorarios devengarán intereses de una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta la fecha del efectivo pago. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firma: Verónica A. Accinelli (Secretaria), Dr. Gabriel Oscar Abad (Juez). Rosario, 11 de Junio de 2018.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Oses, Adrián Marcelo, D.N.I Nº 38.599.384, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/OSES, ADRIAN MARCELO s/Ejecutivo, Nº de Expte. 1071/2013: Y Vistos:... Resuelvo: Téngase al compareciente por presentado, con domicilio legal constituido y por parte. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes que perciba la parte demandada del empleador denunciado hasta cubrir la suma de $ 9162.60 con más la suma de $ 2748.78 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose recaudos con facultades y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o en caso de no encontrar a nadie a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia (juez), Dra. Analía Suárez Mónaco (Sec.).

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. CECATTI, JONATHAN DAVID y/o MUJICA, PAULA PATRICIA, D.N.I M Nº 370.233 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CECATTI, JONATHAN DAVID y/o MUJICA, PAULA PATRICIA s/Ejecutivo) N° de Expte. N° 317/2014: Téngase al compareciente por presentado, con domicilio legal constituido y por parte. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 12.025,76con más la suma de $3.608 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose recaudos con facultades y bajo apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o en caso de no encontrar a nadie a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Pecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Insértese y hágase saber Firmado: Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia (Juez), Dra. Analía Suárez Mónaco (Sec.).

$ 33 366225 Sep. 3 Sep. 5

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Distrito y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Nava, María Ayelén, D.N.I Nº 31.900.181 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/NAVA, MARÍA AYELEN s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-02875243-9) N° de CUIJ N° 21-02875243-9: 03/03/17. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia (Juez), Dra. Analía Suárez Mónaco (Sec.).

$ 33 366227 Sep. 3 Sep. 5

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Castro, Alberto Antonio, DNI N° 11.272.701, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/ CASTRO, ALBERTO ANTONIO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-02856396-2): Rosario, 09 de Noviembre de 2016. Informando verbalmente la Actuaría en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Dr. Lucas Menossi (Secretario Subrogante), Dr. Marcelo Quaglia (Juez).

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Giménez, Martín, DNI Nº 8593218 lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/GIMÉNEZ, MARTÍN s/Ejecutivo, Rosario, 07 de Junio de 2018. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a Derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Dra. Marianela Godoy (Sec), Dra. Mónica Klebcar (Juez). Dra. Viele, Prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, Dr. María Silvia Beduino, notifica al Sr. Duete, Roque Omar, DNI N° 21.992.245, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/DUETE, ROQUE OMAR s/Ejecutivo CUIJ 21-01636459-9 N° 1542 Rosario 21/06/2018 Vistos:... Considerando:... Fallo: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra Roque Omar Duete, hasta tanto ELECTRÓNICA MEGATONE SA se haga íntegro el cobro de la suma $ 4.010,10.- con más intereses calculados a la tasa activa sumada promedio mensual vencida que cobra el Banco de Santa Fe en operaciones de descuento de documentos a 30 días más los punitorios pactados los que en su conjunto no podrán superar el 30% anual, desde el vencimiento de la obligación y hasta su pago efectivo (art. 771 C.C. y C.) 2) Imponer las costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.). Insértese, agréguese copia y hágase saber.-Firmado: Dra. María Silvia Beduino (Juez) Dr. Juan Manuel Conti (Sec). Dra. Netri, Prosecretaria.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Chiodo, Verónica Ximena, DNI N° 34.420.142, lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/CHIODO, VERÓNICA XIMENA s/Ejecutivo CUIJ Nº 21-02852571-8: Rosario, 05/02/2016. Por presentada con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Chiodo Verónica Ximena por cobro de la suma de $ 9250,54.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citarlo y emplazarlo para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Hágase constar que la presente medida ha sido solicitada por la Dra. Rosanna Knafel, por la parte actora. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático, sin dejar copia en el expediente físico. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AF1P. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web: http://iunx- online.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.jspx, con la clave: 1137 - El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cédula. Firmado: Dr. Marcelo Ramón Bergia (Juez), Dra. Accinelli Verónica (Sec.). Rosario, 16 de Agosto de 2018.

$ 33 366211 Sep. 3 Sep. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nom. de la ciudad de Rosario, a cargo de la Jueza Dra. Verónica Gotlieb, en los autos caratulados: “SINDICATURA CONCURSAL BX-BANCO BID CL c/ROMÁN, ALFREDO MARIA y Otros s/Cobro de pesos”, CUIJ Nº 21-01462576-0, se hace saber que se ha ordenado: “Rosario, 26 de Julio de 2018...Precédase a efectuar la citación a los herederos de Rafaela Heredia mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial según dispone el art. 597 del CPCC...Fdo. Dr. Lucas Menossi (Secretario)“. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Rafaela Heredia (L.C. 2.373.983) para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 27/08/2018. Dra. Sedita, Secretaria.

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Por disposición de la Señora Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2da. Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez (Juez en suplencia), Secretaría a cargo de la Dra. María Elvira Longni, en autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/PISOS & DISEÑOS SRL s/Ejecución Fiscal”, Expte. CUIJ 21-13886057-1, se ha ordenado notificar a Pisos & Diseños SRL lo siguiente: “Rosario, 18 de Mayo de 2018. Agréguense las constancias acompañadas. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde.” Fdo. Dr. José Luis Sedita (Juez) Dra. María Elvira Longhi (Secretaria). Publicación sin cargo.

S/C 366284 Sep. 3 Sep. 5

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Noe, Osmar Fernando lo declarado en autos: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/NOE, OSMAR FERNANDO s/Ejecutivo CUIJ Nº 21-02857812-9): Rosario 15/03/2018 Informado verbalmente el actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por cédula. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http: //iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/lnicio.jspx, con la clave: 9635. Firmado: Dr. Abad (Juez); Dra. Accinelli (Sec). Rosario, 26 de Abril de 2018.

$ 33 366212 Sep. 3 Sep. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Ramón Dario Leguizanón, DNI 26.606.026, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos LEGUIZAMON, RAMON DARIO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02901366-4. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 24 de Agosto de 2018. María Florencia Netri, prosecretaria.

$ 45 366356 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Raúl Ricardo Falcón, DNI 6.008.558, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos: FALCON, RAUL RICARDO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02900704-4. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 28 de Agosto de 2018. María Florencia Netri, prosecretaria.

$ 45 366351 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante José Eduardo Ferrero, DNI 10.913.912, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos FERRERO JOSE EDUARDO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02898472-0. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 28 de Agosto de 2018. María Florencia Netri, prosecretaria.

$ 45 366352 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Luis Ernesto Vazquez, DNI 17.723.449, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos VAZQUEZ, LUIS ERNESTO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02900889-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 23 de Agosto de 2018. María Florencia Netri, prosecretaria.

$ 45 366353 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Raffaele Mastroianni, DNI 93.312.381 y Gracia Raso, DNI 93.521.252, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos MASTROIANNI, RAFFAELE y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02901765-1. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 23 de Agosto de 2018. María Florencia Netri, prosecretaria.

$ 45 366354 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Elvio Héctor Tombari, DNI 13.692.863, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos TOMBARI, ELVIO HECTOR s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02897432-6. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 24 de Agosto de 2018. María Florencia Netri, prosecretaria.

$ 45 366355 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de CELIA GARCIA (DNI 4.829.424) y de HUGO ALBERTO RODRIGUEZ (DNI 7.624.476), para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de diez días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 24 de Agosto de 2018. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 45 366248 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de HAYDEE KRONFLY (DNI 396.556), para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de diez días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 24 de Agosto de 2018. Agustina Faure, prosecretaria.

$ 45 366252 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARIA ELSA DAHDAH (DNI 1.767.779), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 27 de Agosto de 2018. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 45 366251 Set. 3 Set. 14

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DOMINGA MIRTA CIANCIO (DNI 4.777.255), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 27 de Agosto de 2018. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 45 366250 Set. 3 Set. 14

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