picture_as_pdf 2018-06-04

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL

PARA LA REGULARIZACION DOMINIAL

SANTA FE


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Avda. Santa Fe 2771 de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Diario “El Litoral” , en fecha MARTES 5 y MIERCOLES 6 de JUNIO de 2018, a las siguientes personas:


REGION 1- NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: VERA - LOCALIDAD: VERA

1.- IRMA CAÑETE, MARILINA EMILCE GOMEZ, IRMA BEATRIZ GOMEZ, GRISELDA NOEMI GOMEZ, FABIAN MARIO GOMEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUJUY Nº 1156, de la localidad de: VERA , identificado como: Lote 5 Manzana 45 Este Plano Nº 114320/1988, Partida Inmobiliaria Nº 02-02-00-554706/0009-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 193 F° 173-176 N.º 113039-113040/2003 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0086943-7, Iniciador :DUARTE ISABEL CATALINA.


REGION 1 - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: VILLA OCAMPO

2.- OLGA SAGER DE SACHETTI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CHACABUCO Nº 1223, de la localidad de: VILLA OCAMPO, identificado como: Lote 4 D Manzana 119 Plano Nº 17682/1955, Partida Inmobiliaria Nº 03-08-00-014585/8007-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 86 Impar F° 483 Nº 64583/1956 Departamento: GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084491-1, Iniciador :BENITEZ DELFINO.


REGION 1- NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: AVELLANEDA

3.- ORLANDO LUIS ELDO DELLA ROSA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 321 Nº 1436, de la localidad de: AVELLANEDA, identificado como: Lote 3 Manzana 220 Plano Nº 112363/1987, Partida Inmobiliaria Nº 03-19-00-0177896/0069-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 147 Impar F° 849 N.º 53651/1982 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, Expediente Nº 01501-0086946-0, Iniciador: GONZALEZ TOMAS SINFORIANO.

4.- GREGORET AROLDO SECUNDINO, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 325 Nº 1234, de la localidad de: AVELLANEDA, identificado como: Lote 3 Manzana 206 Plano Nº 115041/1988, Partida Inmobiliaria Nº 03-19-00-017786/0129-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 189 Impar F° 333 Nº 20547/1992 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0086944-8, Iniciador :GONZALEZ JUAN MARCELO.


REGION 1- NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: VILLA OCAMPO

5.- MARIA AURORA ALEMANY DE GARCIA, MANUEL CARLOS GARCIA ALEMANY, JOSE MARIA GARCIA ALEMANY, SATURNINO JESUS GABRIEL GARCIA ALEMANY, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BOULEVARD SARMIENTO Nº 764, de la localidad de: VILLA OCAMPO, identificado como: Lotes 6A1, 6A2, 6B1, 6B2 Manzana 98 Plano Nº 78719/1975, Partida Inmobiliaria Nº 03-08-00-014090/0112-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 49 F° 5 Nº 30697/1953 Tomo 51 F° 171 Nº 30697/1953 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084499-9, Iniciador: SANCHEZ CARLOS JOSE.


REGION 2- NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: RAFAELA

6.- ASOCIACION MUTUAL DE VIVIENDAS CO.PRO.VI, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GABRIEL MAGGI N.º 1957 ,de la localidad de: RAFAELA, identificado como: Lote 288 Manzana 16 Plano Nº 202505/2017, Partida Inmobiliaria Nº 08-24-02-548500/0711-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 367 Par F° 181 Nº 3593/1995 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082433-1, Iniciador :PENZ ELBA ESTER.


REGION 3- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTA FE

7.-JUAN BECKMANN, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN MARTIN Nº 8135, de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 6 Manzana 8126 Plano Nº 1576 MU/1952, Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-133288/0001-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 88 Impar F° 548 Nº 15641/1927 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0023857-8, Iniciador :BOSCO ESTELA NORMA.


REGION 3- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: RECREO

8.- JAVIER ANDRES INDERKUMER, ROSALIA FABIANA PONA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DR. MARADONA Nº 295, de la localidad de: RECREO, identificado como: Lote 4 Manzana Plano Nº 128790/1999, Partida Inmobiliaria Nº 10-10-00-640272/0122-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 641 Par F° 3574 Nº 93568/2001 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0086920-8, Iniciador: GUTIERREZ OSCAR ORLANDO.


REGION 3- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTO TOME

9.- BARRETA JOSE, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ESPERANZA N.º 1921, de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 3 Manzana 12 Plano Nº 7499/1950, Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-140615/0003-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 212 Par F° 2478 Nº 62224/1958 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0086801-4, Iniciador: CHAMORRO MARIA MERCEDES.

10.- ENRIQUE RAMON SOSA, CASILDA EPIFANIA SOSA DE SOSA, CARMEN CESAREA SOSA, SEBASTIAN GUILLERMO SOSA, GERVACIO PATRICIO SOSA, ABELINA O AVELINA GREGORIA SOSA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AZCUENAGA Nº 2011, de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote B3 Manzana 137 Plano Nº S/N° , Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-141523/0001-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 104 Par F° 487 Nº 19668/1934 Tomo 105 Impar F° 588 Nº 12912 B/1962 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0085398-6, Iniciador: GUERRERO SILVIA ROSANA.


REGION 3- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - LOCALIDAD: SAN JUSTO

11.- JUAN ORSI E HIJOS LIMITADA SOCIEDAD ANONIMA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAPACHO N.º 2876 ,de la localidad de: SAN JUSTO, identificado como: Lote 24 Manzana F Plano Nº 17962/1955, Partida Inmobiliaria Nº 06-11-00-030431/0296-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 81 F° 602 Nº 50251/1951 Departamento: SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0086693-5, Iniciador: ZAPATA FRANCISCA ANTONIA.


REGION 4- NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO: SAN JERONIMO - LOCALIDAD: SAN GENARO

12.- EDMUNDO ASCHERI Y OLGA HAYDEE MARITANO, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DR. RICARDO BALBIN S/Nº /BALBI S/N° , de la localidad de: SAN GENARO, identificado como: Lote 1 A Manzana 79 Plano Nº 108619/1985, Partida Inmobiliaria Nº 11-24-01-156921/0005-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 122 Par F° 48 Nº 56860/1970 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0088461-0, Iniciador:SAYAGO JACINTO VICENTE.-

S/C 22213 Jun. 4 Jun. 6

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MINISTERIO DE SALUD


ORDEN Nº 43

Santa Fe, 18 MAY 2018

VISTO:

El expediente nº 00501-0132144-7 relacionada con el legajo nº 056-00184-6-15-13-10731 de Renovación de la Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria Nº 10.169, su reglamentación del establecimiento de salud con internación “CLÍNICA 9 DE JULIO” de la localidad de Totoras, Departamento Iriondo, provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado renovó la Habilitó para funcionar por Orden nº 08 del 16 de Enero del 2.014, bajo denominación e identificación de “Clínica 9 de Julio” a nombre del Sr. Luis Alberto Bautista Gallizi LE 5.855.224 – foja 180 y 181, y por Orden N.º 35 de fecha 23 de Abril del 2.014 se autorizo el cambio de titularidad a favor de la Sociedad “Clínica 9 de Julio SRL” fs. 213;

Que atento a la nota presentada por el Sr. Edwin R. Kegler, en carácter de Socio Gerente de la Sociedad “Clínica 9 de Julio SRL”, en el cual comunica que la Clínica no cuenta mas con internación y acompaña copia de la Habilitación expedida por el Colegio de Médicos de los consultorios;

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja de la “Clínica 9 de Julio”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

ORDENA:

1) Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “CLÍNICA 9 DE JULIO” ubicado en calle 9 de Julio nº 1.223 de la localidad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, en razón de lo solicitado por Sr. Edwin R. Kegler, en carácter de Socio Gerente de la Sociedad “Clínica 9 de Julio SRL”, debido a que en el establecimiento se encuentra funcionando solamente los consultorios externos.

2) Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 22245 Jun. 4 Jun. 5

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


ALQUILER INMUEBLE


El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca INMUEBLE para alquiler en la localidad de Casilda

Ubicación del inmueble: Zona céntrica.

Superficie mínima construida: 150 m2.

Características del inmueble: Para conformación del Registro Civil de casilda. Deberá contar con espacio para 3/4 oficinas, una cocina, un baño y un salón para atención al público.

Plazo de la locación: 3 años.

Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.

Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.

Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211.

Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790. E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar

S/C 22232 Jun. 4 Jun. 6

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SECRETARÍA DE TECNOLOGÍA

PARA LA GESTIÓN


RESOLUCIÓN Nº 0016

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

28 de Mayo de 2018.

VISTO:

El Expediente N° 00108-0010064-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Articulo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley Nº 13.509, en su artículo 17°, incisos 29 y 30, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de

entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 173/15, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Secretaria de Tecnologías para la Gestión, esta referida a la necesidad a la adquisición de dos (2) Suscripciones Anuales para Microsoft Office 365.

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b) “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido en relación con el costo que implique mantenerlo en el lenguaje original o cuando se encuentre dentro de la situación en la que no existan en el mercado alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar e] nivel de servicio requerido”, que es el caso en el que se encuentra el presente requerimiento;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración;

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismos no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello;

EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS

PARA LA GESTIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

- Microsoft Office 365, Suscripciones Anuales, dos (02) licencias.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. IGNACIO TACARES

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C 22244 Jun. 4 Jun. 6

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DIRECCIÓN PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN


En relación a los autos administrativos N° 16133-0005723-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Infracción Nº 3186 de fecha 16/11/17 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, al infractor RÍO SALADO S.R.L., con último domicilio conocido en Av. San Martín S/N de la localidad de Colonia Liebig, Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 380 dictada el 23 de marzo de 2018 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 3186 de fecha 16/11/17, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.-Intimar a GRAZIOLI EMILIANO OSCAR en carácter de conductor, con domicilio en Venezuela 071 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, al transportista RÍO SALADO S.R.L con domicilio en Av. San Martín S/N de la localidad de Colonia Liebig, Provincia de Corrientes y al cargador RÍO SALADO S.A. con domicilio en Alem 504 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 28.596,08 (Pesos veintiocho mil quinientos noventa y seis con 08/100), con más el interés resarcitorio de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para los operaciones de Descuentos comerciales desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.-La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo y/o la acción que jurídicamente corresponda, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Ford, Modelo Cargo 2632E, Dominio Chasis IXS 562, GRAZIOLI EMILIANO OSCAR con domicilio en Venezuela 071 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, el transportista RÍO SALADO S.R.L con domicilio en Av. San Martín S/N de la localidad de Colonia Liebig, Provincia de Corrientes y el cargador RÍO SALADO S.A. con domicilio en Alem 504 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe,, tendiente al cobro de la suma de $ 28.596,08 (Pesos veintiocho mil quinientos noventa y seis con 08/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.-Regístrese, comuníquese y archívese.”

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/c 22251 Jun. 1 Jun. 4

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA


RESOLUCION Nº 302


SANTA FE, 31 de Mayo de 201

VISTO: El Expte. Nº 1-2017-877.362-EPE., a través de cuyas actuaciones se gestiona el Procedimiento para la aplicación de los Fondos no Comprometidos del Fondo para la Electrificación Rural (F.E.R.) a Obras Rurales; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 13.414, modificatoria de la Ley N° 6604, prevé en el Artículo 19° un Régimen de Fomento de Obras Rurales a ser financiadas mediante un monto de hasta el 20% de los fondos no comprometidos del F.E.R.;

Que es necesario establecer un mecanismo para que los usuarios puedan disponer de esta financiación y se establezca que tipo de obras serán financiadas, el mecanismo para su implementación y el convenio para el reintegro del monto por parte de los usuarios;

Que se ha confeccionado el procedimiento y Anexos, obrante de fs. 2 a 16, elevados mediante Nota N° 118/17 del Área Grandes Clientes;

Que los aspectos más importantes del mismo comprenden entre otros, la especificación de los tipos de obras que pueden financiarse, el circuito de información dentro de la EPESF y para con la Secretaría de Energía, Anexos de modelos de Nota a ser presentado por los Usuarios, un modelo de Convenio de Mutuo, un Convenio de Financiación, etc;

Que se aplicará a todo solicitante cuyo suministro se encuentre fuera de la zona de electrificación rural obligatoria, siempre que su demanda total no sea mayor a 160 kVA. y que el monto total del proyecto no sea mayor a un valor informado mensualmente por la Gerencia de Infraestructura;

Que el aprovisionamiento, ejecución y montaje de las obras se deberá realizar a exclusivo cargo, costo y riesgo del solicitante, que transferirá las obras en propiedad a EPESF en forma gratuita;

Que ha participado la Gerencia de Asuntos Jurídicos en Dictamen N° 1299/2017, fs. 17 y 18, no poniendo objeciones a la prosecución del trámite y encuadrando la gestión dentro de los alcances de la Ley 13.414 en su Artículo 19;

Que el Sr. Gerente General participa a fs. 19, avalando la presente gestión;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los Artículos 6º Incs b), m) y x) y 17º de la Ley Orgánica Nº 10014;

EL DIRECTORIO DE LA

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

Resuelve:

ARTICULO 1°.- Aprobar el Procedimiento para la Aplicación de los Fondos no comprometidos del Fondo para la Electrificación Rural (FER) a Obras Rurales, y sus respectivos Anexos, los que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Facultar al Sr. Gerente Comercial a disponer modificaciones al Procedimiento que se aprueba precedentemente y a aprobar los contratos respectivos; y a los Señores Jefes de Sucursal, la suscripción de los mismos.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

S/C 22258 Jun. 4 Jun. 6

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TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCION N° 0088 - TCP


SANTA FE, 24 de mayo de 2018

VISTO:

El Expediente N° 00901-0077296-1 TCP (Cuerpo I y II), del Sistema de Información de Expedientes - Tribunal de Cuentas de la Provincia, por el cual se tramita la modificación de la Resolución Nº 0028 de fecha 31 de agosto de 2006 dictada por este Tribunal de Cuentas; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 202º inciso b) Sección II, del Capítulo I del Título IV de la Ley N° 12510 establece la competencia, atribuciones y deberes a la que debe ajustarse el Tribunal de Cuentas para ejercer el Control Externo posterior del Sector Público Provincial No Financiero, mediante “...b) La auditoría y control posterior legal, presupuestario, económico, financiero, operativo, patrimonial, y de gestión y el dictamen de los estados financieros y contables del Sector Público Provincial No Financiero...”;

Que, la mencionada Resolución Nº 0028/06 TCP aprueba en su Artículo 1º la aplicación, en materia de Auditoría Externa, las “Normas de Auditoría Externa para el Sector Público” elaboradas por el INSTITUTO DE ESTUDIOS TÉCNICOS E INVESTIGACIÓN (I.E.T.E.I) del Secretariado Permanente de Tribunales de Cuenta de la República Argentina, las cuales son incorporadas en su Anexo I;

Que, el artículo 2º aprueba la utilización en forma supletoria y/o complementaria a la indicada precedentemente, de Normas de Auditoría Externa identificadas en su Anexo, siendo las incorporadas en el apartado A- las correspondientes a las Normas de Auditoría Externa de la Auditoría General de la Nación (AGN), y en el apartado B- la correspondiente al Ministerio de Desarrollo de la Nación;

Que, el Presidente de la Auditoría General de la Nación pone a conocimiento de este Organismo de Control, la aprobación y entrada en vigencia para su aplicación por la Auditoría General de la Nación, de las nuevas Normas de Control Externo Gubernamental (NCEG) – Resolución Nº 026/15 AGN;

Que, asimismo dicho funcionario expresa que “La AGN, como miembro de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), ha logrado el objetivo de adaptar, adecuar e implementar las Normas Internacionales de Auditoría a su normativa interna. Garantizando, con ello, el cumplimiento de adecuación de las normas a las internacionales de Nivel 3, definido en la XXII Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS del 9 de noviembre de 2012, realizada en la ciudad de Gramado, República Federativa de Brasil”;

Que, dicha Entidad ha aprobado cinco Normas, una de ellas de carácter general -la Resolución Nº 026/15 AGN - que establece principios estandarizados para desarrollar el proceso de control externo Gubernamental y además de la precitada Resolución cuatro normas específicas;

Que, el “Manual de Auditoría para Planes Sociales” implementado por el Ministerio de Desarrollo Social actualmente no tiene vigencia en la órbita de la Red Federal de Control Público;

Que, la Resolución Nº 190/2011 de la Sindicatura General de la Nación aprueba el Manual “Herramientas de Programas Sociales”, el cual fue concebido como una fuente de consulta para ser empleada por la Sindicatura General de la Nación, las Unidades de Auditoría Interna y los Organismos de Control Locales que integran la Red Federal de Control Público al momento de ejecutar una auditoría;

Que, por lo expuesto precedentemente, resulta procedente la sustitución del Anexo II de la Resolución Nº 028/06 TCP que aprueba la aplicación en forma supletoria y/o complementaria de normativa en materia de Auditorías;

Por ello, atento a lo establecido por el Artículo 200º inciso g) de la Ley Nº 12510; y, de acuerdo con lo resuelto en Reunión Plenaria realizada en fecha 24-05-2018 y registrada en Acta Nº 1581;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE

LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1°: Sustituir el Anexo II aprobado por la Resolución Nº 028/06-TCP, por el que se agrega y forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en Novedades - Intranet TCP, en la página Web -TCP y comuníquese a la Subdirección General de Documentación y Archivo General para la actualización de los documentos que correspondan, luego archívese.

Fdo.: CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.

Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.

CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.

CPN María Cristina Ordíz-Vocal Subrogante.

CPN César Cecchini-Vocal Subrogante.

CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos de Plenario.


ANEXO II

A - AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN

Normas de Control Externo Gubernamental – AGN

Normas de Control Externo Financiero Gubernamental – AGN

Normas de Control Externo de la Gestión Gubernamental – AGN

Normas de Control de Cumplimiento Gubernamental – AGN

Normas Aplicables a la Realización de Auditorías Especializadas. Auditorías de Deuda Pública - AGN


B- SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Manual “Herramientas de Auditoría de Programas Sociales” aprobado por Resolución Nº 190/2011 – S.G.N.


(Debido a su volumen, el presente anexo se encuentra a disposición en la Subdirección General de Documentación y Archivo General del Tribunal de Cuentas de la Provincia).

S/C 22253 Jun. 4 Jun. 6

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COORDINACIÓN EJECUTORA PROVINCIAL


PARA LA REGULARIZACIÓN DOMINIAL - ROSARIO


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, y/ o en Centro Cívico sito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto - dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Página12 ), en fecha MARTES 5 DE JUNIO DE 2018 ,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD FIRMAT

1)Sr/a: SARA ELADIA FREDRIKSSON DE PAZ Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GODOY CRUZ 1165, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote: 13 Manzana 41 Plano N° 86355/1976 partida inmobiliaria N°17-06-01 368562/0021 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 181 Folio 212 N° 329832 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0005091-1, Iniciador: CORDOBA ZULMA RAQUEL.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD FIRMAT

2)Sr/a: SARA ELADIA FREDRIKSSON DE PAZ Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ASCASUBI 265, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 9B Manzana: 403 Plano N°: 118797/1985, partida inmobiliaria N°17-06-01 368735/0000 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 181 Folio 227 N°330957 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0005192-1, Iniciador: GIMENEZ NATALIA SOLEDAD.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD FIRMAT

3)Sr/a: SARA ELADIA FREDRIKSSON DE PAZ / MARIA ELENA FELISA FREDRIKSSON DE BLUM / CLARA BEATRIZ FREDRIKSSON / MARTA INES FREDRIKSSON DE PUSTERLA/ IRMA ZULEMA FREDRIKSSON DE FREYTES/ LUCRECIA SUSANA FREDRIKSSON DE BRUNTON / SOLANGE FREDRIKSSON Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BLAS PARERA 424, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 10 Manzana: 48 Plano N°:86353/1976, partida inmobiliaria N°17-06-01 368538/0033 y cuyo dominio obra, inscripto, en Tomo:144, Folio: 414/412/409/407/403/405/399, N° 110470/110468/110466/110464/110457/110461/110456 Tomo:207 Folio:291 N° 120060 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0005194-3, Iniciador: BORRI MARCELA FABIANA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD FIRMAT

4) Sr/a: SARA ELADIA FREDRIKSSON DE PAZ / MARIA ELENA FELISA FREDRIKSSON DE BLUM / CLARA BEATRIZ FREDRIKSSON / MARTA INES FREDRIKSSON DE PUSTERLA/ IRMA ZULEMA FREDRIKSSON DE FREYTES/ LUCRECIA SUSANA FREDRIKSSON DE BRUNTON / SOLANGE FREDRIKSSON Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BLAS PARERA 410, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 9 Manzana: 48 Plano N°:86353/1976, partida inmobiliaria N°17-06-01 368538/0032 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo: 144, Folio: 414/412/409/407/403/405/399, N° 110470/110468/110466/110464/110457/110461/110456 Tomo: 207 Folio: 291 N° 120060 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0005190-9, Iniciador: BOGADO MARIA MERCEDES


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

5) Sr/a TACURU S.R.L. Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AZCUENAGA 2335, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote:24 Manzana:C Plano N°: 90936/1977 partida inmobiliaria N° 17-13-00 360394/0713 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo: 318 Folio: 475 N°125125 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005318-1, Iniciador: CASTRO MARIA ANGELICA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

6) Sr/a: RAMON ALBERTO CHIRINOS Matrícula Individual LE 6.636.582, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AZCOAGA 824, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 9 Manzana: D Plano N° 89430/1976 partida inmobiliaria N°17-13-00 360387/0075-3 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 433 Folio 397 N°112680 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005380-4, Iniciador: OLGUIN DEOLINDA FABIANA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

7) Sr/a: CARMEN ROSA KEARNEY Y TEVILIN / MARIA TERESA KEARNEY Y TEVILIN DE MOLICA NARDO / MARIA ESTHER VARELA DE KEARNEY / BLANCA ANGELICA KEARNEY Y VARELA Matrículas individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVELLANEDA 2255 , de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote:26 Manzana 13 Plano N° 27108/1960 partida inmobiliaria N°17-13-00360320/0155 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:176/222tdh Folio:442/174 N°98366/79591 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005039-1, Iniciador: SCALABRONI CARLA PATRICIA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD VENADO TUERTO

8) Sr/a: CARMEN GUARDIA DE GUARDIA / TERESA FILOMENA GUARDIA Y GUARDIA / HECTOR JOSE GUARDIA Y GUARDIA / ELENA MARINA GUARDIA Y GUARDIA Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AZCOAGA 1147, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote 8 Manzana: 19 Plano N°: 20681/1958 partida inmobiliaria N°17-13-00 360386/0534-2 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 260/216 Folio 490/460 N°134279/164316 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004720-5, Iniciador: GUILLAUMET IRMA NORA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

9) Sr/a: MIGUEL ANGEL ECHEVERRIA / ALEJANDRO DOMINGO ECHEVERRIA / ANA MARIA ECHEVERRIA Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ROCA 2306, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote 1 Manzana: H Plano N°:131145/1991 partida inmobiliaria N°17-13-00 360357/0152 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 411 Folio 259/262/265 N° 323703/320704/323705 Departamento:GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005377-8, Iniciador: TASCA EVA MARIA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

10) Sr/a: SUCAN S.C.A.I.C.F.I Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUAN DOMINGO PERON 445, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote 4 Manzana: 5 Plano N°:24060/1959 partida inmobiliaria N°17-13-01 355501/0008 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 190 Folio 384 N° 84793 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005182-8, Iniciador: ROBLES MIRIAN ROSA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

11) Sr/a: ANA MARIA ECHEVERRIA OCARTZ / MIGUEL ANGEL ECHEVERRIA OCARTZ / ALEJANDRA ECHEVERRIA MORCEGA / ANITA DOMINGA MORCEGA / RICARDO DANIEL VILA BOSETTI / MARIA ESTHER ANGELA VILA ECHEVERRIA Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: E BORGARINO 185 , de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote 2 Manzana: 3B Plano N°:124445/1987 partida inmobiliaria N°17-13-00 360364/0027 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 421 F° 132/137/142/421 N°321593/321594/321595/321596 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004232-5, Iniciador: MOYANO ALBERTO OSVALDO.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

12) Sr/a: AMADEO NICOLAS SARACENI Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DIMMER 166 , de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote 4 Manzana: D Plano N°:110714/1982 partida inmobiliaria N°17-13-00 360019/0265-2 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 126 F° 189 N° 52453 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0068621-4, Iniciador: SUAREZ HECTOR DANIEL.

S/C 22243 Jun. 4 Jun. 6

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ARCHIVO GENERAL


DESTRUCCIÓN DE MATERIAL


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito 2° Secretaría de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María José Haquin de Beron -Secretaría de la Abogada Daniela de Lourdes Fuentes-, se ha ordenado publicar el presente por el término de tres veces en cinco días a fin de comunicar lo siguiente: cítese y emplácese a todo aquel que acredite un interés legítimo en la restitución de la documental reservada en secretaría, vinculada a los expedientes no ingresados al sistema informático implementado a fines del año 2000; los iniciados hasta el 01/02/2008 y que se encuentran sin movimiento desde el año 01/02/2012, de los correspondientes a aquellos remitidos al Archivo General de Tribunales, y de aquellos que cuenten con sentencia firme de Cámara de Apelación cuya permanencia actual en el Juzgado carece de interés e importancia para el desarrollo de la actividad jurisdiccional, a comparecer y solicitar la devolución de la misma hasta el día 01 de septiembre de 2018 inclusive, bajo apercibimientos de asignársele a dicha documentación el destino dispuesto por el Art. 2 del “Reglamento de remisión de material a los Archivos Generales. Destrucción de material inutilizable. Indización de Protocolos.” Secretaría, Santa Fe, 21 de Mayo de 2018.-

S/C 22223 Jun. 4 Jun. 6

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