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MAPPLICS S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la cesión de cuotas de MAPPLICS S.R.L., de acuerdo al siguiente detalle:

1) Integrantes de la Sociedad: Sergio Esteban Gregori, argentino, licenciado en sistemas, DNI N° 30.169.355, CUIT N° 23-30169355-9, nacido el 23 de abril de 1983, soltero, con domicilio en calle España 4610 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Juan Ignacio Mandolesi, argentino, Licenciado en sistema, DNI N° 30.166.246, CUIT N° 20-30166246-8, nacido el 22 de junio de 1983, casado en primeras nupcias con Pellitta María Laura, con domicilio en calle España 2243 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, declarándose únicos socios de la sociedad MAPPLICS S.R.L. C.U.I.T. N° 30-71517887-3 con domicilio en calle Rioja 1037 piso 7 oficina A, constituida conforme a contrato social inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario con fecha 3 de marzo de 2016 en Tomo 167, folio 4.156 y N° 245.

2) Fecha de Instrumento de Cesión de Cuotas: 03 de agosto de 2017.

3) Cesión de Cuotas: El señor Sergio Esteban Gregori, cede, vende y transfiere trescientas setenta y cinco (375) cuotas de pesos diez ($10) cada una que representan la suma de tres mil setecientas cincuenta ($ 3.750) significando el 2,5% del capital social, al señor Manuel Ignacio Durand, argentino, empleado, D.N.I. N° 32.658.161, C.U.I.T. N° 20-32658161-6, nacido el 29 de abril de 1987, soltero, con domicilio en calle Paraguay 2377 Piso 7 Dpto. 1 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y el señor Juan Ignacio Mandolesi cede, vende y transfiere trescientas setenta y cinco (375) cuotas de pesos diez ($10) cada una que representan la suma de tres mil setecientas cincuenta ($ 3.750) significando el 2,5% del capital social al señor Manuel Ignacio Durand, C.U.I.T N° 20-32658161-6.

La cónyuge del cedente, la señora María Laura Pellitta, D.N.I 29.068.326, C.U.I.T. N° 24-29068326-9, argentina, contadora pública, nacida el 28 de noviembre de 1981, casada en primeras nupcias con Juan Ignacio Mandolesi, con domicilio en calle España 2243 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, presta su consentimiento a la presente cesión y transferencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.277 del Código Civil.

Como consecuencia de esta cesión la cláusula quinta del contrato social queda redactada de la siguiente manera:

Cláusula quinta: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000.-) divididos en quince mil (15.000) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: Sergio Esteban Gregori suscribe siete mil ciento veinticinco (7.125) cuotas de pesos diez ($ 10.-) cada una que equivalen a la suma de pesos setenta y un mil doscientos cincuenta ($71.250) representando el 47.5% del capital social, el socio Juan Ignacio Mandolesi suscribe siete mil ciento veinticinco (7.125) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una que equivalen a la suma de pesos setenta y un mil doscientos cincuenta ($ 71.250.-) representando el 47,5% del capital social y el socio Manuel Ignacio Durand suscribe setecientas cincuenta (750) cuotas de pesos diez ($10) cada una que equivalen a la suma de pesos siete mil quinientas ($7.500) representando el 5% del capital social, totalmente integrado.

4) Se ratifica las demás cláusulas del contrato social.

$ 233 333028 Sep. 5

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CABO VERDE S.A.


ESTATUTO


1) Socios: Guillermo Aníbal Coco, C.U.I.T. 20-14870644-2 , ingeniero civil, argentino, nacido el 14 de Marzo de 1962, titular del D.N.I. 14.870.644, divorciado de sus primeras nupcias con Alejandra Gorri conforme sentencia N° 105650/2014 dictado por el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia Nº 4 de la ciudad de Neuquén de fecha 5 de Noviembre de 2014; con domicilio en Rioja Nº 745 de la ciudad de Neuquén, provincia de Neuquén: y Alejandra Gorri, C.U.I.L. 27-16394618-7, ingeniera civil, argentina, nacida el 28 de Diciembre de 1963, DNI N° 16.394.618, divorciada de sus primeras nupcias con Guillermo Aníbal Coco conforme sentencia N° 105650/2014 dictada por el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 4 de la ciudad de Neuquén de fecha 5 de Noviembre de 2014, con domicilio en calle Rioja N° 745 de la ciudad de Neuquén, Provincia de Neuquén 3) Denominación social: CONTE PUB S.A.

4) Domicilio: La Sede Social se establece en calle Av. Brassey 7723 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.-

5) Objeto social: por si o por cuenta de terceros o bien asociadas a terceros, sean personas físicos o jurídicas, y tanto en el país como en el extranjero, la compra, venta, administración, locación y/o cualquier otra forma de adquisición o enajenación de bienes muebles registrables, e inmuebles propios urbanos y rurales; pudiendo constituir sobre ellos gravámenes reales. Se excluyen todas las actividades de corretaje inmobiliario previstas en los artículos 1 y 9 de la Ley 13.154, aquellas que puedan incluirla dentro de lo previsto por el artículo 299 inc.4 de la Ley 19.550 o requieran del concurso público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6) Plazo de duración: Su duración será de noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.-

7) Capital Social: El capital social es de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($250.000), representado por veinticinco mil acciones de diez pesos ($10.-) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al Art. 188 de lo Ley 19.550

8) Administración: Directorio compuesto por uno a cinco miembros quienes durarán en sus funciones tres ejercicios.

9) Representación Legal: Presidente del Directorio, y sólo en coso de ausencia o impedimento de éste será ejercida por el Vicepresidente en caso de existir este cargo.-

10) Fecha de cierre del ejercicio: último día del mes de Diciembre de cada año.-

11) El Directorio: Estará integrado de la siguiente forma. Presidente: Guillermo Aníbal Coco y Director Suplente: Alejandra Gorri.-

12) Guillermo Aníbal Coco suscribe veintitrés mil setecientos cincuenta acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada una, valor nominal total de pesos doscientos treinta y siete mil quinientos, integrando el veinticinco por ciento en este acto, o sea la suma de pesos cincuenta y nueve mil trescientos setenta y cinco ($59.375.-) en efectivo, y el saldo dentro del plazo máximo de dos años, a partir de la fecha de esta acta, también en dinero en efectivo; y ALEJANDRA GORRI suscribe un mil doscientos cincuenta acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada uno, valor nominal de pesos doce mil quinientos, integrando el 25% en este acto o sea la suma de pesos dos tres mil ciento veinticinco ($3.125.-) en efectivo y el saldo dentro del plazo máximo de dos años, a partir de la fecha de esto acta, también en dinero en efectivo.

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JUSTO JOSÉ DE ROSARIO S.R.L


CESIÓN DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en autos caratulados: “JUSTO JOSÉ DE ROSARIO s/Cesión de Cuotas Sociales” inscripta en el Inscripta en contratos al Tomo 163, Folio 8387 N° 525, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario se hace saber en fecha 23 de agosto de 2017 han resuelto por unanimidad los actuales socios de la firma “JUSTO JOSÉ DE ROSARIO” S.R.L. Cuarta del Contrato Social.

Socio Cedente: Omar Albano Rizzo, de apellido materno Plano D.N.I. 17.387.545, CUIT 20-17387545-3, nacido el 24/12/1965, de estado civil casado con la señora María del Lujan Reviglio, de profesión abogado y contador, domiciliado en calle Pedro A. Ríos 588 de la localidad de Funes, Provincia de Santa Fe

Cesionario: Sra. Ambort, María Virginia, de apellido materno Sznadyto D.N.I. 24.943,911, CUIL 27-24943911-2, argentina, nacida el 09/12/975, empleada bancaria, casada, con domicilio en calle Montevideo 305 Piso 8vo departamento B, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Finalmente se transcribe de forma completa la cláusula definitiva de capital, la cual queda redactada de la siguiente forma Cuarta: el capital social se fija en la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000) dividido en doce mil (12.000) cuotas de diez pesos ($10) valor nominal cada una, las que se encuentran totalmente suscriptas por cada uno de los socios, según el siguiente detalle: El señor Omar Albano Rizzo la cantidad de cinco mil cuarenta (5040) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada una, equivalentes al cuarenta y dos por ciento (42%) del capital social, siendo que el mismo dispone de un treinta y ocho por ciento (38%) del domino pleno, equivalente a cuatro mil quinientas sesenta cuotas y un cuatro por ciento (4%) de la nuda propiedad de las mismas, es .decir cuatrocientas ochenta (480) cuotas sociales, la Señora Susana Alejandra Rizzo la nuda propiedad del cuatro por ciento (4%) es decir de cuatrocientas ochenta cuotas sociales, el Sr. Grosso Gabriel Rogelio la cantidad de tres mil cuotas sociales (3000) de valor nominal pesos diez ($10) equivalentes al veinticinco por ciento (25%) del capital social y la Sra. Ambort Maria Virginia la cantidad tres mil cuotas sociales (3000) de valor nominal pesos diez ($10) equivalentes veinticinco por ciento (25%) del capital social y la señora Susana Plano dispone de el usufructo de novecientas sesenta (960) cuotas sociales de valor nominal pesos diez ($10) cada una, equivalentes al ocho por ciento (8%) del capital social.

Ratificándose las demás cláusulas del contrato original, las que se mantienen sin cambios.

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MARMALYUK S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Sra. Juez en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría Dra. María Julia Petracco, en autos, caratulados MARMALYUK S.A. s/Designación de Autoridades (Expte. 284/2017) se ordena la siguiente publicación de edictos según decreto del día 26/07/2017, mediante la cual se hace saber el Directorio de MARMALYUK S.A. con domicilio en la localidad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, elegido en Asamblea General Ordinaria de fecha 28 de abril de 2016, Libro de Actas Nº 1 Folio 9, Acta N° 2; llamado a Asamblea General Ordinaria, libro de Actas de Directorio 1, Folio 3, Acta N° 2 y Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia Asambleas Generales Nº 1 Folio 3 y que su mandato durará tres ejercicios, a saber; Presidente: Oleksandr Marmalyuk argentino naturalizado, nacido el 08 de noviembre de 1.982, casado en primeras nupcias con Anna Zaharenko, con domicilio en la calle Alvear N° 33 de la dudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, profesión Técnico Electrónico DNI Nº 19.020.428, Vicepresidente: Anna Zakarenko argentina, nacida el 29 de septiembre de 1985, casada en primeras nupcias con Oleksandr Marmalyuk, con domicilio en calle Alvear 33 de la ciudad de Venado Tuerto, DNI Nº 19.029.601; los cuales aceptan los cargos por los cuales fueron elegidos y fijan domicilios en sus respectivos lugares de residencia a los efectos sociales que pudieran corresponder.

$ 81,18 333123 Sep. 5

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HIJOS DE LUIS ZUQUELI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “HIJOS DE LUIS ZUQUELI S.R.L. s/Modificación al Contrato Social” CUIJ 21-05194914-2, en fecha 02/08/2017:

Que, la Señora Zuqueli de Pallotti Noris Edith, cede y transfiere a título oneroso a los Señores Zuqueli Luis Alberto Ricardo Un Mil Quinientas (1.500) Cuotas Societarias a un valor nominal de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-); y a Zuqueli Lucas Andrés Un Mil Quinientas (1.500) Cuotas Societarias a un valor nominal de Pesos Quince Mil ($ 15.000).-

Que, los Señores Zuqueli Luis Alberto Ricardo y Zuqueli Lucas Andrés, aceptan esta cesión y transferencia proveniente de su tía Zuqueli de Pallotti Noris Edith, declarando conocer toda la documentación social de la que surge la situación económica, financiera y patrimonial de la sociedad a la fecha del presente, como así también, el Contrato Social de la sociedad cuyo texto ratifican expresamente.

Que como consecuencia de lo manifestado precedentemente se modifica la Cláusula Tercera del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera:

Tercera: Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-), representado por Treinta Mil (30.000) Cuotas de Capital Social, de pesos Uno ($ 1.-) valor nominal de cada una de las cuotas, que los Señores Socios suscriben e integran en las siguientes proporciones: el Señor Zuqueli Luis Alberto Ricardo, Quince Mil (15.000) cuotas, o sea un Capital de Pesos Quince Mil ($ 15.000), que representan el Cincuenta por ciento (50%) del Capital Social; el Señor Zuqueli Lucas Andrés, Quince Mil, (15.000) cuotas, o sea un Capital de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-), que representan el Cincuenta por ciento (50%) del Capital Social.

Santa Fe, 25 de Agosto de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 180 333002 Sep. 5 Sep. 6

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L.G. ARGENTINA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “L.G. ARGENTINA” S.R.L. s/modificación al contrato social, expte. Nº 2599, año 2017, tramitado por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que Gueseloff Lucas Bernardo, D.U. 26.120.486, domiciliado en Saavedra nº 2462, Depto nº01 de Sta. Fe ciudad en adelante el “cedente” y Gueseloff Norberto Esteban. D.U. 10.714.613, domiciliado en zona rural San José, Pcia de Santa Fe y Wilhjelm Ignacio Alejandro. D.U. 33.296.930, domiciliado en Ruta nº 01, km. nº 14 s/n de Arroyo Leyes, Pcia de Santa Fe, y en adelante los “cesionarios”, convienen en celebrar el contrato de cesión de cuotas partes de “L.G. Argentina” S.R.L., atento a las siguientes cláusulas:

Primera: Gueseloff Lucas B, “cedente”, vende, cede y transfiere a Gueseloff Norberto E y Wilhjelm Ignacio A., “cesionarios”, 190 (ciento noventa) cuotas partes de “L.G. ARGENTINA” S.R.L. inscripta en el Reg. Pub. de Com. de Sta. Fe, bajo el nº 488, fº 84, Libro 18 de SRL en 29/05/2014 con domicilio legal en J. de Garay nº 3077, 1º Piso, Depto “B” de Santa Fe.-

Segunda: Cedente habilitado para el acto, conforme a Informes del Registro Gral. y Registro de Procesos Universales de Concursos y Quiebras.-

Tercera: Los cesionarios acreditan habilitación expedida por Reg. de Proc. Univ. de Conc. y Quiebras de Sta. Fe y toman posesión como únicos y exclusivos socios de “L.G. ARGENTINA” S.R.L.-

Cuarta: Los cesionarios a la fecha declaran bajo juramento que han realizado un examen pormenorizado de la situación patrimonial de la empresa y asumen la calidad de socios responsables por el acto que celebran.-

Quinta: El precio de la presente cesión es de $ 190.000.- (pesos ciento noventa mil), Gueseloff Norberto E. adquiere 180 (ciento ochenta) cuotas partes de valor nominal $ 1.000.- (pesos un mil) cada una, totalizando la suma de $ 180.000.- (pesos ciento ochenta mil) y Wilhjelm Ignacio A., adquiere 10 (diez) cuotas partes de valor nominal $ 1.000.- (pesos un mil) cada una, totalizando la suma de $ 10.000.- (pesos diez mil), ambos importes abonados con anterioridad.-

Sexta: Los cesionarios acuerdan modificar el art. cuarto del Contrato Social que se redacta a continuación:

Artículo Cuarto: “El capital social es de pesos doscientos mil ($ 200.000.-), dividido en doscientas (200) cuotas partes de pesos un mil ($ 1.000.-) de valor nominal c/u, que los socios suscriben totalmente de la siguiente manera: Gueseloff Norberto E. ciento noventa (190) cuotas partes de pesos un mil ($ 1.000.-) c/u, totalizando la suma de pesos ciento noventa mil ($ 190.000.-), representando el noventa y cinco por ciento del capital social; Wilhjelm Ignacio A. diez (10) cuotas partes de pesos un mil ($ 1.000.-) c/u, totalizando pesos diez mil ($ 10.000) y representa el cinco por ciento del capital social.-

Sede Social: Acordada nueva dirección en Güemes nº 5367 de la ciudad de S. Fe.-

Gerencia: Se designa para el cargo a Wilhelm Ignacio Alejandro.

Santa Fe, 25 de agosto de 2017.- Jorge E. Freyre, secretario.

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