picture_as_pdf 2018-02-06

DECRETO Nº 0051


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

, 29 ENE 2018

VISTO:

El Expte. N° 01803-0016875-5 y sus agregados directos Nros. 01801-0027693-5, 01803-0008215-6 y 01803-0015705-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, referentes a la AMPLIACIÓN DEL COMITÉ DE CUENCA DEL CANAL PRINCIPAL SAN EUGENIO, al que se le fijará competencia territorial conforme las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ley N° 9830 y su Decreto Reglamentario N° 4960/86, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2563 de fecha 14 de Septiembre de 1993, bajo la Ley N° 9830 y su Decreto Reglamentario N° 4960, su Artículo N° 1 se constituyó el Comité de Cuenca del Canal Principal San Eugenio, integrados por los Distritos Arocena, Bernardo de Irigoyen, Gálvez, Pueblo Irigoyen, San Eugenio y San Fabián, todos del Departamento San Jerónimo;

Que dicho acto administrativo, en su Artículo N° 2 designa con el N° 9830/44 el plano conformado con los límites del Comité de Cuenca Canal Principal San Eugenio (en el que están incluidos los Distritos Loma Alta y Larrechea);

Que a raíz de los estudios realizados por la Dirección Provincial de Comité de Cuenca y Talleres de la Secretaria de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Transporte, ha quedado fehacientemente determinado que es necesario ampliar el Comité de Cuenca del Canal Principal San Eugenio;

Que los representantes de los Distritos de Estación Díaz, Barrancas, Monje, Pueblo Irigoyen, Casalegno y San Fabián reunidos en asamblea conjuntamente con autoridades del Ministerio de Infraestructura y Transporte, han resuelto la ampliación del citado Comité;

Que en virtud de lo establecido en la Ley N° 9830, la Dirección Provincial de Comité de Cuenca y Talleres ha fijado el nuevo limite del Comité de Cuenca del Canal Principal San Eugenio, integrando los Distritos Arocena, Bernardo de Irigoyen, Gálvez, Pueblo Irigoyen, San Eugenio, San Fabián, Estación Díaz, Barrancas, Monje y Casalegno Departamento San Gerónimo, determinando la Jurisdicción territorial del mismo mediante Plano N° 9830/44, por lo que se hace necesario adecuar su competencia;

Que ha tomado intervención la Secretaría de Recursos Hídricos y la Subsecretaría de Obras y Gestión territorial de la Jurisdicción actuante, andando, avalando la gestión;

Que se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Infraestructura y Transporte mediante Dictamen N° 017102/17 no formulando objeciones a la presente gestión en el ámbito de su competencia;

POR ELLO,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Apruébase el Plano N° 9830/28 inherente al reordenamiento territorial del Comité de Cuenca del Canal Principal San Eugenio, el cual se acompaña al presente Decreto pasando a formar parte del mismo.-

ARTICULO 2°: Modifícase el nombre del Comité de Cuenca del Canal Principal San Eugenio el cual pasará a llamarse "COMITE DE CUENCA DEL CANAL PRINCIPAL SAN EUGENIO Y CANAL IRIGOYEN".-

ARTICULO 3°: Déjase constancia que el COMITE DE CUENCA DEL CANAL

PRINCIPAL SAN EUGENIO Y CANAL IRIGOYEN elevará dentro de los 30 (TREINTA DIAS) del presente Decreto el Plan Trabajos y Presupuestos para el año 2018.-

ARTICULO 4º : Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

LIFSCHITZ

Ing. José León Garibay

Nota: El plano podrá verse en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

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