picture_as_pdf 2018-09-06

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARÍA ROSA YBALO DE HASAN


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito de la Primera Nominación de Rosario, Secretaria autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “COOPERATIVA INTEGRAL COINAG LTDA. c/Otro s/Ejecución Hipotecaria” Expte. Nº 1222/08, se ha dispuesto que la Martillera María Rosa Ybalo de Hasan, C.U.I.T 27-06684228-8, proceda a vender en pública subasta el día 19 de setiembre de 2018 a las 13:15 hs. o el día hábil inmediato posterior, a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil, en el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral Segunda Nominación de Cañada de Gómez, sito en Bv. Balcarce 999 de Cañada de Gómez; el inmueble ubicado en la calle Lavalle 1457 de Cañada de Gómez, inmueble que consiste en una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, parte del lote número cuatro, de la manzana número treinta y tres, cuya fracción se designa como número dos, situada en la ciudad de Cañada de Gómez, provincia de Santa Fe; inscripto al Tomo 266, Folio 400, Nro. 383871 y Tomo 266, Folio 401, Nro. 322873, la que la realizará la martillera actuante, en las condiciones indicadas, en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Cañada de Gómez, el día 19 de septiembre de 2018 a las 13:15 horas. Conforme las condiciones de subasta peticionadas, el inmueble saldrá a la venta con la base de $ 500.000 en el estado de ocupación en que se Encuentra, conforme acta de constatación: que obra agregada a autos a fs. 304 y 391. Seguidamente, y sí no hubiera postores, con retasa de 25% menos, o sea $ 375.000. y si tampoco hubiera postores, se efectuará una última base de $ 250.000. En caso de no obtenerse la última base se fijará nueva fecha de subasta. En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio efectivo o cheque certificado, con mas el 3% la comisión de ley al martillero. Con relación al saldo del precio, el mismo deberá ser abonado dentro dé los 5 días de notificada la aprobación de la subasta. Caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa pasiva promedio mensual capitalizaba cada treinta días que publica el Banco Central. Todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C. y si intimado no efectúa el pago se dejará sin efecto la venta. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse él inmueble el comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días; bajo apercibimientos de tenérsela a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por él art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Hágase Saber que previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registra General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente. Hágase saber que estarán a cargó del adquirente los gastos de transferencia; impuestos, tasas y/o contribuciones que se adeudaren e I.V.A., si correspondiere. Asimismo, hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes y en el acto de subasta: que para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta, supere el valor de $ 30.000.-,el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegido de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual, de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Autorízase al Martillero actuante a efectuar los gastos inherentes a su cometido, todo con oportuna y documentada rendición de cuentas. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de: subasta. Ello, sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial. Se deja constancia que el expediente deberá permanecer en el juzgado cinco días hábiles antes de la fecha de subasta a los fines de tos arts. 494 y 495 del CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Hágase saber a los ocupantes del inmueble que se ha fijado como días de exhibición de la propiedad a los posibles: adquirentes tos dos días hábiles: anteriores a la fecha de remate en el horario de 1,0 a 12 hs;- Fdo. Dra. María A. Mondelli (Juez) Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria)“.- “Rosario; 24 de Agosto de 2018.- Con los autos a la vista se aclara la providencia de fecha 16/08/18 (vide fs. 454/455) en el sentido que las notas de dominio que corresponden al inmueble a subastarse en fecha 19/09/2018 son Tomo 266, Folio 400, Nro. 322.871 y Tomo 266, Folio 401, Nro. 322.873.- Fdo. Dra. María A. Mondelli (Juez) Dra. Elvira S.: Sauan (Secretaria)“.- Obran en: autos las copias de título para ser revisados por los interesados, no aceptándose reclamos posteriores a la subasta por falta o insuficiencia de los mismos. Informa el Registro General: Dominio inscripto a nombre del demandado, D.N.I. Nº 11.741.278, 50% y Martina Sol Milagros Genga, D.N.I. 33.364.375, 50%. Hipoteca 1° grado, acreedor Cooperativa Integral Coinag Limitada, U$S 16.000, Tomo 578 B, Folio 205, No 396183, 25/10/06, que se ejecuta. 2° grado: acreedor Mutual de Socios de la Cooperativa Coinag, $ 75.000, Tomo 581 B, Folio 139, Nº 317548, 6/02/08.- Embargo ordenado en estos autos inscripto Tomo 118 E, Folio 495, Nº 311675, 18/02/09 y su reinscripción Tomo 123 E, Folio 62, Nº 302263, por U$S 9.715,55. Embargo en autos: “Mutual de Socios de la Coop. Coinag c/otro s/Ejecución Fiscal”, Expte. 1841/08, Juzgado Civil y Comercial 17 de Rosario, Tomo 117 E, Folio 7368, Nº 418485, 16/12/08 y su reinscripción Tomo 122E, Folio 4548, Nº 405094, por $ 84.261,90. Embargo en autos: “World Trade S.A. c/Otro s/Ejecutivo”, Expte. 1233/09, Juzgado de Circuito N° 6 de Cañada de Gómez, Tomo 125 E, Folio 480, Nº 315185, 04/03/16, por $ 4.621,39. No se informan Inhibiciones. Exhibición: 17 y 18 de setiembre de 2018, de 10 a 12hs.- Secretaría, Rosario, de agosto de 2018. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria).

$ 1200 366712 Set. 6 Set. 10

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POR

LEÓN MARCO GAMBERINI


Por disposición Instancia Distrito Civil y Comercial Cuarta Nominación Rosario, dentro autos: COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/OTROS (D.N.I. 12.113.044 – D.N.I. Nº 14.081.514) s/Apremio Fiscal”, Expte. 1435/13, Martillero León Marco Gamberini (CUIT 20-06009377-7), venderá en pública subasta día 13 de Setiembre 2018 a las 10 hs., en Puertas del Juzgado Comunal de Pueblo Esther, en estado de ocupación que consta en autos (OCUPADO), siguiente bien inmueble: “Un lote de terreno compuesto de 13 metros de frente por 30 metros de fondo, designado con el N° 15 de la manzana 34 del plano Nº 62326/1970. Linda por el Norte con el lote 15; por el Sud con el lote 16; por el Este con el lote 30 y por el Oeste con el lote 4, todos de la misma manzana y plano.- Superficie total de 390 m2. Dominio: Tomo: 928, Folio: 274, Nº 336437, Departamento Rosario. Dominio al Tº 928, F° 274, N° 336437, Dpto. Rosario. Del informe registral consta a nombre del demandado (D.N.I. 12.113.044) y registra siguientes gravámenes. Embargo: T° 126 E, F° 89, N° 308169, del 02/02/2017, por $ 11.438,02; orden juez y autos del rubro. Inhibición: T° 128 I, F° 1728, N° 322969, del 01/04/2016, por $ 4.875; ordenado por el Juzgado de Ejecución Civil de la 1a Nominación de Rosario en autos: Municipalidad de Rosario c/Otro (D.N.I. 12.113.044) s/Apremio” Saldrá a la venta con la base del décuplo del avalúo fiscal informado por el API ($ 371.910), de no haber postores con una retasa del 25% y, de subsistir tal falta de postores con una retasa del 50%, precio mínimo en que podrá salir a la venta el inmueble; quién resulte adquirente deberá abonar finalizada la subasta, el 10% del precio ofertado mas la comisión del 3% al Martillero en pesos o cheque certificado. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario - Sucursal 80 -Caja de Abogados - a la orden de este juzgado y para estos autos conforme disposición del B C R A según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. Impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y – eventualmente - expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. Para el caso de compras por terceros deberá el adquirente designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del CPCC. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del CPCC. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia que respecto del saldo del precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P. En el acta de subasta deberá dejarse constancia del penúltimo postor, consignado sus datos personales. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. Se hace saber a efectos legales. PUBLICACIÓN SIN CARGO. Secretaría, 30 de agosto de 2018. – Daniela Jaime, Secretaria.

S/C 366742 Set. 6 Set. 10

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DAVID BOSCHI


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “CIRCULO DE INVERSORES S.A. c/OTRO s/Ejecución Prendaria” (C.U.I.J. Nº 21-02850888-0),’se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. David Boschi, (Mat. N° 1929-B-179) (C.U.I.T. Nº 20-24918265-7) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 14 de septiembre de 2018 a las 16.00 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario cita en calle Entre Ríos 238 de Rosario; el siguiente bien propiedad del demandado a saber: marca Citroen, modelo/año nuevo C3 1.5i 90 Origine/2015. Tipo Sedán 4 Puertas., motor marca Citroen Nº 10DBSZ0003498, chasis marca Citroen Nº 935SLYFZOFB531176, dominio ORF 919, inscripto a nombre de la demandada en el R.N.P.A. N° 2 de San Lorenzo. Registra prenda en 1er. Grado de fecha 04/03/2015, por $ 204.949,72. Y embargo de fecha 04/07/2016 por $ 274.296,10, por los autos que se ejecutan. Se hace saber que el rodado estará en exhibición para ser revisado por los interesados los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 14 a 15 hs. en calle Viamonte 4444 de Rosario. El rodado saldrá a la venta en el estado que se encuentra, no admitiéndose reclamos posteriores a la subasta, con Base de $ 105.498,50. Seguidamente, para el supuesto que no hubiere ofertas por dicho importe, saldrá o la venta con una retará del 25% del montó anterior, y por último con una base del 50% de la primera. Modalidad de pago: El comprador deberá abonar en el acto de remate hasta $ 30.000, en concepto de pago a cuenta de precio, en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Banco Municipal de Rosario Sucursal N° 80 -Caja de Abogados - debiendo depositar el saldo del precio, por transferencia interbancaria, dentro de las 2 días posteriores a la subasta y acompañar a autos la constancia del mismo, bajo los apercibimientos del art. 497 del CPCC y de perder el importe entregado a cuenta de precio; todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Asimismo, el comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% de comisión del martillero sobre el valor de venta en dinero en efectivo o cheque certificado, la entrega del vehículo se efectuará una vez cumplimentada en tiempo y forma la totalidad del precio de venta y comisión del martillero, no pudiendo circular hasta que no se efectúe la transferencia a favor del adquirente. Impuestos, patentes, multas e I.V.A. (si correspondiere) serán a cargo del comprador, como así también todos los gastos e impuestos que implique lo transferencia del dominio a favor del adquirente y gastos por traslado y/o acarreo. No procederá la compra en comisión. Todo lo que se publica a los efectos legales. - Rosario, 31 de Agosto de 2018. - Dra. Carla Gussoni Porrez, Secretaria.

$ 510 366692 Set. 6 Set. 10

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MARÍA LAURA MASSERA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 12º Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDÁN c/OTRO s/Apremio Fiscal - Expte. N° 28/2011”, se ha ordenado que la Martillera María Laura Massera, Matrícula N° 1983-M-192, CUIT. 23-25171329-4, proceda a vender en Pública Subasta el día 19 de Septiembre de 2018, a las 10:00 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, provincia de Santa Fe, con la base de $ 28.945,48, de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de oferentes, se retirará la oferta, el siguiente Inmueble, situado en la ciudad de Roldán (Lotes 29 de la Manzana 21, Sector 45, Catastro N° ) y que según su título se describe así: “ ...Y c) -Manzana Número Veintiuno: Formada por los lotes numerados correlativamente del “1” al “40” inclusive, los que unidos forman una sola fracción y mide: 60 metros al Norte sobre calle Pública 10; 200 metros al Este, sobre calle Pública 3; 60 metros al Sud, sobre valle Pública 9 y 200 metros al Oeste sobre calle Pública 4, encerrando una superficie total de 12.000 metros cuadrados.-...”. El inmueble se vende en el estado de ocupación en que se encuentra Desocupado - según constancia de autos.- De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado, al Tomo: 230, Folio: 465, Nro. 159247, Dpto. San Lorenzo. El demandado NO registra Inhibición. El inmueble NO registra Hipoteca; Registra Embargo: 1) al Tomo: 123 E, Folio: 2552, Nro. 363757, de fecha 11/08/2014, por la suma de $ 9.476,77; 2) al Tomo: 126 E, Folio: 254, Nro. 312988, de fecha 21/02/2017, por la suma de $ 36.327,94, todos por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio alcanzado, más el 3% en concepto de comisión, más el 2% en concepto de tasa de remate, todo al martillero en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000.-, deberá cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A según la cual no podrá realizarse en efectivo debiendo optarse por los medios de pagos mencionados y/o depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al aprobarse la subasta, dentro de los cinco días de intimado el comprador, debiendo cumplimentarse también con lo dispuesto en la comunicación “A” 5147 BCRA. Si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la subasta, con el apercibimiento del art. 497 CPCC. Serán a cargo del adquirente lo adeudado en concepto de impuestos, tasas y contribuciones (con excepción de la tasa municipal reclamada en autos), así como los gastos que arroje la protocolización de actuaciones judiciales y tramite de transferencia a efectuarse por escribano público. También se encuentran a cargo del comprador los impuestos provinciales y nacionales que gravan el acta de subasta como los de transferencia del inmueble recayendo en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Todos estos importes adeudados deberán ser informados por el Martillero en el acto de remate. Para el caso de compra en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Se hace saber asimismo que los títulos de propiedad del inmueble se encuentran agregados a autos, para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna por su insuficiencia. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales.- Rosario, de Agosto de 2018.- Fdo: Dra. Agustina Filippini (Secretaria).

S/C 366658 Set. 6 Set. 10

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