picture_as_pdf 2018-11-06

CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

PENNINI BRUNO


Por disposición Sr. Juez de 1° Inst. Civil, Comercial y Laboral N° 1 del Juzgado de Casilda secretaría del autorizante se dispone en autos: “MAGNANI LUCAS H. c/PELLEGRINI JULIO C. s/Juicio Ejecutivo – Expte. Nº 746/2015 que el Martillero Pennini Bruno C.U.I.T. 20- 32289944 - 1 y con oficina en calle Dante Alighieri 2472 de Casilda venda en pública subasta. N° 1565 – Casilda, 8 de Octubre de 2018. Atento a las constancias de autos. Fíjase fecha de subasta para el día 14 de Noviembre de 2018 a las 11 hs en las puertas del Juzgado Comunal de Máximo paz. En caso de resultar inhábil o de suspenderse por fuerza mayor la subasta se llevara a cabo el día siguiente hábil a la misma hora y lugar. Se Subastará el 100% del Inmueble que se haya Inscripto bajo la matrícula N° 19-1100/21 del Departamento Constitución. Saldrá a la venta con una base de $ 800.000, retasa del 25% y si tampoco hubiere oferentes, con una base del 30% de la primera: pago 10% a cuenta del precio en el acto de subasta, con más el 3% de comisión al martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado. El bien saldrá a la venta, según acta de constatación que corre a fs. 237 de estos actuados. (art. 504 del CPCCSF). El saldo del precio se depositará judicialmente a los cinco días hábiles de aprobada la subasta bajo apercibimiento de lo establecido por los artículos 497 y 499 del C.P.C.C.S.F. Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudare el inmueble son a total cargo del comprador, como así también gastos de escrituración, honorarios notariales, el impuesto a la transferencia de inmuebles, la regularización de lo construido, e I.V.A si correspondiere. Los importes deberán ser informados por el martillero en el acto de Remate. No se permitirá la compra en comisión. Toda cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente deberá practicarse por escribano público. Atento a las constancias de autos, cumpliméntese con lo dispuesto por el art. 488 y 506 (CPCCSF). Previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General de la Propiedad, con copia certificada a fin de que se tome razón de la misma sin que ello implique transferencia. El adquiriente del inmueble subastado deberá acudir ante un escribano público para confeccionar la escritura que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye la opción prevista en el art. 505 2do. párrafo del CPCCSF. Edictos de ley en el boletín oficial y estrados del tribunal. Avisos en diario de circulación local, y la publicidad adicional solicitada por el martillero. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 días antes de la subasta a los fines previsto por el art. 494 y 495 del C.P.C.C.S.F. y permanecerá en Secretaría. El bien se exhibirá dos días antes de la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Hágase saber a los posibles asistentes en la subasta se aplicará estrictamente lo previsto por el artículo 241 del Código Penal el que a continuación se transcribe “...Será reprimido con prisión de quince días a 6 meses. 1) El que perturbare el orden de las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los tribunales de justicia o donde quiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones: 2) el que sin estar comprendido en el artículo 237, impidiere o estorbare a un funcionario público cumplir un acto propio de sus funciones...” el presente artículo deberá ser leído en forma textual previo a la realización del remate por el martillero designado en autos. Ofíciese al Sr. Juez Comunal de Max. Paz. Notifíquese por cédula. autos: “MAGNANI LUCAS H. c/PELLEGRINI JULIO C. s/Juicio Ejecutivo. Expte Nº 746/ 2015.

Viviana M. Guida, Secretaria Subrogante.

$ 670 373473 Nov. 6 Nov. 8

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