picture_as_pdf 2018-01-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13702


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, suscripto el día 05-12-2016, con la finalidad de que empresas productivas críticas puedan solventar el nuevo esquema tarifario del servicio público de electricidad.

Dicho Convenio fue aprobado por Decreto Nº 0562/17 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjuridiccionales el día 04- 01-2017, bajo el Nº 7429, Folio 221, Tomo XIII, el que se agrega y forma parte integrante de la presente ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


DECRETO N° 4219


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

29 DIC 2017

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13702 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

LIFSCHITZ

C.P.N. Alicia Mabel Ciciliani

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2º Piso, oficina n° 227, Santa

Fe Tel. 0342-4506607 - emaiI:tecnicaIegisIativa@santafe.gov.ar

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