picture_as_pdf 2018-02-08

COLEGIO DE MARTILLEROS


INSCRIPCIÓN DEL MARTILLERO


A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. N° 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que el señor DEL GRECO TOBÍAS, DNI: Nº 38.819.601, Argentino, soltero, nacido el 14/12/1994, de apellido materno ORNESAGASTI, con domicilio real en calle Spilimbergo N° 350 de la localidad de Roldán, código postal N° 2134, y domicilio legal en calle Spilimbergo N° 344 de la localidad de Roldán, código postal N° 2134, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno N° 1546 de la ciudad de Rosario, a los dos días del mes de Febrero de 2018. Firma: Miriam L. Seery - Secretaria.

$ 90 346741 Feb. 8 Feb. 9

__________________________________________


MUNICIPALIDAD DE SANTA FE


ACTAS DE INFRACCIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado N° 6 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/CIUDAD DE CORODBA S.A.C.I.F s/Actas de infracción Nº 20159000785626, 20159000785041, 20159000785643, 20159000786078, 20159000788629, 20159000788642, 20159000788333, 20159000793415, 20169000803162, 20169000805471, 20169000805756, 20169000805713, 20169000807112, 20169000807361, 20169000807782, 20169000807378, 20169000809185, 20169000809665, 20169000810128, 20169000812234, 20169000813264, 20169000816886, 20169000821015, 20169000820826, 20179000824762, 20179000825964, 20179000826354, 20179000827181, 20179000827352, 20179000824837, 20179000828762, 20179000828762, 20179000828773, 20179000828773, 20179000830605, 20179000830608, 20179000830702, 20179000830702, 20179000830628, 20179000828503, 20179000828871, 20179000831191, 20179000831191, 20179000831191, 20179000833183, 20179000833172, 20179000833183, 20179000834427, 20179000838844, 20179000832840, 20179000838280, 20179000838823, 20179000840551 y 20179000834048 s/infracción a los arts. 30, 84, 85, 95, 105 bis, 137 y 138 de la Ordenanza N° 7882 - Modif. Ord. Nro. 12041 de la Ordenanza Nº 7882, se cita a Ciudad de Córdoba S.A.C.I.F., P.JCA. 30546617129, CUIT N° 30-54661712-9, con Domicilio en Leopoldo Herrera 2055 de la ciudad de Paraná - Pcia. de Entre Ríos, titular del rodado Dominio ISE663, a audiencia para el día 28/02/2018 de 8 a 12 hs. a los efectos de ser escuchado en relación a la imputación efectuada en Actas de Contratación de Infracción Nros: 20159000785626 de fecha 21/05/2015 a las 08:55 hs, en Av. Freyre y Bv. Pellegrini, en la que se le imputa: PROVOCAR RUIDOS MOLESTOS, en infracción al art. 95 de la Ord. N° 7882; 20159000785041 de fecha 27/05/2015 a las 9:00 hs. en calle 1ro. de mayo 8300 (Parada Línea 16), en la que se le imputa: EXTINGUIDOR DE FUEGO CON CARGA VENCIDA - SE RETIRA DE SERVICIO MEDIANTE CÉDULA N° 16609, en infracción al art. 105 bis de la Ord. N° 7882; 20159000785643 de fecha 28/05/2015 a las 08:55 hs. en Av. Freyre y Salta en la que se le imputa: PROVOCAR RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. N° 7882; 20159000786078 de fecha 16/06/2015 a las 9:05 hs. en Av. Freyre y Mendoza en la que se le imputa: PROVOCAR RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al Art. 95 de la Ord. N° 7882; 20159000788629 de fecha 14/07/2015 en Av. Freyre y Bv. Pellegrini a las 9:25 hs. en la que se le imputa: PROVOCAR RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20159000788642 de 16/07/2015 en Av. Freyre y Mendoza a las 8:45 hs. en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS - FALTA TOTAL DE HIGIENE - UNIDAD EN SERVICIO, en de infracción a los arts. 95 y 137 de la Ord. 7882; 20159000788333 de fecha 22/07/2017 en Salta y 9 de Julio a las 11:14 hs. en la que se le imputa: CIRCULA EN SERVICIO PRODUCE RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20159000793415 de fecha 07/09/2015 en Salta al 3000 a las 8:01 hs en la que se imputa: FALTA TOTAL DE LUCES DE STOP, en infracción Art. 84 de la Ord. 7882; 20169000803162 de fecha 16/03/2016 a las 9:15 hs. en Av. Freyre y Junín, en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000805471 de fecha 21/04/2016 a las 9:30 hs. en Av. Freyre y O. Gelabert, en la que se imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000805756 de fecha 21/04/2015 a las 9:01 hs. en San Jerónimo y Salta, en la que se le imputa: FALTA TOTAL LUZ STOP, en infracción al art. 84 de la Ord. 7882; 20169000805713 de fecha 25/04/2016 a las 10:58 hs. en Av. Freyre 2800, en la que se le imputa: SE CONSTATO RUIDO MOLESTO AL FRENAR EN LA PARADA, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000807112 de fecha 13/05/2016 a las 9:00 hs. en Av. Freyre y Bv. Pellegrini, en la que se imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR FRENOS - UNIDAD EN SERVICIO, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000807361 de fecha 19/05/2016 a las 9:05 hs. en S. Jerónimo y Mendoza, en la que se le imputa: RUIDOS MOLESTOS AL FRENAR EN LAS PARADAS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000807782 de fecha 27/05/2016 a las 9:10 hs. en Av. Freyre y O. Gelabert, en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS - UNIDAD EN SERVICIO, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000807378 de fecha 01/06/2016 a las 8:41 hs. en S. Jerónimo y Salta, en la que se le imputa: RUIDOS MOLESTOS AL FRENAR EN LAS PARADAS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000809185 de fecha 27/06/2016 a las 9:20 hs. en Av. Freyre 2200, en la que se le imputa: SE CONSTATO RUIDO MOLESTO AL FRENAR EN LA PARADA, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000809665 de fecha 27/06/2016 a las 8:25 hs. en Bv. Pellegrini y Av. Freyre, en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000810128 de fecha 07/07/2016 a las 8:45 hs. en San Jerónimo y Mendoza, en la que se le imputa: RUIDOS MOLESTOS AL FRENAR EN LAS PARADAS - SE CONSTATO RUIDOS MOLESTOS-AL FRENAR, en infracción al art 95 de la Ord. 7882; 20169000812234 de fecha 27/07/2016 a las 9:05 hs., en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20169000818264 de fecha 16/08/2016 a las 16:08 hs. en Av. Freyre 3400, en la que se le imputa: NO ENCENDIDO TOTAL O PARCIAL DE LUCES REGLAMENTARIAS - FALTA LUZ DE STOP DERECHO, en infracción al art. 85 de la Ord. 7882; 20169000816886 de fecha 11/10/2016 a las 15:23 hs. en Av. Freyre 3400, en la que se le imputa: EXCESO DE HUMO - EN SERVICIO, en infracción al art. 30 de la Ord. 7882; 20169000821015 de fecha 27/12/2016 a las 14:45 hs. en Riobamba 8100 - Parada Línea 14, en la que se le imputa. CHAPA PATENTE DELANTERA ILEGIBLE, en infracción al art. 104 de la Ord. 7882; 20169000820826 de fecha 14/12/2016 a las 9:00 hs. en Av. Freyre y Junín, en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20179000824762 de fecha 26/01/2017 a las 8:55 hs. en Av. Freyre y Tucumán, en la que se imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20179000825964 de fecha 15/02/2017 a las 14:31 hs en Riobamba 8100 Parada Linea 14, en la que se le imputa: POSEE ANCLAJE ROTO, en infracción al art. 137 de la Ord. 7882; 20179000826354 de fecha 20/02/2017 a las 9:20 hs. en Av. Freyre y O. Gelabert, en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS - UNIDAD EN SERVICIO, en contravención al art. 95 de la Ord. 7882; 20179000827181 de fecha 17/03/2017 a las 15:41 hs. en Av J. J. Paso y Urquiza, en la que se le impute: NO ENCENDIDO TOTAL O PARCIAL DE LUCES REGLAMENTARIAS FALTA LUZ DE STOP DERECHO, en infracción al art. 85 de la Ord. 7882; 20179000827352 de fecha 27/03/2017 de 8:15 en Av. Freyre 2800, en la que se le imputa: SE CONSTATO RUIDO MOLESTO AL FRENAR EN LA PARADA, en infracción al Art. 95 de la Ord. 7882; 20179000828762 de fecha 03/04/17 a las 11:45 en Gral. Paz al 4700, en la que se le imputa: PRODUCE RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al Art. 95 de la Ord. 7882; 20179000828773 de fecha 07/04/2017 a las 10:25 hs. en Gral. Paz y A. Delgado, en la que se le imputa: PRODUCE RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS, en infracción al Art. 95 de la Ord. 7882; 20179000830608 de fecha 26/04/2017 a las 10:40 hs. en J. J. Paso 2900, en la que se le imputa: SE CONSTATO RUIDO MOLESTO AL FRENAR EN LA PARADA, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20179000830702 de fecha 26/04/2017 a las 16:09 hs. en Av. J. J. Paso 3000, en la que se le imputa: PRODUCE RUIDOS MOLESTOS - SE PRODUCE EN EL MOMENTO EN EL QUE EL CONDUCTOR ACCIONA EL FRENO DE LA UNIDAD EN SERVICIO, en infracción al art 95 de la Ord. 7882; 20179000826508 de fecha 11/05/2017 a las 14:46 hs. en Riobamba 8100, en la que se le imputa: FALTA DE LUCES DE STOP - SE INHABILITA MEDIANTE CÉDULA N° 15352, en infracción al art. 84 de la Ord. 7882; 2017900828871 de fecha 11/05/2017 a las 8:45 hs. en Av. J.J. Paso y Gdor Freyre, en la que se le imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS AL ACCIONAR LOS FRENOS - UNIDAD EN SERVICIO, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20179000831191 de fecha 15/05/2017 a las 15:31 hs. en San Jerónimo 2200, en la que se le imputa: NO ENCENDIDO TOTAL O PARCIAL DE LUCES REGLAMENTARIAS - FALTA LUZ DE STOP DERECHO - PROVOCA RUIDOS MOLESTOS EN EL QUE EL CONDUCTOR ACCIONA EL DEDAL DEL FRENO DE LA UNIDAD EN SERVICIO, en contravención con los arts. 85 y 95 de la Ord. 7882; 20179000838172 de fecha 24/05/2017 a las 15:46 hs en Av. Freyre 2500, en la que se imputa: PRODUCIR RUIDOS MOLESTOS - PRODUCE EN EL MOMENTO EN EL QUE MOMENTOS EN EL QUE EL CONDUCTOR ACCIONA EL PEDAL DE FRENO DE LA UNIDAD EN SERVICIO; 20179000933183 de fecha-29/05/2017 a las 15:41 hs en Av. Freyre y Sgo. del Estero, en la que se imputa: PROVOCA RUIDOS MOLESTOS - SE PRODUCE EN EL MOMENTO EN EL QUE EL CONDUCTOR DE LA UNIDAD ACCIONA EL PEDAL DE FRENO DE LA UNIDAD EN SERVICIO; 2017900834427 de fecha 04/07/2017 a las 10:05 hs. en Av. Freyre en la que se le imputa: SE CONSTATO RUIDO MOLESTO AL FRENAR EN LA PARADA, en infracción al art. 95 de la Ord. 7882; 20179000834048 de fecha 10/07/2017 a las 14:31 hs. en San Jerónimo y Salta, en la que se le imputa: -CHAPA PATENTE ILEGIBLE POSEE CHAPA PATENTE TRASERA ILEGIBLE - EXCESO DE HUMO en infracción a los arts. 104 y 30 de la Ord. 7882: 20179000832840 de fecha 18/08/2017 a las 10:02 hs en la que se le imputa: -FALTA TOTAL DE LUZ DE STOP-, en contravención al art. 84 de la Ord 7882. 20179000838280 de fecha 22/08/20174 a las 18:31 hs. en Av. J. J. Paso y 4 de Enero en la que se le imputa: -NO ENCENDIDO TOTAL O PARCIAL DE LUCES REGLAMENTARIAS FANTA DE LUZ DE STOP DERECHO EN SERVICIO-, en infracción al art. 84 de la Ord 7882. 20179000840551 de fecha 11/09/2017 a las 11:08 en Irigoyen Freyre 2500, en la que se le imputa: -FALTA TOTAL DE LUCES DE STOP, en infracción al art. 84 de la Ord. 7882 - 20179000838844 de fecha 21/09/2017 a las 8:33 hs, en Av. Freyre 3400, en la que se le imputa: -SE CONSTATO RUIDO MOLESTO AL FRENAR EN LA PARADA-, en infracción art. 95 de la Ord. 7882 y 20179000842839 de fecha 23/10/2017 a las 16:29 hs. en Av. Freyre y Crespo, en la que se imputa: -NO ENCENDIDO TOTAL O PARCIAL DE LUCES DE REGLAMENTARIAS-, en infracción al art. 85 de la Ord. 7882 - cometidas con el rodado Dominio 1SE663; acompañando toda aquella documental para la defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de dictarse sentencia sin más trámite teniendo por acreditada la infracción, de conformidad con lo establecido en el Art. 40 y sus concordantes en el Código Procesal Municipal de Faltas (Ord. N° 7881 y sus modificatorias). Notifíquese. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 10 de Octubre de 2017. Dr. Juan Carlos Riera - Jueza de Faltas.

$ 429 346760 Feb. 8

__________________________________________


NOTIFICACION


Por disposición del señor Juez de Faltas N° 6 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipalidad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/CIUDAD DE CORDOBA S.A.C.I.F s/Actas de infracción Nros. 20159000780141, 20159000787279, 20159000787289, 20159000789332, 20159000792085, 20159000795107, 20159000797568, 20159000798567, 20169000810527, 20169000812314, 20179000841489, 20160101303865, 20172000277553, 20172000287714, 20179000827164 20179000827197, 20179000827197, 20179000828603, 20179000806822, 20179000838289, 20179000838819, 20179000840640 y 20169000812696 en infracción a los arts. 85, 90, 95, 105 Bis, 121 A. 128, 137 y 138 de la Ordenanza N° 7882, el Señor Juez ha dictado el siguiente Decreto: Santa Fe, 06 de Noviembre de 2017, Cítese al/la Sr/a CIUDAD DE CÓRDOBA S.A.C.I.F. CUIT 30546617129 con domicilio en Av. O. Higgings Alt. 5000 aprox. (Cmo. San Carlos Km. 4 1/2) de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, titular del rodado Dominio JXS105 a audiencia para el día 28/02/2018 de 8 a 12 hs. a los efectos de ser escuchado en relación a la imputación efectuada en Actas de Constatación de Infracción Nros. 20159000780141 de fecha 01/04/2015 a las 08:57hs., en Misiones 5100 - Parada Linea 18, en la que se le imputa: FALTA TOTAL DE HIGIENE EXTERIOR PARABRISAS DELANTERO ROTO Y ASTILLADO, en contravención al Art 90 de la Ordenanza Nro. 7882, 20159000787279 de fecha 07/07/2015 a las 08:20 hs en Facundo Zuviría 4800, 20159000787289 de fecha 15/07/2015 a las 07:55 hs en Facundo Zuviria 4800, 20179000827164 de fecha 10/03/17 a las 15:17 hs en Av. Freyre y Tucumán, en la que se le imputa: NO ENCENDIDO TOTAL O PARCIAL DE LUCES REGLAMENTARIAS, en contravención al art. 85 de la Ordenanza Nro. 7882 20159000789332 de fecha 30/07/15 a las 08:35 hs. en Salta y 4 de Enero 20152000792085 de fecha 09/09/15 a las 11:20 hs. en Mendoza y 9 de Julio, 20159000795107 de fecha 15/10/15 a las 09:41 hs- en San Jerónimo 2300; 20159000797568 de fecha 18/11/15 a las 08:06 hs- en san Gerónimo 3000, 20159000798567 de fecha 03/08/15 a las 09:00 hs. en Mendoza y San Jerónimo, 20169000810527 de fecha 15/07/16 a las 09:05 hs. en Av. Freyre y Mendoza 2069000812314, de fecha 21/07/2015 a las 08:20 hs. en 9 de Julio 3000, 20169000812696 de fecha 17/08/2016 a las 08:52 hs. en S. Jerónimo y Mendoza, 20179000827197 de fecha 27/03/2017 a las 14:43 hs. en Av. Freyre y La Rioja en la que se le imputa: PRODUCCIÓN DE RUIDOS MOTIVADAS POR CAUSAS ATRIBUIDAS AL RODADO, MOTOR, CARROCERÍA (FRENOS), en contravención al art. 95 de la Ordenanza Nro. 7882, 20179000828603 de fecha 29/03/17 a las 14:52 hs. en Misiones y Pje. Público, en la que se imputa: EXTINGUIDOR DE FUEGO SIN CARGA, en contravención 105 Bis de la Ordenanza Nro. 7882, 20172000277553 de fecha 05/12/17 a las 18:37 hs. en Av. Angel V. Peñaloza 5700 Sentido N/S Velocidad Medida 84,9 km/h - Velocidad Máxima 60,0 km/h, en la que se le imputa- CIRCULAR, O CRUZAR SIN RESPETAR LOS LIMITES REGLAMENTARIOS DE VELOCIDAD-, en contravención al art. 128 2do. Párrafo de la Ordenanza Nro 7882 20172000287714 de fecha 07/03/2017 a las 16:42 hs. en Av. Ángel Peñaloza 5700 Sentido N/S Velocidad Medida 71,0 km/h - Velocidad Máxima 60,0 km/h en la que se le imputa: CIRCULAR, GIRAR O CRUZAR SIN RESPETAR LOS LIMITES REGLAMENTARIOS DE VELOCIDAD, en contravención al art. 128 2do. Párrafo de la Ordenanza Nro. 7882; 20160101303865 de fecha 25/10/2016 a las 10:05 hs en 9 de Julio y Suipacha- en la que se le imputa: CIRCULAR EN FORMA IMPRUDENTE HACIENDO USO DE TELEF. CELULAR - NO ACATO SILBATO, en contravención al art. 121 inc. A de la Ordenanza Nro. 7882; 20179000838289 de fecha 28/08/2017 a las 15:22 hs., en Salta y 9 de Julio y 20179000841489 de fecha 19/10/2017 a las 11:07 hs en Fdo. Zuvina 4900, en la que se le imputa: -POSEE CHAPA ILEGIBLE -POSEE CHAPA PATENTE ILEGIBLE TRASERA, en contravención al art. 104 de la Ordenanza Nro. 7882; 20179000840640 de fecha 17/10/2017 a las 14:20 hs en Misiones y Pje. Público (PARADA), en la que se le imputa: PARAGOLPE DELANTERO ROTO, en contravención al Art. 87 de la Ordenanza Nro 7882 - 20179000838819 de fecha 01/09/2017 a las 8:10 hs. en Salta 3400 en la que se le imputa NO ARRIMA AL CORDON PARA EL ASCENSO Y DESCENSO DE LOS PASAJEROS, en contravención al art. 138 de la Ordenanza 7882; 20179000806822 de fecha 14/06/2017 a las 15:00hs. en Pje. Santa Fe y Misiones, en la que se le imputa: -FALTA DE AMBOS PASAMANOS, en contravención al art. 137 de la orderlanza Nro. 7882, todas las actas constatadas cometidas con el rodado Dominio JXS105; acompañando toda aquella documental para la defensa de sus derechos cometidas con el rodado Dominio JXS105 bajo apercibimiento de dictarse sentencia sin más trámite teniendo por acreditada la infracción, de conformidad con lo establecido en el Art. 40 y sus concordantes en el Código Procesal Municipal de Faltas (Ord. Nº 7881 y sus modificatorias). Deberá comparecer por ante éste Juzgado de Transporte N° 6 - sito en Las Heras 2829 de esta Ciudad, munido de su DNI y de documentacion, que acredite Personería para representar a la empresa NOTIFIQUESE. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 06 de Noviembre de 2017. Fdo: Dr. Juan Carlos Riera, Juez de Faltas.

$ 234 346759 Feb. 8

__________________________________________


NOTIFICACION


En los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/VERDUGO, ARGENTINO JUAN s/Actas de Infracción 20150101149289 Art. 144 bis de la Ordenanza Nº 7.882, la Sra. Jueza de Faltas ha dictado la Sentencia N° 198/2015 dónde se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 16 de Agosto de 2017. Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo... 1) Condenar a Verdugo, Argentino Juan, D.N.I. N° 24084769 domiciliado en calle Vélez Sarsfield N° 1965 de la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, por infracción al art. 144 bis de la Ordenanza N° 7882 y sus modificatorias, constatado en Acta de Infracción Nº 20150101149289 al pago de una multa de pesos catorce mil ($14.000), dentro del término de tres (3) días de notificada la presente, con más sellado de actuación, notificaciones cursadas y actualizadas que pudieren corresponder. (Art. 59 C.P.M.F). 2) Si fuera necesario expídase copia que se remitirá al Dpto. de Apremios Fiscales para su ejecución de conformidad con lo proscripto en la Ley N° 5056 y sus modificatorias (art. 22 C.M.F. - Ord. N° 7881). 3) Notifíquese, expídase copia, oportunamente archívese. Fdo: Dra Marcela Favali Jueza de Faltas, ///ta Fe, 29 de Enero de 2018. Se asume competencia y atento al estado de la causa se solicita notificar por edictos al Sr. Verdugo, Argentino Juan, DNI: 24.084.769, dominio EPU527, no se diligencia por haberse mudado según constancia del correo del 29/08/17 por lo que a fin de proseguir la causa MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/VERDUGO, ARGENTINO JUAN s/Actas de Infracción 20150101149289 Art. 144 bis de la Ordenanza Nº 7.882, Sentencia 198/17, se dispone en aplicación del art. 5 del CPMF y para no cercenar derechos notificar por edictos la sentencia recaída el 16/08/2017 bajo el N° 198/17. Publíquese a esos fines en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Ma. Alejandra Uasuf. Juez de Faltas Juzgado N° 3.

$ 73 346758 Feb. 8

__________________________________________


NOTIFICACION


Por disposición del señor Juez de Faltas N° 6 - Transporte Público - de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/MONTE MALVI S.R.L. s/actas de infracción Nros.: 20149000756618, 20139000740672, 20130100781906, 20139000741523 y 20139000740634 a los art/s. 08, 71D, 85,137 y 138 de la Ordenanza. Nro. 7882., el señor Juez ha dictado la siguiente Sentencia 48/2018: Santa Fe, 30 de Enero de 2018. Y Vistos: ... Resulta: ... Considerando: ... Resuelvo: ... 1°) Condenar a MONTE MALVI S.R.L., CUIT Nº 30707820396, domiciliado donde se indica, como responsable de la/s infracción/es al/los art./s. 08, 71D, 85, 137 y 138 de la/s Ordenanza/s Nº 7882, dominio FHF380, constatadas por acta/s. Nros, 20149000756618, 20139000740672, 20130100781906, 20139000741523 y 20139000740634 en virtud de lo establecido en los arts. 10, 40 y 50 del C.P.M.F. - Ordenanza. N° 7881, a abonar una multa de pesos seis mil doscientos seis - ($ 6.206) con más gastos de actuación e intereses que pudieren corresponder, en el plazo que se prevea en la liquidación a notificarse al condenado, bajo apercibimiento de emitir el correspondiente título ejecutivo de conformidad con lo prescripto por el art. 22 del CPMF y ley provincial Nº 5066. 2°) Hágase saber lo prescripto en Art. 59 de la Ord. 7881: Dictada la sentencia, la misma podrá ser apelada dentro de los tres (3) días de su notificación, entendiendo como Tribunal de alzada el juzgado que determinen las Leyes Provinciales, y el recurso se concederá en la relación y con efecto devolutivo. 3°) Notifíquese, expídase copia, regístrese y oportunamente archívese- Fdo. Dr. Juan Carlos Riera - Juez de Faltas. Fdo. Dr. Juan Carlos Riera. Juez de Faltas - Juzgado Nº 06 -Transporte Público. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 10 de Enero de 2018.- Dr. Juan Carlos Riera - Juez de Faltas.

$ 76 346757 Feb. 8

__________________________________________


NOTIFICACION


Por disposición del señor Juez de Faltas N° 6 - Transporte Público- de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/LEASING BUS S.A. s/Acta/s. de infracción N° 20159000784122, 20159000782167, 20159000782198, 20159000788359, 20159000795065, 20169000805752, 20169000814176 y 20160101330989 s/infracción a los art/s. 11, 85, 111, 113, 137 y 138 de la Ordenanza Nro. 7882, el señor Juez ha dictado la siguiente Sentencia 255/2017: Santa Fe, 1° de septiembre de 2017. Y Vistos: ... Resulta: ... Considerando... Resuelvo: 1°) Condenar a LEASING BUS S.A., CUIT 30710469365, domiciliado donde se indica, como responsable de la/s infracción/es al/los art./s. 11, 85, 111, 113, 137 y 138 de la/s Ordenanza/s N° 7882, titular registral de vehículo dominio KME744, constatadas por acta/s. Nº 20159000784122, 20159000782167, 20159000782198, 20159000788359, 20159000795065, 20169000805752, 20169000814176 y 20160101330989, en virtud de lo establecido en los arts. 10, 40 y 50 del C.P.M.F. - Ordenanza. N° 7881 -, a abonar una multa de pesos nueve mil seiscientos- ($ 9.600) con más gastos de actuación e intereses que pudieren corresponder, en el plazo que se prevea en la liquidación a notificarse al condenado, bajo apercibimiento de emitir el correspondiente título ejecutivo de conformidad con lo prescripto por el art. 22 del CPMF y ley provincial N° 5066. 2°) Hágase saber lo prescripto en Art. 59 de la Ord. 7881: Dictada la sentencia, la misma podrá ser apelada dentro de los tres(3) días de su notificación, entendiendo como Tribunal de alzada el juzgado que determinen las Leyes Provinciales, y el recurso se concederá en la relación y con efecto devolutivo. 3°) Notifíquese, expídase copia, regístrese y oportunamente archívese. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 29 de Enero de 2017. Dr. Juan Carlos Riera - Juez de Faltas.

$ 76 346756 Feb. 8

__________________________________________


GRUPO UNIÓN S.A.


NOTIFICACIÓN


Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo Nº 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (Mutual Provincial), Unión Provincial Asociación Mutual (UPAM), Siempre Joven Asociación Mutual (Siempre Joven), Asociación Mutualista y Solidaria 29 de Noviembre (AMYS), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (AMESUP), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (AMEPA), Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (La Cooperativa), Asociación Mutual del Personal del PAMI (AMUPPI), Asociación Mutual Combatientes en Malvinas de la República Argentina (AMCMRA) y Los Amigos Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo y Servicios Sociales Limitada (Los Amigos) que se identifican con los números: 296389,296546,296682,296835,296981,297018,297041,297079,297261,297338,297369,297593,297780,298013,298050,298084,298089,298103,298105,298179,299506,299553,299629,299779,300169,300453,300674,301015,301168,301244,301312,301324,301523,301565,301587,301603,301604,301741,301822,301875,301965,301981,302039,302062,302064,302089,302127,302168,302303,302340,302382,302396,302416,302469,302564,302643,302657,302670,302692,302712,302725,302729,302731,302758,302792,302884,302920,303003,303013,303044,303127,303218,303270,303273,303341,303401,303429,303485,303503,303567,303582,303620,303627,303651,303679,303681,303688,303708,303713,303716,303728,303730,303733,303763,303769,303782,303805,303841,303842,303854,303867,303876,303877,303900,303906,303921,303923,303925,303927,303939,303941,303943,303954,303955,303966,303978,303980,303983,303987,304003,304014,304035,304043,304047,304052,304062,304065,304071,304074,304077,304081,304084,304089,304097,304102,304108,304119,304134,304137,304142,304153,304168,304180,304181,304182,304187,304191,304192,304200,304204,304211,304235,304236,304240,304251,304276,304278,304289,304300,304308,304315,304317,304320,304325,304333,304343,304344,304353,304369,304377,304378,304383,304389,304401,304419,304427,304429,304434,304437,304439,304450,304461,304462,304463,304464,304481,304502,304507,304511,304515,304524,304526,304528,304542,304570,304582,304588,304603,304618,304627,304628,304634,304665,304667,304668,304674,304683,304685,304686,304691,304693,304698,304701,304712,304714,304718,304726,304734,304741,304744,304745,304749,304751,304768,304771,304776,304800,304808,304834,304871,304877,304895,304912,304941,304952,304968,304977,304988,305013,305109,305113 305122 305260 305264,305360 (en conjunto, los Préstamos Prendados). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta comente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta comente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (x) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMUPPI el 6 de marzo de 2017, la (xii) Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMYS el 8 de Junio de 2017, (xiii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMCMRA el 6 de marzo de 2017 y (xiv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Los Amigos el 15 de Mayo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista en fecha 6 de julio de 2016 (el Préstamo). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto le sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.

$ 400 346755 Feb. 8

__________________________________________