picture_as_pdf 2018-06-08

ALSACABA S.R.L.


CONTRATO


Por Disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Publico Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Dra. M. Julia Petracco en autos caratulados “ALSACABA S.R.L. s/Contrato Social (Expte. 215/2018), según decreto de fecha 01-06-2018, se ordena la siguiente publicación de edictos.-

Denominación: ALSACABA S.R.L.

Fecha Contrato: 22 (Veintidós) de Mayo de 2.018

Socios: Sandro Gabriel Rearte, argentino, nacido el día 08 de Marzo de 1.968, DNI N° 20.061.418, apellido materno García, de profesión Comerciante, CUIT 20-20061418-7, de estado civil casado en primeras nupcias con Lisandra Carina López DNI N° 24.667.185, domiciliado en calle Rivadavia Nº 348 de la Localidad de San Gregorio, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Alan Gabriel Rearte argentino, nacido el día 20 de Diciembre de 1.999, DNI N° 41.731.814, apellido materno López, de profesión empleado, CUIL 20-41731814-4 de estado civil soltero, domiciliado en Calle Rivadavia N° 348 de la Localidad de San Gregorio, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija en 50 (Cincuenta) años a partir de su inscripción en el Registro Público

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país y en el extranjero a las siguientes actividades:

Servicios Agropecuarios: prestación de servicios agropecuarios a terceros tales como movimiento de suelo, arada, siembra, laboreos, fumigación, desinfección, fertilización, pulverización, recolección de cosecha con máquina propia y/o de terceros, y la prestación de servicios técnicos en general vinculados con la actividad agrícola- ganadera, mediante la contratación de profesionales con la matricula correspondiente. Pudiendo además realizar Tareas de Contratista Rural.

A tales efectos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar todos los actos, contratos y operaciones que no sean prohibidos por las Leyes o por este Contrato.

Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 300.000.- (Pesos Trescientos mil) divididos en 30.000 (Treinta mil) cuotas de $ 10.-(Pesos diez) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Sandro Gabriel Rearte suscribe 27.000 (Veintisiete mil) cuotas de $ 10.-(Pesos diez) valor nominal cada una representativas de un Capital Social de $270.000.-(Pesos doscientos setenta mil) y Alan Gabriel Rearte suscribe 3.000 (Tres mil) cuotas de $ 10.- (Pesos diez) valor nominal cada una representativas de un Capital Social de $ 30.000.-(Pesos treinta mil).- Los socios integran en este acto el 25 % del capital en efectivo y el 75% restante también en efectivo dentro de un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha del presente contrato.-

Balance: 31 de Diciembre de cada año.

Domicilio Legal: Rivadavia N° 348 de la Localidad de San Gregorio, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Administración: a cargo del socio- gerente al Señor Sandro Gabriel Rearte DNI Nº 20.061.418-CUIT 20-20061418-7 quien actuará de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Sexta del Contrato Social.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

Venado Tuerto, 04 de Junio de 2018.-

$ 178,20 358737 Jun. 8

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AGROINSUMOS LOS AROMOS S.A.S.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber lo siguiente- Mediante Acta Constitutiva de fecha: 15/05/2018, el Sr. accionista de la entidad “AGROINSUMOS LOS AROMOS S.A.S., han resuelto la constitución de dicha sociedad, cuyos datos son los siguientes:

Accionista: Mauricio Pablo Tebes, D.N.I. N° 28.499.794, argentina nacido el: 07/11/81. técnico agrónomo, soltero, domiciliado en Moreno 470 de San Vicente (Sta. Fe).-

Fecha del Acta Constitutiva: 15/05/2018.-

Denominación: AGROINSUMOS LOS AROMOS S.A.S.

Domicilio: Moreno 470 de San Vicente, (Sta. Fe).-

Duración: 20 años.-

Capital: $ 19.000.-(Pesos: Diecinueve mil).-

Objeto Social: Tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros de las siguientes actividades: 461012-Venta al por mayor en comisión o consignación de semillas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.-

Administración y Representación: Director Titular: Mauricio Pablo Tebes, D.N.I. Nº 28.499.794 y Director Suplente: Nela Nidia Chaves, D.N.I. Nº 10.762.748.-

Cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.-

Lo que se publica a los efectos de ley.-

Rafaela, 1 de junio de 2018.- Fdo. Gisela Gatti, secretaria.

$ 64 358838 Jun. 8

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AVARO & AVARO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que los Sres. Socios de la entidad “AVARO & AVARO S.R.L.” mediante Acta de reunión de socios de fecha: 10/11/2016 y complementaria de fecha: /09/2017, por unanimidad han resuelto lo siguiente: Primero: El Sr. Conrado Ezequiel Avaro, D.N.I. Nº 24.208.936, vende cede y transfiere al Sr. José Luis Pettinatti, D.N.I. Nº 13.046.375 la cantidad de 1.650 cuotas sociales y la Sra. Vanesa Carina Avaro, D.N.I. Nº 22.817.246, vende, cede y transfiere al Sr. José Luis Pettinatti, D.N.I. Nº 13.046.375 la cantidad de 850 cuotas sociales y a la Sra. Alda María Carena, D.N.I. Nº 13.854.429 la cantidad de 2.500 cuotas sociales. Segundo: Ratificar en todos sus términos el Acta Nº 16 de fecha: 10/11/2016, en lo referente a cesión de cuotas sociales, cambio de denominación y Designación de nuevo Gerente. Tercero: Modificar la cláusula Primera del Contrato Social, la que quedará redactada de la siguiente manera:

Cláusula Primera: “Déjase constituida por los firmantes una sociedad comercial bajo la denominación “LISTHOGAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, continuadora de la sociedad “AVARO & AVARO S.R.L.”, por cambio de denominación social, con domicilio legal en calle 25 de Mayo N° 445 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, representaciones y domicilios especiales en cualquier parte del país o del extranjero”

Tercero: Realizar un aumento de capital en la suma de $ 100.000.- (cien mil), por lo que el monto del capital asciende a la suma de $ 150.000.-(ciento cincuenta mil), dividido en 15.000.-(quince mil) cuotas sociales de $ 10.-(diez) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran en este acto en dinero en efectivo el 25% (veinticinco por ciento) de su suscripción comprometiéndose a integrar el remanente en dinero en efectivo dentro de dos años a contar de la inscripción del presente en el Registro Público, modificándose como consecuencia la cláusula cuarta del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera:

Cláusula Cuarta: “El capital social se fija en la suma de $ 150.000.-(Pesos: ciento cincuenta mil), dividido en 15.000 (quince mil) cuotas sociales de $ 10.-(Pesos. Diez) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de conformidad al siguiente detalle: La socia Alda María Carena 7.500 (siete mil quinientas) cuotas sociales de $ 10.- (Pesos diez) cada una o sea la suma de $ 75.000.- (Pesos Setenta y cinco mil); y el socio José Luis Pettinatti 7.500 (siete mil quinientas) cuotas sociales de $ 10.- (Pesos diez) cada una o sea la suma de $ 75.000. (Pesos setenta y cinco mil). Cada socio integra en este acto en dinero en efectivo el 25% (veinticinco por ciento) de su suscripción, comprometiéndose a integrar el remanente en dinero en efectivo dentro de dos anos a contar de la inscripción registral. La reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración. Cuando el giro comercial de a sociedad o requiera, podrá aumentarse el capital indicado anteriormente por voto favorable de las dos terceras partes del capital en asamblea de socios, que determinará el plazo y el monto de la integración, conforme a suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios. Los socios tendrán derecho de acrecer en caso de que uno o varios socios no quieran suscribir capital en proporción a su tenencia”- Cuarto: Designar Gerente al socio Sr. José Luis Pettinatti DNI Nº 13.046.375, modificándose como consecuencia la Cláusula 6°) del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera: Cláusula 6°) “ La administración, uso de la firma social y representación legal de la sociedad estará a cargo del socio José Luis Pettinatti quedando investido de la calidad de Socio Gerente siendo designado por el plazo de un (1) año, pudiendo ser reelecto por el voto de la mayoría. Podrán ejercer sus funciones en forma indistinta. Tendrán todas las facultades para actuar ampliamente en todos los negocios sociales; pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, enajenación, cesión, locación, gravarlos con derechos reales, efectuar todas las operaciones bancarias con el Banco de la Nación Argentina, Banco Central de la República Argentina o cualquier otra institución bancaria oficial o privada”. Se redacta además un Texto Ordenado. Lo que se publica a los efectos de Ley.-

Rafaela, 23 de Mayo de 2018. Gisela Gatti, secretaria.

$ 205 358777 Jun. 8

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AGROGANADERA CUMELEN S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL


AGROGANADERA CUMELEN S.R.L. comunica el aumento del Capital Social a $ 250.000, mediante la capitalización de Resultados no Asignados y la prórroga de la sociedad por 20 años modificando la cláusula tercera de su contrato social, de la siguiente manera:

Tercera: Duración: el término de duración se fija en treinta (30) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir el 10 de junio de 2038.Rosario, 31 de mayo de 2018.-

$ 45 358786 Jun. 8

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ARMANDO J. VANDER WERF S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “Armando J. Vander Werf S.R.L. s/Modificación al contrato social” en trámite por ante el Registro Público de Comercio de Rosario se hace saber: Que conforme la cesión de cuotas efectuada por la cual el Sr. Armando J. Vander Werf vende cede y transfiere a la Sra. María Alejandra Carabajal la cantidad de 502 cuotas de capital, quedando en consecuencia modificada la cláusula 5ta. del contrato social de Armando Vander Werf S.R.L. a Saber: “Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de Doscientos Mil Pesos ($200.000.-) que se divide en 2000 cuotas de Pesos Cien ($100) cada una de ellas suscriptas totalmente en el acto de constitución e integradas oportunamente. Corresponden a los socios en la siguiente proporción: la socia Natacha Valeria Vander Werf, Un Mil cuatrocientos noventa y ocho (1498) cuotas de capital de cien pesos ($100) cada una, que representan $149.800.-; a la socia María Alejandra Carabajal, quinientas dos (502) cuotas de capital de cien pesos ($100) cada una, que representan $50.200.-“ Rosario, de mayo de 2018.

$ 50 358791 Jun. 8

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BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANOMINA COMERCIAL E

INDUSTRIAL


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En fecha 18 de Mayo de 2018, la Dra. María Celeste Rosso, Jueza a cargo del Registro Público de la ciudad de Venado Tuerto, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, en los autos caratulados “BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL s/Modificación de Contrato Social - Aumento De Capital”, Expediente 475/2017, ordenaron la publicación del presente edicto a los efectos legales que pudiera corresponder.

Se hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 16 de Diciembre de 2016, Nº57, aprobada por Fiscalía de Estado, Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Pe, dentro del expediente 01106-0009667-6, año 2017, mediante Resolución Nº 773, de fecha 09 de Agosto de 2017, todo lo que fue protocolizado mediante escritura Nº 71, pasada en la Ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe, ante la Escribana Laura Inés Macchi, al folio 253, del Registro 671 a su cargo, de fecha 26 de Setiembre de 2017, se modificaron los siguientes artículos del estatuto de “BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL”: a) Artículo 1: cambio de domicilio de la sociedad, el que fue trasladado a calle Ombú Nº 167, de esta Ciudad de Rufino, Departamento General López, Provincia de Santa Fe; b) Artículo 4: capacidad, en el sentido de agregar que a los fines de la realización de su objeto tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar todo acto que no esté prohibido ni por la ley, ni por el estatuto; c) Artículo 5: aumento de capital, por el que el capital actual de $ 3,35 se aumentó en $ 499.996,65 más, con lo que el mismo asciende a la suma de $ 500.000, mediante la emisión de 50.000 acciones nominativas no endosables de un voto por acción y $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, a ser numeradas del 00001 al 50.000.- La integración del mismo se efectuará mediante ajuste de capital; d) Artículo 6: Acciones, se adecuó el artículo referente a la clase de acciones emitidas, con la normativa vigente, siendo las mismas a partir de la fecha nominativas no endosables, ordinarias o preferidas; e) Artículo 12: integración del directorio; se redujo el número de miembros de los integrantes del directorio de 1 a 5 miembros, según decida la Asamblea, con igual o menor número de miembros suplentes, actualmente estaban fijados de 3 a 5 integrantes, con uno o mas directores suplentes.- f) Artículo 13: Plazo de mandato de los miembros del directorio, se modificó el plazo de mandato, de los miembros del directorio de un año como era, a tres años; g) Artículo 14: Autoridades, ante la reducción de miembros del directorio, modificación aprobada en el artículo 12 del estatuto, se hace necesario modificar el artículo 14, porque no siempre se elegirá Presidente y Vicepresidente; h) Artículo 17: Representación, en virtud de las modificaciones efectuadas en el artículo 12, se hace necesaria la reforma del presente artículo, indicando que la representación de la sociedad le corresponde al Presidente o al Vicepresidente en caso de ausencia del primero, siempre que esté designado; i) Artículo 18: actualización del importe de garantía de los Directores, elevándolo a la suma de $ 20.000; j) Artículo 19: Facultades, adecuándolo a la normativa vigente; k) Artículo 20: Sindicatura, se ha modificado el plazo de duración del cargo a los Síndicos titular y suplente, llevándolo a tres ejercicios, al igual que los miembros del directorio.-

Quedando los mismos redactados de la siguiente forma:

Artículo 1: La sociedad se denomina “BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANOMINA COMERCIAL E INDUSTRIAL”, y tiene su domicilio legal en calle Ombú Nº 167, de la Ciudad de Rufino, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Artículo 4: Capacidad.- A los fines de la realización de su objeto la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y para realizar todo acto que no estuviera prohibido por la ley o por éste estatuto, y podrá establecer sucursales, agencias, representaciones y tomar todo tipo de participación en otras sociedad por acciones, en el país o en el extranjero.-

Artículo 5: Capital.- El capital social es de Pesos Quinientos Mil ($500.000.-), representado por 50.000 acciones de $10.- (diez pesos), valor nominal de cada una.- El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 del Decreto Ley 19.550.

Artículo 6: Acciones: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto.- Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.

Artículo 12: Integración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco.- La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección.-

Artículo 13: Los directores titulares y suplentes serán elegidos por el término de tres ejercicios, pero permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados.

Artículo 14: Autoridades: El directorio en su primera sesión elegirá entre sus miembros un presidente y vicepresidente -en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.—

Artículo 17: Representación: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en el supuesto de estar designado.

Artículo 18: Garantía: Cómo garantía de su desempeño, los directores entregarán en depósito a la sociedad la suma de $ 20.000.

Artículo 19: Facultades: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquéllas para las cuates la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial y artículo 9 del decreto Ley 5965/63.

Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos, operar con el Banco de la Nación Argentina, Hipotecario, Nuevo Banco de Santa Fe S.A, Galicia S.A., demás instituciones de crédito oficiales o privados; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales - inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Otorgar fianzas que se relacionen con el objeto y todo acto que no sea notoriamente extraño al objeto social.

Artículo 20: Síndicos: La fiscalización privada de la sociedad estará a cargo de un síndico que será elegido por el término de tres ejercicios.- En caso de silencio se entenderá designado hasta la reunión de la próxima Asamblea Ordinaria.- Se designará también un Síndico suplente por igual período que el titular.- Los Síndicos tendrán las facultades, incompatibilidades, funciones y responsabilidades que le fije la ley. María Alicia Mauri, suscribe 48.095 acciones nominativas, no endosables, ordinarias, de un voto cada una; Omar Alberto Lescano suscribe 955 acciones nominativas, no endosables, ordinarias, de un voto cada una. Andrea Valentina Lescano suscribe 950 acciones nominativas, no endosables, ordinarias, de un voto cada una.- La integración del mismo se efectúa mediante ajuste de capital. Por este aumento de Capital Social, el mismo queda suscripto e integrado de la siguiente forma: a) María Alicia Mauri, tiene 48.095 acciones, que a razón de diez pesos cada una, hacen un total de Cuatrocientos Ochenta Mil Novecientos Cincuenta Pesos ($480.950.-); Omar Alberto Lescano, tiene 955 acciones, que a razón de diez pesos cada una, hacen un total de Nueve Mil Quinientos Cincuenta Pesos ($ 9.550.-); Andrea Valentina Lescano, tiene 950 acciones, que a razón de diez pesos cada una, hacen un total de Nueve Mil Quinientos Pesos ($ 9.500.-), todas acciones nominativas no endosables, ordinarias, clase “A”, de un voto cada una.-

En la Ciudad de Venado Tuerto, 18 de Mayo de 2018.- Dra. María Celeste Rosso.- Jueza.-

Dra. María Julia Petracco, Secretaria.

$ 338,50 358336 Jun. 8

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CELOTTO CONSTRUCCIONES S.R.L.


CONTRATO


Socios: Los señores Celotto Juan Manuel, argentino, soltero, Documento Nacional de Identidad N° 35.294.152, comerciante, CUIT Nº 20-35294152-3, nacido el 14 de septiembre de 1990, domiciliado en calle Bv. Argentino 805 de la ciudad de Casilda, y Celotto Hugo Alberto, argentino, divorciado. Documento Nacional de Identidad N° 12.723.915, comerciante, CUIT Nº 20-12723915-1, nacido el 26 de enero de 1957, domiciliado en calle San Martín 1496 de la ciudad de Bigand.

Fecha del Contrato: 28 de Febrero de 2018.

Denominación: CELOTTO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Domicilio: Bv. Argentino 805 de la ciudad de Casilda.

Plazo: Diez años a contar desde la Inscripción en el Registro Público de Comercio.-

Objeto: La Sociedad tendrá como objeto la ejecución de obras de arquitectura en general, públicas y privadas, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones. También tendrá como objeto la adquisición de inmuebles para ejecutar por si o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales, que resulten de la edificación.

Capital: Capital social: Se constituye en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) dividido en cuarenta mil cuotas de capital de diez pesos cada una, que han sido suscriptas en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: Juan Manuel Celotto suscribe treinta y seis mil cuotas de capital de pesos diez ($ 10.-) cada una por un valor total de pesos trescientos sesenta mil ($ 360.000.-) y Hugo Alberto Celotto suscribe cuatro mil cuotas de capital de pesos diez ($ 10.-) cada una por un valor total de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-). El capital suscripto en este acto por los socios, es integrado por los mismos en efectivo, en un veinticinco por ciento en este momento, comprometiéndose a integrar el setenta y cinco por ciento restante en un plazo no mayor a dos años, en efectivo, a contar de la fecha del presente contrato.-

Administración y Dirección: La administración y dirección de la Sociedad estará a cargo del señor Juan Manuel Celotto en su carácter de Socio Gerente, quien tendrá el uso de la firma social, anteponiendo siempre a la rúbrica la denominación de la sociedad.-

Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de los socios.-

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.-

$ 150 358768 Jun. 8

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COUGAR S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Fecha del instrumento de constitución: 7 de Febrero de 2018.-

Socios: Ennio Modestini, nacido el 04/01/1992, argentino, D.N.I. 36.506.243, CUIT: 23-36506243-9, comerciante, soltero, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe); Alejandra Mónica Turich, nacida el 09/02/1965, argentina, D.N.I. 17.130.075, CUIT: 23-17130075-4, odontóloga, casada en primeras nupcias con Juan Carlos Modestini, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe); Mateo Modestini, nacido el 19/11/1995, argentino, D.N.I. 39.119.784, CUIT: 23-39119784-9, comerciante, soltero, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe), Gianni Modestini, nacido el 18/06/1998, argentino, D.N.I. 41.342.889, CUIT: 20-41342889-1, soltero, comerciante, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe), todos comerciantes y hábiles para contratar.

1) Ennio Modestini vende, cede y transfiere Un Mil Ciento Cuarenta y Siete (1.147) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100.-) cada una de Valor Nominal, que totalizan Pesos Ciento Catorce Mil Setecientos ($ 114.700.-) a Gianni Modestini. Esta venta se realizó por un precio de Pesos Ciento Catorce Mil Setecientos ($ 114.700,-) Que Ennio Modestini vende cede y transfiere Doscientas (200) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100.-) cada una de Valor Nominal, que totalizan Pesos Ciento Catorce Mil Seiscientos ($ 114.700) a Gianni Modestini. Esta venta se realizó por un precio de Pesos Ciento Catorce Mil Setecientos ($ 114.700) Que Ennio Modestini vende, cede y transfiere Doscientas (200) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) cada una de Valor Nominal, que totalizan Pesos Veinte Mil ($ 20.000) a Alejandra Mónica Turich. Esta venta se realizó por un precio de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) y que ambas ventas fueron abonadas con anterioridad a este acto y a entera satisfacción de los intervinientes, por lo que se otorga por el presente, recibo y carta de pago en forma.

Que Mateo Modestini vende, cede y transfiere Cincuenta y Tres (53) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) cada una de valor nominal, que totalizan Pesos Cinco Mil Trescientos ($ 5.300) a Gianni Modestini. Esta venta se realizó por un precio de Pesos Cinco Mil Trescientos ($ 5.300) que fue abonada con anterioridad a éste acto y a entera satisfacción de los intervinientes, por lo que se otorga por el presente recibo y carta de pago en forma. Que todos los socios aprueban las cesiones efectuadas por sus consorcios y la incorporación como socio del ingresante Gianni Modestini.

De esta manera, el Capital Social queda conformado de la siguiente manera: Ennio Modestini posee Un Mil Doscientas (1200) cuotas de Pesos Cien ($ 100) cada una, es decir la suma de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000) Alejandra Mónica Turich posee Cuatrocientas (400) cuotas de Pesos Cien ($ 100) cada una, es decir la suma de pesos Cuarenta Mil ($ 40.000) Mateo Modestini posee Un Mil Doscientas (1.200) cuotas de Pesos Cien ($100) cada una, es decir la suma de pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000,-) y Gianni Modestini posee Un Mil Doscientas (1.200) cuotas de Pesos Cien ($ 100) cada una, es decir la suma de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000).

2) Que los socios de mutuo y común acuerdo deciden la ampliación del Objeto Social, quedando en consecuencia la cláusula cuarta del Contrato Social redactada como sigue:

Cuarta: La sociedad tendrá por objeto:

a) La comercialización de relojes, joyas, alhajas, colgantes y fantasías de origen nacional e importados;

b) Operar como corredora de cereales y oleaginosas en los Mercados de las Bolsas de Comercio y Cereales de la República Argentina;

c) Consultoría: La prestación de servicios de consultoría en sistemas, administración y recursos humanos. Asesoramiento, evaluación, diseño y ejecución de trabajos técnicos, proyectos comerciales y planeamientos económicos-financieros;

d) Comercialización de lubricantes y grasas para vehículos livianos, pesados, y maquinaria industrial.

e) Comercialización de autos, camionetas y utilitarios usados.

f) Comercialización de vajilla y utensilios de cocina.

g) Comercialización de artículos de esparcimiento, deportes, y equipos para la pesca deportiva.

h) Venta de herramientas y artículos de ferretería.

i) Comercialización de gafas de sol y marcos para lentes.

j) Comercialización de servicios de informática.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por Estatutos”.

3) Que los socios convienen aumentar el Capital Social que es de Pesos Cuatrocientos Mil ($400.000.-) a la suma de Pesos Novecientos Mil ($ 900.000.-), o sea en la suma de Pesos Quinientos mil ($ 500.000.-). Este aumento se produce por el aporte en efectivo de los socios, el 25% en este acto y el resto dentro de los dos años del presente, también en dinero en efectivo. Que respetando las proporciones sociales los aportes son los siguientes:

- Ennio Modestini: Un mil quinientas (1.500) cuotas de capital de Pesos Cien ($ 100,-) cada una Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Ciento cincuenta mil ($ 150.000,-)

- Alejandra Mónica Turich: Quinientas (500) cuotas de capital de Pesos Cien ($ 100,-) cada una Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Cincuenta mil ($ 50.000,-)

- Mateo Modestini: Un mil quinientas (1.500) cuotas de capital de Pesos Cien ($ 100,-) cada una Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Ciento cincuenta mil ($ 150.000,-)

- Gianni Modestini: Un mil quinientas (1.500) cuotas de capital de Pesos Cien ($ 100,-) cada una Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Ciento cincuenta mil ($ 150.000,-)

Como consecuencia de lo expresado y respetando las proporciones que les correspondían a los socios antes del aumento del Capital Social, el mismo ahora es de Pesos Novecientos Mil ($900.000), correspondiendo a:

Ennio Modestini Dos mil setecientas (2.700) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Doscientos setenta mil ($ 270.000.-); Alejandra Mónica Turich Novecientas (900) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Noventa mil ($90.000.-)

Mateo Modestini Dos mil setecientas (2.700) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Doscientos setenta mil ($ 270.000.-)

Gianni Modestini Dos mil setecientas (2.700) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Doscientos setenta mil ($ 270.000.-)

Queda en consecuencia la cláusula de Capital Social redactada de la siguiente forma: “Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Novecientos Mil ($ 900.000,-) divididos en Nueve mil (9.000) cuotas de Pesos Cien ($ 100,-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera:

Ennio Modestini, suscribe Dos mil setecientas (2.700) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Doscientos setenta mil ($ 270.000.-); integrando con anterioridad la suma de pesos Ciento veinte mil ($ 120.000,-), integra en éste acto la suma de Pesos Treinta y siete mil quinientos ($ 37.500,-), y el resto, o sea la suma de Pesos Ciento doce mil quinientos ($ 112.500,-) se compromete a aportarlo en el término de dos años.

Mateo Modestini, suscribe Dos mil setecientas (2.700) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Doscientos setenta mil ($ 270.000.-); integrando con anterioridad la suma de pesos Ciento veinte mil ($ 120.000,-), integra en éste acto la suma de Pesos Treinta y siete mil quinientos ($ 37.500,-), y el resto, o sea la suma de Pesos Ciento doce mil quinientos ($ 112.500,-) se compromete a aportarlo en el término de dos años.

Gianni Modestini, suscribe Dos mil setecientas (2.700) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Doscientos setenta mil ($ 270.000.-); integrando con anterioridad la suma de pesos Ciento veinte mil ($ 120.000,-), integra en éste acto la suma de Pesos Treinta y siete mil quinientos ($ 37.500,-), y el resto, o sea la suma de Pesos Ciento doce mil quinientos ($ 112.500,-) se compromete a aportarlo en el término de dos años.

Alejandra Mónica Turich, suscribe Novecientas (900) cuotas de capital de Pesos Cien ($100.-) cada una de Valor Nominal, o sea la suma de Pesos Noventa mil ($ 90.000.-); integrando con anterioridad la suma de pesos Cuarenta mil ($ 40.000,-), integra en éste acto la suma de Pesos Doce mil quinientos ($ 12.500,-), y el resto, o sea la suma de Pesos Treinta y siete mil quinientos ($ 37.500,-) se compromete a aportarlo en el término de dos años.

4) Designar como Socios Gerentes a los Sres. Mateo Modestini, nacido el 19/11/1995, argentino, D.N.I. 39.119.784, CUIT: 23-39119784-9, soltero, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe), y Gianni Modestini, nacido el 18/06/1998, argentino, D.N.I. 41.342.889, CUIT: 20-41342889-1, soltero, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe), ambos comerciantes. En consecuencia, a partir de la fecha los socios gerentes de “COUGAR S.R.L.” son Ennio Modestini, Mateo Modestini y Gianni Modestini, quienes actuarán en forma individual o indistinta.

5) En consecuencia, la cláusula de Administración queda redactada de la siguiente forma:

Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo del, o los Socios Gerentes. A tal fin, usarán su propia firma con el aditamento de “socio - gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma individual o indistinta.

El o los socio/s gerente/s en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo Nro. 375 del Código Civil y decreto 5965/63, art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.”

a) Establecer la sede social en la calle Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe).

b) Designar como Socio Gerente a Ennio Modestini, nacido el 04/01/1992, argentino, D.N.I. 36.506.243, CUIT: 23-36506243-9, comerciante, soltero, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe); Mateo Modestini, nacido el 19/11/1995, argentino, D.N.I. 39.119.784, CUIT 23-39119784-9, comerciante, soltero, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe); y Gianni Modestini, nacido el 18/06/1998, argentino, 41.342.889, CUIT: 20-41342889-1, soltero, comerciante, con domicilio en Avda. Madres de Plaza de Mayo 2820 Piso 39 de la ciudad de Rosario (Santa Fe).

$ 280 358825 Jun. 8

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FRAUTSCHI SACIFIA


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Rafaela se hace saber que según acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 26/04/2018, se designaron las nuevas autoridades por el período estatutario de dos ejercicios, conformándose el Directorio de la siguiente manera: Presidente Carlos Ernesto Frautschi, DNI 16.031.324; Vicepresidente Ana María Frautschi Galoppo, DNI 20.667.195 y Directores Titulares: Oscar Frautschi, D.N.I. 5.479.442 y Juan Carlos Frautschi, D.N.I. 6.285.575

Rafaela, 30 de Mayo de 2018. Fdo. Gisela Gatti, secretaria.

$ 45 358826 Jun. 8

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FULL COMPARA S.R.L.


CONTRATO


1. Socios: don Federico Guglielmi, argentino, Contador Público, nacido el 27 de Marzo de 1981, D.N.I. N° 28.771.317, CUIL 20-28771317-8, divorciado en primeras nupcias según sentencia de divorcio N° 1973/2017 de fecha 27 de Junio del 2017, domiciliado en la calle Dorrego 841 PB departamento D de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y doña María Belén Faini, argentina, de profesión Técnica en Turismo, nacida el 1 de Octubre de 1978, D.N.I. N° 26.912.396, CUIL 27-26912396-1, casada en primeras nupcias con Maximiliano Cesar García D.N.I. N° 27.092.774, domiciliada en la calle Virasoro 2976 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

2. Fecha de Constitución: 14/05/2018.—

3. Razón Social: FULL COMPARA S.R.L.

4. Domicilio: Virasoro 2976 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe o donde los socios lo constituyan en el futuro, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero.

5. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a: la comercialización e intermediación de asistencias al viajero y bienes a fines por cuenta propia o de terceros; La prestación y explotación de servicios informáticos y/o electrónicos y de otros servicios vinculados a estos; Ejercicio de representaciones, mandatos y gestión de negocios; Realizar gestiones de cobranzas y/o pagos por cuenta y/o orden a nombre de terceros a través de sistemas de transferencia electrónica por internet y/o cualquier otro medio de pago. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato

6. Duración: 20 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7. Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos ciento cincuenta mil ($150.000.-), dividido en 1000 (mil) cuotas de Pesos ciento cincuenta ($ 150) cada una siendo suscriptas por los socios en la siguiente proporción: doña Faini María Belén 500 (quinientas) cuotas de Pesos Cien ($ 150.-) cada una, que importan la suma de Pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-); y don Guglielmi Federico 500 (quinientas) cuotas de Pesos Cien ($ 150.-) cada una, que importan la suma de Pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-). Los socios integran el veinticinco por ciento del dinero en efectivo en este acto y se comprometen a integrar el saldo en dinero efectivo dentro del término de dos años a contar de la fecha de este contrato

8. Fiscalización: A cargo de los socios.

9. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de don Federico Guglielmi, argentino, Contador Público, nacido el 27 de Marzo de 1981, D.N.I. Nº 28.771.317, CUIL 20-28771317-8, divorciado en primeras nupcias según sentencia de divorcio N° 1973/2017 de fecha 27 de Junio del 2017, domiciliado en la calle Dorrego 841 PB departamento D de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y de doña María Belén Faini, nacida el 01 de Octubre de 1978, D.N.I. N° 26.912.396, CUIL 27-26912396-1, casada, domiciliada en la calle Virasoro 2976 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quienes son designados Gerentes por el plazo de duración de la Sociedad. En este acto aceptan el cargo y firman de conformidad.- La renovación y nombramiento de gerente o gerentes, se efectuará por unanimidad de capital social en Asamblea de Socios, quedando esta reforma contractual excluida de las mayorías planteadas al cierre de la cláusula 7°.- En tal calidad tienen todas las facultades necesarias para realizar los actos y negocios jurídicos tendientes al cumplimiento del objeto de la Sociedad, inclusive los previstos por el articulo 375 del Código Civil y comercial y el artículo 9 del Decreto Ley 5965/63.- El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la Sociedad, la tendrán los Gerentes, en forma indistinta. En todos los casos, la firma deberá ser precedida por la denominación FULL COMPARA S.R.L., ya sea en sello o en forma manuscrita y seguido de la expresión Gerente impuesta de la misma manera.- La firma sólo podrá ser utilizada en operaciones que se relacionen con el giro social estando absolutamente prohibido al gerente o a los gerentes comprometerla en prestaciones a titulo gratuito o en operaciones o actos ajenos al giro social o en garantía o fianzas de terceros.- Los socios podrán asimismo, abrir cuentas bancarias de cualquier tipo en el país o en el extranjero y en general podrán realizar cuantos más actos, operaciones y contratos sean permitidos por las leyes y tengan por objeto promover el desarrollo de la Sociedad.- Para el supuesto de renuncia, remoción, muerte y/o cualquier otro supuesto de ausencia permanente o temporal del Gerente, producida la vacancia deberá ser designado un nuevo Gerente en reunión de socios, especialmente convocada por cualquiera de ellos, debiendo efectuar la respectiva inscripción del nuevo Gerente designado en el Registro Público de Comercio.

10. Cierre de Ejercicio: 30 de Junio de cada año.

$ 175 358754 Jun. 8

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GRUPO SOL EVENTOS Y

CATERING S.R.L.


DESIGNACION DE GERENTE


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se ha dispuesto inscribir en ese el instrumento de fecha 17.01.2018 correspondiente a GRUPO SOL EVENTOS Y CATERING S.R.L. con domicilio en Araoz Nro. 726 de Rosario (SF) y el instrumento del 30.05.2018 por el cual los socios desisten de la cesión y ratifican la designación del gerente; es decir se designo Gerente de la sociedad al señor Mario Juan Cornaglia, argentino, mayor de edad, apellido materno Ghilino, domiciliado en Larechea 456 de Rosario (SF), nacido el 13 de febrero de 1946, DNI 6.064.422, CUIT 20-06064422-4, empresario, casado en primeras nupcias con Liliana Rosa Carpi.-

Rosario, 04 de Junio de 2018.-

$ 45 358723 Jun. 8

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G70 SOCIEDAD ANÓNIMA


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Órganos de Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto por los Sres. Pablo Ariel Lami, DNI 23.242.045, CUIT 20-23242045-7, Argentino, 44 años de edad, nacido el 15 de Febrero de 1973, domiciliado en calle Santa Fe 1671 Piso 7, Rosario, estado civil casado, de profesión Arquitecto (Presidente), Ari José Milsztejn, DNI 22.189.825, CUIT 20-22189825-8, Argentino, de 43 años de edad, nacido el 15 de Junio de 1971, domiciliado en Cándido Carballo 112 Piso 22 “A” de Rosario, estado civil casado, de profesión Martillero Público (Vicepresidente), Walter Salomón Pruss, DNI 24.188.894, CUIT 20-24188894-1, Argentino, de 39 años de edad, nacido el 24 de Diciembre de 1974, domiciliado en calle Pte. Roca 2158 de Rosario, de estado civil casado, de profesión Martillero Público, (Director), conforme a Acta de Directorio n° 15 de fecha 6 de Enero del 2018.

Director Suplente: Sergio Eduardo Lami, DNI 32.534.031, CUIT 20-32534031-3, Argentino, nacido en fecha 17 de Junio de 1986, con domicilio en calle Jujuy 1983 Piso 1 OF 4 de la ciudad de Rosario, de estado civil soltero, de profesión Abogado, conforme Acta de Asamblea N° 20 de fecha 5 de Enero de 2018.

Fiscalización: La Sociedad tendrá una fiscalización privada, integrada por una Sindicatura, compuesta por un síndico titular y un síndico suplente, que serán designados por Asamblea de Accionistas por tres ejercicios, cuya elección es renovable. Conforme a Acta de Asamblea N° 20 de fecha 5 de Enero de 2018, se designó como Sindico Titular a Guillermo Javier Leiva, titular del DNI 31.909.105, CUIT 20-31909105-0, Argentino, nacido el 8 de Octubre de 1985, domiciliado en calle Moreno 1250 Piso 10 depto. “D” de la localidad de Rosario, Prov. de Santa Fe, estado civil soltero, de profesión Contador Público, y como Síndico suplente a Sabrina Noelia Diab, titular del DNI 32.563.215, Argentina, nacida en fecha 12 de Octubre de 1986, de estado civil soltera, domiciliada en calle Moreno 1250 Piso 10 depto. “D” de la localidad de Rosario, Prov. de Santa Fe, de profesión Contador Público.

$ 78 358833 Jun. 8

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LEMAREZ S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Fecha del instrumento de cesión de cuotas, modificación de contrato y sede social y designación de Gerente: 13 de marzo de 2018.

Razón social: LEMAREZ S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en Contratos el 18/9/2017, Tomo 168, Folio 28155, Número 1707, y modificación el 23/5/2018, Tomo 169, Folio 3917, Número 839.

Cesión de Cuotas de Capital: El señor Leonardo Oscar Oviedo, argentino, soltero, domiciliado en Bv. Pellegrini Nº 1128 de Roldan, DNI N° 33.425.827, CUIT 2033425827-1 cede, vende y transfiere al señor Walter Dario Fernández, argentino, soltero, domiciliado en Pte. Quintana N° 2556 de Rosario, DNI ?22.955.119, CUIT N° 2022955119-2, veinticinco mil quinientas (25.500) cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada una, o sea representativas de un capital social de pesos Doscientos cincuenta y cinco mil ($ 255.000.-) que le corresponden en la sociedad “LEMAREZ” S.R.L.; y el señor Ezequiel David Luna, argentino, soltero, domiciliado en Fray Mamerto Esquiú N° 444 de Roldan, DNI N° 34.836.808, CUIT N° 2034836808-8, cede, vende y transfiere al señor Luciano Saúl Noriega, argentino, soltero, domiciliado en calle Pasaje Villar n° 82 bis de Rosario, veinticinco mil quinientas (25.500) cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada una, o sea representativas de un capital social de pesos Doscientos cincuenta y cinco mil ($ 255.000.-) que le corresponden en la sociedad “LEMAREZ” S.R.L.

Socios: Señores Walter Darío Fernández y Luciano Saúl Noriega.-

Composición del Órgano de Administración y Representación: Administración a cargo del señor Luciano Saúl Noriega, sin limite de tiempo.

Sede social: calle Pasaje Villar N° 82 bis de la ciudad de Rosario.-

Lo que se publica a los efectos legales.

Rosario, 4 de junio de 2018

$ 45 358774 Jun. 8

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LAS CINCO M S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público, se hace saber que los socios de la entidad LAS CINCO M S.R.L., resuelven lo siguiente: 1) Mediante Contrato de fecha: 28/02/18, las socias Sras. Marida Evelina Canavese, D.N.I. N° 28.499.764, titular de treinta (30) cuotas de capital y Melisa Gisela Canavese, D.N.I. N° 30.985.264, titular de treinta cuotas (30) cuotas de capital, ceden y transfieren, la totalidad de sus cuotas sociales que poseen en la sociedad al cesionario Sr. Ramón Marcelo Gil, D.N.I. N° 13.343.910, argentino, casado, nacido el 03/09/59, de profesión jubilado, domiciliado en Andrés Bernardin 335 de San Vicente (Sta. Fe), la cantidad de sesenta (60) cuotas sociales de pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una. La presente cesión se realiza por la suma de $ 60.000.-(sesenta mil). Como consecuencia se modifica la cláusula cuarta del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera: Cláusula cuarta: “El capital social se fija en Nueve Mil Pesos ($9.000), dividido en 90 (noventa) cuotas sociales de valor nominal pesos Cien ($100) cada una, que los socios suscriben en su totalidad en el presente acto, conforme al siguiente detalle: a) Micaela Jorgelina Canavese, la cantidad de treinta (30) cuotas sociales por un valor total de pesos tres mil ($3.000); Ramón Marcelo GIL, la cantidad de sesenta (60) cuotas sociales por un valor total de pesos seis mil ($6.000). El capital social está integrado en efectivo y en su totalidad. Se resuelva además la redacción de un Texto Ordenado. Lo que se publica a los efectos de ley.-

Rafaela, 01 de Junio de 2018. Gisela Gatti, secretaria.

$ 65 358839 Jun. 8

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LOS FUEGOS S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, a los 23 días del mes de Mayo de 2018, se reúnen los Señores Estaban Matías Felipe Costa, Argentino, DNI: 29.730.333, CUIL: 20-29730333-4; nacido el 25 de septiembre de 1982, con domicilio en calle La Rioja 339 - (2113) Peyrano - Santa Fe, soltero y de profesión comerciante y la Señora Catalina Ester Capin, Argentina, DNI: 12.110.913, CUIL: 27-12110913-7, nacida el 22 de marzo de 1955, de profesión comerciante, casada con Daniel Costa; DNI: 10874919, de profesión comerciante, domiciliado en la calle La Rioja 339 - (2113) Peyrano - Santa Fe

Primera: Denominación de la Sociedad: La Sociedad girara bajo la denominación de LOS FUEGOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero. Establecer el domicilio social en calle Maipú 1289 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Tercera: Duración: El término de duración se fija en 20 (Veinte) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: a) el servicio de expendio de comidas y bebidas con o sin alcohol en establecimientos propios y/o de terceros con servicio de mesa y/o mostrador, b) Explotación comercial de negocios del ramo restaurante, bar, parrilla, pizzería, y todo tipo de negocio gastronómico con atención al público: elaboración, distribución y venta de comidas pre-elaboradas. productos alimenticios y bebidas alcohólicas y sin alcohol en establecimientos propios o de terceros, c) Servicio de catering para eventos públicos y/o privados y servicio de delivery.-

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 180.000 (Pesos Ciento Ochenta Mil) divididos en 1.800 (Mil Ochocientas) cuotas de $ 100 (Pesos Cien) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Esteban Matías Felipe Costa suscribe 1.620 (Mil Seiscientas Veinte) cuotas de capital de $ 100 (Pesos Cien) cada una, o sea la suma de S 162.000 (Pesos Ciento Sesenta y Dos Mil) integrando el 25% (Veinticinco por ciento) o sea la suma de $40.500 (Pesos Cuarenta Mil Quinientos) en efectivo y el resto o sea la suma de $121.500 (Pesos Ciento veinte un mil Quinientos) se obligan a integrarlo en el término de dos anos contados a partir de la fecha del contrato y la Señora Catalina Ester Capin suscribe 180 (Ciento Ochenta) cuotas de capital de $ 100 (Pesos Cien) cada una, o sea la suma de 18.000 (Pesos Dieciocho Mil) integrando el 25% (Veinticinco por ciento) o sea la suma de $4.500 (Pesos Cuatro mil Quinientos) en efectivo y el resto o sea la suma de $13.500 (Pesos Trece mil Quinientos) se obligan a integrarlo en el término de dos anos contados a partir de la fecha del contrato.-

Sexta: Administración - Dirección - Representación: Estará a cargo de un Gerente Socio. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “Gerente” precedida de la denominación social.- Designar como Socio Gerente al Señor Esteban Matías Felipe Costa

Séptima: Fiscalización Reunión de Socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios.

Octava: Balance General y Resultados: La Sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de Marzo de cada año.

Novena: Cesión de Cuotas: Las cesiones de cuotas entre socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existente entre los socios continuadores.

Décima: Fallecimiento o incapacidad: En caso de fallecimiento o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar; a) en continuar, previa aceptación del otro socio, en la sociedad en lugar del socio fallecido, ausente, incapaz, o eliminado. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales, deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades del socio gerente ni la de los liquidadores b) por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional de las cuotas que el socio fallecido, incapaz o eliminado, pueda tener con relación al Balance General que se practicará a la fecha de fallecimiento declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del mismo.

Décimo Primera: Disolución y Liquidación: La Sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el artículo 94 de la Ley 19.550.-

Décimo Segunda: Prohibiciones a los socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad fuera de la misma.

Décimo Tercera: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato serán sometidas a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Rosario.

$ 170 358798 Jun. 8

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M Y M INSTALACIONES S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “M Y M INSTALACIONES S.R.L. s/Modificación al Contrato Social” (Expte. Nº 21-05197206-3), de trámite por ante el Registro Público se hace saber que se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:

Cesión de cuotas: Por instrumento privado de fecha 21 de Marzo de 2018 el Sr. Carlos Alberto Monje, DNI Nro 11.867.917, CUIT 20-11867917-3, argentino, viudo, fecha de nacimiento: 13/12/1955, domiciliado en Juan del Campillo 3785 de la ciudad de Santa Fe, comerciante, cedió por la cantidad de Pesos Ciento Veintisiete Mil Trescientos ($127.300), a la Sra. Romina Medus, DNI 35120803, CUIT: 20-35120803-2. nacida el 17/03/1990, argentina, soltera, domiciliada en calle Pedro Ferré 1250 de la ciudad Santa Fe, la cantidad de Un Mil Doscientas Setenta y Tres (1273) cuotas sociales representativas de $127.300 que tenía en la sociedad “M Y M INSTALACIONES S.R.L.”, CUIT N° 30-71510958-8, con domicilio en la calle Pedro Ferré N° 1250 de la ciudad de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, bajo el No 1211, F° 205 del Libro 18 de S.R.L, en fecha 15 de Diciembre de 2015. La cesión se realiza en las siguientes proporciones: A favor de la Sra. Romina Medus la cantidad de 1273 cuotas, valor nominal $ 100 cada una. En virtud de la presente cesión, se resuelve: modificar la cláusula Cuarta del contrato social a fin de adecuar el mismo a la cesión de cuotas sociales, estableciéndose la redacción definitiva de la misma, en los siguientes términos: “Cuarta: El capital, social se determina en la suma de $ 254.600.- (pesos Doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos), que se divide en 2546 cuotas de $ 100 (pesos Cien) valor nominal cada una, las que son suscriptas e integradas de la siguiente manera: a) El señor Carlos Medus suscribe 1273 cuotas de valor nominal $100 cada una, lo que hace un total de $127.300 (pesos Ciento veintisiete mil Trescientos), b) La señora Romina Medus suscribe 1273 cuotas de valor nominal $100 cada una, lo que hace un total de $127.300 (pesos Ciento veintisiete mil Trescientos).Los socios integran en el acto constitutivo en bienes, cada uno el total de su participación social según Inventario suscripto y legalizado por el CPN Edgardo Baialardo. Lo que se publica a los efectos legales.- Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 100 358779 Jun. 8

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OK ENGINEERING S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que en autos caratulados: “Expte. 225 Año 2.018 OK ENGINEERING S.A. s/Designación de Autoridades” se ha ordenado hacer saber que, con fecha 06 de Febrero del año 2.018, los accionistas de OK Engineering S.A., resolvieron por unanimidad, mediante Asamblea General Ordinaria Nº 12, que el Directorio quede integrado de la siguiente manera: Presidente: Diego Manuel Vega, D.N.I. Nº 24.322.982; Vicepresidente: Ariel Carlos Nagel, D.N.I. N° 25.276.507; Director Suplente: Guillermo Miguel Ahmed, D.N.I. N° 24.414.400; Director Suplente: Gustavo Federico Kallenbach, D.N.I. Nº 32.521.050. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rafaela, 1 de Junio de 2018. Gisela Gatti, secretaria.

$ 45 358814 Jun. 8

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PLASTIGOM S.R.L.


PRORROGA PLAZO DE DURACIÓN


Se hace saber que en fecha 7 de mayo de 2018 y 24 de mayo de 2018 se resolvió prorrogar el plazo de duración de la sociedad por 1 año desde su vencimiento, quedando redactada la cláusula Cuarta de la siguiente manera: Cuarta: (Duración): El plazo de duración de la sociedad será de once (11) años a partir de la reactivación inscripta en el Registro Público de Comercio en fecha 09-05-2008.

$ 45 358806 Jun. 8

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REGEMED S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber que en fecha 1 de Junio de 2018 se ha resuelto constituir una sociedad de responsabilidad limitada, integrada por Matías Esteban Canosa, argentino, nacido 3-10-76, apellido materno Aresca, divorciado, médico, DNI. 25.597.851, CUIT. 23-25597851-9, domiciliado en San Luis 3175, Rosario, Santa Fe; y José Carlos Oldani, argentino, nacido 17-07-77, de apellido materno Vicinanza, casado, médico, DNI. 25.966.302, CUIT. 20-25966302-5, domiciliado en San Luis 3175, Rosario.- Denominación: “REGEMED S.R.L.”. Domicilio: Boulevard Oroño N° 1085, Rosario, Santa Fe. Duración: 10 anos a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario. Objeto Social: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a la práctica de la medicina en forma ambulatoria en consultorios externos.- Capital Social: $ 200.000.-, distribuidas 2000 cuotas de $100.- cada una, suscriptas por los socios en la siguiente proporción: Matías Esteban Canosa suscribe 1700 cuotas de $100.- cada una, es decir la suma de $170.000.-; y José Carlos Oldani suscribe 300 cuotas de $100.- cada una, es decir la suma de $30.000.-. Los socios integran el 25% del capital social en proporción a sus aportes. El saldo los socios se obligan a integrarlo en dinero efectivo dentro de los dos años a contar de la fecha del presente instrumento, a pedido de la Gerencia.- Órgano de Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, quienes en caso de gerencia plural actuaran en forma indistinta y ejercerán la representación legal de la sociedad, obligando a la sociedad exclusivamente, mediante su firma precedida de la denominación “REGEMED S.R.L.” y seguida del aditamento Socio Gerente. Gerentes: Matías Esteban Canosa y José Carlos Oldani. Duración: tiempo indeterminado. La representación legal de la sociedad corresponde a los Gerentes en forma indistinta. El ejercicio cierra el día 31 de Julio de cada año. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

$ 70 358809 Jun. 8

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SERVITRAC S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber lo siguiente: Mediante Acta Constitutiva de fecha: 20/03/2018, los Sres. Accionistas de la entidad “SERVITRAC S.A., han resuelto la constitución de dicha sociedad, cuyos datos son los siguientes:

Accionistas: Gual, Daniel Rubén, D.N.I. N° 14.727.189, argentino, nacido el 09/12/61, comerciante, casado, domiciliado en Avda. Hipólito Irigoyen 613 de Ceres (Sta. Fe); Schmit, Mónica Liliana, D.N.I. N° 14.912.891, argentina, nacida el 30/10/62, docente, casada, domiciliada en Avda. Hipólito Irigoyen 613 de Ceres (Sta. Fe) y Gual, Juan Pedro, D.N.I. N° 37.017.189, argentino, nacido el: 16/09/92, comerciante, soltero, domiciliado en: Avda. Hipólito Irigoyen 613 de Ceres (Sta. Fe).-

Fecha del Acta Constitutiva: 20/03/2018.-

Denominación: SERVITRAC S.A.

Domicilio: Avda. Hipólito Irigoyen 613 de Ceres, (Sta. Fe).-

Duración: 99 años.-

Capital: $ 400.000.-(Pesos: Cuatrocientos mil).-

Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: La comercialización al por mayor y menor reparación, financiación, importación, exportación, consignación y distribución, por cuenta propia o de terceros de todo tipo de tractores, maquinarias agrícolas y viales, neumáticos cámaras, llantas, repuestos, accesorios y equipamiento para todo tipo de vehículos, recapado y recauchutaje, servicios de mantenimiento de motores, lavado y limpieza.

Administración y Representación: Director Titular-Presidente; Daniel Rubén Gual, D.N.I. N° 14.727.189 y Director Suplente: Juan Pedro Gual, D.N.I. Nº 37.017.189.-

Cierre del ejercicio: 31 de Enero de cada año.-

Lo que se publica a los efectos de ley.-

Rafaela, 31 de Mayo de de 2.018.- Gisela Gatti, secretaria.

$ 66 358837 Jun. 8

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SINTESIS MEDICAL S.R.L.


CONTRATO


1. Socios: don Duilio Román Guzzardo, argentino, de profesión Médico, nacido el 06 de Junio de 1983, D.N.I. Nº 30.256.429, CUIL 23-30256429-9, soltero, domiciliado en la calle 1° de mayo Nº 1901 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; y doña Virginia Gilli, argentina, de profesión médica, nacida el 24 de marzo de 1979, D.N.I. Nº 26.937.238, CUIL 27-26937238-4, casada en primeras nupcias con Mauro Nicolás Guzzardo, domiciliada en la calle Centeno Nº 1478 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; y don Mariano Andrés Blanche, argentino, de profesión médico, nacido el 07/08/1979 D.N.I. Nº 27.237.406 , CUIL 20-27237406-7, soltero, domiciliado en la calle Callao Nº 1457 departamento 11 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y don Mauro Nicolás Guzzardo, argentino, de profesión Médico, nacido el 18 de Mayo de 1976, D.N.I. Nº 27.680.141, CUIL 20-27680141-5, Casado en primeras nupcias con Doña Virginia Gilli, domiciliado en la calle Centeno Nº 1478 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

2. Fecha de Constitución: 14/05/2018.

3. Razón Social: SÍNTESIS MEDICAL S.R.L.

4. Domicilio: Primero de Mayo N° 1901 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe o donde los socios lo constituyan en el futuro, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero.

5. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, los servicios de consulta médica sin internación, de psicología y de fonoaudiología; procedimientos invasivos de diagnóstico y tratamiento; servicios de kinesiología y fisiatría, estudios por imágenes y de laboratorio; y locación de consultorios. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

6. Duración: 20 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7. Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos trescientos mil ($ 300.000.-), dividido en 300(trescientos) cuotas de Pesos Cien ($100.-) cada una siendo suscriptas por los socios en la siguiente proporción: doña Virginia Gilli 75 (setenta y cinco) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una, que importan la suma de Pesos setenta y cinco mil ($75.000.-); y don Duilio Román Guzzardo 75 (setenta y cinco) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una, que importan la suma de Pesos setenta mil ($ 75.000.-) Y don Mariano Andrés Blanche 75 (setenta y cinco ) cuotas de pesos ($100.-) cada una, que importan la suma de pesos ($75.000.-) y Don Mauro Nicolás Guzzardo 75 (setenta y cinco) cuotas de pesos ($100.-) cada una, que importan la suma de setenta y cinco mil ($75.000.-). Los socios integran el veinticinco por ciento del dinero en efectivo en este acto y se comprometen a integrar el saldo en dinero efectivo dentro del término de dos años a contar de la fecha de este contrato.

8. Fiscalización: A cargo de los socios.

9. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de doña Virginia Gilli argentina, de profesión médica, nacida el 24 de marzo de 1979, D.N.I. Nº 26.937.238, CUIL 27-27680141-4, casada, domiciliada en la calle Centeno Nº 1478 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quien es designado Gerente por el plazo de duración de la Sociedad. En este acto acepta el cargo y firman de conformidad.- La renovación y nombramiento de gerente o gerentes, se efectuará por unanimidad de capital social en Asamblea de Socios, quedando esta reforma contractual excluida de las mayorías planteadas al cierre de la cláusula 7°.- En tal calidad tienen todas las facultades necesarias para realizar los actos y negocios jurídicos tendientes al cumplimiento del objeto de la Sociedad, inclusive los previstos por el artículo 375 del Código Civil y comercial y el articulo 9 del Decreto Ley 5965/63.- El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la Sociedad, la tendrá el Gerente, en forma individual. En todos los casos, la firma deberá ser precedida por la denominación SÍNTESIS MEDICAL S.R.L., ya sea en sello o en forma manuscrita y seguido de la expresión Gerente impuesta de la misma manera.- La firma sólo podrá ser utilizada en operaciones que se relacionen con el giro social estando absolutamente prohibido al gerente o a los gerentes comprometerla en prestaciones a título gratuito o en operaciones o actos ajenos al giro social o en garantía o fianzas de terceros.- Los socios podrán asimismo, abrir cuentas bancarias de cualquier tipo en el país o en el extranjero y en general podrán realizar cuantos más actos, operaciones y contratos sean permitidos por las leyes y tengan por objeto promover el desarrollo de la Sociedad.- Para el supuesto de renuncia, remoción, muerte y/o cualquier otro supuesto de ausencia permanente o temporal del Gerente, producida la vacancia deberá ser designado un nuevo Gerente en reunión de socios, especialmente convocada por cualquiera de ellos, debiendo efectuar la respectiva inscripción del nuevo Gerente designado en el Registro Público de Comercio.

10. Cierre de Ejercicio: 30 de Abril de cada año.

$ 185 358750 Jun. 8

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SERVICIOS PROFESIONALES DE LIMPIEZA NV S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 17 días del mes de mayo de 2017, entre María Victoria Alonso, argentina, DNI 17.825.929, CUIT 27/17825929/1, nacida el 4/7/1966, casada en segundas nupcias con Mauricio Luis Laurino, domiciliada en Av. Alberdi 974 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y de profesión comerciante, socia gerente de Servicios Profesionales de Limpieza NV S.R.L. y Nadia Soledad Arguello, argentina, DNI 27.047.480, CUIT 27/27047480/8, nacido el 19/2/1979, soltera, domiciliada en Nicolás Julián 2511, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y de profesión comerciante socia de Servicios Profesionales de Limpieza NV S.R.L llamada en adelante “el cedente” por una parte y Diego Luis Alonso, argentino, comerciante, DNI 20.832.809, CUIT 20208328094, nacido el 28/11/1969, casado en primeras Nupcias con Maria Josefa LLasen, domiciliado en Corrientes 1120, piso 7 depto. 1 de Rosario en adelante llamado “el cesionario” por otra parte, convienen en celebrar el presente contrato de cesión y transferencia de partes de las Cuotas Sociales y modificación del domicilio legal de la empresa, Servicios Profesionales de Limpieza NV S.R.L inscripta en el Registro Público de Comercio, en Contratos, al Tomo 168, Folio 20.603, Nro. 1240, el 12/07/2017 que se regirá por la Ley 19.550, sus modificaciones y las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El cedente Nadia Soledad Arguello tiene suscripto e integrado al capital social de Servicios Profesionales de Limpieza NV S.R.L, la suma de pesos noventa mil ($ 90.000.-) representados por nueve mil (9.000) cuotas de pesos diez ($10.-)

cada una

SEGUNDA: El cedente Nadia Soledad Arguello vende, cede y transfiere al cesionario Diego Luis Alonso, la totalidad de las cuotas de capital que tiene y le corresponden en dicha sociedad: nueve mil (9.000) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una, por el valor de pesos noventa mil ($ 90.000.-), que recibe en este acto, sirviendo el presente de único y formal recibo y carta de pago.

TERCERA: Se deja constancia que en dicha cesión, se comprende el valor nominal de las cuotas que se ceden, lo correspondiente a la reserva legal, el valor de los bienes que integran el activo y el pasivo, inclusive el correspondiente al valor llave y de negocio en marcha.

CUARTA: Dada la presente cesión, los cedentes transfieren al cesionario todos los derechos, acciones y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas a partir de la fecha, colocando al cesionario en el mismo lugar que ocupaba en la sociedad. Al mismo tiempo manifiestan que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes; que las cuotas de capital que ceden y transfieren son de exclusiva propiedad de los cedentes y que no se encuentran afectadas por ningún tipo de gravamen.

Nadia Soledad Arguello deja expresa constancia que renuncia a promover cualquier tipo de reclamación a la gerencia de la sociedad por actos de administración o

disposición de bienes realizados hasta el día de la fecha, otorgándose en

consecuencia, recíprocamente cedente y cesionario, la más amplia y completa rendición de cuenta y carta de pago, renunciando expresamente a cualquier reclamación derivada de los derechos y acciones emergentes de las cuotas de capital cedidas. De esta forma Nadia Soledad Arguello queda total y absolutamente desvinculado de la sociedad a partir del día de la fecha y al mismo tiempo desobligado de todos los actos, obligaciones y contratos celebrados en nombre y/o por cuenta de la sociedad o que se hallaren en curso de ejecución al momento de la cesión de cuotas.

QUINTA: El socio María Victoria Alonso deja expresa constancia que en cumplimiento de las disposiciones legales y contractuales, ha recibido de parte del socio cedente Nadia Soledad Arguello la comunicación de su decisión de ceder la totalidad de sus cuotas de capital, habiendo expresado en la misma forma, que desistía de la opción de compra proporcional, decisión que ratifica en este acto, por lo que no tiene nada que objetar a la presente cesión a favor del cesionario Diego Luis Alonso por lo que no tiene nada que objetar a la presente cesión a favor del cesionario.

SEXTA: Como consecuencia de la precedente cesión de cuotas de capital, se modifica la cláusula cuarta del Contrato Social, quedando redactada de la siguiente manera:

Cuarta. Capital. El capital social se establece en la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000.-) divididos en dieciocho mil (18.000) cuotas de capital de pesos diez ($10.-) cada una, que los socios suscriben en las siguientes proporciones: María Victoria Alonso nueve mil (9.000) cuotas sociales de pesos diez ($10.-) cada una de valor nominal y que representan la suma de pesos noventa mil ($ 90.000.-) y Diego Luis Alonso, nueve mil (9.000) cuotas sociales de pesos diez ($10.-) cada una de valor nominal y que representan la suma de pesos noventa mil ($ 90.000.-)“.

SÉPTIMA: Los socios acuerdan modificar el domicilio legal, fijando el nuevo en calle Corrientes 1120, piso 7 depto. 1 de Rosario, el cual podrá ser cambiado en cualquier momento, como asimismo establecer sucursales o agencias en cualquier punto del país. Como consecuencia de la presente modificación, la cláusula Primera del contrato Social, queda redactada de la siguiente manera:

Primera. Denominación y Domicilio. La sociedad girará bajo la denominación de Servicios Profesionales de Limpieza NV S.R.L. y fijará su domicilio legal y real en calle Corrientes 1120, piso 7 depto. 1, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, el cual podrá ser cambiado en cualquier momento, como asimismo establecer sucursales o agencias en cualquier punto del país.

OCTAVA: Quedan subsistentes todas las demás cláusulas del Contrato Social en cuanto no resulten modificadas por el presente.

$ 154 358755 Jun. 8

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