picture_as_pdf 2018-10-08

TRIBUNAL COLEGIADO


El Señor Juez de Primera Instancia en lo Extracontractual de la 2da. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Viviana Cingolani, Secretaría del Dr. Christian Bitetti autorizante, ha dispuesto llamar, citar ha estar a derecho al Sr. González Edgardo, DNI Nº 25.161.749, por el término de tres días bajo apercibimientos de Rebeldía en los autos: “WU, ZHENG HANG y Otros c/GONZÁLEZ EDGARDO y Otros s/Daños y perjuicios”, Expte. CUIJ Nº 21-11866307-9. Se transcribe el decreto que lo ordena: Rosario, 31 de Agosto de 2018 Cítese al codemandado González Edgardo a comparecer a derecho mediante edictos a publicarse en el término de 3 días en el BOLETÍN OFICIAL bajo apercibimiento de Rebeldía”. Firmado Dra. Viviana Cingolani, Juez, Christian Bitetti Secretario. Rosario, 17 de Septiembre de 2018. Dra. Bitetti, Secretario.

$ 33 370107 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 7ma. Nominación de Rosario, Secretaría Nº 2, Jueza de Trámite Dra. Gabriela Topino, Secretaría Dra. María Silvia Zamanillo, se hace saber que dentro de los autos caratulados “MYSZCO, LUCILA c/CENTURIÓN, OMAR s/Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental”, CUIJ Nº 21-11315674-8, se ha dispuesto mediante Resolución Nº 2580 de fecha 29 de Agosto de 2018 declarar la rebeldía del demandado Omar Antonio Centurión, DNI Nº 31.317.267. Rosario, 26 de Septiembre de 2018. Dra. Zamanillo, Secretaria.

$ 33 370109 Oct. 8 Oct. 10

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de la ciudad de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don MUÑOZ, HUGO RUBEN (DNI 12.521.281) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apèrcibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CC y C) (Autos; “Muñoz, Hugo Rubén s/ declaratoria de herederos CUIJ Nº 21-0290119-2)

$ 45 368495 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1º Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don LEIVA, OSMAR PEDRO (DNI 21.348.995) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CC y C) (Autos “LEIVA OSMAR PEDRO S/ SUCESORIO” CUIJ Nº 21-02894210-6). Rosario, 17 SEP 2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 368499 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Carlos Cadierno, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña GORI, ELIDE BEATRIZ (LC 1.105.732), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días hábiles siguientes al vencimiento de la última publicación, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por 5 veces en 10 días. (Autos: “GORI, ELIDE BEATRIZ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ Nº 21-02895198-9) Rosario, 17/09/2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 368491 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1º Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes don DEL RIO EDUARDO RUBEN (DNI 10.557.671) y doña ALICIA DEL VALLE BLANDO (DNI 11.127.049), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CC y C). (Autos: “DEL RIO, EDUARDO RUBEN Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ 21-02902252-3). Rosario, 12 SEP 2018. Dr. Mariano Romano, prosecretario.

$ 45 368497 Oct. 8

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 2a Nominación de Rosario, cita y emplaza a los herederos de NICOLÁS SOTOMAYOR, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley en los autos caratulados: “GUTIÉRREZ, MARÍA DE LOS ANGELES c/GSOTOMAYOR, NICOLÁS s/Juicios sumarios - Usucapión, CUIJ 2112616063-9, que tramitan por ante este Juzgado. Secretaría, 26 de Setiembre de 2018. Dr. Conti, Secretario subr.

$ 33 370151 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Sr. Juez, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Juárez, dentro de los autos caratulados: “SPEERLI, NÉSTOR s/Propia quiebra”, Expte. Nº 887/2005 - CULI: 21-01311947-9, se hace saber que mediante resolución N° 514 de fecha 28 de marzo de 2018 se declaro la conclusión de la quiebra del Sr. Néstor Adrián Speerli, titular, DNI N° 22.889.032. Secretaría, 21 de Setiembre de 2018. Dra. Casas, Secretaria.

S/C 370159 Oct. 8 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez en Suplencia de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, dentro de los autos BANCO SANTANDER RIO S.A. c/AREVALO, CARLOS ROLANDO s/Juicio Ejecutivo; Expte. Nº 21-02862174-1. Se hace saber al demandado Arevalo, Carlos, DNI 6.055.578 que se ha dictado el siguiente auto Nº 1997: Por presentado con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general que en copias certificadas acompaña. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de diez días comparezca a estar a derecho bajo los apercibimientos de rebeldía. Anótese inhibición general del demandado Sr. Carlos Rolando Arevalo (D.N.I. Nro. 6.055.578), hasta cubrir la suma de $ 89.325,95 previstos para capital, con más el 30% estimado para intereses y costas. Líbrese los despachos con las constancias que se peticionan. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado, debiendo suscribir el profesional interviniente las copias acompañadas (Art. 35 C.P.C.C.S.F.). Notifiquen los empleados autorizados. Martes y viernes para notificación en la oficina. Insértese hágase saber. Fdo: Dr. Sergio A. González (Secretario) Dra. Delia M. Giles (Jueza). Se ha dictado otro decreto: Rosario, 24 de Julio de 2017. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término singue el/los demandado/s hayan comparecido a estar a derecho, se los declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. Notifíquese/al demandado, haciéndose saber al notificador que de no ser hallada la parte demandada en el domicilio denunciado deberá requerir a quien lo atienda o/vecinos, si es que la misma vive allí, y sólo en caso afirmativo proceda a efectuar la notificación. Fdo: Dra. Delia M. Giles (Jueza), Dr. Sergio González (Secretario). Rosario, 24 de Setiembre de 2018.

$ 52,50 370211 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de DISTRITO Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaria de la Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria, dentro de los autos caratulados: COMUNA DE EMPALME VILLA CONSTITUCIÓN c/COCHERO, FÉLIX FAUSTINO y Otros s/Apremio; Expte. N° 1121/13, se notifica a los herederos de Félix Faustino Cochero Hijo lo siguiente: Rosario, 26 de Mayo de 2017. Hágase saber el Juzgado que intervendrá. Asimismo, publíquense edictos a tenor del Art. 597 del CPCy C respecto de los herederos de Félix Faustino Cochero Hijo, cuya sucesión tramita ante este tribunal.-Fdo. Dr. Pedro Boasso, Juez en suplencia, y Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. ART. 597 del CPCC.: “Si la demanda hubiere de dirigirse contra una persona fallecida o si el demandado muriere durante el procedimiento, se emplazará por Edictos, en la forma ordinaria, a los herederos. En caso que no comparecieren en término, se nombrara un curador, que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y. en su caso de defensor de los herederos rebeldes con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Rosario, 27 de Setiembre de 2018. Dra. Rubulotta, Secretaria Subrogante.

S/C 370180 Oct. 8 Oct. 10

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La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: SORDA, LAURA y Otros c/PINOS, CECILIO y Otros s/Prescripción Adquisitiva, Expte. Nº 350/2011, se ha dictado la sentencia que en su parte resolutiva dice: Tomo 218, Folio 235, Res. Nº 2291. Rosario, 10 de setiembre de 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Por lo expuesto, Fallo: 1) Haciendo lugar a la demanda ordinaria interpuesta en autos, y en consecuencia declarando operada la prescripción adquisitiva por imperio de lo normado en el art. 4016 y ce. del Código Civil respecto del inmueble descripto en los “Y Vistos” de la presente, en favor de la parte actora. 2) Firme que quede la presente y previo los trámites de rigor, ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin que se proceda inscribir el dominio a favor del actor si ello fuera material y registralmente posible. 3) Imponer las costas del presente al vencido (art. 251 C.P.C.), sin perjuicio que la retribución del Defensor de Oficio sea soportada por la actora conforme lo expuesto en los considerandos de la presente. 4) Atento lo normado por el art. 1905 del nuevo Código Civil y Comercial establézcase como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción produciéndose la adquisición del derecho real, la fecha de interposición de la demanda, esto es el 09/05/2011. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Ma. Amalia Lantermo (Secretaria) Dra. Ma. Silvia Beduino (Jueza). También hace saber que se ha dictado un auto aclaratorio de la sentencia, cuya parte resolutiva dice: Tomo 84, Folio 355 N° 2405. Rosario, 20.09.2018. Vistos y Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar al recurso de aclaratoria respecto de la Sentencia Nro. 2291 de fecha 10/09/2018 y en consecuencia describir el inmueble objeto del juicio según plano de mensura para adquisición de dominio es: “Un lote de terreno ubicado en la ciudad de Rosario, que según el plano de mensura para información Posesoria confeccionado por la Agrimensora Maria Nélida Trepat, y registrado en el Departamento Topográfico en fecha 23 de febrero de 2011, bajo el N° Duplicado 4068 R está identificado está identificado como lote “A” y está ubicado en calle Pje. Lujan, entre las calles Constitución y San Nicolás, a los veintisiete metros cincuenta y ocho centímetros de calle San Nicolás hacia el oeste, y mide: ocho metros sesenta y dos centímetros de frente al sur, sobre calle Pje. Lujan y veintitrés metros noventa y ocho centímetros en sus lados este y oeste; y ocho metros sesenta y dos centímetros por su lado norte, y linda: al sur con calle Pje. Lujan, al este con Luis Maria Rodríguez y Fabián Alejandro Carrizo y otros; al oeste con Elias Rabinovich y otros, y al norte con Ricardo Genzano y otros. Encierra una superficie total de 206,71. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. M. Amalia Lantermo (Secretaria) Dra. Maria Silvia Beduino (Jueza), Secretaría, Rosario, 26 de Setiembre de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 92,50 370154 Oct. 8 Oct. 10

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Dentro de los autos caratulados: CEBALLOS, FERNANDO s/Propia Quiebra, Expte. Nº 1229/08 que tramita por ante este Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8a Nominación de Rosario, se ha resuelto la Conclusión de la quiebra del Sr. Fernando Santos Daniel Ceballos, D.N.I. N° 17.817.635 mediante Auto No 580 de fecha 10.04.2018, cuya parte resolutiva se transcribe: “Resuelvo: 1) Disponer la conclusión de la quiebra de Fernando Santos Daniel Ceballos, D.N.I. 17.817.635, cesando todos los efectos patrimoniales y personales en los términos del artículo 231 último párrafo de la LCQ. 2) Ordenar oficiar al Registro de Procesos Concúrsales comunicando la presente resolución, y publicar edictos en el Boletín Oficial. 3) Ordenar oficiar comunicando la presentes resolución a las reparticiones que hubieren tomado conocimiento del proceso falencial, y al Registro General de la Propiedad a efectos del levantamiento de la inhibición general de bienes del deudor. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Santiago Male Franch (Secretario) - Dr. Luciano Juárez (Juez). Los presentes edictos se publican por cuenta y orden de este Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8a Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Daniel Juárez, Secretaría en suplencia a cargo de la Dra. María José Casas.

S/C 370238 Oct. 8 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nom. de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: BANCO CREDICOOP CL c/TOTO JOSÉ y Otros s/Juicio Ordinario; Expte. N° 243/2008, se hace saber que se ha ordenado lo siguientes Rosario, 10 de Septiembre de 2018. Previo a todo trámite y atento a lo dispuesto por el art. 597 del CPCC, Cítese y emplácese a los herederos del demandado José Toto para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de ley. Ofíciese al RPU a los fines de que informe si existe sucesión abierta a nombre del causante. Fdo. Dr. Gabriel Osear Abad (Juez), Dr. Benjamín Valdés Tietjen (Prosecretario). En consecuencia se hace saber que se ha citado y emplazado a los herederos de José Toto (LE 4.003.065) para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 02/10/2018. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 33 370100 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, en autos caratulados: WEBER RAMONA ESTHER c/ROSSI Y GIRAUDO GRACIELA B. y Otros s/Prescripción Adquisitiva; Expte. 317/2013 se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 05 de Septiembre de 2018: Informando verbalmente la Actuaría en este acto que la codemandada Nerina Rossi y Giraudo y los herederos de la codemandada Graciela Rossi y Giraudo no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificados, declárasela rebelde y siga el juicio sin su intervención, en los términos del art. 597 CPCC en el segundo caso, en función de lo cual se sorteará defensor de oficio y curador ad hoc una vez efectuada la notificación del presente. Notifíquese por cédula a la codemandada Nerina Rossi y Giraudo y por edictos en relación a los herederos rebeldes. Firmado: Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez) - Dra. Lorena González (Secretaria). Secretaría, 26 de Septiembre de 2018. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 33 370064 Oct. 8 Oct. 10

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El Sr. Juez del Juzg. de 1ra. Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nom. de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/CASTRO ALBERTO A. s/Cobro de pesos; (CUIJ 21-02872794-9), ha resuelto por decreto de fecha 22/03/2017 tener por iniciada la acción ordinaria y citar y emplazar al demandado Alberto Antonio Castro, DNI 11.272.701 a comparecer a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Dr. Mónica Klebcar (Jueza), Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Dra. Becerra, Secretaria Subr.

$ 33 370065 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dr. Luciano Juárez, Secretaría a cargo de la Dra. María José Casas, en los autos caratulados: HIPER CLEAN S.R.L s/Concurso Preventivo - Expte CUIJ Nº 21-02894423-0, se hace saber que mediante auto resolutorio N° 2011 de fecha 26 de Septiembre de 2018, se han fijado las siguientes fechas: para que la Sindicatura presente el Informe General: el día 26 de Octubre de 2018; Se fija Audiencia Informativa para el día 20/3/2019 a las 10 hs y, se fija como fecha de vencimiento del período de exclusividad: hasta el día 27/03/19; publíquense edictos de ley. Dra. María José Casas, Secretaria.

$ 165 370088 Oct. 8 Oct. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRIGGIANI OMAR s/Apremio 21-22764035-6, se ha dictado lo siguiente: N° 546. Arroyo Seco, 18/04/2018. VISTA la demanda incoada en estos autos. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos, 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.082,66 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.541, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Triggiani Omar y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio JPP949. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 370172 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RETAMOSO HÉCTOR DANIEL y Otros s/Apremio; E. Nº 511/17, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 30 de Junio de 2017. Cumplimente con el art.5 de la ley 10244 y se proveerá. (23). Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro. 2536. Arroyo Seco, 5 de Diciembre de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RETAMOSO HÉCTOR D, s/Apremio; E. 511/17. Resuelvo: 1.- Admitirla Y en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento ala escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.656,88 en concepto de capital con más la suma de $ 7.328,44 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad automotor respectivo- Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066). 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Retamoso Héctor Daniel, y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio NIZ589, y/o poseedor y/o tenedor del vehículo. Secretaría, 21 de Agosto de 2018. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 370171 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COROSO NÉSTOR OMAR s/Apremio Municipal 21-22764454-8, se ha dictado lo siguiente: N° 1148. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 11.263,60 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.631,80 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Coroso Néstor Omar y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio FZT818. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 370173 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ALGALARRONDO JULIA s/Apremio Municipal; 21-22764463-7, se ha dictado lo siguiente: Nº 1150. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.319,21 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.159,60 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Algalarrondo Julia y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio FEQ204. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370175 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROSSETTI HORACIO LUIS s/Apremio Municipal; 21-22764458-0, se ha dictado lo siguiente: Nº 1152. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 23.232,81 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.616,40 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Rossetti Horacio Luis y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio HPL859. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370178 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RECICLEMAX S.A. s/Apremio Municipal; 21-22764459-9, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 29/05/2018. Nro. 1149. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.434,69 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.717,34 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a RECICLEMAX S.A. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio HAF286. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370179 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RIGANTI VERÓNICA PAOLA s/Apremio Municipal; 21-22764452-1, se ha dictado lo siguiente; Arroyo Seco, 29/05/2018. Nro. 1143. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 25.929,31 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.964,65 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a la Sra. Riganti Verónica Paola y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio GVR703. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370181 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad dé Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PERRERO JUAN MANUEL s/Apremio; 21-22764028-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 537. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FERRERO JUAN MANUEL s/Apremio; CUIJ 21-22764028-3. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos, 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.572,89 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.786, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por adictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad da términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Ferrero Juan Manuel y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio IRZ108. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370182 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DORTONA CARLA DEL L s/Apremio; 21-22764033-9, se ha dictado lo siguiente: Nº 547. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DORTONA CARLA DEL L. s/Apremio; CUIJ 21-22764033-9. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos,. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 18.776,19 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.388, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Dortona Carla Del L. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio JMF087. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370183 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSVIP S.A. Y/U OTROS s/Apremio; 21-22764214-6, se ha dictado lo siguiente: N° 964. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 36.709,71 en concepto de capital, con más la suma de $ 11.012, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a TRANSVIP S.A. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo, correspondiente al dominio FZJ896. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370184 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PIERONI NICOLÁS RODRIGO s/Apremio; 21-22764026-7, se ha dictado lo siguiente: N° 539. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PIERONI NICOLÁS RODRIGO s/Apremio; CUIJ 21-22764026-7. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos,. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.762,72 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.881, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Pieroni Nicolás Rodrigo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio JBJ955. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370185 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SALTALEGGIO LEONEL s/Apremio Municipal; 21-22764456-4, se ha dictado lo siguiente: N° 1146. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.482,52 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.741,26 estimados provisoriamente por intereses y costes. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la -Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Saltaleggio Leonel y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio PME271. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370186 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BORSELLI EZEQUIEL M. s/Apremio Municipal; 21-22764460-2, se ha dictado lo siguiente: Nº 1147. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.994,33 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.497,16 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Borselli Ezequiel y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio LQP379. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370187 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LOTORTO NORA LUJAN y u/Otros s/Apremio; 21-22764208-1, se ha dictado lo siguiente: Nº 965. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.295,41 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.647, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente -en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Lotorto Nora Lujan y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio JTJ144. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370188 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MERCADO CARNICEL R s/Apremio; 21-22764027-5, se ha dictado lo siguiente: Nº 538. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MERCADO CARNICEL R. s/Apremio; CUIJ 21-22764027-5. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.807,28 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.903, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Mercado Carnicel R. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio IZG104. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370189 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CAPOVILLA HNOS S.R.L. y/u otro s/Apremio; 21-22764210-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 959. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 66.948,68 en concepto de capital, con más la suma de $ 20.084, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a CAPOVILLA HNOS. S.R.L. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio HQX275. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370190 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BRAGAGNINI ADRIÁN s/Apremio; 21-22764044-5 se ha dictado lo siguiente: N° 961. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.697,44 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.848, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Bragagnini Adrián y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio JAB644. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370191 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SLEIMAN NOE ISMAEL s/Apremio Municipal; 21-22764457-2 se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 29/05/2018. Nro. 1144. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $22.628,51.- en concepto de capital, con más la suma de $ 11.314,25 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza -directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Sleiman Noe Ismael y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio HVV119. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370192 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COLOMBINI RUBÉN s/Apremio; 21-22764061-5, se ha dictado lo siguiente: N° 526. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COLMBINI RUBÉN s/Apremio, (expte. N° 1021/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato genera] que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 20.649,03 en concepto e capital, con más la suma de $ 10.324,51 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Colombini Rubén y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo, correspondiente al dominio IQZ943. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370195 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Muñoz Consuelo o María del Consuelo, DNI 00.501.318 y Quejigal Pedro Antonio, DNI 00.196.522, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: QUEJIGAL, PEDRO ANTONIO y Otros s/Sucesorio; Expte. 21-02897036-3. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370091 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pertot Ana María, DNI 4.167.427, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: PERTOT, ANA MARIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02903252-9. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370087 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Emanuele María Esther DNI 1.766.682, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: CALVO, CARLOS RODOLFO y Otros s/Sucesorio; Expte. 21-02902572-7. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370096 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Díaz Manuel, DNI 2.317.276 y Ida Lebboroni, DNI 1.121.572, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: DIAZ, MANUEL y Otros s/Sucesorio; Expte. 21-02895362-0. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370095 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Rechiman, Ludmila María, DNI 29.875.609, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: RECHIMAN, LUDMILA MARIA s/Sucesorio; Expte. 21-02900069-4. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370082 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Pey, Renee Beatriz, DNI 5.559.862, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: PEY, RENEE BEATRIZ s/Sucesorio; Expte. 21-02899929-9. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370078 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Chernitsky, Gregorio DNI 6.026.933, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: CHERNITSKY GREGORIO s/Declaratoria de herederos; Expte. 21-02900089-9. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370085 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Cagiao, Olegario Alfonso DNI 14.287.076, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: CAGIAO, OLEGARIO ALFONSO s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02898425-9. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370097 Oct. 8

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Quiroga, Josefa, DNI 3.197.442 y Ontivero Fortunato, DNI 6.574.151, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CC y C), para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: QUIROGA, JOSEFA y Otros s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02903460-2. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario.

$ 45 370093 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña María Bacar, DNI Nº 1.887.772, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: BACAR MARIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 557/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, Secretaria.

$ 45 370037 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Antonio Tomás Capiglioni, DNI Nº 5.992.103, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: CAPIGLIONI ANTONIO TOMAS s/Sucesorio; Expte. Nro. 573/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370040 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Berta Nélida Stefanoff, DNI Nº 1.105.726, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: STEFANOFF BERTA NELIDA s/Sucesorio; Expte. Nro. 310/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370039 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Pascualina Carmen Leardi, DNI Nº 5.510.212, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: LEARDI PASCUALINA CARMEN s/Sucesión Testamentaria; Expte. Nro. 556/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370038 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Nancy Beatriz Rinaldi, DNI Nº 3.958.013, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: RINALDI NANCY BEATRIZ s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 369/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370035 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 7 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Miguel Angel Lupiañez, DNI Nº 25.845.943, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: LUPIAÑEZ MIGUEL ANGEL s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-02898926-9. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 45 370034 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 7 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Aurelia Sánchez, DNI Nº 5.507.953, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: SANCHEZ AURELIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. CUIJ Nº 21-02902261-2. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 45 370033 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 7 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Adriana Ida Laborde, DNI Nº 3.229.043, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: LABORDE ADRIANA IDA s/Declaratoria de Herederos; Expte. CUIJ Nº 21-02903241-3. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.

$ 45 370031 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Parfait, Alfredo Guillermo (DNI 6.011.190), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: PARFAIT, ALFREDO GUILLERMO s/Declaratoria de Herederos; 21-02902420-8). Rosario, 28/09/2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 370101 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Terrani Margarita (LC 5.540.291), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: TERRANI MARGARITA s/Declaratoria de Herederos (Reconstrucción); 21-01618140-1). Expte. Nº 649/2010). Rosario, 28/09/2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 370102 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Steiner, Lina Elena (DNI 6.328.155), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: STEINER, LINA ELENA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02902849-1). Rosario, 2/10/2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 370103 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Colman, María Neolia (DNI 5.336.261), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: COLMAN, MARIA NOELIA s/Sucesorio; 21-02902911-0). Rosario, 2/10/2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 370104 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Corkery, Leonor, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: CORKERY, LEONOR s/Declaratoria de Herederos; 21-02902157-8). Rosario, 2/10/2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 370105 Oct. 8

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JUAN CARLOS OLIVIERI (DNI 6.027.666), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370068 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de GLADYS ELENA MEITIN (DNI 4.519.343), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370069 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de SANTIAGO LORENZO MIRANDA (DNI 6.067.464), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370070 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de EDUARDO EUSEBIO DELLAMAGGIORA (DNI 6.050.522), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370071 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de EUGENIO JOSE SCARAZZINI (DNI 6.050.189), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370072 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de FRANCISCO MIRARCHI (DNI 92.795.032), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370073 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de SANTOS LEOPOLDO BLOIS (DNI 8.042.411), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 370075 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARÍA TERESA PEDEMONTE (LC 5.525.716), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Rosario, 26 de Septiembre de 2018. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 45 370066 Oct. 8 Oct. 22

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: GONZÁLEZ, OSCAR NORBERTO s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02896855-5, llama a los herederos, acreedores o legatarios de González Oscar Norberto (DNI 6.020.551), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Octubre de 2018. Lucas Menossi, secretario.

$ 45 370135 Oct. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: VANADIA, MARCELA CLAUDIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02902366-9, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Vanadia Marcela Claudia (DNI 20.298.288), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Octubre de 2018. Lucas Menossi, secretario.

$ 45 370236 Oct. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: BLAZQUEZ, MARIO JOSE s/Declaratoria de herederos; Expte. 21-02901350-8, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Blazquez Mario José (DNI 10.246.511), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Octubre de 2018. Lucas Menossi, secretario.

$ 45 370133 Oct. 8

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: RODRIGUEZ, RAMON OSCAR s/Declaratoria de herederos; Expte. 21-02898432-1, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Rodríguez Ramón Oscar (DNI 24.241.364), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 2 de Octubre de 2018. Lucas Menossi, secretario.

$ 45 370131 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: GONZÁLEZ MICAELA ANTONIA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nro. 21-02902523-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante doña Micaela Antonia González, DNI 2.372.281, por el plazo de treinta (30) días, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Rosario. Dra. Faure, Prosecretaria.

$ 45 370247 Oct. 8

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALFREDO POMELLI (DNI 5.977.667), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 02 de Octubre de 2018. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 45 370053 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JOSÉ MARÍO FASCELLA para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 28 de Setiembre de 2018. Dra. Delia Giles (Juez); Dr. Sergio González (Secretario).

$ 45 370041 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16º Nominación de Rosario Dr. Pedro A. Boasso (Juez); Dra. María Sol Sedita, (secretaria), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don SZULAK JUAN, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Los que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL (Autos: SZULAK JUAN s/Sucesión - Expte. CUIJ Nº 21-02902844-0). Rosario, 1 de Octubre de 2018. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 370220 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Néstor O. García, Secretaría de la Dra. María Belén Baclini, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de el causante don Guirin, Vicente Ubaldo (DNI 6.029.474), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Autos: “GUIRIN, VICENTE UBALDO s/Sucesorio” CUIJ Nº 21-02902090-3). Rosario, 27 de Setiembre de 2018. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 45 370110 Oct. 8 Oct. 22

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ROSA IRMA CONTINI (FICHA DACTILOSCÓPICA) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 24 de Septiembre de 2018. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370054 Oct. 8

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de NÉSTOR ADRIÁN ACUTAIN (DNI 22.329.147), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370055 Oct. 8

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARÍA ANSELMA GONZÁLEZ (DNI 16.154.710) para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370056 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14a. Nominación de Rosario, y en autos: “RESTOVICH PEDRO s/Sucesión; Expte. 262/2006 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante llamada PUCCI MARÍA ELENA (LC 4.749.582) para que comparezcan a hacer valer sus derechos, publicándose edictos citatorios en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 33 370060 Oct. 8 Oct. 10

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se -consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Luis Hilario Galardi, (D.N.I. Nº 6.058.857), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GALARDI, LUIS HILARIO s/Declaratoria de herederos, CUIJ. N° 21-02900201-8. Dra. Elvira Sara Sauan, Rosario. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 45 370089 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo D. Oroño, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Nilda Rosario Sanguedolce, DNI 3.197.304, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales, por cinco veces en diez días (art. 592 CPCC). Secretaría, 26 de Septiembre de 2018. Dra. Carla V. Gussoni Porrez, Secretaria. Autos: “SANGUEDOLCE, NILDA ROSARIO s/Sucesorio (Expte. CUIJ 21-02902480-1). Dr. Pasotti, Prosecretario.

$ 45 370036 Oct. 8 Oct. 12

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JOSEFINA CANDIDA PACCIORETTI (LC 1.766.717) para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 2340 2° párrafo del Código Civil y Comercial). Secretaría, 26 de Septiembre de 2018. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370057 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación Rosario, el Dr. Pedro A. Boasso, en los autos caratulados: “DORIA, ALEJANDRO MAURICIO s/Declaratoria de herederos”, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Alejandro Mauricio Doria DNI Nº 20.408.900, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días, bajo los apercibimientos de ley. Expediente CUIJ N° 21-02903389-4. Rosario, de Septiembre de 2018. Dra. María Sol Sedita, Secretaria.

$ 45 370230 Oct. 8

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El Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario hace saber que Felipe Alberto Nicastro (DNI 10.987.187) falleció el día 26/6/18 y cita a sus herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de su patrimonio para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día. Dra. María José Casas. Expte. Nº 21-02902550-6, Secretaría, Rosario, 28 de Septiembre de 2018. Dra. Casas, Secretaria.

$ 45 370059 Oct. 8

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Gabriel Abad, llama a los herederos, acreedores o legatarios y toda persona con derecho a los bienes de la herencia de don Salvador Molina, DNI N° 2.262.855, a que comparezcan por ante éste Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro de los autos: MOLINA, SALVADOR s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02901394-9 - debiendo publicarse éste edicto por un día. Rosario, 24 de Septiembre de 2018. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 45 370244 Oct. 8

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2a. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, llama a los herederos, acreedores o legatarios y toda persona con derecho a los bienes de la herencia de doña Antonia María Lupich, DNI N° 6.127.742, a que comparezcan por ante éste Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro de los autos: LUPICH, ANTONIA MARIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 561/18, debiendo publicarse éste edicto por un día. Rosario, 28 de Septiembre de 2018. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 45 370243 Oct. 8

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Piermattei, Ovidio Juan, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer vales sus derechos en los autos caratulados PIERMATTEI, OVIDIO JUAN s/Declaratoria de herederos; Expte 803, año 2018. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmat, 27 de Setiembre de 2018. Dra. Laura M. Barco, Secretaria. Firmat, 1 de Octubre de 2018. Dra. Barco, Secretaria.

$ 45 370092 Oct. 8 Oct. 12

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Casilda Dr. Gerardo Marzi. Secretaria de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña JELICICH MARÍA ROSA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de un día. Sandra S. González, Secretaria. Casilda, 26 de Septiembre de 2018.

$ 45 370099 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Casilda Dr. Gerardo Marzi, Secretaria de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña PEÑAGARICANO EUGENIO RAMÓN, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de un día. Sandra S. González, Secretaria. Casilda, 26 de Septiembre de 2018.

$ 45 370111 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Casilda Dr. Gerardo Marzi, Secretaria de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de son VIERA LUIS ALBERTO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de un día. Sandra S. González, Secretaria. Casilda, 26 de Septiembre de 2018.

$ 45 370108 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Casilda Dr. Gerardo Marzi, Secretaria de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don MARTÍNEZ RAÚL JOSÉ, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de un día. Sandra S. González, Secretaría. Casilda, 26 de Septiembre de 2018.

$ 45 370106 Oct. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 7 en lo Civil Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña NELIDA ANETA BELLETTI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de 30 días bajo los apercibimientos legales. Secretaria. Casilda, 1 de Octubre de 2018. Dr. Crosio, Secretario.

$ 45 370157 Oct. 8

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Casilda, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Gerardo A. M. Marzi (Juez) y Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. González, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Edmundo Ramón Chiappa (D.N.I. N° 6.182.012), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos: CHIAPA EDMUNDO RAMÓN s/Sucesión - Expte. N° 369/2018, por el término y bajo apercibimientos de Ley. El presente edicto será publicado por cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Casilda, 21 de Setiembre de 2018. Fdo. Dra. Sandra S. González, Secretaria.

$ 45 370259 Oct. 8 Oct. 12

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial, y Laboral de Melincué, a cargo del Dr. Dra. Analía M. Irrazábal, Secretaria de Dr. Luciana Parenti, se ha dispuesto. En los autos caratulado POLITTI RODOLFO y ARRIETA NILDA MIRTHA s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 979/2018, que tramita por ante el Juzgado de Primera, que tramita por darse por iniciadas las presentes medidas sobre declaratorias de herederos. Se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de Politti Rodolfo y Arrieta Nilda Mirtha, a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimiento de ley. Melincué, 26 de Setiembre de 2018. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 370160 Oct. 8 Oct. 12

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la localidad de Venado Tuero a cargo del Dr. Federico Bertram (Juez) Secretaría a cargo del Dr. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados EBBENEGER LIDIA ROSA y Ots. c. CLÍNICA SANTA MARÍA s/Quiebra; (Expte. 1237/2013), se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer saber que: Se ha dictado Resolución Nº 728, de fecha 18 de Agosto de 2018. En ella, se ha fijado como fecha hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos hasta el día 19/10/2018. Fecha para presentación de informes individuales para el día 23/11/2018 y presentación de informe general para el día 21/12/2018. La presente publicación deberá realizarse sin cargo atento lo establecido en el art. 173 de la Ley de Concursos y Quiebras. Fdo. Federico Bertram (Juez) - Walter Bournot (Secretario).

S/C 370132 Oct. 8 Oct. 12

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Por disposición del Sr. Juez Civil y Comercial de Venado Tuerto de la 1ra. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso (Juez), Secretaría Dra. Andrea Chaparro, dentro de los autos caratulados ZARICH, RUBÉN JAVIER s/Concurso preventivo - Hoy Quiebra- (Expte. 793/2001), se hace saber: Que en los autos de referencia se cita a comparecer en autos y hacer valer sus derechos a los acreedores Compañía Sud de Vidrios, Aluminios Rosalum S.A., Engranajes Venado SRL a fin de evaluar la conclusión de la quiebra por pago total. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL y diario “El Informe” de Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2016. Dra. Chaparro, Secretaria.

$ 66 370129 Oct. 8 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 2da. Nominación, Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Muscolini Juan Carlos, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer sus derechos en los autos “MUSCOLINI, JUAN CARLOS s/Sucesión” (Expte. N° 1530/2017). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Melincué, 23 de Marzo de 2018.

$ 45 370166 Oct. 8 Oct. 12

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 2da. Nominación, Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Marziali Guillermo Rogelio, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer sus derechos en los autos “MARZIALI, GUILLERMO ROGELIO s/Sucesión” (Expte. N° 1531/2017). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Melincué, 2 de Mayo de 2018. Dr. Carozzo, Secretario.

$ 45 370170 Oct. 8 Oct. 12

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Por disposición de la Señora Juez de la Primera Instancia de Distrito Nro. 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez, Dr. Leandro Carozzo, Secretario; dentro de los autos caratulados “BIANCH1 AMÉRICO RICARDO s/Sucesión” (Expte. 650/2018); se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. Américo Ricardo Bianchi, DNI: 10.312.216; para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 20 de Septiembre de 2018. Dr. Carozzo, Secretario.

$ 45 370014 Oct. 8 Oct. 12

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Por disposición de la Señora Juez a cargo del, Secretaría del, se cita, llama y emplaza a los acreedores, legatarios y herederos de Pippo, Rosa, DNI: 5.858.249, para que en el término de ley comparezcan a este Tribunal para hacer valer sus derechos. PIPPO, ROSA s/Sucesión Ab Intestato”, Expediente N° 504/2018 .Venado Tuerto, 7 de Setiembre de 2018. Dra. Patracco, Secretaria.

$ 45 370253 Oct. 8 Oct. 12

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