picture_as_pdf 2012-01-09

REGISTRADA BAJO EL Nº 13254

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2012, cuando razones de gobierno así lo aconsejen.

El Señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011.

Luis Daniel Rubeo

Presidente

Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente

Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 0356

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 26 DIC 2011

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.254 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

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