picture_as_pdf 2018-07-11

SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 272


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

04/07/2018

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3270/17.

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: NATIVUS S.R.L. CUIT N° 30-71018653-3 y SCOTTA TRIANA BELEN CUIT N° 27-36014285-5.

ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: COR-VIAL S.A. CUIT N° 30-71140699-5, DENIMED S.A. CUIT N° 30-70975318-1, EXION S.R.L. CUIT N° 30-70746862-5, FLEMING Y MARTOLIO S.R.L. CUIT N° 30-67839373-4 y “NEXEN” DE SIMMS SERGIO FABIO CUIT N° 20-21011661-4.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 22482 Jul. 11 Jul.12

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SUBSECRETARIA DE

TRANSPORTE


RESOLUCION N°152

SANTA FE, “CUNA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”,


VISTO:

El Expediente N° 01802-0019199-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que es de imperiosa necesidad sistematizar los recorridos y horarios de los servicios de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción provincial;

Que las Subsecretarías de Planificación y Transporte Automotor han elaborado un formulario web que permita la carga de datos, con carácter de declaración jurada y con un formato único y estandarizado;

Que a los efectos de su implementación les será provisto a las empresas operadoras de transporte de pasajeros un usuario y contraseña para su acceso exclusivo, permitiéndoles operar con dicho sistema para la carga de datos;

Que dicho formulario tiene por finalidad solicitar a las Empresas prestatarias, los siguientes datos: a) identificación de la Empresa; b) caracterización de la línea; c) datos normativos; d) localidades de paso; e) tipo de punto de paso por localidad; f) descripción de la línea; g) recorridos (se debe adjuntar el recorrido en formato kmz o kml); h) listado de servicios; i) horarios en cada punto de paso por día;

Que en virtud del diseño explicitado, esta solicitud tiene carácter informativo por parte de la empresa que deben cargar la totalidad de los servicios que efectivamente realizan, y aquellos que sean propuestos para su aprobación;

Que, asimismo, y con posterioridad a la presentación inicial deberán realizar el mismo procedimiento para cualquier modificación de horarios y/o recorridos, así se podrá centralizar y sistematizar toda la documentación de los servicios de transporte de pasajeros provinciales;

Que este procedimiento posibilitará disponer de una base única de recorridos y horarios, permitiendo una más eficiente fiscalización, como también coadyuvar a la liquidación del pago del fondo compensador, brindando información confiable actualizada de los pasajeros, como también, mejorar los procesos de planificación, siendo obligatorio su estricto cumplimiento;

Que atendiendo al objetivo permanente de esta jurisdicción de propiciar la observancia de las distintas obligaciones que deben cumplir quienes realizan los servicios ut-supra mencionados, se establece la obligatoriedad para su cumplimiento; caso contrario se harán pasibles de las sanciones previstas en la Ley 2499;

Que la presente cuenta con el informe técnico de las áreas pertinentes, como así también ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio;

Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto en la Ley N° 13.169 y Ley N° 2499;

POR ELLO

EL SUBSECRETARIO DE

TRANSPORTE AUTOMOTOR

RESUELVE

ARTICULO 1°:Aprobar el formulario web para la presentación de horarios y recorridos de las Empresas de Transporte Automotor de pasajeros provinciales, según Instructivo que en Anexo Único se agrega y forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°: Arbitrar los medios necesarios para su implementación., debiendo presentar el formulario de los recorridos y horarios que tengan a la fecha, en un plazo perentorio de treinta (30) días, a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Todo cambio posterior deberá efectivizarse por esta vía para su aprobación.

ARTICULO 3°: La Subsecretaría de Transporte Automotor aplicará las medidas necesarias para su efectivo cumplimiento, atento el carácter de obligatoriedad del presente.

ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 22481 Jul. 11 Jul.12

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO


ACLARACIÓN SIN CONSULTA N° 1


Ref. D.P.V. Y U. S/Licitación Pública Nº 10/18

Ejecuciòn de 18 Viviendas Prototipos VC y VC Discap. de 2 Dorm. e Infraestructuras.

MARIA SUSANA Dpto. SAN MARTIN

Por la presente se comunica a las Empresas Oferentes que se modifica la fecha del Acto de Apertura de Ofertas de la referida Licitación Pública, resultando el día martes 17 de Julio, en el mismo lugar (Salón Comunal, sito en calle Colon 824 de la localidad de Maria Susana) y al mismo horario (11:00hs.).

S/C 33486 Jul. 11 Jul. 13

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