picture_as_pdf 2018-11-12

CASILDA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

MIRTHA AGRIPINA CABULLO


Por orden de la Sra. Juez de Primera Instancia, en lo Civil, Comercial y Laboral N° 7 de la 1ra. Nominación de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “SINDICATURA ZANOTTI JUAN Y ZANOTTI ÓSCAR A. s/CONC. c/CASTAGNANI HÉCTOR L. Y OT. s/Simulación-Subsidiaria Acción de Fraude” (Expte. 1079/1993), se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Agripina Cabullo (Mat. 1313-C-130-CUIT 27-05172273-1) venda en pública subasta; conforme la resolución dictada en autos: “Zanotti Juan Carlos s/Quiebra”

(Expte.755/93), que se transcribe: “ N° 395-Casilda, 19 Abr. 2018. Autos y Vistos: En los caratulados “Zanotti Juan Carlos s/Quiebra” Expte.755/93 del que: Resulta: Que este alongado proceso falencial se encuentra en estado de liquidación de los bienes del activo concursal del fallido;

Y CONSIDERANDO: Que forman parte del activo falencial los siguientes bienes: a) El inmueble inscripto bajo la matricula N° 18-482 a nombre del Sr. Juan Carlos Pagura el que voluntariamente rescinde la operación realizada con el Sr. Zanotti regresando al activo del fallido el inmueble oportunamente adquirido todo ello según la resolución N° 770 del 9 de diciembre del 1999 dictada en los autos “Sindicatrua Zanotti y ot. c/Pagura Juan Carlos s/Simulación Fraude”. (Expte. 1081/93) - b) El inmueble inscripto al Tomo 280, Folio 437/38, N° 244266 a nombre del Sr. Héctor Luis Castagnani quien voluntariamente rescinde la operación realizada con el Sr. Zanotti regresando al activo del fallido el inmueble oportunamente adquirido todo ello según la resolución N° 787 del 14 de diciembre de 1999 dictada en los autos: “Sindicatrua Zanotti y ot. c/Castagnani Héctor s/Simulación Fraude” (Expte. 1079/93). C) Los inmuebles inscriptos al Tomo 280, Folio 443, N° 231280, al Tomo 280 Folio 442, N° 231279 y al Tomo 280, Folio 441, N° 231.278 todos ellos a nombre del Sr. Daniel Néstor Giugge quien voluntariamente rescinde la operación realizada con el Sr. Zanotti regresando al activo del fallido los mencionados bienes todo ello según lo resuelto en los autos: “Sindicatura Zanotti y ot. c/Giugge Daniel s/Simulación - Fraude” (Expte. 1080/93) Que dichos inmuebles fueron objeto de incidentes de simulación para estos obrados, habiéndose dictado las resoluciones antes mencionadas por las cuales se homologan los convenios específicos y a consecuencia de ellos reingresan los bienes a este patrimonio falencial, pero pese a lo convenido nunca se efectivizo materialmente la transferencia de mano con el consabido perjuicio para los acreedores, el propio fallido y hasta el sistema de justicia que ello implica. En consecuencia y a los fines de la liquidación de los inmuebles referidos entiendo posible que la celeridad procesal prime en este caso y para no dilatar aun más y generar gastos que a estas alturas resultarían superfluos ordenar la realización de la subasta en cada incidente obviamente la transferencia de cada uno de los bienes a nombre del fallido- y el posterior depósito de su producido directamente en esta quiebra y para estos autos. Para evitar nulidades posteriores y perjuicios a cualquiera de los adquirentes y/o terceros, esta resolución deberá ser notificada a cada una de las partes en los incidentes mencionados ut supra, y transcripta en el edicto por el cual se notifiquen las condiciones de subasta que oportunamente se fijen en cada caso. Por todo lo expuesto, Resuelvo: 1) Ordenar se subasten los inmuebles referidos en los considerandos de los presentes en los incidentes en los que se revocaron las ventas oportunamente realizadas por el fallido. 2) Notificar de la presente a los allí demandados, Sres. Pagura Juan Carlos, Héctor Castagnani y Daniel Giugge por cédula a sus respectivos domicilios legales y reales. 3) Ordenar que el producido de cada una de las subastas sea directa e inmediatamente depositado en estos autos, con constancia en el incidente para la aprobación si correspondiere. 4) Transcribir la presente resolución en cada uno de los edictos que se publique. 5) Dése noticia a la sindicatura y a los martilleros actuantes designados. Insértese y hágase saber. Fdo: Gómez- Crosio” el día 28 de Noviembre de 2018 a las 10.00 hs. en el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito, Civ. Com y Lab. Nº 7 de la 1ra. Nom. de Casilda, y de resultar inhábil el fijado o suspenderse por causa de fuerza mayor, se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y lugar, los siguientes bienes: 1) Dos lotes de terreno con todo lo en ellos edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Casilda, dep. Caseros, Pcia. de Sta. Fe, comprendido en la manzana número cincuenta y seis Sección “C” B°. Nueva Roma, individualizados con las letras “C” y “B” en el plano N° 37447/1964 que se describen: Lote “C”: está situado con frente a la calle Buenos Aires, a los 15,81 mts. de la calle Gral. Guido hacia el NO, se compone de 4,19 mts. de frente al NO por 40 mts. de fondo, encerrando una superficie de 167,60 m2. Lindando al NO con calle Bs. Aires,, por el NE y SE con José Mattiazzi y esposa y al SO con lote letra “B” —Lote “B”: está ubicado con frente a la calle Bs. Aires, a los 20 mts. de la calle Gral. Guido hacia el SO, se compone de 15,81 mts. de frente al NO por 40 mts. de fondo, encerrando una superficie de 632,40 m2. lindando por el NO con calle Buenos Aires, al NE con lote letra C, al SE con José Mattiazzi y al SO con lote A de igual plano. Dominio: Tomo 280- Folio: 437/438-Nº 244266-Dpto. Caseros. Los bienes saldrán a la venta en forma conjunta ya que constituyen una unidad, con la Base de $ 467.000; con Retasa del 25% y Última Base del 50% de la Base. Quien resulte comprador abonará en el acto de la subasta el 20% del precio total de compra y a cuenta del mismo, con más el 3% de comisión de ley al Martillero en dinero efectivo y/o cheque certificado, sirviendo el Acta de Subasta de formal recibo del pago de la misma. Del informe del Reg. General surge inscripto el dominio D.N.I. 8.374.614 – Al Tomo: 280 Folio: 437/38 Nº 244266 - Dep. Caseros - Embargos: 1) T° 125 E, F° 228 – Nº 310740 - fecha 17/2/2016 - $ 38.562,17. Autos: “AFIP c/Castagnani Héctor s/Emb. Prev. (Expte. 38786/15) Juz. Fed. Nº 2 - 2) T° 125 E, F° 1688, Nº 341984 2/6/2016 $ 792.363 autos: AFIP c/Castagnani Héctor s/Emb. Prev. Expte. 17287/16 Juz. Fed. Nº2 - 3) T° 126 F° 870 - N° 327029 18/4/17 $ 1.044.029,80 Expte. 43792/16 Juz. Fed. Nº 1 - 4) T° 127 E, F° 414, N° 317769 9/3/18 $462.245,50 Expte. 46617/16 Juz. Fed. N° 2. 2) Dos lotes de terreno situados en la manzana Dos Sección C, B° Nueva Roma de la ciudad de Casilda, dep. Caseros, que serán subastados individualmente y que se describen: a) Un lote de terreno con todo los en el edificado, clavado y plantado situado en la Manzana Dos Sección C B° Nueva Roma, de la ciudad de Casilda. Dep. Caseros, Designado en el plano de subdivisión N° 62761/1970, como lote N° 8 y que se describe Según Título: Mide 10 mts. de frente al NO sobre calle H. Irigoyen, 20 mts. de frente al NE, sobre Bvard. Argentino, 10 mts. en su contrafrente al SO lindando con parte del lote 7, y 20 mts. en su costado SE lindando con lote 9,todos del mismo plano. Según Plano: Mide 20 mts. de frente al NO sobre calle H. Irigoyen, 10 mts. al NE, sobre Bvard. Argentino, 10 mts. en su contrafrente al SO lindando con parte del lote 7 y 20 mts. en su costado SE lindando con lote 9,todos del mismo plano. Encierra una superficie de 200 m2. Saldrá a la venta con la base de $ 400.000 con retasa del 25% y última base del 50% de la primera. b) Un lote de terreno con todo los en el edificado, clavado y plantado situado en la Manzana Dos Sección C B° Nueva Roma, de la ciudad de Casilda. Dep. Caseros, designado en el plano de subdivisión N° 62761/1970, como lote Nº 9, mide 9,50 mts. de frente al NE sobre Bvard. Argentino, 9,50 ms, en su contrafrente al SO por donde linda con lote 7;20 mts. en su costado NE lindando con lote 10 y 20 mts. en su costado NO por donde linda con lote 8 .todos del mismo plano, encierra una superficie de 190 m2. Saldrá a la venta con la Base de $ 350.000 con retasa del 25% y última retasa del 50% de la base.- Inscripto el dominio de ambos inmuebles al Tomo: 280 - Folio: 439 – Nº 231176 – Dep. Caseros. Del informe del Reg. Gral surge el dominio D.N.I. N° 8.374.614 - Embargo: T° 126 E - F° 869 N° 327028-18/4/17 $ 1.044.029,80 - “Fisco Nac. (AFIP) c/Castagnani Héctor Luis s/Ej. Fiscal” Expte. 43792/16 Juz. Fed. N° 1. El comprador deberá abonar el 20% a cuenta de precio en el acto de la subasta con más el 3% de comisión al martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado. Los inmuebles saldrán a la venta en las condiciones de ocupación que surgen del acta de constatación (fs. 320). El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente a los 5 días una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de los arts. 497 y 499 del CPCC). Los impuestos, tasas y contribuciones y servicios que se adeudaren y/o confección de planos actualizados serán a cargo del comprador, así como los gastos de escrituración, la regularización de lo construido e I.V.A. si correspondiere, a partir del auto declarativo de quiebra (14-9-93). El impuesto a la Transferencia de Inmuebles deberá acreditarse previo a la aprobación de la subasta. Hágase saber a los oferentes que previamente deberán acreditar por Secretaría su situación fiscal y que no se admitirá compra en comisión. Toda cesión de los derechos derivados del remate deberá practicarse por escritura pública. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. A los fines de obtener el título el adquirente deberá acudir a un Escribano Público a fin de protocolizar los testimonios correspondiente a las diligencias relativas a las ventas y posesión para su inscripción en el Registro general. Previo a la aprobación de la subasta del inmueble deberá oficiarse el Registro general, con copia certificada a fin de que se tome razón de la misma sin que ello implique transferencia alguna. Edictos de Ley en el Boletín oficial y diario de circulación local y estrados del tribunal y/o cualquier otra forma de publicidad adicional. El inmueble se exhibirá dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Hágase saber a los posibles oferentes que en la subasta se aplicará estrictamente lo previsto en el Art. 241 del Código Penal. -Mayores informes a la Martillera en D. Alighieri 2472 de Casilda- TE (03464) 421758-15680341. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. - Casilda, 22 de octubre de 2018. Agustín M. Crosio, Secretario.

$ 1330 373984 Nov. 12 Nov. 14

__________________________________________


POR

MIRTHA AGRIPINA CABULLO


Por orden de la Sra. Juez de Primera Instancia, en lo Civil Comercial y Laboral Nº 7 de la 1ra. Nominación de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “SINDICATURA ZANOTTI JUAN Y ZANOTTI ÓSCAR A. s/CONC. c/PAGURA JUAN CARLOS Y OT. s/SIMULACIÓN - SUBSIDIARIA ACCIÓN DE FRAUDE” (Expte. 1081/1993), se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Agripina Cabullo (Mat. 1313-C-130-CUIT 27-05172273-1) venda en pública subasta; conforme la resolución dictada en autos: “Zanotti Juan Carlos s/Quiebra” (Expte. 755/93), que se transcribe: “N° 395 - Casilda, 19 Abr. 2018. AUTOS Y VISTOS: En los caratulados “Zanotti Juan Carlos s/Quiebra” Expte.755/93 del que: Resulta. Que este alongado proceso falencial se encuentra en estado de liquidación de los bienes del activo concursal del fallido; Y CONSIDERANDO: Que forman parte del activo falencial los siguientes bienes: a) El inmueble inscripto bajo la matrícula N° 18-482 a nombre del Sr. Juan Carlos Pagura el que voluntariamente rescinde la operación realizada con el Sr. Zanotti regresando al activo del fallido el inmueble oportunamente adquirido todo ello según la resolución N° 770 del 09 de diciembre del 1999 dictada en los autos “Sindicatrua Zanotti y ot. c/Pagura Juan Carlos s/Simulación Fraude”. (Expte. 1081/93) - b) El inmueble inscripto al Tomo 280, Folio 437/38, N° 244266 a nombre del Sr. Héctor Luis Castagnani quien voluntariamente rescinde la operación realizada con el Sr. Zanotti regresando al activo del fallido el inmueble oportunamente adquirido todo ello según la resolución N° 787 del 14 de diciembre de 1999 dictada en los autos: “Sindicatura Zanotti y ot. c/Castagnani Héctor s/Simulación Fraude” (Expte. 1079/93). C) Los inmuebles inscriptos al Tomo 280, Folio 443, N° 231280, al Tomo 280, Folio 442, N° 231279 y al Tomo 280, Folio 441, N° 231.278 todos ellos a nombre del Sr. Daniel Néstor Giugge quien voluntariamente rescinde la operación realizada con el Sr. Zanotti regresando al activo del fallido los mencionados bienes todo ello según lo resuelto en los autos: “Sindicatura Zanotti y ot, c/Giugge Daniel s/Simulación - Fraude” (Expte. 1080/93). Que dichos inmuebles fueron objeto de incidentes de simulación para estos obrados, habiéndose dictado las resoluciones antes mencionadas por las cuales se homologan los convenios específicos y a consecuencia de ellos reingresan los bienes a este patrimonio falencial, pero pese a lo convenido nunca se efectivizo materialmente la transferencia de mano con el consabido perjuicio para los acreedores, el propio fallido y hasta el sistema de justicia que ello implica. En consecuencia y a los fines de la liquidación de los inmuebles referidos entiendo posible que la celeridad procesal prime en este caso y para no dilatar aun más y generar gastos que a estas alturas resultarían superfluos ordenar la realización de la subasta en cada incidente-obviamente la transferencia de cada uno de los bienes a nombre del fallido- y el posterior depósito de su producido directamente en esta quiebra y para estos autos. Para evitar nulidades posteriores y perjuicios a cualquiera de los adquirentes y/o terceros, esta resolución deberá ser notificada a cada una de las partes en los incidentes mencionados ut supra, y transcripta en el edicto por el cual se notifiquen las condiciones de subasta que oportunamente se fijen en cada caso. Por todo lo expuesto, Resuelvo: 1) Ordenar se subasten los inmuebles referidos en los considerandos de los presentes en los incidentes en los que se revocaron las ventas oportunamente realizadas por el fallido. 2) Notificar de la presente a los allí demandados, Sres. Pagura Juan Carlos, Héctor Castagnani y Daniel Giugge por cédula a sus respectivos domicilios legales y reales. 3) Ordenar que el producido de cada una de las subastas sea directa e inmediatamente depositado en estos autos, con constancia en el incidente para la aprobación si correspondiere. 4) Transcribir la presente resolución en cada uno de los edictos que se publique. 5) Dése noticia a la sindicatura y a los martilleros actuantes designados. Insértese y hágase saber. Fdo: Gómez- Crosio” el día 28 de Noviembre de 2018 a las 11,00 hs., en el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civ. Com. y Lab. Nº 7 de la 1ra. Nom. de Casilda, y de resultar inhábil el fijado o suspenderse por causa de fuerza mayor, se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y lugar, el siguiente bien: 1) Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Casilda, Dep. Caseros, Pcia. de Sta. Fe, comprendido en la manzana número Cincuenta y Seis Sección “C” B°. Nueva Roma, individualizado como lote 4 A en el plano Nº 113660/1983 y según el mismo está ubicado en la esquina formada por las calles Buenos Aires y Gral. Guido, mide 13,35 mts. de frente al NE por 15,81 mts. de fondo y frente al NO, encerrando una superficie de 211,60 mts. Linda al NE con calle Gral. Guido, al NO con calle Bs. Aires, al SO con Pedro Bianchi y al SE con lote 4B del mismo plano. Inscripto el Dominio: Matrícula 18-482 - Dpto. Caseros. El bien saldrá a la venta con la Base de $ 700.000; con Retasa del 50% y última retasa del 20% de la Base. Quien resulte comprador abonará en el acto de la subasta el 30% del precio total de compra y a cuenta del mismo, con más el 3% de comisión de ley al Martillero en dinero efectivo y/o cheque certificado, sirviendo el Acta de Subasta de formal recibo del pago de la misma. Los inmuebles saldrán a la venta en las condiciones de ocupación que surgen del acta de constatación (fs. 306). El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente a los 5 días una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de los arts. 497 y 499 del CPCC). Los impuestos, tasas y contribuciones y servicios que se adeudaren y/o confección de planos actualizados serán a cargo del comprador, así como los gastas de escrituración, la regularización de lo construido e I.V.A. si correspondiere, a partir del auto declarativo de quiebra (14-9-93). El impuesto a la Transferencia de Inmuebles deberá acreditarse previo a la aprobación de la subasta. Hágase saber a los oferentes que previamente deberán acreditar por Secretaría su situación fiscal y que no se admitirá compra en comisión. Toda cesión de los derechos derivados del remate deberá practicarse por escritura pública. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. A los fines de obtener el título el adquirente deberá acudir a un Escribano Público a fin de protocolizar los testimonios correspondiente a las diligencias relativas a las ventas y posesión para su inscripción en el Registro general. Previo a la aprobación de la subasta del inmueble deberá oficiarse el Registro general, con copia certificada a fin de que se tome razón de la misma sin que ello implique transferencia alguna. Edictos de Ley en el Boletín oficial y diario de circulación local y estrados del tribunal y/o cualquier otra forma de publicidad adicional. El inmueble se exhibirá dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Hágase saber a los posibles oferentes que en la subasta se aplicará estrictamente lo previsto en el Art. 241 del Código Penal. Del informe del registro General surge que consta el dominio – D.N.I. Nº 6.142.352. Embargo Litigioso Oficio N° 676 fecha 23/5/1994 Juzgado 1ra. Inst. Distrito C. C. y Lab. Nº 7 Casilda. Autos: “Zanotti Juan Carlos y otros s/Conc. Preventivo - Hoy su Quiebra” Expte. 755/93 Presentación 2367 del 24/5/1994-Mayores informes a la Martillera en D. Alighieri 2472 de Casilda – T.E. (03464)421758-15680341. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Casilda, 22 de octubre de 2018 – Agustín M. Crosio, Secretario.

$ 1330 373982 Nov. 12 Nov. 14

__________________________________________