picture_as_pdf 2018-02-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 13717


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1 - Institúyese el 16 de septiembre de cada año como "Día Provincial de las Juventudes" en conmemoración a la denominada "Noche de los Lápices".

ARTÍCULO 2 - La fecha mencionada quedará incorporada dentro del calendario de actos y conmemoraciones de la provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 3 - El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Juventudes y el Gabinete Joven, o los órganos que en el futuro los reemplacen, implementará actividades tendientes a difundir su conmemoración.

ARTÍCULO 4 - El Poder Ejecutivo Provincial habilitará las partidas presupuestarias necesarias para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 3 de la presente ley.

ARTÍCULO 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.


C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 01 FEB 2018

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la

Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado., insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial,.

PABLO GUSTAVO FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

21499

__________________________________________