picture_as_pdf 2018-11-14

JUZGADO FEDERAL

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POR

NATALIO A. CARLUCCI


Por disposición del Señora Jueza a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 Secretaría “B”, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, la Secretaria que suscribe, hace saber que en los autos caratulados “BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/RONDAN ROBERTO s/ Ejecuciones Varias (Expediente Nº 1531/2015) se ha dispuesto que el martillero Natalio A. Carlucci proceda a vender en pública subasta el día 29 de noviembre de 2018 a las 10:30 horas en las puertas del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la Localidad de Villa Cañás (o el siguiente día hábil si el designado fuere feriado a la misma hora y en el mismo lugar). Todo ello del inmueble propiedad del demandado Roberto Antonio Rondan, inscripto en el Registro General Rosario al T° 440, F° 284, Nº 155014 del departamento General López y que a continuación se describe: Un fracción de terreno con todo lo clavado plantado y edificado y demás adherido al suelo, situado en esta ciudad de Villa Cañas, Dto. General López, Santa Fe, parte de la quinta 15, parte del lote Nº 18 de la manzana Nº 55 y plano Oficial, parte a su vez del lote B del plano del ingeniero Víctor A. Martínez Nº 19.427/58, Lote Letra B-dos del plano de subdivisión del agrimensor Arístides M. Canciani, N° 61.820/69, compuesto de 12 m de frente al NE por 19m de fondo y frente al SE. linda; En rumbos expresados con calle Saavedra y pública sin nombre; respectivamente; al S.O. Suc. Alberto Ameri; y al N.O. Lote B -uno. Sup. total 228 M2.; El inmueble saldrá a la venta con la base de $ 800.000 (Pesos Ochocientos Mil) de no haber postores por dicha base el inmueble saldrá seguidamente con una retasa del 25% o sea la suma de $ 600.000 (Pesos Seiscientos Mil) y de persistir tal circunstancia la misma quedará desierta de postores. El inmueble saldrá a la venta en condición de OCUPADO según constancia del acta de constatación de autos. Informa el Registro General Rosario: Dominio inscripto en forma a nombre del demandado. Constan inscriptos los siguientes Embargos: 1) al T° 125 E - F° 2609 – Nº 367.843, de fecha 08/09/2016 por la suma de $ 31.654,72, orden este juzgado y para estos autos, consta ampliación por monto de $ 37.266,90 al T° 24 ME - F° 61 – Nº 338.923; 2) al T° 125E - F° 2879 – Nº 375.585, de fecha 04/10/2016 por la suma de $ 23.378,20, orden este juzgado y para estos autos, consta ampliación por monto de fecha 24/05/2017 por la suma de $ 6.952,45 al T° 24 ME - F° 62 – Nº 338.925. No se registran anotadas hipotecas, pero si las siguientes Inhibiciones: 1) al T° 129 - Letra I - F° 2283 - Aforo 332.260, de fecha 04/05/2017 en autos “ANDECAM S.A. c/Rondan, Roberto Antonio y Otras s/Ejecución Prendaria” (Expte. Nº 278/2016), Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 3 de Capital Federal (Buenos Aires) por la suma de Pesos Sin Monto; 2) al T° 127 - Letra I - F° 3844 - Aforo 345.587, de fecha 19/06/2015 en autos “Banco Macro S.A. c/Rondan, Roberto Antonio s/Ejecutivo” (Expte. Nº 01325476), Juzgado de Distrito 8° Nominación de Rosario (Santa Fe) por la suma de $ 50.645,00.- Condiciones: El comprador abonará en el acto de subasta el 10% del precio de compra con más el 3% en concepto de comisión al Martillero en dinero efectivo o con cheque certificado. El saldo deberá depositarse en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta en el plazo y bajo los apercibimientos del art. 580 del C.P.C.C.N. Quedan a cargo del comprador las deudas que registra el inmueble con las distintas reparticiones, a saber: 1) Municipalidad de Villa Cañas, la suma de $ 8.506,88. Tasa General Inmueble Urbano período 10/2008 a 07/2018, $ 15.433,46.- Obra Cordón Cuneta período 2017, $ 18.738,00.- Contribución de Mejoras por obra de servicio de desagües cloacales, $ 8.671,08.- Registro e Inspección período 01/1995 a 12/2016; 2) Administración Provincial de Impuestos Área Impuesto Inmobiliario, la suma de $ 6.022,29.- periodo 2006-1 a 2018-4 Liquidación al 01/10/2018; 3) Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañas Limitada, la suma de $ 19.610,36.- Agua Potable, $ 18.841,77. Obra Cloaca liquidación al 16/09/2018, el IVA si correspondiere y los gastos de transferencia y escrituración. Se deja expresa constancia que de conformidad por lo normado por el art. 598. inc. 7° del CPCCN, no procederá la compra en comisión. El inmueble será exhibido los dos días hábiles previos al remate en el horario de 11 a 12 hs. Secretaría. Rosario, 17 de Octubre de 2018. – María Susana Parta, Secretaria.

$ 515 374461 Nov. 14 Nov. 16

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

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REMATE

POR

ELIANA G. MARTÍN


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Secretaria de la Dra. Analía Suárez Mónaco, se hace saber que en los autos caratulados “CANTEROS ANDRES ADRIAN c/OTROS s/DESPIDO - OFICIO LEY 22.172”, Exp. N° 1112/2011, la Martillera Eliana G. Martín subastará el día 22 de Noviembre de 2018, a las 15,30 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, sito en calle Entre Ríos N° 238, donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: 1) Un lote de terreno, que es parte del señalado con el N° 6 de la manzana N° 1, en el plano que menciona su título, estando a su vez designado con el N° 2, en el plano de subdivisión suscripto y levantado por el Agrimensor don Tito L. Massa, que se encuentra registrado bajo el N° 6.721, del año 1954, en la Dirección Gral. de Catastro, Dpto. Topográfico, ubicado dentro de la manzana comprendida por las calles Mendoza, 3 de Febrero, Sucre y Paraná, a los 31,55 m. de la calle Mendoza hacia el Sud, a los 32,228 m. según su titulo, y a los 32,38 m., según dicho plano de la calle Sucre hacia el Oeste, compuesto de 8,66 m. en cada uno de sus costados Norte y Sur, por 11,73 m. en cada uno de sus costados Este y Oeste, lo que hace una superficie total de 101,5818 m2., lindando: por el Norte con los lotes Nros. 1 y 3, por el Sur con parte del lote Nº13 del plano que menciona su titulo; por el Este con el lote N° 7 y fondos del lote N° 12 y por el Oeste con parte del lote N° 5. 2) La mitad indivisa de un lote de terreno, señalado como lote N° 3 en el piano del Agrimensor don Tito L. Massa, ubicado en la calle Mendoza entre las de Sucre y Paraná, a los 32,228 m. según título y a los 32,38 m. según dicho plano de esta última calle hacia el Oeste, compuesto de 1,50 m. de frente, al Norte, por 31,55 m. de fondo, lo que hace una superficie total de 47,3250 m2., lindando: por el Norte con la calle Mendoza; por el Sud con parte del lote N° 2, por el Oeste con el lote N° 1, y por el Este con el lote N° 7 y fondos del lote N° 12. Inscripción Dominio T° 441 F° 106 N° 322.432 Dpto. Rosario. Informe del Registro Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de los demandados: no registrándose hipotecas ni inhibiciones, pero si lo siguiente: Embargos: Al T° 124 E, F° 1725, Nº 341.730 del 20.05.2015 o/Trib. Trab. Nº 2 Quilmes (Bs.As.), Exp. N° 23.483, autos: “Canteros Andrés Adrián e/Baloptik S.A. y Ots. s/Despido” por $ 958.420,55; Al T° 126 E, F° 575, N° 319.985; T° 126 E F° 576 N° 319.986; T° 126 E F° 573 N° 319.980; T° 126 E, F° 574, N° 319.981; T° 136 E, F° 569, N° 319,970; T° 126 E, F° 570, N° 319.971; T° 126 E, F° 572, N° 319.977 del 21.03.2017 o/Trib. Trab. Nº 2 Quilmes (Bs.As.), Exp. N° 23.289, autos “Escobar Ramón Ignacio y Otro c/Baloptik S.A. y Ot. s/Despido” por $ 797.867,34; Al T° 126 E. F° 772, N° 326.997; T° 127 E, F° 771, Nº 326.996; T° 127 E, F° 769, N° 326.994; del 12.04.2018 o/Juz. Lab. Quilmes N° 1, Exp. N° 23.289, autos “Escobar Ramón Ignacio y Ot. c/Baloptik S.A. y Ot. s/Despido”, por $ 797867,34; Al T° 124 E, F° 1724, N° 341.729 del 10.06.2015 o/Trib. de Trab. Nº 2 Quilmes (Bs.As.), Exp. N° 23.483, autos “Canteros Andrés Adrián y Ots. c/Baloptik S.A. s/Despido por $ 958.420,55; y Al T° 127 E, F° 770, N° 326.995 del 12.04.2018 o/Trib. Trab. N° 2 Quilmes (Bs.As.), Exp. N° 23.289, autos “Escobar Ramón Ignacio y O. c/Baloptik SA y Ots. s/Despido por $ 797.867,34.- El inmueble saldrá a la venta con la condición de “desocupado” según constancias de autos, con la Base de $ 200.000. Si por la Base no hubiere postores se pondrá nuevamente en venta con una Retasa del 25% de la Base o sea $ 150.000 y de no haber tampoco oferentes por la Retasa la subasta se declarara desierta. Quien resulte comprador abonara en el acto de la subasta el 10% del precio alcanzado, con más el 3% de comisión al martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado. El saldo del precio deberá ser abonado por el adquirente en la judicial aprobación de la subasta. Para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta supere el valor de $ 30.000, el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010, dejándose constancia que respecto del saldo de precio también deberá asimismo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual, de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Se hace saber asimismo que son a cargo del comprador si lo hubiere lo adeudado en concepto de impuestos, tasas, contribuciones, y servicio de agua y cloaca, contribuciones y gastos y honorarios por reclamos judiciales y/o extrajudiciales, pago de liquidación de mejoras y toda otra deuda fiscal relacionada a los inmuebles, son también a cargo del comprador la regularización y/o confección de planos si fuere necesario, toma de posesión, levantamiento de gravámenes, gastos y honorarios correspondientes a la transferencia, e I.V.A. si correspondiere. En caso de cesión de los derechos y acciones de la subasta la misma deberá realizarse por escritura pública. Solo se admitirá la compra en comisión cuando se denunciare nombre, domicilio y número de documento del comitente en el acta de remate. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentara la transferencia de dominio a su favor. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopias de la ficha para juicios, acotándose que luego de la subasta no se admitirán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Informes a la Martillera Tel. 4402392.- Se deja constancia que el diligenciamiento del presente goza del beneficio de gratuidad establecido en el Art. 20 de la Ley L.C.T. y Art. 22 de la Ley 11.53.- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. - Rosario, 8 de Noviembre de 2018 – Dra. Analía Suárez Mónaco, Secretaria.

S/C 374516 Nov. 14 Nov. 20

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REMATE POR

JORGE ALBERTO ROMERO


Por orden señor Juez Primera Instancia en lo C. y C. de la Decimosexta Nominación Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: “BANCO SANTANDER RIO SA C/ OTRA S/ CONCURSO ESPECIAL ( CUIJ 21-02897646-9)” se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día VEINTISEIS de NOVIEMBRE de 2018 a las 15 hs en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario ( Entre Rios 238 Rosario) La MITAD INDIVISA propiedad de la fallida sobre el inmueble consistente en: Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado situado en esta ciudad el que de acuerdo al plano archivado bajo el Nº 101275 del año 1979 es el designado con la letra “p” ubicado sobre el Pje Villegas entre calle Arrieta y Pje Acoyte , a los 99,17 mts de ésta última hacia el Norte y mide 10,10 mts de frente al Oeste 22,96 mts en su lado Norte, 10,05 mts de contrafrente al este y 22,96 mts de fondo en su lado Sud, lindando al Oeste con Pje Villegas, al Norte con lote “o” al Este con Tapenagá SCA y al Sud con Josefa Vitantonio de Viarengo, todos del mismo plano. Encierra una sup de 231,32 mts2.- Cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al Tº 773 Fº 176 Nº 329448 Dep. Rosario registrándose La Hipoteca que se ejecuta a favor de la actora al Tº 474A Fº 462 Nº 329449 de fecha 5/4/2000 por U$S 25.000.-mediante escritura Nº 31 del 22/2/2000 pasada por ante escribano Registro 208 e Inhibición al Tº 27 IC Fº 416 Nº 402352 del 30/11/2017 s/ monto en autos “Luna, Gilda Azucena s/ solicitud de propia quiebra ( Cuij. 2102884451/2017 ) en tramite por ante este Juzgado.- Saldrá a la venta con carácter OCUPADO con una base de $500.000.-. En caso de no haber postores seguidamente con una retasa del 25%, y por último, si persistiera la falta de oferentes, con una última base de $100.000.-, luego del cual será retirado de la venta- Los gastos que adeudare el inmueble en concepto de impuesto, tasas y otros gravámenes hasta la fecha de apertura de la quiebra serán a cargo de la masa falencial, y quedarán a cargo del comprador los impuestos, tasas y otros gravámenes devengados a partir de la fecha del auto declarativo de quiebra hasta la aprobación de la subasta respectiva.- Asimismo, los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (I.T.I.) y provinciales (L.I.A.), quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que gravan la transferencia, asumíéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Asimismo, se hace saber que el acto de subasta se encuentra gravado por el impuesto previsto en el art. 19 inc. 4 d) L.I.A., el que resultará también a cargo del adquirente. Para el caso de compras por terceros, es condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de 5 días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. El adquirente deberá abonar en el acto el 10% del valor de venta en concepto de seña y el 3% de la venta en concepto de comisión al martillero. Asimismo, que atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., si la seña a abonar en el momento del remate fuere inferior a la suma de $30.000.- podrá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior podrá completarse el monto mediante cheque certificado y/o cheque cancelatorio, o mediante depósito efectuado en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos, con anterioridad al acto de remate, debiendo agregarse al acta la correspondiente constancia emitida por el Banco Municipal de Rosario. En tal caso, si resultare excedente a favor del comprador, el mismo podrá requerir su devolución dentro de los dos días de efectuada la subasta..El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C, Con respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos. El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art. 505 párrafo 2° del C.P.C. Exhibición del inmueble a subastar los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11 a 12 hs.- En autos se encuentra copia de la escritura de Hipoteca y en donde se relaciona el título de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se aceptará reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos.-Conforme resolución 745 Afip Cuit martillero 20-11270660-8 y DNI propietaria 13.255.632.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 12 de Noviembre de 2018.Fdo Dra Sedita.secretaria

S/C 374787 Nov. 14 Nov. 22

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REMATE POR

GUSTAVO ADOLFO SANDMANN


Por orden Sr. Juez Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber en autos: “DI TORO DOMINGO S/ SUCESION”. (Expte. Nº 762/2009 CUIJ: 21-01615901-5), se ha dispuesto que el Martillero Público Gustavo Adolfo Sandmann, (Mat. 2157-S-159 - CUIT Nº 20-25941699-0), venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 26 de noviembre de 2018 a las 14.00 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos Nº 238), la totalidad (100%) de un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado, consistente según título en: “Un lote de terreno , situado en los Suburbios al Nord Oeste de esta Ciudad, con frente al Pasaje que existe entre las calles Esteban Echeverría, calle Falucho y el lote número diez y nueve B, cuya ubicación empieza a los treinta y ocho metros ciento cuatro milímetros de la esquina de la calle Esteban Echeverría y el referido Pasaje en dirección al Este; compuesto de 9 metros 526 milímetros de frente al Sud, por 27 metros 712 milímetros de fondo; lindando: Sud referido Pasaje, al Oeste con Don A. Delgado, al Este con vendedores y al Norte con terreno que fue de los vendedores” sito en Calle Pasaje CILVETTI 564 de Rosario. El dominio consta inscripto en el Registro General Rosario a nombre de los herederos al T° 40 I, F° 00185, N° 003773 - Dpto. Rosario. Registrándose libre de Hipotecas e Inhibiciones, pero si el siguiente embargo: inscripto al T° 127E, F° 545, N° 321014, de fecha 20/03/2018, por $10.000.- ordenado en estos autos. La propiedad se venderá con la base $3.000.000.- una retasa del 50% de la base, siendo la última base el 25% de la primera. El inmueble saldrá a la venta DESOCUPADO, conforme el acta de constatación. Los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (I.T.I.) y provinciales (L.I.A.), quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que gravan la transferencia, asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Asimismo, se hace saber que el acto de subasta se encuentra gravado por el impuesto previsto en el art. 19 inc. 4 d) L.I.A., el que resultará también a cargo del adquirente. Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. Modalidad de pago: Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto el 10% del valor de venta en concepto de seña y el 3% de la venta en concepto de comisión al martillero. Asimismo, que atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., si la seña a abonar en el momento del remate fuere inferior a la suma de $30.000.- podrá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior podrá completarse el monto mediante cheque certificado y/o cheque cancelatorio, o mediante depósito efectuado en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos, con anterioridad al acto de remate, debiendo agregarse al acta la correspondiente constancia emitida por el Banco Municipal de Rosario. En tal caso, si resultare excedente a favor del comprador, el mismo podrá requerir su devolución dentro de los dos días de efectuada la subasta. El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C., dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal-Sucursal Caja de Abogados – a la orden de este juzgado y para estos autos. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art. 505 párrafo 2° del C.P.C. Para el supuesto que no existan oferentes por la suma fijada para la retasa, el bien será retirado de la venta. Hágase saber que previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General Rosario, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón marginal de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la realización de la subasta y a los fines de los art. 494 y 495 del C.P.C y permanecerá en secretaría. Hágase saber que en autos se encuentra agregada copia de los títulos de propiedad, debiendo conformarse con las constancias obrantes en autos, no admitiéndose reclamación alguna por la falta y/o insuficiencia de títulos después del remate. El inmueble podrá ser visitado en el horario de 16:30 a 18:30 hs., los días 22 y 23 de noviembre. Todo lo que se hace saber, a los efectos legales. Rosario, noviembre 12 de 2018.- Dr. PEDRO A. BOASSO - Juez, Dra. MARÍA SOL SEDITA - Secretaria.

$ 980 374780 Nov. 14 Nov. 20

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CASILDA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

DE FAMILIA


POR

HÉCTOR ALFREDO MARI


Por orden de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito de Familia de Casilda, el Secretario que suscribe hace saber que en autos: “FERNÁNDEZ NANCI G. c/OTRO s/Apremio por Cuotas Alimentaria” (Expte. 946/2016), se ha dispuesto que la el Martillero Héctor Alfredo Nari (Mat. 486-M-48- CU1T 20-08433522-4), venda en pública subasta el día 07 de Diciembre de 2018 a las 10,00hs, en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia de Casilda, sito en Hipólito Irigoyen 2298 P.B. de Casilda, el 50% Indiviso del Inmueble inscripto al T° 343 – Fº 27 - N° 300491 - Dep. Caseros., que se describe: “un lote de terreno con lo en él existente, situado en la ciudad de Casilda, Dep. Caseros. pcia. Sta. Fe, comprendido en la manzana designada en el plano oficial de la ciudad, con el N° 28 de la Sección D del Barrio Nueva Roma, y constituye el lote 24 en el plano de mensura y subdivisión N° 149197/2004, está ubicado con frente a Bvard. Villada a los 31,73 mts. de la calle Alsina hacia el NE, mide 10 mts. de frente al SE por 43 mts. de fondo, encerrando una superficie de 435 m2. Linda por su frente al Sud-Este con Bvard. Villada, al SO, en parte con lote 23 y en el resto fondos del lote 20, al NO con parte del lote 19 y al NE con lote N° 25, todos del mismo plano de mensura; con la Base de $ 48.901; en caso de no haber postores, con la retasa del 25% $36675,75 y de persistir dicha situación, con la última base del 50% de la primera $ 24.450 Debiendo el adquirente abonar el 20% del precio total en el acto de subasta con más 3% de comisión al martiliero, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado y/o cheque cancelatorio. Para el caso que cualquiera de los pagos antes mencionado supere el valor de $ 30.000 no podrán abonarse en efectivo debiendo utilizar los medios de pago mencionados conforme disposición del Bco. Central Rep. Arg. según comunicación A 5147 de fecha 23-11-2010 y Circular N° 91 Poder Judicial; y el saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal Casilda, en una cuenta judicial a la orden de este Juzgado y para estos autos, dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa capitalizada que cobra el Bco.Nación Argentina desde la fecha de la subasta y hasta el efectivo pago, sin perjuicio del apercibimiento del Art. 497 del C.P.C.C.S.F. Dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación A 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. El bien saldrá a la venta en las condiciones que surgen del acta de constatación obrante en autos, a fs. 70. A los fines de ingresar al acto de subasta se deberá exhibir los montos en efectivo (hasta el límite permitido) o constancia de cuenta bancaria (caja de ahorro o cuenta corriente) con saldo disponible y/o cheque certificado y/o cheque cancelatorio, todo ello que alcance en conjunto como mínimo al 20% de la primera base y el 3% de comisión. Se deja constancia que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Serán a cargo del adquirente los impuestos, tasas y contribuciones adeudados, nacionales, provinciales, municipales o comunales), e IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán a exclusivo cargo del comprador en subasta. También serán a cargo del comprador los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/ medianerías en su caso y cualquier otro impuesto, sellado, tasa que por cualquier concepto grave el acto de subasta, el inmueble o la transferencia. Entre los impuestos a cargo del comprador se incluye, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23905) o ganancias, impuesto provincial sobre ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. f. Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a Escribano Público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. Copia de los títulos de propiedad agregados al expediente, no admitiéndose reclamos posteriores por falta o insuficiencia de los mismos. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate Previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta a fin de que se tome razón de la misma, y acompañar el martillero el oficio diligenciado., sin que implique transferencia de dominio a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes, mediante escritura pública con intervención del escribano que deberá proponer el adquirente. Publíquense edictos en el Boletín Oficial .y Tablero del Juzgado. Del informe del Registro Gral. de Propiedades surge que consta el dominio del inmueble a nombre del demandado (D.N.I. N° 25.959.847 - Embargo: T° 125 E, - F° 3316 – Nº 42.250 $ fecha: 03/11/2016; en autos en que se ordena la presente subasta. El inmueble se exhibirá el día hábil anterior a la subasta en el horario de 10 a 11 hs. Mayores informes al Martillero en D. Alighieri 2472 de Casilda - TE (03464)-421758-15680341. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Casilda, 6 de noviembre de 2018 – Fdo.: Dr. Luciano A. Ballarini, Secretario.

$ 1059 374382 Nov. 14 Nov. 20

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y EL TRABAJO


POR

JORGE VACCHINO


Por disposición Sr. Juez Juzgado Civil, Comercial y Laboral N° 1 Nominación – Distrito Judicial Nº 7 de la ciudad de Casilda, a cargo de la Dra. Clelia Carina Gómez (Juez) - Secretaría subrogante Dra. Viviana Guida dentro de los autos: SINDICATURA ZANOTTI JUAN CARLOS y ZANOTTI, OSCAR s/Quiebra - Expte. 1080/93, se ha dispuesto que el martillero Jorge Vacchino venda en pública subasta el día 11 de diciembre de 2018 a las 10:00 h. en los estrados del Tribunal tres lotes de terreno “desocupados” de la ciudad de Casilda para lo cual se ha dictado lo siguiente: N° 1662- Casilda 19 de octubre 2018. Agréguense las actas e informes acompañados. Fíjase como fecha de subasta el día 11 de diciembre del 2018, a las 10 horas en los estrados de este Tribunal, en caso de resultar inhábil o de suspenderse por fuerza mayor se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y lugar. Se subastará 1) El 100% del terreno lote “A” del inmueble inscripto bajo el dominio Tº 280 – Fº 442- N° 231279 del Dpto. Caseros, saldrá con la base de $ 600.000

con una retasa del 25%, 2) El 100% del lote de terreno “d” del inmueble inscripto bajo el dominio T” 280 – Fº 441- N° 231278 del Dpto. Caseros saldrá con una base de $ 600.000 con una retasa del 25%, 3) El 100% del lote de terreno de 3.800m2. del inmueble inscripto bajo el dominio Tº 280 – Fº 443 - N° 231280 del Dpto. Caseros, saldrá a la venda con una base de $ 1.000.000 con una retasa del 25%. El comprador deberá abonar el 20% a cuenta del precio en el acto de la subasta y a cuenta del mismo, con más el 3% de comisión al martillero. Todo en dinero efectivo o cheque certificado. El bien a subastar saldrá a la venta en las condiciones de ocupación surgen del acta de constatación acompañada (desocupados). El saldo de precio se depositará judicialmente a los 5 días una vez aprobada la subasta bajo apercibimiento de lo establecido por los arts. 497 y 499 del C.P.C.C.S.F. Cumpliméntese con lo previsto por los arts. 488 y 506 del C.P.C.C.S.F si correspondiere. Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudare el inmueble y/o confección de planos actualizados son a total cargo del comprador, como así también gastos de escrituración, la regularización de lo construido, el IVA si correspondiere, a partir de los autos declarativo de la quiebra. El impuesto a la transferencia de inmuebles deberá acreditarse previo a la aprobación de la subasta. Hágase saber a los oferentes que previamente deberán acreditar por Secretaría su situación fiscal y, que no admitirá compra en comisión. Toda cesión de los derechos derivados del remate deberá practicarse por escritura pública. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Asimismo, hágase saber que no se admitirán compra en comisión. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a un Escribano Público a fin de protocolizar los testimonios correspondientes a las diligencias relativas a las ventas y posesión para su inscripción en el Registro General. Previo a la aprobación de la subasta de inmueble se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada a fin de que se tome razón de la misma sin que ello implique transferencia alguna. Edictos de ley en el boletín oficial y diario de circulación local y estrados del Tribunal y/o cualquier otra forma de publicidad adicional. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines del art. 494 495 del C.P.C.C.S.F. y permanecerá en Secretaría. Fecha de exhibición dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Hágase saber a los posibles oferentes en la subasta se aplicará estrictamente lo previsto por el art. 241 del Código Penal el que a continuación se transcribe “...Será reprimido con presión de 15 días a 6 meses: 1) el que perturbare el orden en las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los Tribunales de justicia o donde quiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones; 2) el que sin estar comprendido en el art. 237 impidiere o estorbare a un funcionario público cumplir un acto propio de sus funciones...”. El presente artículo deberá ser leído en forma textual previo a la realización del remate por el martillero designado en autos. Ofíciese a sus efectos. Notifíquese por cédula. Autos: “Sindicatura Zanotti Juan Carlos y Zanotti Oscar s/Simulación-Fraude (Quiebra)- Expte. 1080/93.- No surgen embargos, inhibiciones ni hipotecas. En autos Zanotti, Juan Carlos s/Quiebra - Expte. 755/1991 se ha dictado lo siguiente: N° 395 Casilda, 19 de abril de 2018. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ordenar se subasten los inmuebles referidos en los considerandos de los presentes incidentes en los que revocaron las ventas oportunamente realizadas por el fallido. 2) Notificar de la presente a los allí demandados, Sres. Pagura, Juan Carlos, Héctor Castagnani y Daniel Giugge por cédula a sus respectivos domicilios legales y reales. 3) Ordenar que el producido de cada una de las subastas sea directa e inmediatamente depositado en estos autos con constancia en el incidente para la aprobación si correspondiere. 4) Transcribir la presente resolución en cada uno de los edictos que se publique. 5) Dése noticia a la Sindicatura y a los martilleros actuantes designados. Insértese y hágase saber”. Dr. Agustín M. Crosio (Secretario) - Dra. Clelia Carina Gómez (Juez) - N°…....., Casilda, 6 de noviembre de 2018. Desígnase nueva fecha de la subasta en la misma hora y lugar, con la misma base y condiciones que estaban en los autos N° 1662/18. Dra. Clelia Carina Gómez (Juez) - Secretaría Subrogante Dra. Viviana Guida. Aclaración Terrenos 1) Lote “A”-Manz. 7 – 455 m2. sito en calle Buenos Aires Nº 3530 2) Lote “d” Manz 8. 455 m2. sito en calle Buenos Aires • 3638 y Lote 3.800m2 sito en calle Buenos Aires 4680 Esquina Av. Dr. Tomat. - Copia de títulos en autos a disposición de los interesados no admitiéndose ningún reclamo por falta o insuficiencia de los mismos después de la subasta. Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar. Secretaría, 6 de noviembre de 2018. Dra. Viviana Guida, Secretaria subrogante.

S/C 374525 Nov. 14 Nov. 22

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POR

LAURA BUZEY


Ordénase la venta en pública subasta del 50% indiviso del inmueble de cotitularidad del demandado, embargado en autos “SANITA ANDREA c/Otro s/Incidente de Apremio” - Expte. 571/17, la que realizará la Martillera actuante, Buzey, Laura Elvira en el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito de Familia de Casilda, sito en Hipólito Irigoyen Nº 2298, P.B. - Casilda (C.P. 2170) Santa Fe, el día 30 de Noviembre de 2018 a las 11:00 horas. Saldrá a la venta el 50% indiviso del inmueble cuya descripción es la siguiente: el lote 25 de la manzana 46 Sec. “C” NR. plano 134.365/1993, inscripto dominio en Matrícula 18-2853 Departamento Caseros. Sup. 460 m2. Mide 11,50 mts. De frente al Sud oeste por 40 mts. de fondo y linda: por su frente al Sudoeste con calle Pueyrredón; al Nord Oeste con el lote 26 y Jorge Giacumino al Nordeste con fondos del lote 21 y al Sudeste con fondo de los lotes 24, 23 y 22 del plano antes señalado. Se ofrecerá con una base de $ 490.000,00 (pesos cuatrocientos noventa mn). Para el caso de no haber postores se ofrecerá seguidamente y en el mismo acto con una retasa del 25%, es decir, $ 367.500.00 (pesos trescientos sesenta y siete mil quinientos) y de persistir la falta de oferentes el bien se ofrecerá a continuación con una base mínima del 50% del precio base, es decir, $ 245.000,00 (pesos doscientos cuarenta y cinco mil). En el acto de remate al comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante (3%), en efectivo y/o cheque certificado y/o cheque cancelatorio. Para el caso que cualquiera de los pagos antes mencionados supere el valor de $ 30.000, no podrán abonarse en efectivo, debiendo utilizar los medios de pago mencionados conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de, fecha 23.11.2010 y Circular Nº 91 Poder Judicial, a tales fines se autoriza al martillero interviniente a gestionar la apertura de cuenta judicial a nombre de autos ante al Nuevo Banco de Santa Fe Suc. Casilda. A los fines de ingresar al acto de subasta se deberán exhibir los montos en efectivo (hasta el límite permitido) o constancia de cuenta bancaria (caja de ahorro o cuenta corriente) con saldo disponible y/o cheque certificado y/o cheque cancelatorio, todo ello que alcance en conjunto como mínimo él 20% de la primera base y el 3% de comisión. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial de Nuevo Banco de Santa Fe, Suc. Casilda, para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa capitalizada que cobra el Banco Nación Argentina desde la fecha de la subasta y hasta el efectivo pago sin perjuicio del apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. En el plazo de cinco días posteriores a la celebración de la subasta el martillero deberá tramitar el oficio al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El inmueble se subastará en el estado de ocupación que consta en autos. Los impuestos, tasas contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a cargo del comprador los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso y cualquier otro impuesto, sellado, tasa que por cualquier concepto grave el acto de subasta, el inmueble o la transferencia. Entre los impuestos a cargo del comprador se incluye, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F. Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505, 2° párrafo del CPCC. Intímese a los ocupantes del inmueble a permitir la exhibición los días 27 y 29 de Noviembre en el horario de 9:00 a 10:00 horas, bajo apercibimientos de astreintes y/o de ser compelidos los ocupantes con apoyo de la fuerza pública, en presencia de la Martillera y de Oficial de Justicia que certificará todo lo sucedido durante dicho día y horario. - Fdo. Dr. Luciano Ballarini (Secretario).

$ 957 374388 Nov. 14 Nov. 20

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