picture_as_pdf 2019-01-15

REGISTRADA BAJO EL N° 13797


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Declárase el día 27 de julio de cada año como "Día Provincial de la Resiliencia".

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

C.P.N. RUBÉN PIROLA

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 7 ENE 2019

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-

Dr. Pablo G. Farías

Ministro de Gobierno

Y Reforma de Estado

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