picture_as_pdf 2018-02-16

REGISTRADA BAJO EL Nº 13729


LA LEGISLATURA DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1 - Institúyese como “Fiesta Provincial del Frutillero”, a la que anualmente se realiza entre el último fin de semana de octubre y primer fin de semana de noviembre, en la localidad de Desvío Arijón, departamento San Jerónimo.

ARTÍCULO 2 - Declárase a la localidad de Desvío Arijón, Departamento San Jerónimo, como sede permanente de la Fiesta Provincial del Frutillero.

ARTÍCULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFANTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 1 de Febrero de 2018.

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

PABLO GUSTAVO FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado.

21542

__________________________________________