picture_as_pdf 2018-02-16


REGISTRADA BAJO EL Nº 13735


LA LEGISLATURA DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1 - Exímese del pago de impuestos, tasas, retributivas de servicios y contribuciones provinciales, correspondientes al inmueble en propiedad horizontal, sito en calle Laprida 972 de la ciudad de Rosario, y a sus propietarios/as, por el período comprendido desde el mes de febrero de 2016 hasta que la repartición competente de la Municipalidad de Rosario determine su habitabilidad.

ARTÍCULO 2 - Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer las acciones necesarias a fin de suspender los cobros de facturas de la Empresa Provincial de la Energía y de Aguas Santafesinas durante el mismo período. Asimismo, se encomienda al Poder Ejecutivo gestionar ante la Empresa Litoral Gas S.A. idéntico beneficio tarifario.

ARTÍCULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 1 de Febrero de 2018.

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

PABLO GUSTAVO FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado.

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