picture_as_pdf 2017-04-17

GESA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


A los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio se publica por el término de Ley.- Se procedió por Asamblea General Ordinaria de fecha 18/12/2014 a la designación del Directorio por el término de tres ejercicios.

Presidente: Enzo Atilio Bertone DNI 10.677.380 con domicilio real 7 de Marzo 1631 Santo Tomé (3016) Pcia. de Santa Fe.

Vicepresidente: Juan Carlos Cappriz DNI 5.531.726 con domicilio real 25 de mayo 2051 7mo piso Santa Fe (3000)

Directores Titular: Enrique Juan Rolla DNI 7.734.382 con domicilio San Martín 1945 5to. piso Santa Fe (3000)

Director Suplentes: Olga Tupen de Albrecht DNI 10.413.894 con domicilio real en calle Amenábar 3045 Santa Fe, José Luis Chavarini DNI 6.263.767 con domicilio real San Martín 705 San Gerónimo Norte (3011) Pcia. de Santa Fe y Eduardo Alberto Lucio Racca DNI 5.999.879 Avellaneda 1849 Santo Tomé (3016 Pcia. de Santa Fe.

Luego todos los designados, aceptan de plena conformidad, incorporándose en la presente acta a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Santa Fe sus respectivos datos de identidad, fijando todos ellos como domicilio especial en Bv. Pellegrini 2471, Santa Fe (3000) (Art. 256 de la Ley 19.550 y sus modificaciones).-

Santa Fe, 03 de Abril de 2017. Jorge Luis Freyre, secretario.

$ 225 320069 Ab. 17 Ab. 21

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COOPERATIVA DE CONSUMO

DE ELECTRICIDAD LIMITADA

DE CAÑADA DE GOMEZ


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Parte pertinente del Acta Nro.815 de fecha 03 de febrero de 2017, correspondiente a la reunión del Consejo de Administración de la Cooperativa de Consumo de Electricidad Limitada de Cañada de Gómez, Matrícula Nac.4144, Matrícula Pcial. 799

Distribución de Cargos: Conforme lo resuelto por la Asamblea General Ordinaria del 25 de noviembre de 2016 (Acta Nro.814/A-55), se procede a la Distribución de Cargos del Consejo de Administración de la Cooperativa de Consumo de Electricidad Limitada de Cañada de Gómez, quedando constituido de la siguiente manera:

Titulares

Presidente Massiccioni, Juan Alberto

Vice-Presidente Colotti, Alberto

Secretario Toledo, Miguel Ángel

Pro-Secretario Moracci, Baldivio

Tesorero Marinucci, José

Pro-Tesorero Falleroni, Osvaldo

Vocales Titulares

Di Lupidio, Nelson Pascual

Sarasibar, Américo

Terraneo, Oscar

Carlini, Rosendo

Vocales Suplentes

Dardini, Hugo Juan

Cairoli, Víctor

Síndico Titular Colmegna, Gerardo

Síndico Suplente Torresi, Elvio

$ 45 319695 Ab. 17

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ROBERTO E IVO LENCIONI S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


En la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, a los 08 días del mes de noviembre de 2016, la sociedad ROBERTO E IVO LENCIONI S.A., mediante Asamblea Gral. Extraordinaria Nº 10, decidió modificar los artículos 1, 2, 9, 11, 12 y 14 de su estatuto social, quedando redactados estos de la siguiente manera: ARTÍCULO 1°: La sociedad se denomina ROBERTO E IVO LENCIONI S.A., continuadora de ROBERTO E IVO LENCIONI S.A., y tiene su domicilio legal en la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales o agencias en cualquier punto del país o del extranjero. Su duración es de sesenta años contados a partir del día primero de abril de mil novecientos ochenta y siete. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de accionistas, previa inscripción y cumplimiento de los requisitos legales. ARTÍCULO 2°: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte del país o del extranjero, a la realización de las siguientes actividades: Comerciales: mediante la compra, venta, importación, exportación, representación, comisión y consignación de artículos de óptica, fotografía, televisión y aparatos de uso médico, ortopedia, laboratorio fotográfico y cinematográfico, artículos eléctricos y para el hogar; Industriales: mediante la industrialización de cristales para uso óptico, fabricación de materiales de plásticos y productos para laboratorios fotográficos; Financieras: mediante el aporte de capitales a empresas y/o sociedades anónimas y/o sociedades en comandita por acciones, conforme limitación establecida por el artículo 30 de la ley de sociedades comerciales, constituidas o a constituirse para operaciones realizadas o a realizarse; prestamos en general, con garantía real o personal o sin garantía, a corto, mediano y largo plazo, para financiar operaciones realizadas o a realizarse, que deriven de su giro comercial, así como la compra - venta de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los sistemas creados o a crearse, exceptuándose las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o cualesquiera otras en las que se requiera el concurso público; Agropecuarias: mediante la explotación en todas sus formas, por sí o por terceros, de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas y forestales, de propiedad de la sociedad o de terceros, tomados estos últimos, bajo cualquier modalidad contractual. En los casos que por el tipo de actividades denunciadas en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en áreas pertinentes, la sociedad realizará la contratación de los servicios profesionales conforme a las leyes en vigencia. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, reglamentaciones vigentes y por este Estatuto. ARTÍCULO 9º: La sociedad será administrada por un directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de diez directores titulares, debiendo elegir entre los electos al presidente, si el directorio es unipersonal, y al vicepresidente, si existe pluralidad de miembros. La Asamblea deberá elegir suplentes en igual o menor número, que se incorporarán al directorio en el orden de su designación, para subsanar la falta de directores por cualquier causa. Podrán ser reelectos indefinidamente y durarán tres ejercicios en sus funciones, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que sean designados sus reemplazantes por la Asamblea General Ordinaria, en los términos del artículo 234 de la ley 19.550. Los directores están sujetos a todas las disposiciones sobre designación, atribuciones, responsabilidades y remoción, pudiendo esta última medida adoptarse por la asamblea, con carácter general para todo el Directorio. ARTÍCULO 11°: Cada director, como garantía de su gestión y mientras permanezca en sus funciones, depositará en la caja de la sociedad, la suma de quince mil ($ 15.000) pesos, en efectivo. ARTÍCULO 12°: Son atribuciones y deberes del directorio, la administración y dirección de la sociedad, con los más amplios e ilimitados poderes generales y especiales de administración y disposición de bienes. Dentro de esas facultades y poderes que ejercitarán sin otra limitación que las expresamente establecidas por las leyes, este estatuto y disposiciones emanadas de la asamblea general de accionistas, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales a que se refiere los artículos 375 (con excepción de lo establecido en sus incisos a), b) y c) y 1191 del Código Civil y Comercial, y artículo 9º del Decreto Ley 5965/93. Podrán celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos y contratos, comprar, gravar y vender inmuebles, operar con los bancos nacionales, provinciales, mixtos o particulares, y demás instituciones financieras, oficiales, mixtas o privadas, lo mismo que otorgar poderes judiciales o revocarlos, inclusive para formular, denunciar y querellar criminalmente o extrajudidales con el objeto y extensión que juzgue conveniente, a una o más personas. El directorio podrá encomendar a alguno o algunos de sus miembros tareas especiales en la dirección y administración. Podrá asimismo delegar la parte ejecutiva de las operaciones sociales en uno o más gerentes o apoderados, cuya designación podrá recaer en los miembros del directorio.; ARTÍCULO 14º: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el art. 284 de la ley de sociedades comerciales- t.o. 1984.- cuando por aumento de capital la sociedad quedará comprendida en el art. 299 inciso 2do. de la ley citada, en ese ejercicio la asamblea general deberá elegir un síndico titular y uno suplente por el término de tres ejercicios, adecuándose asimismo a las disposiciones estatutarias de su tipo. Mientras mantenga vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el art. 55 de la ley de sociedades comerciales t.o. 1984-. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 10 Inc. “a” ley 19.550).

Rafaela, 31 de Marzo de 2017. Gisela Gatti, secretaria.

$ 1021 319827 Ab. 17

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PRODUCTOS DEL LITORAL S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1. Fecha del instrumento: 20 de Abril de 2016

2. Cesión de cuotas: El Sr. José María Méndez, vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad PRODUCTOS DEL LITORAL S.R.L. que a la fecha son Cuatrocientas (400) cuotas sociales que a su valor de Pesos Cien ($100.-) cada una, totalizan un capital de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000.-), a los Sres.: Gerardo Pedro Bongiovanni, Franca Bongiovanni y Marco Bongiovanni, quienes las adquieren en la siguientes proporciones; el Sr. Gerardo Pedro Bongiovanni la cantidad de Doscientos Cauarenta cuotas sociales que a su valor de Pesos Cien ($100.-) cada una, totalizan un capital de Pesos Veinticuatro Mil ($ 24.000.-), la Srta. Franca Bongiovanni la cantidad de Ochenta (80) cuotas sociales que a su valor de Pesos Cien ($100.-) cada una, totalizan un capital de Pesos Ocho Mil ($ 8.000.-), y el Sr. Marco Bongiovanni la cantidad de Ochenta (80) cuotas sociales que a su valor de Pesos Cien ($100.-) cada una, totalizan un capital de Pesos Ocho Mil ($ 8.000.-). La cesión es realizada por la suma de Pesos ($ 90.000.-), que el socio cedente José María Méndez recibe en dinero efectivo de los Sres. Gerardo Pedro Bongiovanni, Marco Bongiovanni y Franca Bongiovanni en este acto.

Los Sres. José María Méndez, Gerardo Pedro Bongiovanni, Franca Bongiovanni y Marco Bongiovanni en su carácter de Cedentes y Adquirentes, declaran conocer y aceptar la documentación social de la que surge la situación, económica, financiera y patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social cuyo texto ratifican expresamente.-

3. Datos personales nuevos socios: Marco Bongiovanni, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, de estado civil soltero, nacido el 23 de Noviembre de 1990, con domicilio en Arenales No 873 de la ciudad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe , con D.N.I. Nro. 35.447.558, CUIT 20-35447558-9, la Srta. Franca Bongiovanni, de nacionalidad argentina, de profesión psicóloga, de estado civil soltera, nacida el 15 de Mayo de 1987, con domicilio en Arenales N° 873 de la ciudad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe, con D.N.I. Nro. 32.780.345, CUIT 27-32780345-5

$ 87 319884 Ab. 17

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HERRA-GER S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Integrantes de la sociedad: los Sres. Indago Susana Amalia, argentina, nacida el 13/11/1950, DNI Nº 6.434.592, CUIT 27-06434592-9, de profesión comerciante, casada en primeras nupcias con Realini Víctor Ramón José, domiciliada en calle Córdoba 2974 Piso 2 Dto. A, de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el Sr. Realini Víctor Ramón José, argentino, de profesión comerciante, nacido el 26/03/1943, DNI Nº 6.050.402, CUIT 20-0605D402-5, casado en primeras nupcias con Indago Susana Amalia con domicilio en calle Córdoba 2974 Piso 2 Dto. A, de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe y el Sr. Realini Germán, argentino nacido el 04/04/1977, DNI Nº 25.712.879, CUIT 20-25712879-3, de profesión comerciante, soltero con domicilio en calle Córdoba 2974 Piso 2 Dto. A, de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe únicos socios de HERRA-GER S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 31 de Octubre de 2006 en contratos al tomo 157 Folio 24057 N° 1848; reactivación y aumento de capital inscripto en el Registro Público de Comercio con fecha 26 de Enero 2012 en contratos al tomo 163 Folio 2662 Nº 141 de común acuerdo, resuelven la reactivación de la sociedad según reza el artículo 95 in fine de la ley 19.550, precediéndose asimismo al aumento de capital social y modificación del socio gerente

Fecha de Constitución: 13/02/2017

Denominación: HERRA-GER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Domicilio: San Luis 2923 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe

Duración: La sociedad tendrá un plazo de cinco (5) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto la comercialización de herrajes para obras y muebles y articules de ferretería al por mayor y por menor -. A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato.

Capital:: El capital social es de doscientos mil pesos ($ 200.000) dividido en 20.000 cuotas de $ 10.- (pesos diez) cada una totalmente todo integrado.

Los socios deciden por unanimidad el aumento de capital social de doscientos mil pesos ($200.000) a doscientos sesenta mil pesos ($260.000), siendo el aumento de sesenta mil pesos ($60.000) El presente aumento se suscribe en la siguiente proporción: El Sr. Realini Germán, la cantidad de dos mil (2000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, que representan la suma de pesos veinte mil ($20.000); la Sra. Indaco Susana Amalia, suscribe la cantidad de dos mil (2000) cuotas de diez pesos ($10) cada una, que representan la suma de pesos veinte mil ($20.000) ; y el Sr. Realini Víctor Ramón José la cantidad de dos mil (2000) cuotas de diez pesos ($10) cada una, que representan la suma de pesos veinte mil ($20.000). El aumento de capital queda totalmente suscripto, en un 25% en este acto y el 75% restante a dos años, todo en efectivo. En consecuencia, el capital social queda fijado en la suma de Doscientos sesenta mil pesos ($260.000), representado en veintiséis mil (26.000) cuotas sociales de pesos diez ($10) cada una, suscriptas de la siguiente manera: El Señor Realini Germán, la cantidad de ocho mil seiscientas sesenta y siete (8667) cuotas de pesos diez ($10) cada una, que representan la suma de pesos ochenta y seis mil seiscientos setenta ($ 86.670); la Señora Indago Susana Amalia, la cantidad de ocho mil seiscientas sesenta y siete (8667) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, que representan la suma de pesos ochenta y seis mil seiscientos setenta ($ 86.670) y el Señor Realini Víctor Ramón José la cantidad de ocho mil seiscientos sesenta y seis (8666) cuotas de pesos diez ($10) cada una, que representan la suma de pesos ochenta y seis mil seiscientos sesenta ($ 86.660). Estando el capital inicial de $200.000(pesos doscientos mil), totalmente integrado.

Administración y Representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de socios gerentes, teniendo el uso de la firma social en forma indistinta, mencionando en cada caso que lo hacen en representación de la sociedad, Los gerentes tendrán todas y cada una de las facultades para representar a la sociedad ante los distintos organismos nacionales, provinciales y/o municipales, como asimismo para realizar todos los actos comerciales tendientes al logro del objeto social. Por unanimidad se resuelve designar como nuevo gerente al señor, Realini Víctor Ramón José, argentino, DNI 6.050.402, comerciante quien acepta en este acto dicho cargo.-

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes en cualquier momento pueden revisar todos los documentos y comprobantes de la sociedad, pudiendo nombrar profesionales para tales funciones, quienes podrán efectuar balances, compulsas, arqueos y todo lo que fuere necesario de acuerdo a la finalidad para la cuál fueron contratados, siendo los honorarios a cargo del socio que lo designe. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad, los socios expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Se reunirán cuantas veces lo requieran los negocios sociales convocados por uno cualquiera de los socios. La convocatoria se hará por un medio fehaciente, con cinco días de anticipación, de modo que quede constancia en la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo provisto en el artículo 158 de la citada ley.

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Mayo de cada año

$ 165 319772 Ab. 17

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AVÍCOLA LOS MOLINOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


AVÍCOLA LOS MOLINOS S.R.L.-, CUIT 30-71010293-3, inscripta en el Registro Público de Comercio el 26 de abril de 2007, en Contratos al Tomo 158, Folio 9259, N° 690, don domicilio en Ruta 92 Km 14,2 de la localidad de Los Molinos, ha aumentado el Capital Social y prorrogado por decisión unánime de sus socios, su vencimiento social por el término de diez años a contar de su vencimiento, quedando las cláusulas cuarta y quinta redactada de la siguiente manera, en un todo de acuerdo al Acta ?11, celebrada el 15 de febrero de 2017, aprobada por unanimidad:

Cuarta: Duración: el término de duración de la sociedad será (20) veinte años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir hasta el 26 de abril de 2027.-

Quinta: Capital Social: Aporte de los Socios: el capital social se fija en la suma de $ 530.000.- (pesos quinientos treinta mil), divididos en cinco mil trescientas cuotas de capital de $ 100.- (pesos cien) cada una, suscriptas e integradas por los socios en las proporciones y formas siguientes: el señor Gustavo Ricardo Zabala, suscribe e integra la cantidad de 2.650 cuotas de capital que representan $ 265.000.- (pesos doscientos sesenta y cinco mil) y la señora Paulina Torresi, suscribe e integra la cantidad de 2.650 cuotas de capital que representan $ 265.000.- (pesos doscientos sesenta y cinco mil).-Datos de los socios: Gustavo Ricardo Zabala, argentino, DNI 21.416.637, CUIT 20-21416637-3, nacido el quince de febrero de mil novecientos setenta, casado en primeras nupcias con Paulina Torresi, de profesión comerciante, domiciliado en calle Remedios de Escalada 2936 de la ciudad de Casilda y Paulina Torresi, argentina, D.N.I. 22.268.222, CUIT 27-22268222-9, nacida el siete de julio de mil novecientos setenta y dos, casada en primeras nupcias con Gustavo Ricardo Zabala, de profesión comerciante, domiciliada en calle Remedios de Escalada 2936 de la ciudad de Casilda;

$ 45 319822 Ab. 17

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GRUPO DE ANGIOCARDIOLOGIA INTERVENCIONISTA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar dispuesto en los autos caratulados “GRUPO DE ANGIOCARDIOLOGIA INTERVENCIONISTA S.R.L. s/Modificación al Contrato Social” - Expte. Nº 248/2017, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que por Acta de reunión de socios de fecha 14 de Febrero de 2017 se ha dispuesto la modificación de las cláusulas segunda y cuarta del contrato social, quedando las mismas con la siguiente redacción definitiva: SEGUNDA: La Sociedad tiene por objeto: a) el gerenciamiento de servicios médicos, servicios de Hemodinamia, servicios médicos asistenciales de cardiología y todo lo atinente a la salud y planes educativos de prevención y recuperación de pacientes, particulares, beneficiarios de Obras Sociales, Asociaciones Mutuales, Empresarias o de cualquier otra naturaleza y atención cuidados de intensivos; b) comprar, vender, exportar e importar insumos médicos; c) comprar inmueble/s para el desarrollo de las actividades de asistencia médica o con cualquier otro fin. Podrá realizar su objeto formando parte de otras sociedades, asociándose con otras personas físicas o jurídicas o bien, integrando fideicomisos. Tales actos se realizarán mediante la utilización de recursos propios de la sociedad. A tales efectos, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar los actos que no sean prohibidos por la ley CUARTA: La duración de la Sociedades de veinte (20) años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, salvo prórroga previa inscripción o disolución anticipada. Santa Fe, 14 de Marzo de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 66 320036 Ab. 17

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R Y C METALÚRGICA S.R.L.


CONTRATO


1) Socios: Eduardo Baima, de nacionalidad argentina, nacido el 01/07/1986, de profesión empleado, de estado civil casado en primeras nupcias con Georgina Aquili, con domicilio en Bv. 14 de Diciembre Nº 1430 de la ciudad de Armstrong, con documento de identidad D.N.I. Nº 32.114.805, C.U.I.T. 20-32114805-1; Claudio Ariel Canali, de nacionalidad argentina, nacido el 21/02/1967, de profesión Ingeniero Electrónico, de estado civil casado en primeras nupcias con Mariela del Lujan Barchiessi, con domicilio en Calle Perú Nº 1978, de la Ciudad de Armstrong, con documento de identidad D.N.I. Nº 17.894.947, CUIT 20-17894947-1, Armando José Burdet, de nacionalidad argentina, nacido el 10/02/1986, de profesión empleado, de estado civil soltero, con domicilio en Calle Aron Castellano Nº 231, de la Ciudad de Armstrong, con documento de identidad D.N.I. Nº 31.891.843, CUIT 20-31891843-1, Franco Andrés Ricci, de nacionalidad argentina, nacido el 16/05/1981, de profesión Contador Público, de estado civil casado en primeras nupcias con María Eugenia Soltera, con domicilio en Calle Irigoyen Nº 1657, de la Ciudad de Armstrong, con documento de identidad D.N.I. Nº 28.759.628, C.U.I.T. 20-28759628-7 y Flavio Damián Ricci, de nacionalidad argentina, nacido el 30/05/1992, de profesión Estudiante, de estado civil soltero, con domicilio en Calle Bell Ville Nº 1837, de la Ciudad de Armstrong, con documento de identidad D.N.I. Nº 36.575.919, C.U.I.T. 20-36575919-8.

2) Fecha del Instrumento: 3 de Marzo de 2017.

3) Denominación Social: R Y C METALÚRGICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

4) Domicilio: Calle Ecuador Nº 1850 de la localidad de Armstrong, Santa Fe.

5) Objeto Social: la fabricación y venta de partes y piezas metálicas relacionadas con equipos hidráulicos, bombas y cilindros.

6) Duración: El término de duración se fija en veinte (20) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: el capital social se fija en la suma de ciento sesenta mil pesos ($ 160.000) dividido en ciento sesenta mil cuotas (160.000) de un peso cada una, que han sido suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: Eduardo Baima suscribe dieciséis mil (16.000) cuotas, por dieciséis mil ($ 16.000) pesos del capital, Claudio Ariel Canali suscribe cuarenta mil (40.000) cuotas, por cuarenta mil ($ 40.000) pesos del capital, Armando José Burdet suscribe dieciséis mil (16.000) cuotas, por dieciséis mil ($ 16.000) pesos del capital, Franco Andrés Ricci, suscribe cuarenta y cuatro mil (44.000) cuotas, por cuarenta y cuatro mil ($ 44.000) pesos del capital, Flavio Damián Ricci, suscribe cuarenta y cuatro mil (44.000) cuotas, por cuarenta y cuatro mil ($ 44.000) pesos del capital. Los socios integran el capital de la siguiente forma: el 25% en efectivo, lo que se acredita con la correspondiente boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y el resto, también en efectivo, dentro de los dos años de la fecha.

8) Administración: Estará a cargo de Uno o Más Gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. La representación y administración de la sociedad estará a cargo de Franco Andrés Ricci.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de Septiembre de cada año.

$ 112 319903 Abr. 17

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TIERRAS NORTEÑAS S.R.L.


CONTRATO


Fecha y Lugar de Constitución: Rosario 08/03/2017.

Socios: Jorge Ariel Glardon, D.N.I. 18.467.739, CUIT 20-18467739-9, nacido el 25 de junio de 1967, casado en primeras nupcias con Mónica Graciela Barbieri, domiciliado en calle 11 de mayo 114 de Ricardone provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y profesión comerciante; Diego Eduardo Glardon, D.N.I. 20.947.159, CUIT 20-20947159-1, nacido el 4 de noviembre de 1969, casado en primeras nupcias con Claudia Alejandra Zarate, domiciliado en Zona Rural S/N, Maciel, - Provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y profesión comerciante, Aníbal Mauricio Glardon, D.N.I. 30.405.584, CUIT 20-30405584-8 nacido el de 10 de octubre de 1983, casado en primeras nupcias con María Virginia Carranza, domiciliado en Av. San Lorenzo 2871 de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa, de nacionalidad argentina y profesión comerciante, Rodrigo Marcelo Glardon, D.N.I. 25.403.498, CUIT 20-25403498-4 nacido el 3 de agosto de 1976, casado en primeras nupcias con Vanesa Gisela Castaño, domiciliado en Av. San Lorenzo 2871 de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y profesión comerciante y Hernán Javier Glardon, D.N.I. 22.438.750, CUIT 20-22438750-5 nacido el 5 de enero de 1972, casado en primeras nupcias con Delia Inés Pianetti, domiciliado en San Martín 365 de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y profesión comerciante todos hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la ley 19.550 en general:

Domicilio: Los Heliotropos 258 de la ciudad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe. Duración: la duración de esta sociedad se fija en cinco (5) años partir de la inscripción.

Objeto: Explotación de Establecimientos Agrícolas: Explotación directa y en todas sus formas de establecimientos agrícolas-ganaderos, propios o de terceros, incluyendo la prestación de servicios de laboreos agrícolas, henificación y cosecha, ya sea con maquinaria propia o de terceros y la comercialización y venta de lo producido.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y/o ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos Quinientos Mil ($ 500.000) dividido en cinco mil (5.000) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El socio: Jorge Ariel Glardon suscribe un mil (1.000) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos cien mil ($ 100.000); el socio Diego Eduardo Glardon suscribe un mil (1.000) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos cien mil ($ 100.000); el socio Aníbal Maurcio Glardon suscribe un mil (1.000) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos cien mil ($ 100.000); el socio Rodrigo Marcelo Glardon suscribe un mil (1.000) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos cien mil ($ 100.000); el socio Hernán Javier Glardon suscribe un mil (1.000) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos cien mil ($ 100.000); Los socios integran en este acto un veinticinco por ciento (25%), o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) en este acto que se acredita mediante boleta de depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y el setenta y cinco por ciento (75%) restante, o sea la suma de pesos trescientos setenta y cinco mil ($ 375.000) lo integraran en un plazo no mayor a dos años contado desde la fecha de la firma del presente.

Administración y Representación: Designar gerente de la sociedad al Sr. Rodrigo Marcelo Glardon, D.N.I. 25.403.498, CUIT 20-25403498-4 nacido el 3 de agosto de 1976, casado en primeras nupcias con Vanesa Gisela Castaño, domiciliado en Av. San Lorenzo 2871 de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, de nacionalidad argentina y profesión comerciante. Quien acepta el cargo y se desempeñarán de acuerdo a la cláusula sexta del contrato social.

Administración y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin actuarán en forma indistinta usando su propia firma con el aditamento de “socio - gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social “TIERRAS NORTEÑAS S.R.L”. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Decreto 5965/63 art. 9no., con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Fiscalización: a cargo de los socios.

Cierre de Ejercicio: 31 de Enero.

Otras Cláusulas: De forma.

$ 115 319905 Abr. 17

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PLAZA REAL S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Se hace saber que los accionistas de “Plaza Real Sociedad Anónima”, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en Estatutos en fecha 22/08/1997, al Tomo 79, Folio 10116, Nº 533, con domicilio legal en calle Santa Fe 1632, de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, por decisión unánime de la Asamblea Genera] Extraordinaria celebrada el 17 de abril de 2015 y Acta de Directorio de fecha 15 de abril de 2015, se decide aumentar la duración del cargo de los directores, de un ejercicio a tres ejercicios, y se decide eliminar del Artículo Décimo Primero la parte referente al comité ejecutivo, quedando el Artículo Décimo Primero redactado de la siguiente manera: “Administración y Representación: Artículo Décimo Primero: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de ocho, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La Asamblea debe elegir también Directores Suplentes, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. El Directorio en su primera sesión debe designar un Presidente pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes, teniendo el Presidente o quien lo reemplace doble voto en caso de empate. El uso de la firma social la tendrá el presidente conjuntamente con un Director, quedando legalmente autorizados y facultados para firmar las escrituras y todos los instrumentos públicos y privados que interesen a la sociedad. En ausencia del presidente, y sin que requiera justificar este hecho ante terceros, será sustituido por idénticas atribuciones y deberes por el vicepresidente. La Asamblea fija la remuneración del Directorio, la que no podrá exceder del 25% de las utilidades liquidas del ejercicio, salvo lo dispuesto en el artículo 261 de la Ley de Sociedades”. A su vez se decide aumentar el capital social en el mismo acto, de la suma de $ 80.000 a la suma de $ 1.080.000 capitalizando los Aportes No capitalizados que figuran en el balance cerrado el 31/03/14, por lo que se modifica el artículo Quinto, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “Artículo Quinto: El capital social es de $ 1.080.000 (Pesos un millón ochenta mil), representado por 1.080.000 acciones de $ 1 (Pesos Uno) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550 y sus modificaciones”. Cada accionista suscribe el aumento de acuerdo a la proporción que poseía.

$ 110 319896 Abr. 17

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ESPERANZA DISTRIBUCIONES S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “ESPERANZA DISTRIBUCIONES S.R.L. s/Designación de Gerentes - Expte. CUIJ 21-05193512-5-“ de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se hace saber por Acta de Reunión de Socios de fecha 26.01.2017, de forma unánime se ha resuelto un cambio en la composición de la gerencia, quedando conformada por un único socio gerente, recayendo tal designación en la persona del Sr. Enrique María Trabattoni, D.N.I. N° 13.449.439, CUIT 20-13449439-6, con domicilio real en calle Castelli N° 1654 de la ciudad de Esperanza.

Provincia de Santa Fe, quien aceptó el cargo en dicha oportunidad.

Asimismo se aclara que hasta tanto se efectúe el acto de partición y adjudicación de las cuotas societarias que pertenecían al causante Ricardo Etchevers, D.N.I. 12.522.852 éstas continuarán en cabeza de la comunidad hereditaria integrada por todos sus únicos herederos forzosos Srs. Judith Sandra Caldani, D.N.I. N° 13.509.103, Pedro Etchevers, D.N.I. n° 30.881.600, María Belén Etchevers, D.N.I. n° 32.404.542, Diego Etchevers, D.N.I. n° 34.360.072. Lucas Etchevers, D.N.I. n° 37.329.933 y Federico Etchevers, D.N.I. n° 32.329.934, quienes unificaron representación en la Sra. Judith Sandra Caldani.

Santa Fe, 29 de marzo de 2017 - Jorge E. Freyre, Secretario.

$45 320048 Abr. 17

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