picture_as_pdf 2013-03-18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

NATALIO A. CARLUCCI


Por disposición de la señora juez a cargo del Juzgado de Distrito Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Rosario la secretaria que suscribe hace saber a sus efectos que en autos: Onega Gladys Susana s/Sucesión. Expte. Nº 565/11, martillero Natalio A. Carlucci procederá a vender en pública subasta el día 8 de abril de 2013 a las 15 hs en la sala de remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos Nº 238, con la base de $ 220.410.- de no haber postores por dicha base, se ofrecerá seguidamente con una retasa del 25% o sea la suma de $ 165.308.- y de persistir la falta de postores se ofrecerá seguidamente con una retasa del 80%, o sea la suma de $ 132.246.- Todo ello del inmueble que a continuación se describe: “La unidad señalada como “Unidad Treinta y Tres” U.33, que forma parte del edificio situado en esta ciudad en calle Córdoba n° 603, esquina 25 de Diciembre, hoy Juan Manuel de Rosas, n° 808/10/12/16/18/22/24 y 26 conocido con “Alfar XI” dicha unidad comprende la parcela “I-Cero-Ocho” (I-08), destinada a baulera, ubicada en la planta subsuelo, que encierra una superficie de propiedad exclusiva de 2,47 metros cuadrados, la parcela “Cero Cero - Cinco” (00-05) Cochera, ubicada en la planta baja, con acceso por la entrada que lleva nº 824 de la calle 25 de Diciembre hoy Juan Manuel de Rosas, que encierra una superficie de propiedad exclusiva de 12,65 metros cuadrados y la parcela “Once-Cero Tres” (11-03) destinada a vivienda, ubicada en la planta undécimo piso, con entrada principal por el n° 818 y de servicio por el n° 816 de la calle 25 de Diciembre hoy Juan Manuel de Rosas, consta de living, dos dormitorios, baño, íntimo, cocina, lavadero habitación de servicio, W.C. y dos balcones, encierra una superficie cubierta de propiedad exclusiva de 76,08 m2, lo que hace una superficie total de propiedad exclusiva de 91,20 metros cuadrados, correspondiéndole en los bienes comunes una superficie de 44,44 metros cuadrados.- Tiene fijado un valor proporcional con relación al conjunto del inmueble del 2,36%. Dominio: Tomo Nº 836, Folio N° 200, N° 155.925, P.H. del departamento Rosario. Informa el Registro General Rosario: dominio inscripto en forma a nombre de la causante. No se registran anotados embargos, inhibiciones ni hipotecas. Quien resulte adquirente deberá abonar, finalizada la subasta, el 20% del precio ofertado más la comisión del 3% al Martillero mas I.V.A. sobre dicha comisión todo en dinero efectivo pesos o cheque certificado. Para el caso que la suma ut-supra mencionada supere el valor de $ 30.000.- no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80 - Caja de Abogados - a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. Se advierte que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos en el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.00 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplimiento de dicha disposiciones se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P. Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación según constancia obrante en autos. Copia de títulos certificada agregada a autos, para ser examinada por los interesados, no aceptando reclamos posteriores a la subasta por falta o insuficiencia de los mismos. Los impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y - eventualmente – expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencias, e I.V.A. si correspondiere serán a cargo exclusivo de quién resulte adquirente. El inmueble será exhibido los días 4 y 5 de abril en el horario de 10 a 11 hs. Lo que se hace saber a sus efectos. Rosario, 11 de marzo de 2013. Dra. Raquel A.M. Badino. Secretaria.

$ 975 192783 Mar. 18 Mar. 20

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