picture_as_pdf 2008-09-18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

HERMES RENAN ULLA


Por orden Sr. Juez Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2ª. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber en autos: CONSORCIO PROPIETARIOS EDIFICIO TRAVELLA c/OTROS s/EJECUTIVO, (Expte. Nº 1381/05), se ha dispuesto que el martillero Hermes Renán Ulla, (Mat. 759) - (CUIT Nº 20-05488034-0), venda en pública subasta al último y mejor postor el día 02 de Octubre de 2008, a las 17 Hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos 238), la mitad indivisa del siguiente inmueble propiedad de la demandada embargado en autos, consistente en la unidad de cochera, designada con los guarismos B-Doce, ubicada dentro del Edificio TRAVELLA sector “a” situado en esta ciudad en la esquina formada por las calles Córdoba y Sarmiento, la que de acuerdo al Reglamento de Copropiedad y Administración y al plano de división respectivo tiene una superficie de propiedad exclusiva de 10 m2 y una superficie de bienes comunes de 6,82 mts.2, con un total de 16,82 m2, teniendo un valor proporcional del 0,244% con relación al conjunto del inmueble, teniendo acceso dicho sector “a” por la entrada común que lleva el número 821 de la calle Sarmiento. Y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General Rosario a nombre de la demandada al Tº 225, Fº 381, Nº 150.680 PH. y al Tº 443, Fº 240, Nº 138.156 Sec. Declaratorias, PH ambos del Dpto. Rosario. Registrándose libre de Hipotecas pero si los siguientes Embargos: 1) Al Tº 115 E, Fº 2346, Nº 330.766, de fecha 18/04/06, por $ 9.428,26.-, por los autos que se ejecutan. 2) Al Tº 115 E, Fº 2347, Nº 330769, de fecha 18/04/06, por $ 9.428,26.- por los autos que se ejecutan.- En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Dicho inmueble se venderá con la base: $ 3.508,25.- (a.I.I. prop.) y de no haber postores por dicha base con la retasa del 25% y de persistir la falta de los mismos, sin base; adjudicándose al último y mejor postor, quién deberá abonar en el acto de la subasta el 20% del precio de su compra y como a cuenta de la misma con más la comisión de ley al martillero. Se vende en las condiciones de ocupación que consta en autos. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como gastos e impuestos de transferencia, e IVA si correspondiere. Los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar de nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianeras en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes Impuesto Pcial. sobre los Ingresos Brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F CF). En el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 CPCC. Previo a la transferencia, deberán estar abonados los impuestos que gravan el acta de subasta. En autos se encuentra copia de la escritura de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencias de títulos. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 8 de Septiembre de 2008. Dr. Néstor O. García, Secretario.

$ 160 46150 Set. 18 Set. 22

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POR

OSCAR OSVALDO KOVALEVSKI


Por orden Sr. Juez Juzgado Primera Instancia Distrito Civil, Comercial 7ma. Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber en autos: MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTROS s/APREMIO FISCAL, (Expte. Nº 1010/05), se ha dispuesto que el martillero Oscar O. Kovalevski, (Mat. 1179-K-8), CUIT 20-08444622-0) venda en pública subasta al último y mejor postor el día 22 de Septiembre de 2008, a las 10 Hs. en la Puerta del Juzgado Comunal de la localidad de Roldán, el Inmueble propiedad de la demandada embargado en autos, consistente en: Dos lotes de terreno, libres de mejoras, situados en el Pueblo Roldán, departamento San Lorenzo de esta Provincia designado en el plano de urbanización, loteo y mensura, practicado por el Ingeniero Civil Noeli E. Baranzano en Mayo de 1967, inscripto bajo el nº 51.168 del mismo año, como lotes dos y cinco de la Manzana 1, a saber: Lote Dos ... Lote Cinco: se ubica sobre calle Pública 13 a los 24m. de la calle Pública 4, hacia el N-E y mide 12m. de frente al S-E por 25m. de fondo, lindando: por su frente al S-E con calle Pública 13, al N-O con el lote 2, al S-0 con parte del lote 3 y al N-E con parte del lote 6, todos de la misma manzana y plano. Encierra una superficie total de 360 m2. Y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General Rosario a nombre de la demandada al Tº 211, Fº 28, Nº 122810, Dpto. San Lorenzo. Registrándose libre de Hipotecas e Inhibiciones, pero sí el siguiente Embargo: 1) Al Tº 116 E, Fº 7408, Nº 409458, de fecha 30/11/07, por $ 6.550,86.- por los autos que se ejecutan. En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Dicho inmueble se venderá con la base de $ 1.8219,23.- (a.i.i) y de no haber postores por dicha base con la retasa del 25% y, de persistir la falta de los mismos, con la última base por un 20% del avalúo fiscal, adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 30% del precio de su compra y como a cuenta de la misma con mas la comisión de ley al martillero, debiéndose abonar el saldo al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos en el art. 497 del C.P.C.C.- Se vende en las condiciones que constan en la constatación (desocupado), con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas, contribuciones especiales (nacionales, provinciales, municipales o comunales) y (vastos referidos en el art. 8 de la ley 13512, y que se adeuden por causa del inmueble, o se generen con motivo de esta venta (IVA- ley 23.905, etc.) además de gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, han de ser exclusivamente a cargo del comprador, incluidos los gastos por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías, en su caso. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2º párr, CPC.- El comprador deberá indicar, dentro del sexto día de realizada la subasta, el nombre de su comitente y en escrito firmado por ambos, patrocinado por abogado o presentado ante la actuaria de la causa. Vencido este plazo se tendrá a aquél por adjudicatario definitivo. El comitente deberá constituir domicilio legal en esa presentación. Hágase saber que previo la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acto de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma a favor del adquirente. En autos se encuentra copia de la escritura de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta o insuficiencia de título. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 12 de setiembre de 2008. Dra. Liliana Peruchet de Fabbro, Secretaria.

S/C 46064 Set. 18 Set. 22

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POR

OSCAR OSVALDO KOVALEVSKI


Por orden Juez Juzgado Primera Instancia Distrito Civil Comercial 14ª. Nominación Rosario, Secretaría que suscribe hace saber en autos: MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/Otro s/APREMIO FISCAL, (Expte. Nº 942/07), se ha dispuesto que el martillero Oscar O. Kovalevski, (Mat. 1179-K-8), (CUIT 20-8444622-0) venda en pública subasta al último y mejor postor el día 22 de Septiembre de 2008, a las 10.20 hs. en las Puertas del Juzgado Comunal de la localidad de Roldán, el siguiente inmueble, propiedad de la demandada, consistente en Dos fracciones de terreno, situadas en la zona rural de Roldán, Departamento San Lorenzo, de esta Provincia de Santa Fe, la que de acuerdo al plano de mensura urbanización y loteo inscripto en el Departamento Topográfico de la provincia, parte del Lote El Condado registrado bajo el Nº 84.550, año 1975, se designan como lotes 7 y 8 de la manzana 36 a saber: A) Lote 7 ubicado en calle colectora entre calle Pública Nº 11 y Camino Público, a los 65 metros del último hacia el Sud, compuesto de 10 metros de frente al Este por 30 metros de fondo. Lindando por su frente al Este con calle Colectora, al Norte con el lote 6 al Oeste con fondos del lote 32 y al Sud con el lote 8 todos de la misma manzana y plano. Encierra una superficie total de 300 m2.- B) Lote “8” ubicado en calle Colectora entre Calle Pública Nº 11 y Camino Público, a los 75 metros del último hacia el Sud, compuesto de 10 metros de frente al Este por 30 metros de fondo. Lindando: por su frente al Este con calle Colectora, al Norte con el lote 7, al Oeste con fondos del lote “31” y al Sud con el lote 9 todos de la misma manzana y plano. Encierra una superficie total de 300 m2.- Y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro General Rosario a nombre de la demandada al Tº 233, Fº 93, Nº 184201.- Dpto. San Lorenzo. Registrándose libre de Hipotecas e inhibiciones, pero si los siguientes embargos: 1) Al Tº 116E, Fº 7692, Nº 414019 y 2) Al Tº 116 E, Fº 7691, Nº 414018, ambos de fecha 14/12/2007, por $ 5.503,96.- por los autos que se ejecutan. En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Dichos inmuebles se venderán en forma individual con la base de $ 284,74.- (a.i.i.) cada uno, y de no haber postores por dicha base con la retasa del 25% y de persistir la falta de los mismos, con la última base del 20% del avalúo fiscal adjudicándose al último y mejor postor, quién deberá abonar en el acto de la subasta el 30% del precio de su compra, en dinero efectivo pesos y/o cheque certificado y como a cuenta de la misma con más la comisión de ley al martillero. Con relación al saldo de precio el mismo deberá ser abonado al aprobarse la subasta, en pesos y/o cheque certificado. Todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C.C.- Se vende en las condiciones que constan en autos (desocupados), con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas y contribuciones adeudadas son a cargo exclusivo del comprador, así como los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de Dominio, e I.V.A. si correspondiere. En autos se encuentra copia de la escritura de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de título. Documento del demandado, D.N.I. Nº 11.753.880. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 12 de Septiembre de 2.008. Dra. Jorgelina Entrocasi, Secretaria.

S/C 46055 Set. 18 Set. 22

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

RODOLFO LEON GAMBERINI


Por disposición Juez Primera Instancia C. C y L. Primera Nominación Cañada de Gómez dentro autos: ZANARDO RAUL ANTONIO s/Su Propia Quiebra, Expte Nº 1069/03, Martillero Rodolfo León Gamberini, Mat. 1684-G-141 (C.U.I.T. 20-24902464-4) siguiente inmueble sito en calle Rivadavia Nº 1765 de la localidad de Cañada de Gómez que se describe: “Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situada en la ciudad de Cañada de Gómez, en la manzana numero 72”, al Norte de las vías Férreas, designada con la letra “C” en el plano de subdivisión archivado en la Dirección General de Catastro, bajo el número 6.357 del año 1954, ubicada en la calle Rivadavia, entre las de Alberdi e Independencia, a los 29 metros de esta última calle hacia el Este, compuesta de 12,64 metros de frente al Sud, por 32 metros de fondo, encerrando una superficie total de 404,48 m2, lindando: por el Sud con la calle Rivadavia, por el Este, con Cesar Mercuri, por el Norte con la fracción “D” y por el Oeste con la fracción letra “B”. Dominio inscripto al Tomo: 112, Folio: 107 y Nº 97247. Departamento Iriondo. De informe registral consta a nombre fallido. Saldrá a la venta en carácter de Desocupable (Art. 504 CPCC). Hipotecas: 1) Tº 521 B, Fº 45, Nº 101496 insc. 12/01/1987 por A 15.000. Escritura Nº 494, del 19/12/1986, confeccionada por María Isabel Martínez.- 2) Tº 538 B, Fº 220, Nº 257390, insc. 05/08/1994, por U$S 70.000. Escritura Nº 215, del 08/07/1994, confeccionada por Cármen N. Ansalas. Inhibiciones: 1) Tº 14 IC, Fº 219, Nº 321813, del 03/03/2004, orden Juez y autos del rubro. Se licitará con las siguientes condiciones de venta: A) Monto Base de la Venta: No podrá ser inferior a la suma de $ 120.000. B) Procedimiento: 1) Recepción de Ofertas: Los interesados deberán presentar las propuestas para compra del inmueble hasta el día 25 de septiembre de 2008 a las 12,45 hs. en Juzgado actuante, en sobres cerrados, a los que se le asignará números correlativos en el orden que fueran presentados. Cada sobre deberá contener la oferta de compra y la constancia de haber realizado el depósito del 10% de la oferta base establecida, como garantía de mantenimiento de la oferta, bajo apercibimiento de tenerla por no presentada, indicando además datos filiatorios completos del oferente y contrato social o estatutos y acta de designación en caso de personas jurídicas. En todos los casos se deberá consignar la situación fiscal frente a AFIP. En el caso de existir igualdad en el monto ofertado, se tendrá preferencia por la propuesta que tenga asignado número de orden anterior. 2. Audiencia de Apertura de Sobres y Lectura de Ofertas: día 29 de septiembre de 2008 a las 10 hs. en Secretaría Juzgado actuante con la presencia de la sindicatura, martillero, oferentes y acreedores. Los oferentes deberán estar presentes en al audiencia. 3. Mejoramiento de Ofertas: Luego apertura de sobres en el mismo acto, los oferentes podrán formular sucesivas e ilimitadas mejoras de ofertas, por parte de todos los oferentes que asistan al acto, en el orden de número asignado a cada una, según fecha y hora de la presentación. Es condición indispensable que cada una de las mejoras represente como mínimo la suma de $ 500, en relación a la oferta que intenta superar. Quién resulta mejor oferente, deberá completar en el mismo acto el 20% del monto resultante (se tendrá en cuenta el 10% acompañado como garantía de mantenimiento de oferta). Si el mejor oferente no completa en el acto el 20% del monto final de venta, perderá su derecho y la garantía de mantenimiento de oferta, debiendo ser adjudicado el bien al segundo mejor postor. D) Saldo de Precio: El saldo restante (80%), deberá ser cancelado por quién resultare adjudicatario por mejor precio ofrecido, en el plazo de cinco días de quedar notificado, mediante depósito efectivo, en el Banco de Santa Fe, a la orden del Tribunal y para estos autos, bajo apercibimientos de perder su derecho, quedando lo abonado hasta ese momento a favor del concurso con los efectos del art. 497 del CPCC. En este caso, la adjudicación recaerá en la segunda mejor oferta. E) Comisión e Impuestos: Junto con el 20% del precio ofertado, se deberá abonar en el mismo acto el 3% de comisión al martillero, todo ello en efectivo y/o cheque certificado. Los impuestos, tasas, contribuciones y gastos centrales serán a cargo del adquirente a partir de la fecha de declaración de quiebra (01.12.03). Serán también a cargo del adquirente el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) y la totalidad de los gastos, impuestos, sellados y honorarios que genere la escritura traslativa de dominio. F) Posesión: Solo se otorgará al adquirente una vez acreditado el pago de la totalidad del saldo del precio y el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles antes mencionado. El adquirente deberá designar escribano que tendrá a su cargo la escrituración y transferencia, de dominio. Copias títulos y gravámenes agregados en autos a disposición interesados, haciéndose saber no se aceptarán reclamos por falta o insuficiencia de los mismos. Se hace saber, a efectos legales. Cañada de Gómez, Secretaría, 1 de septiembre de 2008. Guillermo R. Coronel, secretario.

S/C 46148 Set. 18 Set. 24

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