picture_as_pdf 2008-08-19

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

ISMAEL SZPECHT


Por disposición Sr. Juez Juzgado 1ra. Inst. Distrito Civil y Com. 3ra. Nom. de Rosario Dr. Hernán Carrillo (Juez), la actuaria infrascripta hace saber: en autos NICOLETTI, Raúl Rogelio s/Quiebra- Expte. 608/94; NICOLETTI, Miguel s/Quiebra- Expte. 609/94 y NICOLETTI, Sociedad de Hecho s/Quiebra Expte. 610/94 se ha dispuesto que el martillero Ismael Szpecht venda en pública subasta el día 26 de agosto del año dos mil ocho, comenzando a las 11 horas en las puertas del Juzgado Comunal de la localidad de Coronel Domínguez los bienes que ha continuación pasa a detallar: 1) Un lote de terreno situado en el pueblo Coronel Domínguez, Dpto. Rosario, Provincia de Santa Fe, señalado con la letra “i” de la Manzana N° Uno del plano oficial de este pueblo, ubicado con frente al Sud sobre calle pública, cuyo arranque comienza a los 27,50 m. de la esquina de dos calles públicas en dirección al Este y mide: 15 m. de frente al Sud por 38,575 m. de fondo encerrando una superficie de 578,62 m2., y linda: por su frente al Sud, calle pública; al Oeste, los “J” y “k”, por su contrafrente al Norte, parte del lote “l” y al Este lote “h” todos de la misma manzana y plano. Dominio: T° 359 A- F° 590 N° 170421 Dpto. Rosario. Está empadronado bajo partida de catastro N° 16-15-00 347751/0012, Informe Registro General: No surgen embargos ni hipotecas pero si las siguientes inhibiciones 1) T° 11 IC- F° 157- N° 320039 de fecha 06/03/2001. Of 477/01 sin monto, corresponde al Expte. 609/1994. Of. 477/2001 y está ordenado por este Tribunal; 2) T° 11 IC- F° 162- N° 320497 de fecha 07/03/2001. Of. 328/01 sin monto, corresponde al expte. 610/1994 ordenado por este Tribunal y 3) T° 107 I- F° 1983- N° 321734 de fecha 03/04/1995. Of. 728/1995 sin monto ordenado por este Tribunal. El terreno saldrá a la venta en primera subasta con la base mínima de $ 342.-, con las condiciones de ocupación obrante en autos. En caso de no haber postores seguidamente y en el mismo acto saldrá a la venta con la retasa del 25% y si no existieren postores a continuación sin base y al mejor postor. El cobrador abonará en el acto de subasta el 20% de su compra más la comisión de ley al martillero todo en dinero efectivo o cheque certificado. Los impuestos, tasas, contribuciones, IVA y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente o comprador a partir del auto declarativo de quiebra, como así también los gastos de regularización de planos. Así también previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta a cuyo efectos se oficiará al API y al AFIP. La transferencia de dominio deberá ser realizada en todos los casos por escribano público. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Ofíciese a los Juzgado que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el bien a subastar a fin de que se tome conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero. Ello sin perjuicio de lo normado por el art., 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 (cinco) días antes a los fines del art. 494 y 495 del CPCC y permanecer en Secretaría. Para el casos de que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quién realiza la compra y su número de documento y deberá constar en los edictos a publicarse como condición de subasta 2) Seguidamente a la subasta del terreno se rematará por unidad las maquinarias y herramientas que se describirán, sin base y pago al contado, debiendo consignarse expresamente que saldrán a la venta conforme el acta de constatación glosada en autos. Déjese constancia en los edictos y acta de subasta que los impuestos, tasas, contribuciones e IVA son a cargo del adquirente o comprador como así también los gastos de transporte. Quién resulte comprador abonará en el acto de remate el total del precio más la comisión de ley al martillero actuante, en dinero efectivo o cheque certificado. Hágase saber a quien resulte adquirente de las máquinas que las mismas no serán efectivamente entregadas hasta tanto el martillero no haya efectivizado la inscripción registral de las mismas a su nombre por ante el Registro correspondiente 1. Una cosechadora marca Fiat, industria Argentina, año fabricación 1985 Serie DGM 4377, Chasis N° 5 C 30705, modelo Laverda 3600, con motor marca Fiat N° 001731070 y sus accesorios. 2. Un tractor marca Fiat, industria Argentina año 1986, Serie 070160, Chasis 0070160, Modelo 880 ST5, con motor Fiat N° 200735611 y sus accesorios. 3. Un vibrocultivador marca Súper Bong, industria Argentina, año 1989, usado N° 1314 con dos rodados delanteros 6,00 x 16, capacidad de carga 7.70 m. con sistema de levante hidráulico por medio de tres cilindros, alas laterales accionadas por un cilindro, hilera posterior de peines y lanza con enganche regulable en altura y 35 arcos. 4. Una rastra de discos de doble tracción marca Budassi, industria Argentina, año 1988 usadad N° 3620, rodados delanteros 7,50 x 16, capacidad de carga 56 discos. 5. Una sembradora de granos gruesos, usada año 1991, Modelo S 21 12L de 12 surcos, MIGRA. 6. Una pulverizadora de arrastre de 28 picos marca Caampagnaro. 7. Un aporcador MIGRA 13 surcos. 8. Un tanque para combustible de 1.000 Its c/dos ruedas marca Budassi. 9. Un tanque de combustible 10.000 lts. 10. Una rastra rotativa de 12 surcos marca Glo Nav, Lev. Hidráulica. 11. Un aporcador NANN 13 surcos. 12. Una rastra de dientes de 7 cuerpos con balanza hidráulica marca Super Bong. 13. Un rolo desterronador de 10,40 m. con levante hidráulico Super Bong. 14. 3 silos de chapas desarmable sin marca. Copia de títulos en autos no admitiéndose reclamos después de la subasta por falta o insuficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, a los 13 días del mes de agosto del año dos mil ocho. Dra. Gabriela Cossovic, secretaria.

S/C 42440 Ag. 19 Ag. 25

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POR

LEANDRO G. MACAYA


Por orden Juez Juzgado Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber en autos: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN C/ OTRO S/ APREMIO FISCAL” Expte. Nro. 1929/07, se ha dispuesto que el Sr. Leandro G. Macaya (Mat. 1746-M-171), venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 21 de Agosto de 2008, a las 10 hs. o el día siguiente posterior hábil a la misma hora, en las puertas del Juzgado Comunal de la Localidad de Roldán lo siguiente: Los lotes 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, de la manzana “24” del sector 45, plano: 84.550/1975; DESLINDE SEGÚN MAYOR AREA: .... formada por los lotes numerados correlativamente del 1 al 40 inclusive, los que unidos forman una sola fracción y mide: 60 m. al Norte sobre calle Pública; 10,20 m. al Este sobre calle Colectora que la separa de la Ruta Provincial 16; 60 m. al Sud, sobre calle Pública 9; y 200 m. al Oeste, sobre calle Pública 1; encerrando una superficie total de doce mil metros cuadrados..... Inscriptos al Tº 226 Fº 122 Nº 131408 Dpto. San Lorenzo. Saldrán a la venta: Lotes nros. 11 al 19: con la base de $ 427,11 cada uno de ellos. Lote nro. 20: con la base de $ 422,84. Lote nro. 21: con la base de $ 398,63. Lotes nros. 22 al 25: con la base de $ 284,74 cada uno de ellos. Seguidamente, en caso de no haber postores, con una Retasa del 25% y de persistir la falta de interesados a continuación Sin Base y al mejor postor; saldrán a la venta según constancia en autos. Inf el Reg. Gral: Libre de hipotecas e inhibiciones, pero sí los siguientes embargos: Lote 11: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3248, Nº 352221 de fecha 10/06/2008, Lote 12: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3247, Nº 352220 de fecha 10/06/2008, Lote 13: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3246, Nº 352219 de fecha 10/06/2008, Lote 14: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3245, Nº 352218 de fecha 10/06/2008, Lote 15: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3244, Nº 352217 de fecha 10/06/2008, Lote 16: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3243, Nº 352216 de fecha 10/06/2008, Lote 17: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3242, Nº 352215 de fecha 10/06/2008, Lote 18: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3241, Nº 352214 de fecha 10/06/2008, Lote 19: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3240, Nº 352213 de fecha 10/06/2008, Lote 20: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3239, Nº 352211 de fecha 10/06/2008, Lote 21: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3238, Nº 352209 de fecha 10/06/2008, Lote 22: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3237, Nº 352208 de fecha 10/06/2008, Lote 23: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3236, Nº 352206 de fecha 10/06/2008, Lote 24: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3235, Nº 352205 de fecha 10/06/2008, Lote 25: por $ 5.402,89 insc al Tº 117 E, Fº 3234, Nº 352203 de fecha 10/06/2008, de estos autos y juzgado. Hallándose copia de escritura en autos a disposición de los interesados, no se aceptaran reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta. El adquirente deberá abonar en el momento de la subasta el 30% en efectivo y/o ch/ certif más 3 % de comisión de ley al martillero actuante y el 2% correspondiente al Tributo de la Tasa de Remates según Ordenanza n° 482/06 de la Municipalidad de Roldán. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales de Rosario para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse loas constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecerá en Secretaría. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Ente los impuestos a cargo del comprador inclúyese entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F. Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastados deberá acudir a escribano publico para confeccionar al escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescrita por el art. 67 CPCC reformado por la ley Provincial 11.287 por el término y bajo los apercibimientos de ley. Por tratarse de un terreno baldío los posibles interesados podrán presentarse en el domicilio del mismo para su evaluación o comunicarse con el martillero actuante. Notifíquese por cédula a las partes en el domicilio real y ad literm, al titular del dominio e interesados, sin perjuicio de la publicidad adicional que se propone y que se autoriza. Exhibición 2 días hábiles anteriores a la subasta de 14 a 16 hs. Ofíciese al Juez Comunal que corresponda a los fines pertinentes. Expte Nº 1929/07.- Todo se hace saber a los efectos legales. Rosario, 12 de Agosto de 2008.- Dr. Ricardo J. Lavaca, Secretario.- Publicacion sin cargo.-

S/C 42449 Ag. 19 Ag. 21

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POR

RICARDO DANIEL GIUSEPPONI


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTROS s/Apremio Fiscal. Expte. Nº 270/07”, se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula Nº 1572-G-131, CUIT. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día 27 de Agosto de 2008, a las 10 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones con la base de $ 1.975,67 A.I.I., de no haber oferentes, en segunda subasta, con las bases retasadas en un 25% y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta con el 20% del avalúo fiscal como última base, el siguiente inmueble (Lote: 26, Manzana: C, Sector: 41, Catastro: 08224/00. Plano: 57.458/1969): “Tercero: La fracción designada con la Letra “C” del citado plano, subdividida a su vez en cuarenta lotes numerados del Uno al Cuarenta inclusive, los que compuestos unidos, miden: 247 metros 19 centímetros en su costado Norte, por donde linda con calle II, 97 metros en su costado Este, por donde linda con la calle X; 247 metros 20 centímetros en su costado Sud, por donde linda con la calle X; y 97 metros en su costado Oeste por donde linda con la calle III. Encierra una superficie total de Veintitrés mil novecientos setenta y siete metros noventa y dos centímetros cuadrados. El inmueble, un lote de terreno baldío, libre de personas y cosas, se vende Desocupado, conforme acta de constatación, glosada a autos. De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre de la demandada al T° 166 F° 220 N° 104613, Dpto. San Lorenzo. La demandada no registra Inhibiciones. El inmueble No registra Hipotecas, Registra Embargo: al T° 117 E F° 1439, Nº 326301, de fecha 26/03/08, por la suma de $ 6.054,36 por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio alcanzado, en concepto de seña en moneda de curso legal, más la comisión de ley al Martillero, en efectivo o cheque cancelatorio certificado y/o endoso de plazo fijo. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador, luego de aprobada la subasta. Dicho saldo deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales a la orden de este Juzgado y para estos autos. Deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente en la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Los impuestos, tasas y contribuciones serán a cargo del adquirente, como así también los demás gastos de inscripción, impuestos a la transferencia e IVA si correspondiere, y los que pudieran resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts, 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Desígnanse los días 26 y 25/8 de 15 a 17 hs., a los fines de la exhibición del inmueble debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. No procederá la compra en comisión: Se encuentra agregado en autos, para su revisación, copia simple de la Escritura de Dominio, acta de constatación y demás documentación informativa, advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las constancias de autos, sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo alguno después del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos. Lo que se hace saber a los fines y efectos legales. Rosario, 12 de agosto de 2008. María Silvia Beduino, secretaria.

S/C 42223 Ag. 19 Ag. 21

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POR

RICARDO DANIEL GIUSEPPONI


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber. Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTROS s/Apremio Fiscal. Expte. Nº 90/06”, se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula Nº 1572-G-131, CUIT 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día 4 de Septiembre de 2008, a las 10 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base de $ 1.703,39 (A.I.I.); de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25% y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta con la base mínima del 20% de la valuación fiscal, los siguientes Inmuebles situados en la ciudad de Roldán (Lote: 21 y 22, Manzana: B, Sector: 36, Catastros Municipales. 09538/00 y 09539/00) y según su título se describe así: “Dos lotes de terrenos situados en la localidad de Roldán, Departamento San Lorenzo, en esta Provincia, los que según Plano del Ingeniero Geógrafo don Segundo A. Splendiani, archivado en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de ésta Provincia bajo el N° 59.252 del año 1969, se designan con los N° Veintiuno y Veintidós de la manzana Letra “B”, que por estar unidos forman una sola fracción, ubicada en la esquina formada por las calles Pública “A” y Pública “Y”, compuesto de 25 metros de frente al Sud, por 40 metros de fondo y frente al Oeste. Encierra una superficie total de Un mil cuarenta metros cuarenta decímetros cuadrados y linda: Por su frente al Sud, con calle Pública “Y”, por su frente al Oeste, con calle Pública “A” al Norte, con fondo de los lotes Uno y Dos y al Este, con el lote Veinte, todas de la misma manzana y Plano. Los inmuebles, dos lotes de terrenos baldíos, libres de personas y cosas, se venden Desocupados: conforme acta de constatación, glosada a autos. De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado, al T° 177 F° 47 Nº 175184, Dpto. San Lorenzo. El demandado No registra Inhibición. El inmueble No registra Hipoteca; Registra Embargo: al T° 115 E F° 6055 Nº 372865, de fecha 18/08/06, por la suma de $ 4.779,32 y al T° 115 E F° 3836 Nº 370289, de fecha 14/08/06, por la suma de $ 4.958,96 ambos por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 20% a cuenta de precio, más el 3% de comisión de ley al Martillero, más el 2% de Tasa de Remate conforme Ordenanza municipal 482/06, en efectivo. El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P,C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Agencia Tribunales, a la orden de este Juzgado y para estos autos. Los impuestos y tasas que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar. Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la realización de la subasta y a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del C.P.C. y permanecerá en Secretaría. Se encuentran agregados en autos, para su revisación, copia simple de la Escritura de Dominio, acta de constatación y demás documentación informativa, advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las constancias de sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo alguno después del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. Rosario, 7 de Agosto de 2008. Alfredo R. Farias, secretario.

S/C 42225 Ag. 19 Ag. 21

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