picture_as_pdf 2016-10-19

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N° 0302


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

12/OCT/2016

VISTO:

El expediente N° 02004-0002960-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se promueve el auspicio del “Curso de Capacitación para Ingresantes para el Poder Judicial”; y

CONSIDERANDO;

Que, se dirige el Sr. Decano de la Facultad de Derecho de la UNR -Dr. Marcelo Vedrovnik-, comunicando la realización del “Curso de Capacitación para Ingresantes al Poder Judicial”, organizado por la casa de altos estudios que representa, en conjunto con el Centro de Capacitación de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe; el Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Santa Fe; e) Colegio de Abogados de Rosario v el Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Santa Fe;

Que, al respecto expresa: “El objetivo del mencionado curso, es capacitar a los futuros ingresantes al Poder Judicial con el fin de que el día en que se incorporen para prestar el servicio de justicia sepan cómo hacerlo, para lo cual las clases serán dictadas en base a protocolos estandarizados que den cuenta de cada uno de los roles a desarrollar en la oficina judicial de cada uno de los fueros disciplinares”;

Que el Curso constará de seis (6) encuentros, cuyo inicio esta previsto para el día 24 de octubre del corriente ano en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional dé Rosario;

Que, atento a las consideraciones efectuadas sobre la importancia y trascendencia del Curso a desarrollarse, se estima pertinente otorgar el auspicio al mismo;

Que la presente puede ser dictada en virtud de las facultades conferidas por Art. 20°, inc. 3 de la Ley de Ministerios Nº 13.509;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Auspíciese el “Curso de Capacitación para Ingresantes al Poder Judicial”, organizado por Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, en conjunto con el Centro de Capacitación de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe; el Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Santa Fe; el Colegio de Abogados de Rosario y el Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Santa Fe, a iniciarse el día 24 de octubre del corriente año, en seis (6) encuentros, en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario;

ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

DR. RICARDO I. SILBERSTEIN

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

S/C 18179 Oct. 19 Oct. 21

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


INMUEBLE PARA ALQUILER


El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca INMUEBLE para alquiler en la ciudad de Santa Fe

Ubicación del inmueble: Zona céntrica, cercana a Casa de Gobierno y dependencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Superficie mínima construida: 500 m2

Características del inmueble: Para conformación del Archivo Jurisdiccional.

Plazo de la locación: 3 años.

Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.

Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.

Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211

Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790. E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar

S/C 18188 Oct. 19

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DIRECCÓN PROVINCIAL

DE PROMOCIÓN DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


2DA CIRCUNSCRIPCIÓN - ROSARIO


NOTIFICACIÓN


Por Disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- Rosario, dentro de las actuaciones administrativas: ”BLANCO M. B. Y BLANCO A. E. s/Medida de Protección Excepcional” que tramita por ante el Equipo Interdisciplinario Distrito Noroeste, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, con asiento en la ciudad de Rosario se procede a notificar a la Sra. ANDREA FABIANA BLANCO, DNI 31.516.217 que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 27 de Septiembre de 2016. DISPOSICIÓN 152/16: VISTOS... CONSIDERANDO... DISPONE: 1.- Dictar el acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos relativa a las adolescentes BLANCO MILAGROS BELEN, DNI 44.291.720 y BLANCO ANDREA ELIANA DNI 42.481.580, hijas de la Sra. Andrea Fabiana Blanco, DNI 31.516.217, con domicilio desconocido.-2.- DISPONER que se notifique la presente Disposición a los familiares o responsables de las niñas mencionadas de conformidad a lo dispuesto por el art. 61 Ley 12967.3.-Sugerir al Tribunal Colegiado de Familia interviniente, en donde tramita el control de legalidad de la presente, LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE LA SITUACIÓN DE ADOPTABILIDAD y/o la figura jurídica que V.S. Estime pertinente respecto de las adolescentes BLANCO MILAGROS BELEN, DNI 44.291.720 Y BLANCO ANDREA ELIANA DNI 42.481.580, hijas de Andrea Fabiana Blanco, DNI 31.516.217, con domicilio desconocido. Todo ello de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario y el Código Civil y Comercial, no habiendo posibilidades de revinculación permanente y definitiva con la familia de origen. - 4.- DISPONGA notificar la Disposición correspondiente ante el Tribunal Colegiado interviniente en la Medida Excepcional de Derechos.- 5.- Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional interviniente y oportunamente archívese..-FDO. DRA. ALICIA E.0M. GIMENEZ. Directora Provincial Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Flia. Rosario. Se transcriben a continuación los arts. Pertinentes de la ley N° 12.967 y Dto. 619/10, asimismo se le hace saber que cuenta con el derecho a ser asistido por un abogado/a de su confianza. Art.60: RESOLUCIÓN.- La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. Dec. Regl.619/10: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas.

ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. Dec. Regl. 619/10: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. Art.62: RECURSOS.- Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recuso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso este debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe. Dec. Regl. 619/10: En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 18182 Oct. 19 Oct. 21

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


LLAMADO A CONCURSO


De conformidad con lo establecido por el artículo 7° del Decreto N° 0854/16, Resolución del M.J.y.D.H. Nº 0128/16 y las Resoluciones Nros. 023/16 y 024/16, por las cuales el Presidente del Consejo de la Magistratura resolvió llamar a Concurso Múltiple Público de oposición, antecedentes y entrevista para cubrir las siguientes vacantes definitivas:

FISCALES Y FISCALES ADJUNTOS CIRCUNSCRIPCIONES Nº 1 Y Nº 5

Fiscales Sedes: 4 Santa Fe, 1 Rafaela.

Fiscales Adjuntos sedes: 12 sede Santa Fe, 1 Coronda, 1 San Justo, 1 Rafaela y 1 Tostado

Miembros integrantes del Cuerpo Evaluador: Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dr. Guillermo Camporini, 1º Suplente: Dr. Daniel Rucci. Por los Estamentos Académicos: Asume como miembro Titular la Dra. Roxana Gabriela Piña en representación de la Universidad Nacional de Buenos Aires atento a la renuncia de la Dra. Patricia Llerena. Por los Colegios de Abogados: Titular: Dr. Andrés Atilio Ramseyer, 1º suplente, Dr. Arsenio Omar Domínguez.

FISCALES Y FISCALES ADJUNTOS CIRCUNSCRIPCIONES Nº 2 Y Nº 3

Fiscales Sedes: 3 Rosario, 1 Cañada de Gomez, 1 Venado Tuerto, 1 Rufino.

Fiscales Adjuntos Sedes: 7 Rosario, 2 Villa Gobernador Gálvez, 2 Casilda, 1 Cañada de Gomez, 1 Villa Constitución, 1 San Lorenzo y 1 Melincué.

Miembros integrantes del Cuerpo Evaluador: Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Asume como miembro Titular la Dra. Jaquelina Ana Balangione por renuncia de la Dra Cristina Rubiolo. Por los Estamentos Académicos: Titular: Dr. Luis María Bunge Campos, Suplente: Dr. Sergio Gabriel Torres. Por los Colegios de Abogados: Titular: Dr. Rodolfo Francisco Zehnder.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: 10 DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS. Fecha de inicio de inscripción: del LUNES 24 DE OCTUBRE DE 2016 a las 08:00 hs. hasta las 12;00 hs. del día VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2016.-

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN: Los interesados deberán completar el formulario de inscripción en el sitio web del Consejo de la Magistratura: www.santafe.gov.ar > Justicia y Derechos Humanos > Consejo de la Magistratura > Concursos de Fiscales y Defensores > En inscripción,y entregar en la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 (3.000 – Santa Fe) ó en la Delegación Rosario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Santa Fe 1950 (2.000 – Rosario) una carpeta en soporte papel conteniendo la acreditación de sus antecedentes, en original y copia.-

No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción.

Dr. Leandro Maiarota

Presidente del Consejo de la Magistratura.

Provincia de Santa Fe ( Res. 0274/16 M.J yD. H)

S/C 18178 Oct. 19 Oct. 21

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MUNICIPALIDAD DE

VILLA OCAMPO


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 1990 de fecha 14/01/2015, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “CASELLA, ALDO PEDRO s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 1990/2015), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 6 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Aldo Pedro Casella, domiciliado/a en calle Iriondo N° 780 de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, s/marca, Dominio KZO 739, constatada con la multa de 250 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305309 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2280 de fecha 09/06/2015, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “PILLI, HUGO OSCAR s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2280/2015), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Hugo Oscar Pilli, domiciliado/a en calle Congreso N° 315 de la localidad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, s/marca, Dominio SBX 088, constatada con la multa de 50 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305303 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2302 de fecha 20/09/2015, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “LEIVA MARIN, GONZALO DAMIÁN Y OTRO s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2302/2015), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Gonzalo Damián Leiva Marín, domiciliado/a en Ruta 11 - Km. 334-929 de la localidad de Puerto Gral. San Martín, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario, señor Gonzalo Sebastián Riva, domiciliado en calle 14 Nº 1268 de la localidad de Las Parejas, provincia de Santa Fe, de la unidad Automóvil, marca Chevrolet Astra, Dominio FFK 070, constatada con la multa de 150 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305299 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2149 de fecha 02/02/2015, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “PITTAU, JOSÉ LUIS s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2149/2015), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a José Luis Pittau, domiciliado/a en Manzana 48- P 64 - Bº Gowl de la localidad de Resistencia, provincia de Chaco y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, marca Peugeot, Dominio DBS 683, constatada con la multa de 200 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305292 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2825 de fecha 30/05/2016, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “COMMINS, SHYRLEY KARINA, s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2825/2016), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Shyrley Karina Commins, domiciliado/a en calle Almafuerte N° 1136 de la localidad de Reconquista, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, s/marca, Dominio JYF 525, constatada con la multa de 200 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305287 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2577 de fecha 30/08/2015, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “GÓMEZ, LEONEL PABLO s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2577/2015), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Gómez, Leonel Pablo, domiciliado/a en Pasaje Berlín N° 3518 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, s/marca, Dominio EDM 428, constatada con la multa de 250 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305282 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2112 de fecha 15/12/2014, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “FRICK, GUILLERMO HUGO s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2112/2014), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Guillermo Hugo Frick, domiciliado/a en calle Matheu N° 460 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, s/marca, Dominio KEC 566, constatada con la multa de 250 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305279 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2812 de fecha 08/05/2016, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “DUARTE, ALEJANDRA VIVIANA s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2812/2016), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 11 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Alejandra Viviana Duarte, domiciliado/a en calle Cruz Roja Argentina Nº 1645 de la localidad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, s/marca, Dominio FJV 453, constatada con la multa de 200 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305278 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2005 de fecha 22/09/2014, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “MOYANO, JUAN MARCELO s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2005/2014), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 12 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Juan Marcelo Moyano, domiciliado/a en calle Independencia Nº 977 de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Automóvil, marca Toyota, Dominio NWT 981, constatada con la multa de 100 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

S/C 305275 Oct. 19 Oct. 25

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NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, dentro de las actuaciones seguidas en el Acta de Infracción N° 2811 de fecha 03/05/2016, se ha procedido a dictar la Resolución Administrativa, en las actuaciones caratuladas: “GÓNZÁLEZ, FÉLIX DOMINGO s/INF. DE TRÁNSITO”, (Expte. Nº 2811/2015), de trámite ante el Juzgado de Faltas de referencia, que a continuación se transcribe: “Villa Ocampo, 12 de octubre de 2.016... Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: De acuerdo a los considerandos precedentes: Sancionar al/la señor/a Félix Domingo González domiciliado/a en calle Caseros Nº 2939 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, y/o solidariamente y/o quien resulte responsable por el imputado y/o como propietario de la unidad Motocicleta, marca Yamaha, Dominio JIS 423, constatada con la multa de 50 UF (fijando el valor del canon igual a un (01) litro de nafta de mayor octanaje, actualmente Premium o como en un futuro se denomine, de la compañía YPF), con más los gastos administrativos y/o postales de $ 300, más los accesorios de ley, como autor y/o responsable solidario de las faltas previstas en la Ordenanza ut-supra citada, la que deberá hacerse efectiva por ante Tesorería Municipal sita en calle Padre Ángel Tibaldo Nº 1.578, de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, dentro del término de Cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la presente, bajo apercibimientos de seguirse su cobro judicial por Vía de Apremio (Ley Pcial. N° 5066). Hágase saber, intímese, comuníquese, expídase copia, regístrese y archívese. Fdo. Dra. Viviana Graciela Sosa Amado, Juez de Faltas Subrogante, Municipalidad de Villa Ocampo; Fortunato Antonio Llamas, Secretario.

$ 1 305271 Oct. 19 Oct. 25

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