picture_as_pdf 2018-12-19

ASOCIACIÓN BANCARIA


(Sociedad de Empleados de Bancos)

Seccional ROSARIO


CONVOCATORIA A ELECCIONES DE DELEGADOS GENERALES Y COMISIONES GREMIALES INTERNAS DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA


Convocatoria a elecciones dispuesta por el Secretariado de la Seccional Rosario de la Asociación Bancaria, en su reunión del día 05 de Febrero de 2018, según acta N° 119/18.

Rosario, 11 de Diciembre de 2018.

VISTO:

Lo prescrito por la Ley 23.551, su Decreto Reglamentario Nº 467/88, las disposiciones del Estatuto Social de la Organización Gremial (Art. 94°-95° y 96°) y la Resolución N° 022/2017. de la Junta Electoral Nacional y considerando la necesidad de proceder a la elección de los representantes gremiales, el Secretariado de la Asociación Bancaria, Seccional ROSARIO, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 87° del Estatuto:

RESUELVE:

1. Convocar a elecciones de todos los trabajadores bancarios (afiliados o no) afectados al BANCO CREDICOOP Coop. Ltdo.., pertenecientes a esta Seccional para el día 28/12/2018, entre las 08,00 hs.- y las 18,00 hs.- La presentación de listas ante la Junta Electoral Local vence a las 16 hs. del día 21/12/2018.

2. En las elecciones citadas en el artículo precedente, se procederá mediante el sistema de lista completa y los electores deberán elegir por voto directo y secreto:

a) DELEGADO/S GENERAL/ES TITULAR/ES y DELEGADO/S GENERAL/ES SUPLENTE/S que los representarán y mesa ejecutiva cuando corresponda (Art. 94).

b) La cantidad de Delegados Generales a elegir será de: UN (1) titular y UN (1) suplente de 10 a 50 trabajadores; DOS (2) titulares y DOS (2) suplentes de 51 a 100 trabajadores que presten servicios para la empleadora (art. 87 inc. d de los Estatutos), y de 101 en adelante se adicionará a lo anterior UN (1) titular y UN (1) suplente más cada 100 trabajadores; con un mínimo de un Delegado General Titular y un Suplente e igual conformación de la “Mesa Ejecutiva” según el art. 94 de dicho instrumento y de acuerdo a la cantidad de electores que registre el banco de modo tal de tratar de contemporizar el Estatuto con las disposiciones contenidas en el art. 45 de la Ley 23.551. Cuando con relación a una empresa bancaria no se presente para su oficialización ninguna lista con postulantes para la “Mesa Ejecutiva”, o algunas lo hayan hecho y otras no, pero en todos los casos se procure la aprobación de una ó más listas con candidatos a Delegados Generales, ésta ó éstas deberán ser igualmente oficializadas. Para tal caso, esa situación no impedirá se tengan por válidos a todos los efectos los comicios que se realicen. Igualmente y cuando corresponda no deberán ser oficializadas las listas que incluyan menor número de candidatos a Delegados Generales que los que se exijan en la Convocatoria y de acuerdo a la información que suministre la respectiva Junta Local.

c) Los trabajadores que se postulen para ocupar el cargo de Delegados Generales conforme art. 94 de los Estatutos, no podrán hacerlo para integrar la “Mesa Ejecutiva” de la “Comisión Gremial”.

3. En cada caso investirán el carácter de electores los agentes bancarios que se encuentren prestando servicios para la empleadora en el ámbito a que se refiere esta Convocatoria y a la fecha en que -conforme lo antes prescripto- deba tener lugar el acto comicial, teniendo en cuenta los listados de personal que suministre cada casa bancaria por orden alfabético y por dependencia, que cuenten con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la elección

4. Quien pretenda postularse como candidato a Delegado General ó integrante de la Mesa Ejecutiva si su constitución correspondiese (art. 94 de los Estatutos) deberá: 1) Contar a la fecha de la elección con una antigüedad como personal de la empleadora respecto de la cual deberá ejercer sus funciones y como afiliado de la Asociación Bancaria (S.E.B.) no inferior a un año (1 año) continuado anterior a aquella fecha; 2) Ser mayor de edad; 3) No registrar condenas por delito doloso; 4) Hallarse al día con el pago de la cuota sindical.

5. El lapso de duración del mandato de los electos tendrá una extensión de dos años y sus miembros podrán ser reelectos.

6. La Junta Electoral Local nominada por el Consejo Directivo (art. 120 de los Estatutos) tendrá a su cargo todo lo concerniente al proceso electoral.

7. La Junta electoral Nacional es la máxima autoridad en todos los procesos electorales que lleven a cabo las Juntas Electorales Seccionales. La instancia asociacional en materia de procedimientos electorales se agota únicamente con las decisiones de la Junta Electoral Nacional. La Junta Electoral Nacional es el órgano encargado en última instancia de la interpretación, resolución de impugnaciones y recursos que se planteen ante las Juntas electorales de Seccionales.

8. Publíquese, exhíbase, dése a conocer en la sede de la Junta Electoral, Seccional ROSARIO.

Rosario, 11 de Diciembre de 2018.

JOSE LUIS LENCI

Presidente Junta Electoral

Seccional Rosario

María de los Angeles Griffa

Secretaria General

Asociación Bancaria Rosario

Juan Carlos Ferreira

Secretario de Actas

Asociación Bancaria Rosario

$ 145 378292 Dic. 19

__________________________________________


ASOCIACIÓN BANCARIA


(Sociedad de Empleados de Bancos)

Seccional Rosario


CONVOCATORIA A ELECCIONES DE DELEGADOS GENERALES Y COMISIONES GREMIALES INTERNAS DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA.


Convocatoria a elecciones dispuesta por el Secretariado de la Seccional Rosario de la Asociación Bancaria, según Acta Nº 119 y 120/18.

Rosario, 10 de Diciembre de 2018.

VISTO:

Lo prescrito por la Ley 23.551, su Decreto Reglamentario Nº 467/88, las disposiciones del Estatuto Social de la Organización Gremial (Art. 94°-95° y 96°) y la Resolución Nº 022/2017, de la Junta Electoral Nacional y considerando la necesidad de proceder a la elección de los representantes gremiales, el Secretariado de la Asociación Bancaria, Seccional ROSARIO, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 87° del Estatuto:

RESUELVE:

1. Convocar a elecciones de todos los trabajadores bancarios (afiliados o no) afectados a los Bancos que se detallan a continuación.

Banco SUPERVIELLE S.A., pertenecientes a esta Seccional para el día 28/12/2018, entre las 10,00 hs.- y las 17,00 hs.-

Banco INDUSTRIAL S.A., pertenecientes a esta Seccional para el día 28/12/2018, entre las 10,00 hs.- y las 17,00 hs.

Banco COMAFI S.A., pertenecientes a esta Seccional para el día 28/12/2018, entre las 10,00 hs.- y las 17,00 hs.

La presentación de listas ante la Junta Electoral Local vence a las 16 hs. del día 21/12/2018.

2. En las elecciones citadas en el artículo precedente, se procederá mediante el sistema de lista completa y los electores deberán elegir por voto directo y secreto. Se elegirán UN (1) DELEGADO GENERAL TITULAR y UN (1) DELEGADO GENERAL SUPLENTE que los representarán según art. 5° de la Resolución n° 01/16 de la Junta Electoral Nacional y los arts. 93° y 94° del Estatuto y de acuerdo a la cantidad de electores que registre el banco de modo tal de tratar de contemporizar el Estatuto con las disposiciones contenidas en el art. 45 de la Ley 23.551, con sus respectivos Suplentes

3. Cuando con relación a una empresa bancaria no se presente para su oficialización ninguna lista con postulantes para la “Mesa Ejecutiva”, o algunas lo hayan hecho y otras no, pero en todos los casos se procure la aprobación de una ó más listas con candidatos a Delegados Generales, ésta o éstas deberán ser igualmente oficializadas. Para tal caso, esa situación no impedirá se tengan por válidos a todos los efectos los comicios que se realicen.

4. Los trabajadores que se postulen para ocupar el cargo de Delegados Generales conforme art. 94° de los Estatutos, no podrán hacerlo para integrar la “Mesa Ejecutiva” de la “Comisión Gremial”

5. En cada caso investirán el carácter de electores los agentes bancarios que se encuentren prestando servicios para la empleadora en el ámbito a que se refiere esta Convocatoria y a la fecha en que -conforme lo antes prescripto- deba tener lugar el acto comicial, teniendo en cuenta los listados de personal que suministre cada casa bancaria por orden alfabético y por dependencia, que cuenten con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la elección.

6. Quien pretenda postularse como candidato a Delegado General ó integrante de la Mesa Ejecutiva si su constitución correspondiese (art. 94° de los Estatutos) deberá: 1) Contar a la fecha de la elección con una antigüedad como personal de la empleadora respecto de la cual deberá ejercer sus funciones y como afiliado de la Asociación Bancaria (S.E.B.) no inferior a un año (1 año) continuado anterior a aquella fecha; 2) Ser mayor de edad; 3) No registrar condenas por delito doloso; 4) Hallarse al día con el pago de la cuota sindical.

7. El lapso de duración del mandato de los electos tendrá una extensión de dos años y sus miembros podrán ser reelectos.

8. La Junta Electoral Local nominada por el Consejo Directivo (art. 120° de los Estatutos) tendrá a su cargo todo lo concerniente al proceso electoral.

9. La Junta Electoral Nacional es la máxima autoridad en todos los procesos electorales que lleven a cabo las Juntas Electorales Seccionales. La instancia asociacional en materia de procedimientos electorales se agota únicamente con las decisiones de la Junta Electoral Nacional. La Junta Electoral Nacional es el órgano encargado en última instancia de la interpretación, resolución de impugnaciones y recursos que se planteen ante las Juntas electorales de Seccionales.

10. Publíquese, exhíbase, dése a conocer en la sedé de la Junta Electoral Seccional Rosario.

Rosario, 10 de Diciembre de 2018.

JOSE LUIS LENCI

Presidente Junta Electoral

Seccional Rosario

María de los Angeles Griffa

Secretaria General

Asociación Bancaria Rosario

Juan Carlos Ferreira

Secretario de Actas

Asociación Bancaria Rosario

$ 145 378294 Dic. 19

__________________________________________


PILAY S.A.


COMUNICA


Por la presente se comunica e informa a los efectos legales que pudieran corresponder, que el contrato de, incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común,Nº 1684 del grupo Nº PU12 suscripto en fecha 14/3/12 entre Pilay S.A. y el Sr. D.N.I. Nº 29.722.072,ha sido extraviado por el mismo.

$ 45 378222 Dic. 19

__________________________________________


COMUNA DE PROGRESO


REGISTRO DE OPOSICIÓN

ORDENANZA Nº 66/ 2.018


OBRA: Cordón cuneta de hormigón sin armar v estabilizado granular con ripio de montaña en calle Libertad entre 9 de Julio y vías del FCNGB.


La Comuna de Progreso ha dispuesto la apertura del Registro de Oposición a la obra de construcción de Cordón cuneta de hormigón sin armar y estabilizado granular con ripio de montaña en calle Libertad entre 9 de Julio y vías del FCNGB.

Quienes deseen oponerse a la misma deberán concurrir a la Sede Comunal, calle Esperanza 55, en días hábiles de 7 a 12.30 horas, desde el día 2 hasta el día 15 de Enero de 2.019 inclusive.

Cada oponente deberá acreditar su identidad mediante la presentación del documento correspondiente y la calidad de propietario o poseedor del inmueble o inmuebles afectados al pago de la obra.

$ 450 378143 Dic. 19 En. 7

__________________________________________