picture_as_pdf 2017-11-22


REGISTRADA BAJO EL Nº 13656


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio suscripto en fecha 15 de junio de 2016 entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, representado por su Ministro, Lic. Rogelio Frigerio; la provincia de Córdoba, representada por su señor Gobernador, CPN Juan Carlos Schiaretti; y la provincia de Santa Fe, representada por el señor Gobernador, Ing. R. Miguel Lifschitz, para la creación de la Comisión

Interjurisdiccional de la Cuenca del Río Carcarañá (CIRC), inscripto en fecha 26 de agosto de 2016 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 7162, al Folio 088, Tomo XIII, y forma parte integrante de esta ley.

La Comisión a crearse, que quedará integrada por el citado Ministerio y las provincias de Córdoba y Santa Fe, funcionará como una instancia de cooperación y colaboración para la gestión conjunta de los recursos hídricos de la región, y tendrá por objeto la promoción del manejo coordinado y racional de dichos recursos mediante planes, programas, proyectos y obras orientados a la resolución de la problemática de las inundaciones, anegamientos y sequías que afectan a la Cuenca del Río Carcarañá

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


DECRETO Nº 3425


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional”

10 NOV 2017


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13656 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

LIFSCHITZ

Ing. José León Garibay

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso, oficina n° 227, Santa Fe Tel. 0342- 4506607 -email:tecnicalegislativa@santafe.gov.ar

20927

__________________________________________