picture_as_pdf 2019-08-30

DECRETO Nº 2447

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

, 23/AGO/2019

VISTO:

El Expediente N 00701-0114606-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, en el cual obra la nota de la Municipalidad de Esperanza presentada ante la Secretaria de Turismo dependiente del Ministerio de la Producción, por la que solicita se declare de carácter provincial a la Fiesta del Moncholo, la que se realiza año tras año en el transcurso del mes de septiembre en dicha localidad. Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que este evento se encuentra organizado por el Club de Caza y Pesca de la ciudad de Esperanza el cual se encuentra ubicado en las inmediaciones del Balneario Camping Municipal “Intendente Bertero”, al norte de la ciudad;

Que esta fiesta se realiza en forma ininterrumpida desde el año 1988 siendo una propuesta que fomenta el desarrollo turístico de la ciudad;

Que es importante turísticamente para la región ya que atrae a personas de toda la provincia como así también de provincias vecinas, que disfrutan del contacto con la naturaleza a través de este tipo de actividad;

Que por Disposición Nº 173/19 de la Secretaria de Turismo del Ministerio de la Producción recomienda se declare de carácter regional a la Fiesta del Moncholo y a la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias de la Provincia de Santa Fe, como sede permanente;

Que es de interés del Poder Ejecutivo apoyar eventos de esta naturaleza que constituyen un estímulo para quienes en las diversas actividades colaboran con esfuerzo y dedicación al afianzamiento del turismo provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Declárese de carácter provincial a la Fiesta del Moncholo, la cual se realizas año tras año en forma ininterrumpida durante el transcurso del mes de septiembre en la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 2° Declárese a la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias como sede permanente de la Fiesta del Moncholo

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.

LIFSCHITZ

CPN Alicia Mabel Ciciliani

29287

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