picture_as_pdf 2019-01-04

ARIEL OMAR OBERTO Y

GUSTAVO NELSON OBERTO

SOCIEDAD DE HECHO


SUBSANACIÓN


Socios: ARIEL OMAR OBERTO, nacido el 14 de Noviembre de 1961, de nacionalidad argentina, empresario, divorciado en primeras nupcias de Sonia María Compagnucci, según el Expediente Nro. 566/2006, del Juzgado de Primera Instancia civil, comercial y laboral, Distrito Nro 6, 2da. Nominación de la Ciudad de Cañada de Gómez, Sentencia Nº502, del 24 de Abril de 2007, domiciliado en Avenida 21 Nro. 548, de la Ciudad de Las Parejas, quien acredita su identidad personal mediante DNI N° 14.529.277, C.U.I.T. 20-14529277-9 y GUSTAVO NELSON OBERTO, nacido el 31 de Octubre de 1965, de nacionalidad argentina, empresario, divorciado en primeras nupcias de Rosana Andrea Longo, según el Expediente Nro. V-344/2005, del Juzgado de Primera Instancia civil, comercial y laboral, Distrito Nro 6, 2da. Nominación de la Ciudad de Cañada de Gómez, Sentencia N°926, del 1 de Septiembre de 2006, domiciliado en Calle 6 Nro. 949, de la Ciudad de Las Parejas, quien acredita su identidad personal mediante DNI Nro. 17.361.364, C.U.I.T. 20-17361364-5.

Fecha del Instrumento: 28 de Septiembre de 2018

Domicilio: Avenida 21 Nro. 351 de la ciudad de Las Parejas, Provincia de Santa Fe.

Razón Social: PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de DON NELSO S.R.L. y es continuadora de Ariel Omar Oberto y Gustavo Nelson Oberto sociedad de hecho.

Plazo: El término de duración se fija en veinte (20) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Servicios de contratista rural, laboreo, siembra, fertilización, fumigación y/o recolección de granos, explotación agropecuaria, transporte de granos y cargas en general, comercialización de agroquímicos y/o productos agrícolas ganaderos.

Capital: el capital social se fija en la suma de un millón quinientos noventa mil cuatrocientos treinta y tres pesos ($1.590.433) dividido en un millón quinientas noventa mil cuatrocientas treinta y tres de cuotas (1.590.433) de un peso cada una, que han sido suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: ARIEL OMAR OBERTO suscribe setecientas noventa y cinco mil doscientas dieciséis (795.216) cuotas, por setecientas noventa y cinco mil doscientas dieciséis ($795.216) pesos del capital y GUSTAVO NELSON OBERTO suscribe setecientas noventa y cinco mil doscientas diecisiete (795.217) cuotas, por setecientos noventa y cinco mil doscientos diecisiete ($795.217) pesos del capital.

Gerencia: Ariel Omar Oberto y Gustavo Nelson Oberto. Firma indistinta.

Fiscalización: A cargo de todos los socios.

Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Noviembre de cada año.

$ 110 377862 En. 4

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COLSA S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de lra. Instancia del Distrito Nº 4, Civil y Comercial de la ira. Nominación de la ciudad de Reconquista a cargo del Registro Público de Comercio Dr. José Zarza, hace saber que en los autos caratulados COLSA S.R.L. s/ Designación de Autoridades Expte Nº384 Fº año 2018 se ha ordenado la siguiente publicación:

Por Acta N° 8 de Reunión de Socios de fecha 10 de Septiembre de 2018 y por vencimiento de mandato se ha procedido a la designación como Gerentes a los señores COLOMBO, Miguel Angel Sebastian D.N.I. N° 8.485.625, argentino, comerciante, 20-08485625-9, casado, nacido el 18 de abil de 1951, con domicilio en Ruta “A” 009 km 11, de Reconquista, Santa Fe y a SARTOR, Matías Federico D.N.I. N°31.769.055, argentino, 24-31769055-6, comerciante, soltero, nacido el 07 de Agosto de 1985, con domicilio en calle Diez N°635, de Avellaneda, Santa Fe; todos de nacionalidad argentina a fin de administrar la Sociedad con las facultades previstas en el Art. 5° del Contrato Social.

Secretaría: DAVID, Mirian Graciela. Reconquista, 11 de Diciembre de 2018.

$ 50 377881 En. 4

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EQUIPO PRIVANZA S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que por acta constitutiva de fecha 06 de diciembre de 2018, los Sres. JUAN PABLO CROCCO, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, DNI 35.584.119, CUIT 20-35584119-8, nacido el 16 de noviembre de 1990, con domicilio en calle Maipú n° 756 Piso 1 Depto. 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión empleado; y AYELÉN DAIANA LASAGA, de nacionalidad argentina, estado civil soltera, DNI 38.131.456, CUIT 27-38131456-7, nacida el 13 de abril de 1994, con domicilio en calle Maipú n° 756 Piso 1 Depto. 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante; han resuelto constituir una Sociedad por Acciones Simplificada cuyos datos principales se exponen a continuación:

Denominación: EQUIPO PRIVANZA S.A.S.

Domicilio: Ciudad de Rosario.

Domicilio De La Sede Social: El domicilio de la sede social está ubicado en la calle Maipú 756 Piso 1 Depto 5 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Plazo: Su duración es de treinta (30) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas, vitivinícolas y corretaje; (b) Comunicaciones, espectáculos, eventos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; producción y comercialización de hardware y artefactos electrónicos, diseño web; (d) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (e) Inmobiliarias y constructoras; (f) Inversoras, financieras y fideicomisos; (g) Transporte; (h) Elaboración y comercialización: indumentaria y productos elaborados; (i) Servicios de limpieza y seguridad privada; (j) Comercialización de servicios médicos y toda actividad relacionada a la salud, bioquímicos, de laboratorios, análisis clínicos, medicina laboral y medicina preventiva, explotación de traslados de accidentados y enfermos de todo tipo, y todos los servicios complementarios de la asistencia médica, así como la atención de pacientes ambulatorios y atención e internación medica domiciliaria en todos los grados de complejidad; (k) La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones; (l) Turismo, agencia de turismo al por menor y al por mayor; compra y venta de paquetes turísticos, comercialización de pasajes de todos los transportes, estadías de hotel, excursiones, y cualquier actividad relacionada con el turismo; (m) Organización de eventos, salones de fiesta, catering. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.

Capital Social: El capital social es de pesos Veintidós Mil Seiscientos ($ 22.600), que representados por Veintidós Mil Seiscientas Acciones (22.600) de Un Peso ($1) de valor nominal cada acción. El capital social puede ser aumentado por decisión unánime de los socios expresada en una reunión de socios extraordinaria. Los socios suscriben e integran de la siguiente manera: i) JUAN PABLO CROCCO, suscribe la cantidad de Once Mil Trescientas (11.300) acciones ordinarias, de un voto por acción y de $1 valor nominal cada una, por un total de pesos Once Mil Trescientos, ($11.300) que equivale al Cincuenta por Ciento (50%) de la participación accionaria; ii) AYELEN DAIANA LASAGA, suscribe la cantidad de Once Mil Trescientas (11.300) acciones ordinarias, de un voto por acción y de $1 valor nominal cada una, por un total de pesos Once Mil Trescientos ($11.300) que equivale al Cincuenta por Ciento (50%) de la participación accionaria. El capital suscripto se integra en dinero en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) en este acto, obligándose los socios a integrar el saldo dentro de los dos años desde la firma del presente instrumento. COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3) miembros. La administración de la Sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se podrán realizar por medio fehaciente o por cualquier otro medio de notificación electrónica garantizando su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas de Reuniones del órgano de administración. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. El administrador titular designado por tiempo indeterminado es JUAN PABLO CROCCO, DNI 35.584.119, CUIT 20-355841198, mayor de edad, con domicilio en calle Maipú n° 756 Piso 1 Depto. 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. El administrador suplente que actuará ante la ausencia y en reemplazo del administrador titular, designado por tiempo indeterminado es AYELEN DAIANA LASAGA, DNI 38.131.456, CUIT 27-38131456-7, nacida el 13 de abril de 1994, con domicilio en calle Maipú n° 756 Piso 1 Depto. 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.

Cierre De Ejercicio: El ejercicio económico cierra el 30 de septiembre de cada año.

$ 200 377863 En. 4

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FRIC-ROT S.A.I.C.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Comunica que por Acta de Asamblea N° 88 del 14/05/2018 y por acta de directorio N° 812 del 14/05/2018, se resolvió la designación y distribución de cargos del Directorio de la siguiente manera: (i) Presidente: Pablo Pigino, D.N.I. 20.404.400; (ii) Vice Presidente: Claudio Ernesto Boiocchi, D.N.I. 14.440.327; (iii) Director Titular: Rodolfo Bredicce, D.N.I. 22.955.655; (iv) Director Suplente: Rolando Silvio Minuzzi, D.N.I. 18.118.697; (v) Director Suplente: Guillermo Mascarelli, D.N.I. 14.797.222. Todos con domicilio especial en Uruguay 2627, Rosario, Santa Fe.

$ 45 377908 En. 4

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ELEVAR CONSTRUCCIONES S.A.S.


ESTATUTO


Fecha de instrumento: 03/12/2018. Integrantes de la sociedad: Roberto Eliseo Fuentealba, argentino, nacido el 18/10/1987, empresario, casado, domicilio Simón Bolivar Nº2815, Villa Gobernador Gálvez, Santa Fe, DNI 33.305.040, CUIT 20-33305040-5; Fernando Gustavo Maciel, argentino, nacido el 03/7/1973, empresario, casado, domicilio Petrona Avalos Nº771 bis Rosario, Santa Fe, DNI 23.488.312, CUIT 20-23488312-8. Denominación: ELEVAR CONSTRUCCIONES S.A.S. Domicilio Legal Petrona Avalos Nº771 bis, Rosario. Objeto Social: Proyecto, dirección y ejecución de las obras de construcciones civiles e industriales, viviendas, edificios de todo tipo incluso destinados al régimen de la propiedad horizontal, reforma, reparación o demolición de las obras enumeradas. Plazo de duración: 20 años. Capital Social: $ 100.000 representado por 100.000 acciones de $1 v/n c/u y de un voto, 100% suscriptas y 25% integradas. Maciel Gustavo Fernando 50.000 acciones ordinarias; Fuentealba Roberto Eliseo 50.000 acciones ordinarias. Administración: A cargo de un Administrador titular: Maciel Fernando Gustavo; Administrador Suplente: Fuentealba Roberto Eliseo. Ambos con domicilio especial en la sede social; todos por plazo indeterminado. Prescinde del órgano de fiscalización. Fecha de cierre del ejercicio comercial: 30 de noviembre de cada año.

$ 45 377830 En. 4

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HOLA S.A.


ESTATUTO


Accionistas de la Sociedad: Gabriel Esteban Brochier, argentino, mayor de edad, nac. 22/03/1988, soltero, domiciliado en Cerrito 145, Rosario, DNI 33.573.311, CUIT 20-33573311-9, Ingeniero Industrial; y Cristian Rene Brochier, argentino, mayor de edad, nac. 08/05/1985, soltero, domiciliado en Rosario en Cerrito 145, DNI 31.432.976, CUIT 20-31432976-8, Psicoanalista.

Denominación y Domicilio: HOLA S.A., Pte, Roca 119 Piso 4°, “Dto 4” Rosario.

La Sociedad tendrá por objeto la explotación, por cuenta propia y/o de terceros, de establecimientos dedicados a la fabricación, comercialización, importación y/o exportación de calzado en general, así como artículos accesorios y/o complementarios de éste como carteras, cinturones, bolsos, mochilas, e indumentaria en general, ya sea de cuero y/o tela. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Puede también intervenir en licitaciones y/o concursos de precios, públicos y/o privados relacionados con las actividades detalladas.

Capital Social: $400.000,- representado por cien acciones de $4.000,- cada una.

Duración: Veinte años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Administración y Representación: A cargo de un Directorio compuesto entre uno y cinco miembros que durarán tres ejercicios en sus funciones. Se debe designar suplente/s por el mismo plazo.

Balance: 30 de Noviembre de cada año.-

Fecha del Instrumento de Constitución: 04/12/2018.

Primer Directorio: Presidente Gabriel Esteban Brochier; Director Suplente: Cristian Rene Brochie.Representacón y fiscalización: La representación legal corresponde al Presidente del Directorio; se prescinde de la Sindicatura conforme al art. 284° de la Ley 19550.

$ 60 377914 En. 4

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G & G SUMINISTROS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 13 días del mes de Noviembre de 2018, entre los señores Gabriel Esteban Zadro, argentino, DNI 13.844.450, CUIT 20-13844450-4, nacido el 23 de abril de 1960, casado en primeras nupcias con la Sra. Laura Alejandra Montorfano, domiciliado en calle Italia 1245 de Rosario, comerciante, y Guillermo Nestor Toniutti, argentino, DNI 14.510.823, CUIT 20-14510823-4, nacido el 24 de junio de 1962, casado en primeras nupcias con la Sra. Nancy Beatriz Verdolini, domiciliado en calle Agrelo 2155 de Rosario, comerciante, ambos integrantes de G & G SUMINISTROS S.R.L., poseedores del 100 % del Capital Social, con Contrato Social constitutivo inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, el día 22 de diciembre de 2008, en contratos, al Tomo 159, Folio 29059 N° 2314, convienen lo siguiente: PRIMERO: Prorrogar la duración del contrato social por el término de 10 años a partir de la fecha de vencimiento que se produce el día 22 de diciembre de 2018. En virtud de la prorroga apuntada, la nueva fecha de vencimiento del Contrato Social será el 22 de diciembre de 2028. SEGUNDO: Los socios por unanimidad, deciden aumentar el Capital Social en la suma de $ 360.000,00 (pesos trescientos sesenta mil) mediante la capitalización de la cuenta Aportes Irrevocables, en las mismas proporciones que los socios poseen actualmente. Es decir que el socio Gabriel Esteban Zadro, suscribe e integra en este acto 18.000 cuotas de capital de valor nominal $ 10,00 cada una, lo que representa $ 180.000,00 (pesos ciento ochenta mil), manteniendo su participación original del 50 % del Capital Social, lo que representa $ 200.000,00 (pesos doscientos mil) y el socio Guillermo Nestor Toniutti, suscribe e integra en este acto 18.000 cuotas de capital de valor nominal $ 10,00 cada una, lo que representa $ 180.000,00 (pesos ciento ochenta mil), manteniendo su participación original del 50 % del Capital Social, lo que representa $ 200.000,00 (pesos doscientos mil). TERCERO: Como consecuencia de esta modificación de contrato, y a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, la sociedad G & G SUMINISTROS S.R.L., queda integrada por los socios Gabriel Esteban Zadro y Guillermo Nestor Toniutti, quedando asimismo el Capital Social suscripto e integrado en la suma de $ 400.000,00 (pesos cuatrocientos mil) representado de la siguiente forma: el socio Gabriel Esteban Zadro 20.000 cuotas de capital de $ 10,00 cada una que representan un capital de $ 200.000,00 (50%), y el socio Guillermo Nestor Toniutti, 20.000 cuotas de capital de $ 10,00 cada una que representan un capital de $ 200.000,00 (50%). CUARTO: Los Señores Gabriel Esteban Zadro, argentino, DNI 13.844.450, CUIT 20-13844450-4, nacido el 23 de abril de 1960, casado en primeras nupcias con la Sra. Laura Alejandra Montorfano, domiciliado en calle Italia 1245 de Rosario, comerciante, y Guillermo Nestor Toniutti, argentino, DNI 14.510.823, CUIT 20-14510823-4, nacido el 24 de junio de 1962, casado en primeras nupcias con la Sra. Nancy Beatriz Verdolini, domiciliado en calle Agrelo 2155 de Rosario, comerciante, declaran bajo juramento que NO se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nómina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, en su Resolución UIF N° 52/2012 - Artículo 10. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. QUINTO: Se ratifican las demás cláusulas del Contrato Social no modificadas por el presente, que es leído y aprobado por los socios que en prueba de ello, lo firman en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

$ 110 377888 En. 4

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GRUPO SAN JUAN S.A.


CAMBIO DE JURISDICCIÓN


1) Fecha del Acta de cambio de Jurisdicción: 11.06.2018

2) Datos de los socios: Omar Ernesto Zambello, argentino, con Documento Nacional de Identidad N° 12.230.610, CUIT 20-12230610-1, con fecha de nacimiento 14.04.1956, de profesión Comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Ana Lida Muñoz, con domicilio en calle Fuerza Aérea 2350 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe; Ana Lida Muñoz de Zambello, argentina, con Documento Nacional de Identidad N° 13.479.825, CUIT 23-13479825-4, con fecha de nacimiento 09.11.1957, de profesión Comerciante, de estado civil casada en primeras nupcias con el Sr. Omar Ernesto Zambello, con domicilio en calle Fuerza Aérea 2350 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe y Martín Zambello, argentino, con Documento Nacional de Identidad N° 28.148.820, CUIT 20-28148820-2, con fecha de nacimiento 28.06.1980, de profesión Comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Fuerza Aérea 2.350 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe.

3) Domicilio y sede social: La sede social se fija en calle Catamarca N° 391 de la ciudad de Roldán, provincia de Santa Fe.

4) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de tercero o asociada a terceros, de todo tipo de actividades que intervengan en el proceso de elaboración, industrialización, comercialización, importación y exportación del caucho sus productos, subproductos y o derivados. En forma conexa podrá dedicarse a la venta de neumáticos, servicio de colocación tren delantero y alineación y balanceo de todo tipo de vehículos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo acto o contrato que no sea prohibido por las leyes o por el presente estatuto.

5) Plazo de duración: Su plazo de duración es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público.

6) Capital Social: El CAPITAL SOCIAL se fija en la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($1.600.000.-) representados por UN MILLON SEISCIENTOS MIL acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción y de un valor nominal de UN PESO ($l.-) cada una.

7) Administración y Fiscalización: La dirección y administración de la sociedad está a cargo de un Directorio integrado por el número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco directores, con Un mandato por tres ejercicios, e igual o menor número de suplentes, los que integrarán el Cuerpo en caso de ausencia o impedimento de los titulares en el orden de su elección.

La sociedad prescinde de la sindicatura, teniendo en consecuencia los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19.550. En el supuesto caso de que por 0 aumento del capital social, el mismo supere el monto establecido por el artículo 299, inciso 2 de la Ley 19.550, se deberá designar un síndicotitular y un suplente, por el término de un año, sin necesidad de modificar el presente estatuto. Fi Directorio estará a cargo de Ornar Ernesto Zambello corno Presidente; Martín Zambello Vicepresidente; Ana Lida Muñoz de Zambello como Directora Titular y Yanina Zambello como directora suplente.

8) Cierre de ejercicio social: El ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año.

$ 105 377918 En. 4

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SUCESIÓN AMORINI S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial 1° Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco de fecha 17 de diciembre de 2018 en los autos: Sucesión Amorini S.A. s/ Designación de Autoridades, se ha ordenado la publicación de la composición del directorio y síndicos de la misma, los cuales fueron designados por la Asamblea General Ordinaria la cual consta en el Acta N° 57 del 31 de agosto de 2018, siendo la misma convocada por el Acta de Directorio N° 183 del 27 de julio de 2018 y cuyos cargos fueron distribuidos.y aceptados el día 3 de septiembre de 2018, lo cual ha quedado plasmado en el Acta de Directorio N° 184 de esa fecha. El Directorio se renueva por el término de tres años y queda conformado de la siguiente manera: PRESIDENTE: Vicente Florio Zoric, nacido el 05 de agosto de 1959, nacionalidad argentina, D.N.I. 13.498.281, C.U.I.T.: 20-13498281-1, estado civil casado, ocupación Comerciante, domicilio legal Castelli N° 1.700 de la ciudad de Venado Tuerto. VICE-PRESIDENTE: Gisela María Vuyovich, nacida el 02 de febrero de 1969, nacionalidad argentina, D.N.I. 20.195.786, C.U.I.T.: 20-20195786-4, estado civil casada, ocupación Abogada, domicilio legal Saavedra N° 1.049 de la ciudad de Venado Tuerto. DIRECTOR TITULAR: Bárbara Zoric Vuyovich, nacido el 26 de diciembre de 1991, nacionalidad argentina, D.N.I. 36.576.359, C.U.I.T.: 27-36576359-9, estado civil soltera, ocupación estudiante, domicilio legal Paraguay N° 1331 10 A de la ciudad de Rosario. DIRECTOR SUPLENTE: Rafael Vuyovich, nacido el 19 de marzo de 1965, nacionalidad argentina, D.N.I. 17.075.390, C.U.I.T.: 23-17075390-9, estado civil casado, ocupación empleado, domicilio legal Pavón N° 259 de la ciudad de Venado Tuerto. SINDICO TITULAR: Cifré, Walter Enrique, nacido el 18 de diciembre de 1970, nacionalidad argentina, D.N.I. 21.898.715, C.U.I.T.: 20-21898715-0, estado civil soltero, ocupación Contador Público, domicilio legal Alvear N° 1.098 de la ciudad de Venado Tuerto. SINDICO SUPLENTE: Alejandra Valeria Irigaray, nacida el 9 de enero de 1984, nacionalidad argentina, D.N.I. 30.710.935, C.U.I.T.: 27-30710935-8, estado civil soltera, ocupación Contadora Pública, domicilio legal P. Lascala N° 120 de la ciudad de Venado Tuerto.

$ 125 378847 En. 4

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TOTTEM SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA


CONTRATO


El Señor Secretario a cargo del Registro Público de la ciudad de Santa Fe, respecto al trámite de constitución conforme a los autos caratulados: TOTTEM S.R.L. s/constitución de sociedad (Expte. N° 2638/18 - CUIJ: 21-05199067-3), ha ordenado la siguiente publicación: 1. SOCIOS: Juan Francisco CASTELLANO, DNI 36.478.079, CUIT 20-36478079-7, argentino, apellido materno FILIZZOLI, nacido el 14/12/1992, de estado civil soltero, comerciante, domiciliado en calle Rivadavia N° 1101 de María Susana (SF); y Federico Ezequiel CASTELLANO, DNI 33.446.398, CUIT 20-33446398-3, argentino, apellido materno FILIZZOLI, nacido el 30/05/1988, de estado civil soltero, agropecuario, domiciliado en calle Rivadavia N° 1101 de María Susana (SF); ambos mayores de edad y hábiles para contratar. 2. LUGAR y FECHA DE INSTRUMENTO CONSTITUTIVO: En María Susana (SF), el día 16 Noviembre de 2018. 3. DENOMINACIÓN: TOTTEM Sociedad de Responsabilidad Limitada. 4. DOMICILIO: Calle Rivadavia N° 1101 de María Susana (SF). 5. OBJETO: Tendrá por objeto la elaboración y comercialización, por cuenta propia, de terceros o asociado a éstos, envasados o no, al por mayor o menor, de todo tipo de alfajores, postres, tortas, helados, dulces, masas, bizcochos, sandwiches, galletas, panes, tostadas, panificados, masas secas y finas, roscas, facturas y, en general, todo producto o subproducto de panadería, comidas en general, confitería y afín. Para ello asume amplia capacidad jurídica para la adquisición y venta de bienes muebles e inmuebles, para gravarlos, arrendarlos o subarrendarlos; para adquirir y ceder créditos, otorgar toda clase de poderes generales y especiales extendiendo y suscribir cuantos instrumentos y escrituras fueran necesarios; actuar ante la justicia y los poderes públicos nacional, provincial y/o municipal, contraer préstamos, aceptar y librar letras, cheques, pagarés, cartas de crédito y cualquier otro título valor, actuar ante cualquier banco ya sea del país o del exterior; y en definitiva, realizar todo acto de carácter jurídico, económico o financiero necesario para su eficaz desenvolvimiento, siendo la precedente enunciación de carácter no limitada. 5. DURACION: Cincuenta (50) años a contar de la inscripción del acto constitutivo, pudiendo prorrogarse por diez años más con el voto unánime de los socios. 6. CAPITAL SOCIAL: Se fijó en la suma de $ 350.000.- dividido en 3.500 cuotas de $ 100.- de valor nominal cada una, suscriptas e integradas por los socios por partes iguales. 7. DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de 1 (un) gerente administrador, socio o no. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social. Como Socio Gerente se desempeñará Federico Ezequiel CASTELLANO. La fiscalización estará a cargo de todos los socios y la decisiones sociales se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la ley 19550. 8. FECHA CIERRE DEL EJERCICIO: El día 31 de Octubre de cada año. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día.

Santa Fe, 13/12/2018. Dr. Freyre, Secretario.

$ 167 379122 En. 4

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KRETZ S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Se hace saber, con relación a KRETZ S.A. que conforme lo resuelto por Acta de Asamblea Nro. 26, de fecha 19 de diciembre de 2017, se ha resuelto incrementar el capital social y reformar el Estatuto Social, en las siguientes cláusulas: ARTICULO 3º: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, asociada o en colaboración con terceros, en cualquier punto de la república o del extranjero las siguientes operaciones: Diseño, fabricación, ensamblado, construcción, reparación y comercialización de aparatos, instrumentos, balanzas, básculas, sistemas o desarrollos eléctricos, electrónicos, electromecánicos o informáticos para la medición, comunicación, procesamiento, control, registro e impresión. Asimismo, para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad se encuentra plenamente capacitada para el desarrollo de las siguientes actividades: Importación, exportación, compra, venta, alquiler, leasing; ser representante, agente, distribuidor, comisionista, fiduciante, fiduciario, beneficiario, fideicomisario, consultor, asesor, mandatario, licenciatario, transportista, franquiciante o franquiciado de los bienes y servicios antes mencionados, pudiendo presentarse en toda clase de concursos, licitaciones públicas o privadas y comercializar sus productos y servicios con comunas, municipios, cooperativas, asociaciones, fundaciones, o con cualquier otra persona humana o jurídica sea esta pública o privada; o del Estado Nacional, Provincial o Municipal o del extranjero. ARTICULO 4º: El capital social se fija en la suma de cuatro millones cuatrocientos mil pesos ($4.400.000) representado en cuatro mil cuatrocientas (4.400) acciones de mil pesos ($1.000) valor nominal cada una, ordinarias, nominativas no endosables, de un (1) voto por acción. El capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuple, por decisión de la asamblea ordinaria de accionistas. ARTÍCULO 5º: Las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas, según lo determine la asamblea de accionistas. Las acciones preferidas podrán tener un derecho al pago de un dividendo fijo preferente, de carácter acumulativo o no, de acuerdo con las condiciones de emisión; podrá también acordárseles una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas, y reconocérseles prioridad en el reembolso del capital en caso de liquidación de la sociedad. Cada acción ordinaria suscripta otorgará derecho a un (1) voto. Las acciones ordinarias de voto plural podrán otorgar hasta cinco (5) votos por acción, según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas no darán derecho a voto, excepto en los casos previstos en el párrafo 4º del artículo 244 de la Ley General de Sociedades y en el de mora por hacerse efectivo el pago de los beneficios que constituyen su preferencia. Por resolución de asamblea extraordinaria de accionistas podrá amortizarse total o parcialmente las acciones integradas con ganancias realizadas y liquidas determinando el precio justo, asegurando la igualdad de los accionistas y determinando todas sus modalidades y condiciones. Cuando se decida la amortización por sorteo, ésta se practicará ante la autoridad de control o escribano público, publicándose su resultado por un día en el BOLETÍN OFICIAL e inscribiéndose en los registros correspondientes. Si las acciones son amortizables en parte, ello se asentará en los títulos o en las cuentas si son acciones escriturales. Si es total, las mismas se anularán reemplazándose por bonos de goce o inscripciones en cuenta con el mismo efecto. Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones de los artículos 211 y 212 de la Ley General de Sociedades. Se podrán emitir títulos representativos de más de una acción. La sociedad podrá emitir bonos de goce o de participación, y estos últimos podrán serlo también respecto de prestaciones que no sean aportes de capital o para el personal de la sociedad. Sin perjuicio de los derechos que la ley otorga a los tenedores de bonos de goce, éstos además tendrán derecho a participar en las asambleas con voz. Los bonos de participación para el personal son intransferibles y caducan con la extinción de la relación laboral cualquiera sea su causa, sin dar por ello derecho a acrecer a los demás bonistas. En todos los casos los bonos contendrán los siguientes recaudos: a) La participación que en las ganancias del ejercicio a ellos corresponde; b) Las ganancias que a ellos corresponda podrán abonarse en efectivo, cualquiera sea la forma de pago resuelta para liquidar el dividendo; incluso aunque no corresponda liquidar dividendos por inexistencia de utilidades; c) Las participaciones en las ganancias pagadas a los bonistas se computarán como gasto para la sociedad; d) La sociedad podrá, por decisión de asamblea extraordinaria de accionistas, realizar pagos anticipados a cuenta de la participaciones que les corresponda a los bonistas en las ganancias de ejercicio; e) la modificación de las condiciones de los bonos requiere la conformidad de tenedores de la mayoría absoluta de bonos de la clase respectiva, expresada en asamblea convocada por la sociedad al efecto. La convocatoria se realizará por el procedimiento establecido en el artículo 237 de la Ley General de Sociedades. No se requiere esa conformidad para la modificación referente al número de bonos, cuando se trate de los previstos en los artículos 228 y 230 de la Ley General de Sociedades. En todos los casos, la asamblea extraordinaria, podrá delegar en el directorio las condiciones y formalidades de su emisión. ARTICULO 6º: El socio que se propone ceder o transferir sus acciones deberá comunicar esa circunstancia al directorio mediante medio fehaciente, indicando nombre, domicilio, documento, nacionalidad, estado civil y profesión del adquirente, así como también el precio, plazo de pago, modalidad y demás condiciones de la operación. Dentro de los diez (10) días de recibida la comunicación, el directorio deberá comunicar por medio fehaciente a los restantes socios, y deberá igualmente hacerles ofrecimiento mediante avisos por tres días en el diario de publicaciones legales, para que ejerzan el derecho de preferencia, dentro de los treinta (30) días de recibida la comunicación o de la última publicación. Asimismo, los socios que hubieren ejercido el derecho de preferencia, podrán ejercer el derecho de acrecer, si hubiere socios que no ejercieren el derecho de preferencia, en proporción a las acciones adquiridas. Deberán manifestar la voluntad de acrecer en los quince (15) días posteriores al vencimiento del plazo para adquirir preferentemente. Estos derechos de los socios deben figurar en los títulos o en las anotaciones en cuenta, según sea el caso. En todos los casos frente a la impugnación del precio de cesión o transferencia por parte de la sociedad o cualquiera de los socios, se aplicará el procedimiento del artículo 154 de la Ley General de Sociedades. ARTICULO 7º: Las acciones ordinarias y preferidas otorgarán a sus titulares derechos preferentes en la suscripción de nuevas acciones de la misma clase y de acrecer en proporción a las que no posean, de acuerdo a lo previsto en el artículo 194 de la Ley General de Sociedades. ARTÍCULO 10º: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea de accionistas, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de siete (7), con mandato por tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos indefinidamente; no obstante, deberán permanecer en el cargo hasta su reemplazo. La asamblea de accionistas deberá designar suplentes mientras se prescinda de la sindicatura, en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo que estos últimos. Las vacantes que se produzcan en el directorio se llenarán por los suplentes en el orden de su elección. Cuando la asamblea designe un directorio de más de un miembro, la misma designará entre ellos un presidente y un vicepresidente. Este último reemplazará al primero en caso de ausencia, impedimento, muerte o renuncia. El directorio funcionará con la mayoría absoluta de sus integrantes y adoptará sus resoluciones por mayoría de votos presentes, debiendo reunirse cuanto menos una vez cada tres meses. En caso de igualdad, el presidente o su reemplazante tendrán voto de desempate. Sus reuniones se transcribirán en el libro de actas que se llevará al efecto. Sus funciones serán remuneradas conforme lo determina la asamblea. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio. En caso de ausencia o impedimento del mismo, sea en forma temporaria o definitiva, el vicepresidente podrá actuar ejercitando la misma representación. En el supuesto caso de ausencia o impedimento del presidente del directorio y el vicepresidente, podrán representar legalmente a la sociedad los directores con la firma conjunta de dos de los directores designados. ARTICULO 11º: Los directores deben prestar como garantía del buen desempeño de sus funciones la suma de treinta mil pesos ($30.000) en dinero en efectivo, cada uno de ellos, que depositarán hasta el término de su gestión, la que una vez aprobada dará derecho a los mismos a su restitución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 256 de la Ley General de Sociedades. ARTICULO 12º: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, inclusive de aquellos para los cuales la ley requiere poderes especiales, conforme los artículos 375 y 1191 del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 9 del Decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, estando autorizado para abrir cuentas corrientes bancarias, aceptar letras, pagares, adquirir títulos valores, endosar cheques, firmar documentos públicos y privados, girar en descubierto hasta las sumas autorizadas, operar con bancos nacionales, provinciales, municipales y privados, efectuar pagos y cobros, otorgando y recibiendo recibos, percibir el importe de cheques, giros y otros documentos a la orden de la sociedad, representar a la misma en asuntos o causas de jurisdicción voluntaria o contenciosa ante los poderes públicos y autoridades judiciales o administrativas, conferir poderes, realizar todo acto o contrato por el cual se adquieran, enajenen o graven bienes, otorgar y firmar las escrituras e instrumentos públicos y privados en general y practicar todos los actos, gestiones y diligencias necesarias por cuanto las facultades descriptas no son limitativas sino enunciativas. La sociedad queda obligada por todos los actos que realicen sus representantes, que no sean notoriamente extraños al objeto social. En uso de las atribuciones y facultades que le confiere la ley y el presente estatuto, el directorio podrá designar un gerente general de la empresa; esta designación podrá recaer o no en uno de los miembros del directorio. También podrá el directorio designar gerentes especiales según lo requieran las necesidades de la empresa. ARTÍCULO 16º: El ejercicio social cierra el día 31 de julio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. Las ganancias líquidas y realizadas se destinarán: a) cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el fondo de reserva legal; b) pago de la renta o beneficios correspondientes a los bonos de participación o goce; c) remuneración del directorio; d) dividendo de las acciones preferidas si las hubiere, con prioridad los acumulativos impagos, e) el saldo en todo o en parte a la participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias o a fondos de reserva facultativos o de previsión o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deberán ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. Registro Público de Comercio Expte Nro. 4692/18. CUIJ 21-05508207-0, Legajo Nro. 2009512. Kretz SA s/ aumento de capital.

$ 345 378445 En. 4

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BMR MANDATOS Y NEGOCIOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que la Sociedad BMR MANDATOS Y NEGOCIOS Sociedad Anónima, que gira con domicilio en la ciudad de Rosario, con Estatutos inscriptos en el Registro Público de Comercio de Rosario en fecha 20 de octubre de 2008, al T° 89 F° 11.827 N° 634, por resolución adoptada por sus integrantes en Asamblea Ordinaria de fecha 23 de agosto del año 2018 en forma unánime, han acordado la designación Directores de BMR MANDATOS Y NEGOCIOS S.A., de acuerdo al siguiente detalle:

Designación de Directorio: Compuesto por los siguientes Directores y distribuidos de la siguiente manera: Presidente: Sr. GUSTAVO G. ASEGURADO, D.N.I. 20.031.898, Director Titular: Sr. GUIDO F. BOGGIANO, D.N.I. 28.059.111; Director Titular: Dr. FERNANDO J. LUCIANI, D.N.I. 27.539.900; Director Suplente: Sr. FERNANDO J. STAFFIERI, D.N.I. 30.685.270.

Todos ellos constituyeron domicilio especial (Artículo 256 L.S.) en calle San Martín 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 379339 En. 4

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SARTORE-CACCAMO S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en los autos caratulados SARTORE-CACCAMO S.R.L. s/ Modificación al contrato social, Expte. Cuij. 21-05198588-2 en trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber por edictos que se publican en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley, que la socia MARÍA LAURA CÁCCAMO DNI 28.217.981 cede y transfiere en forma onerosa a favor del Sr. ROBERTO DANIEL SARTORE, DNI 10.874.360 el 25% de las cuotas sociales que titulariza en la sociedad referida.- Como consecuencia de la cesión, la cláusula cuarta del contrato societario Sartore-Cáccamo SRL queda redactada de la siguiente manera: “El capital de $ 100.000 (pesos cien mil con 00/100), integrado en 100 cuotas de $ 1.000 (pesos un mil con 00/100) cada una, tendrá la proporción: 50% (50 cuotas) en titularidad de Roberto Daniel Sartore; 25% (25 cuotas) para Lisandro Julián Sartore y 25% (25 cuotas) para Carmelo Patricio Cáccamo, manteniéndose en todo lo demás la redacción original de la referida cláusula cuarta.- Fdo. Dr. Jorge Edu74Freyre (Secretario Registro Público de Comercio).- Santa Fe, 7 de diciembre de 2018.

$ 55 377911 En. 4

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LAS MARGARITAS

AGROPECUARIA S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nro 11 a cargo del Registro Público de Comercio, ordénese la publicación por el término de un día del siguiente aviso referido a: Por decisión unánime de los Directores tomada en el marco del Acta de Directorio N° 006, celebrada en fecha 29 de setiembre de 1997, se ha aprobado el cambio del domicilio de la sede social de la empresa, a calle Juan Manuel de Rosas 1271 de esta ciudad de Rosario.

$ 45 377910 En. 4

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LA ENTRERRIANITA S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: LA ENTRERRIANITA S.R.L. s/Modifícación al Contrato Social (Expte.4775 Año 2018 CUIJ Nº 21-05508290-9), de trámite por ante el Registro Público de Rosario, se hace saber que: Por Asamblea General Ordinaria, de fecha 24 de Octubre de 2018, aprobada por unanimidad por los socios que representan al 100% del capital social de la entidad LA ENTRERRIANITA S.R.L. CUIT N° 30-71086421-3, con sede en calle Pasaje Facundo Quiroga N 2217 de la ciudad de Rosario, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario bajo Nº 1391, al Fº 17.028, Tomo 159 de Contratos, en fecha 02/08/2008 se incorporo a la sociedad como nuevo socio el Sr. BRIAN NICOLAS PENZATO, titular del DNI N° 36.538.659, CUIT N° 20-36538659-6, argentino, mayor de edad, nacido el 08 de Febrero de 1.992, de profesión comerciante, de estado civil soltero, domiciliado en calle Pasaje Facundo Quiroga N° 2.221 de Rosario.-

$ 45 377954 En. 4

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MACO INVERSIONES S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se comunica que por Acta de Asamblea N° 32 del 14/05/2018 y por acta de directorio N° 162 del 14/05/2018, se resolvió la designación y distribución de cargos del Directorio de la siguiente manera: (i) Presidente: Pablo Pigino, D.N.I. 20.404.400; (ii) VicePresidente: Claudio Ernesto Boiocchi, D.N.I. 14.440.327; (iii) Director Titular: Rodolfo Bredicce, D.N.I. 22.955.655; (iv) Director Suplente: Rolando Silvio Minuzzi, D.N.I. 18.118.697; (v) Director Suplente: Guillermo Mascarelli, D.N.I. 14.797.222. Todos con domicilio especial en Uruguay 2627, Rosario, Santa Fe.

$ 45 377907 En. 4

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La Segunda Compañía de Seguros de Personas S.A.


INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES RESUMIDOS


A los señores Presidente y Directores de

La Segunda Compañía de Seguros de Personas S.A.

Domicilio legal: Brig. Gral. Juan Manuel de Rosas 957

Rosario – Santa Fe

C.U.I.T.: 30-50003462-5


Informe sobre los estados contables resumidos


Los estados contables resumidos adjuntos de La Segunda Compañía de Seguros de Personas S.A. (en adelante “la Sociedad”), que comprenden el estado de situación patrimonial resumido al 30 de junio de 2018, el estado de resultados resumido y el estado de evolución del patrimonio neto resumido correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, se derivan de los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, sobre los cuales hemos emitido con fecha 8 de agosto de 2018, una opinión favorable sin salvedades. Dichos estados contables, así como los estados contables resumidos, no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha de nuestro informe sobre los estados contables completos auditados.


Los estados contables resumidos no contienen toda la información que requieren las normas contables de la Superintendencia de Seguros de la Nación, (en adelante “SSN”). En consecuencia, la lectura de los estados contables resumidos no equivale a la lectura de los estados contables completos auditados de la Sociedad. Dichos estados contables completos auditados obran en la SSN a disposición de cualquier interesado que los solicite.


Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables resumidos


La Dirección es responsable de la preparación y presentación de un resumen de los estados contables completos auditados de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.




Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables resumidos basada en nuestros procedimientos realizados de conformidad con las normas de auditoría de estados contables resumidos establecidas en la sección III.D de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables resumidos constituyen una presentación resumida razonable de los estados contables auditados de la entidad.


Opinión

En nuestra opinión, los estados contables resumidos son congruentes con los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2018, de conformidad con lo requerido por el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Párrafo de énfasis

Nuestro informe sobre los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2018, incluyó un párrafo de énfasis en el que llamamos la atención sobre el contenido de la siguiente nota a los estados contables completos auditados:

Nota 3, en la cual se describe que los estados contables completos auditados, han sido preparados de acuerdo con el marco contable establecido por la SSN. Dichas normas difieren, en ciertos aspectos, de las normas contables profesionales argentinas vigentes. En la mencionada nota, la Sociedad ha identificado y cuantificado el efecto sobre los estados contables derivado de los diferentes criterios de valuación y exposición.


Utilización de los estados contables resumidos

Los estados contables resumidos adjuntos fueron preparados por la Dirección de la Sociedad para su publicación en el Boletín Oficial, conforme a los requerimientos del artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091 pero pueden no ser apropiados para otra finalidad.


Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios


En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:


los estados contables de La Segunda Compañía de Seguros de Personas S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con el plan de cuentas establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Con respecto a los registros contables llevados mediante el sistema de medios ópticos, en virtud de la autorización otorgada por el Registro Público de Comercio de la Provincia de Santa Fe de fecha 8 de agosto de 2006, los mismos son llevados en sus aspectos formales de conformidad con la Resolución N° 38.708 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, manteniendo las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron autorizados, utilizando soportes ópticos no regrabables y de conformidad con el artículo 37.7.4 de la mencionada Resolución. Asimismo, se han ejecutado los correspondientes algoritmos de seguridad que surgen del software MD5 sobre los mencionados registros, encontrándose copiada la serie resultante hasta el mes de junio de 2018 en el Libro de Inventario y Balances;

b) la sociedad presenta superávit en su “Estado de Capitales Mínimos”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 8 de agosto de 2018 sin observaciones;

c) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino de La Segunda Compañía de Seguros de Personas S.A. que surge de los registros contables de la Sociedad ascendía a $ 1.790.458, no siendo exigible a dicha fecha;

d) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para La Segunda Compañía de Seguros de Personas S.A. previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe;

e) las cifras resumidas de los estados contables al 30 de junio de 2018 son: Activo $ 1.131.121.750, Pasivo $ 823.536.236, Patrimonio Neto $ 307.585.514 y Ganancia del ejercicio $ 88.037.838;

f) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor de la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos que surge de los registros contables de la Sociedad ascendía a $ 737.574, no siendo exigible a dicha fecha;

g) la Sociedad presenta superávit en el “Cálculo de la cobertura del artículo 35 de la Ley 20.091 y modificatorias”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 8 de agosto de 2018 sin observaciones;


h) las cifras incluidas en el Cuadro de Resultado Técnico de Operaciones, el cual hemos firmado a los fines de su identificación, surgen de registros contables, extracontables y papeles de trabajo suministrados por la Sociedad.


Rosario, 4 de diciembre de 2018.


$ 1.200.- 379409 En. 4.-

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La Segunda Seguros de Retiro S.A.


INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES

RESUMIDOS


A los señores Presidente y Directores de

La Segunda Seguros de Retiro S.A.

Domicilio legal: Brig. Gral. Juan Manuel de Rosas 957

Rosario – Santa Fe

C.U.I.T.: 30-62755876-3


Informe sobre los estados contables resumidos


Los estados contables resumidos adjuntos de La Segunda Seguros de Retiro S.A. (en adelante “la Sociedad”), que comprenden el estado de situación patrimonial resumido al 30 de junio de 2018, el estado de resultados resumido y el estado de evolución del patrimonio neto resumido correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, se derivan de los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, sobre los cuales hemos emitido con fecha 8 de agosto de 2018, una opinión favorable sin salvedades. Dichos estados contables, así como los estados contables resumidos, no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha de nuestro informe sobre los estados contables completos auditados.


Los estados contables resumidos no contienen toda la información que requieren las normas contables de la Superintendencia de Seguros de la Nación, (en adelante “SSN”). En consecuencia, la lectura de los estados contables resumidos no equivale a la lectura de los estados contables completos auditados de la Sociedad. Dichos estados contables completos auditados obran en la SSN a disposición de cualquier interesado que los solicite.


Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables resumidos

La Dirección es responsable de la preparación y presentación de un resumen de los estados contables completos auditados de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables resumidos basada en nuestros procedimientos realizados de conformidad con las normas de auditoría de estados contables resumidos establecidas en la sección III.D de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables resumidos constituyen una presentación resumida razonable de los estados contables auditados de la entidad.


Opinión

En nuestra opinión, los estados contables resumidos son congruentes con los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2018, de conformidad con lo requerido por el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Párrafo de énfasis

Nuestro informe sobre los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2018, incluyó un párrafo de énfasis en el que llamamos la atención sobre el contenido de la siguiente nota a los estados contables completos auditados:

Nota 3 a los estados contables completos auditados, en la cual se describe que los estados contables completos adjuntos han sido preparados de conformidad con el marco contable establecido por la SSN. Dichas normas difieren, en ciertos aspectos, de las normas contables profesionales argentinas vigentes. En la mencionada nota, la Sociedad ha identificado y cuantificado el efecto sobre los estados contables derivado de los diferentes criterios de valuación y exposición.


Utilización de los estados contables resumidos

Los estados contables resumidos adjuntos fueron preparados por la Dirección de la Sociedad para su publicación en el Boletín Oficial, conforme a los requerimientos del artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091 pero pueden no ser apropiados para otra finalidad


Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:

a) los estados contables de La Segunda Seguros de Retiro S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con el plan de cuentas establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Con respecto a los registros contables llevados mediante el sistema de medios ópticos, en virtud de la autorización otorgada por el Registro Público de Comercio de la Provincia de Santa Fe de fecha 24 de enero de 2011, los mismos son llevados en sus aspectos formales de conformidad con la Resolución N° 38.708 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, manteniendo las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron autorizados, utilizando soportes ópticos no regrabables y de conformidad con el artículo 37.7.4 de la mencionada Resolución. Asimismo, se han ejecutado los correspondientes algoritmos de seguridad que surgen del software MD5 sobre los mencionados registros, encontrándose copiada la serie resultante hasta el mes de junio de 2018 en el Libro de Inventario y Balances;

b) la sociedad presenta superávit en su “Estado de Capitales Mínimos”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 8 de agosto de 2018 sin observaciones;

c) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino de La Segunda Seguros de Retiro S.A. que surge de los registros contables de la Sociedad ascendía a $ 35.113, no siendo exigible a dicha fecha;

d) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para La Segunda Seguros de Retiro S.A. previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe;

e) las cifras resumidas de los estados contables al 30 de junio de 2018 son: Activo $ 1.762.017.679, Pasivo $ 1.645.803.041, Patrimonio Neto $ 116.214.638 y Ganancia del ejercicio $ 25.818.501;

f) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor de la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos que surge de los registros contables de la Sociedad ascendía a $ 7.365, no siendo exigible a dicha fecha;

g) la Sociedad presenta superávit en el “Cálculo de la cobertura del artículo 35 de la Ley 20.091 y modificatorias”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 8 de agosto de 2018 sin observaciones;

h) al 30 de junio de 2018 la Sociedad cumple con los requerimientos de la Resolución General N° 19.106 de la Superintendencia de Seguros de la Nación;

Rosario, 4 de diciembre de 2018.

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.(Socio)

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe Mat. 7/000017

Dr. Carlos N. Martínez Contador Público (UBA) C.P.C.E. Prov. Santa Fe Matrícula N° 15483

$ 1.200. 379410 En. 4.

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La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.


INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES

RESUMIDOS


A los señores Presidente y Directores de

La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

Domicilio legal: Brig. Gral. Juan Manuel de Rosas 957

Rosario – Santa Fe

C.U.I.T.: 30-68913348-3


Informe sobre los estados contables resumidos


Los estados contables resumidos adjuntos de La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

(en adelante “la Sociedad”), que comprenden el estado de situación patrimonial resumido al 30 de junio de 2018, el estado de resultados resumido y el estado de evolución del patrimonio neto resumido correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, se derivan de los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, sobre los cuales hemos emitido con fecha 8 de agosto de 2018, una opinión favorable sin salvedades. Dichos estados contables, así como los estados contables resumidos, no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha de nuestro informe sobre los estados contables completos auditados.


Los estados contables resumidos no contienen toda la información que requieren las normas contables de la Superintendencia de Seguros de la Nación, (en adelante “SSN”). En consecuencia, la lectura de los estados contables resumidos no equivale a la lectura de los estados contables completos auditados de la Sociedad. Dichos estados contables completos auditados obran en la SSN a disposición de cualquier interesado que los solicite.


Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables resumidos


La Dirección es responsable de la preparación y presentación de un resumen de los estados contables completos auditados de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Responsabilidad de los auditores


Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables resumidos basada en nuestros procedimientos realizados de conformidad con las normas de auditoría de estados contables resumidos establecidas en la sección III.D de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables resumidos constituyen una presentación resumida razonable de los estados contables auditados de la entidad.


Opinión


En nuestra opinión, los estados contables resumidos son congruentes con los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2018, de conformidad con lo requerido por el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Párrafos de énfasis


Nuestro informe sobre los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2018, incluyó dos párrafos de énfasis en el que llamamos la atención sobre el contenido de las siguientes notas a los estados contables completos auditados:

Nota 11 a los estados contables completos auditados, según la cual no es posible concluir sobre el impacto que podría tener en la operación de la Sociedad las diferentes interpretaciones que en el fuero judicial puedan realizarse sobre aspectos regulados por el actual marco legal en materia de cobertura de riesgos de trabajo, y cómo de esas interpretaciones podrían resultar diferencias significativas entre las indemnizaciones efectivas del sistema y las estimaciones efectuadas por la Sociedad para la constitución de sus reservas por siniestros al 30 de junio de 2018. Esta cuestión no modifica la opinión expresada.

Nota 3 a los estados contables completos auditados, en la cual se describe que los estados contables adjuntos han sido preparados de conformidad con el marco contable establecido por la SSN. Dichas normas difieren, en ciertos aspectos, de las normas contables profesionales argentinas vigentes. En la mencionada nota, la Sociedad ha identificado y cuantificado el efecto sobre los estados contables derivado de los diferentes criterios de valuación y exposición.


Utilización de los estados contables resumidos


Los estados contables resumidos adjuntos fueron preparados por la Dirección de la Sociedad para su publicación en el Boletín Oficial, conforme a los requerimientos del artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091 pero pueden no ser apropiados para otra finalidad.


Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios


En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:


a) a la fecha de los estados contables completos auditados al 30 de junio de 2018, los estados contables de La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con el plan de cuentas establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Con respecto a los registros contables llevados mediante el sistema de medios ópticos, en virtud de la autorización otorgada por el Registro

Público de Comercio de la Provincia de Santa Fe de fecha 7 de agosto de 2007, los mismos son llevados en sus aspectos formales de conformidad con la Resolución N° 38.708 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, manteniendo las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron autorizados, utilizando soportes ópticos no regrabables y de conformidad con el artículo 37.7.4 de la mencionada Resolución. Asimismo, se han ejecutado los correspondientes algoritmos de seguridad que surgen del software MD5 sobre los mencionados registros, encontrándose copiada la serie resultante del mes de junio de 2018 en el Libro de Inventario y Balances;


b) la sociedad presenta superávit en su “Estado de Capitales Mínimos”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 8 de agosto de 2018 sin observaciones;


c) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino de La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. que surge de los registros contables de la Sociedad ascendía a $ 11.855.767, no siendo exigible a dicha fecha;


d) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe;



e) las cifras resumidas de los estados contables al 30 de junio de 2018 son: Activo $

10.080.656.371, Pasivo $ 8.586.174.025, Patrimonio Neto $ 1.494.482.346 y Ganancia del ejercicio $ 517.661.950;


f) la Sociedad presenta superávit en el “Cálculo de la cobertura del artículo 35 de la Ley 20.091 y modificatorias”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 8 de agosto de 2018 sin observaciones;


g) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor de la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos que surge de los registros contables de la Sociedad ascendía a $ 2.544.395, no siendo exigible a dicha fecha.


Rosario, 4 de diciembre de 2018.


PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.


(Socio)

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe Mat. 7/000017

Dr. Carlos N. Martínez

Contador Público (UBA)

C.P.C.E. Prov. Santa Fe

Matrícula N° 15483

$ 1.200.- 379411 En.4

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La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales


INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES RESUMIDOS


Señores Presidente y miembros del Consejo de Administración de

La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales

Domicilio legal: Brig. Gral. Juan Manuel de Rosas 957

Rosario – Santa Fe

C.U.I.T.: 30-50001770-4


Informe sobre los estados contables resumidos


Los estados contables resumidos adjuntos de La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales (en adelante “la Cooperativa”), que comprenden el estado de situación patrimonial resumido al 30 de junio de 2018, el estado de resultados resumido y el estado de evolución del patrimonio neto resumido correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, se derivan de los estados contables completos auditados de la Cooperativa correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, sobre los cuales hemos emitido con fecha 9 de agosto de 2018, una opinión favorable sin salvedades. Dichos estados contables, así como los estados contables resumidos, no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha de nuestro informe sobre los estados contables completos auditados.


Los estados contables resumidos no contienen toda la información que requieren las normas contables de la Superintendencia de Seguros de la Nación, (en adelante “SSN”). En consecuencia, la lectura de los estados contables resumidos no equivale a la lectura de los estados contables completos auditados de la Cooperativa. Dichos estados contables completos auditados obran en la SSN a disposición de cualquier interesado que los solicite.


Responsabilidad del Consejo de Administración en relación con los estados contables resumidos


El Consejo de Administración de la Cooperativa es responsable de la preparación y presentación de un resumen de los estados contables completos auditados de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Responsabilidad de los auditores


Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables resumidos basada en nuestros procedimientos realizados de conformidad con las normas de auditoría de estados contables resumidos establecidas en la sección III.D de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables resumidos constituyen una presentación resumida razonable de los estados contables auditados de la entidad.


Opinión


En nuestra opinión, los estados contables resumidos son congruentes con los estados contables completos auditados de la Cooperativa correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2018, de conformidad con lo requerido por el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.


Párrafos de énfasis


Nuestro informe sobre los estados contables completos auditados de la Cooperativa correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2018, incluyó dos párrafos de énfasis en el que llamamos la atención sobre el contenido de las siguientes notas a los estados contables completos auditados:

Nota 13 a los estados contables completos auditados, según la cual no es posible concluir sobre el impacto que podría tener en la operación de la subsidiaria de la Cooperativa, La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., las diferentes interpretaciones que en el fuero judicial puedan realizarse sobre aspectos regulados por el actual marco legal en materia de cobertura de riesgos de trabajo, y cómo de esas interpretaciones podrían resultar diferencias significativas entre las indemnizaciones efectivas del sistema y las estimaciones efectuadas para la constitución de sus reservas por siniestros al 30 de junio de 2018. Esta cuestión no modifica la opinión expresada.


Nota 4 a los estados contables completos auditados, en la cual se describe que los estados contables adjuntos han sido preparados de conformidad con el marco contable establecido por la SSN. Dichas normas difieren, en ciertos aspectos, de las normas contables profesionales argentinas vigentes. En la mencionada nota, la Cooperativa ha identificado y cuantificado el efecto sobre los estados contables derivado de los diferentes criterios de valuación y exposición.


Utilización de los estados contables resumidos


Los estados contables resumidos adjuntos fueron preparados por el Consejo de Administración de la Cooperativa para su publicación en el Boletín Oficial, conforme a los requerimientos del artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091 pero pueden no ser apropiados para otra finalidad.


Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios


En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:


a) los estados contables de La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con el plan de cuentas establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Con respecto a los registros contables llevados mediante el sistema de medios ópticos, los mismos son llevados en sus aspectos formales de conformidad con la Resolución N° 38.708 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, manteniendo las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron autorizados, utilizando soportes ópticos no regrabables y de conformidad con el artículo 37.7.4 de la mencionada Resolución. Asimismo, se han ejecutado los correspondientes algoritmos de seguridad que surgen del software MD5 sobre los mencionados registros, encontrándose copiada la serie resultante hasta el mes de junio de 2018 en el Libro de Inventario y Balances;


b) la sociedad presenta superávit en su “Estado de Capitales Mínimos”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 9 de agosto de 2018 sin observaciones;


c) la Cooperativa presenta superávit en el “Cálculo de la cobertura del artículo 35 de la Ley 20.091 y modificatorias”, sobre el cual emitimos nuestro informe especial de fecha 9 de agosto de 2018 sin observaciones;


d) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino de La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales que surge de los registros contables de la Cooperativa ascendía a $ 38.992.177, no siendo exigible a dicha fecha;


e) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe;


f) las cifras resumidas de los estados contables al 30 de junio de 2018 son: Activo $ 15.966.905.046, Pasivo $ 9.177.601.397, Patrimonio Neto $ 6.789.303.649 y Ganancia del ejercicio $ 1.526.040.036;

g) al 30 de junio de 2018, y de acuerdo a lo establecido por la resolución N° 247/2009 del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, informamos los pagos del trimestre efectuados por la Cooperativa en concepto de anticipos al Fondo para Educación y Promoción Cooperativa:

) k) Nro. de Anticipo l) Monto Anticipo m) Fecha Pago / Compensación n) Medio de Pago

5 p) 3.917.947 q) 13/04/2018 r) BBVA Francés

6 t) 3.917.947 u) 11/05/2018 v) BBVA Francés

7 x) 3.917.947 y) 12/06/2018 z) BBVA Francés

Adicionalmente, informamos que al 30 de junio de 2018 la Cooperativa registra una provisión en concepto de Fondo para Educación y Promoción Cooperativa por $ 73.435.116, según surge de los registros contables, no siendo exigible a dicha fecha;


h) al 30 de junio de 2018 la deuda devengada a favor de la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos que surge de los registros contables de la Cooperativa ascendía a $ 7.087.352, no siendo exigible a dicha fecha;

af)

i) las cifras incluidas en el Cuadro de Resultado Técnico de Operaciones, el cual hemos firmado a los fines de su identificación, surgen de registros contables, extracontables y papeles de trabajo suministrados por la Cooperativa.



Rosario, 4 de diciembre de 2018.

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe Mat. 7/000017

Dr. Carlos N. Martínez

Contador Público (UBA)

C.P.C.E. Prov. Santa Fe

Matrícula N° 15483

$ 1.200.- 379412 En.4.-

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