picture_as_pdf 2019-02-12

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


EVA HAYDEE BAZAN


Por disposidón del Sr. Juez del juzgado de 1ra. Inst. de Dist. Civ., Com. de la 7ª Nom. Rosario, cargo del Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez) Secretaria Autorizante. Se ha dispuesto que la Martillera Enajenadora EVA HAYDEE BAZAN Mat. 1741-B-164, Monotributista. ordena te siguiente; Auto Nº 2673 Rosario, 23-11-2018 VISTOS Y CONSIDERANDO: estos autos caratulados “METALÚRGICA TENGSAM S.A. s/ Quiebra”, Expte. 1078/2014, CUU 21-01206141-6, venidos para fijar nueva base para la venta del inmueble en la swas de $1.700.000.- y también nueva fecha de licitación, días y horarios de exhibición del bien inmueble a liquidar, conforme lo solicitado por ta enejenadora interviniente (fs. 539), en las coadiciones oportunamente establecidas en el Auto Nº 2106 de fecha 25.9.2018 (fs. 551). excepto la publicidad, la que será mediante el Boletín Oficial por el término de dos días y la publicidad adicional en el diario “La Capital”; que la Sindicato otorga su conformidad a lo peticionado (fs. 522). Por tanto, RESUELVO: 1) Fijar como Base de venta del inmueble de marras ea la suma de $ 1.700.000. 2) Fijar ei día 26.2.2019 a las 14:00 hs. en la sala de audiencia del Juzgado para la apertura de los sobres con Jas ofertas. A fin de participar del acto licitatorio, los interesados deberán presentar ofertas en sobre cerrado hasta las 12:45 hs. del día 25.2.2019 v deberán depositar a nombre de este Juicio y a la orden del Tribunal el importe del 10% a la suma indicada en la resolución licitatoria, es decirel monto de $ 170.000. 2) Fijar (21/22/25/02/2018), los 3 días hábiles anteriores a la venia por licitación en el horario de 14:00 a 15:00 hs. para la exhibición del inmueble. 3) Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de dos días, autorizar publicidad adicional en el diario “La Capital”. Se hace saber que respecto a las demás condiciones de venta, deberá estarse a lo ordenado por Auto Nº 2106 de fecha 25.9.2018. Insértese y llágase saber... “y se trascribe en su parte perttnente*‘segun Auto.Nº 2106 T° 86 - F° 345 Rosario, 25/09/2018, Y VISTOS:... y CONSIDERANDO: que de acuerdo con las facultades que surgen de los arts. 208, 205 y ccs de la Ley 24.522, corresponde disponer de un procedimiento de licitación que garantice la obtención del mayor precio posible. Si bien la venta de bienes debe hacerse por subasta pública, la norma falencial autoriza a disponer otra forma de realización en caso de considerarse pertinente. De acuerdo con las características de los bienes a vender y el buen resultado que han dado procedimientos anteriores, se considera que lo más conveniente es la venta por licitación con posibilidad para los interesados de mejorar las ofertas. “...Para garantizar la seriedad de las ofertas y el real interés del interesado, se le exigirá al oferente el depósito judicial del 10% de la base, lo que se le devolverá inmediatamente en caso de no resultar comprador. El proceso de licitación se completará con una audiencia en la que solo podrán participar los que hubieran realizado oferta válida y donde los interesados podrán mejorar sucesivamente la oferta más alta. El mejoramiento de oferta deberá ser por un valor mímnio, que se fijará sa $ 5.000. El oferente que resulte adjudicatario deberá abonar en el acto de licitación el 3% de comisión al martillero y el 30% del precio de venta. Todo el procedimiento estará a cargo del martillero designado con control por parte de la sindicatura. Por lo expuesto y normas citadas, RESUELVO: Disponer la venta mediante licitación de “dos lotes de terreno, situados en esta ciudad como lotes “9A” y “9B”; primer lote “9A”: ubicado en calle Rueda entre Bolivia y Provincias Unidas, a los 68 m de está última hacia el Oeste y a los 28,43 m de la primera hacia el Este y mide: 7 m de frente al Sud por 25 m de fondo, encerrando una superficie total de 175 m2. Linda: al norte con parte del lote 9B, al sud con calle Rueda, al este con parte del lote 9B y al oeste con J. Castelau y otro. Segundo lote “9B”: situado en esta ciudad en calle Rueda entre Bolivia y Avenida Provincias Unidas, a los 35,43 m de la primera hacia el Este y a los 65 m de la última hacia el oeste y mide: 3 m en su frente al Sud, por 10 m en sn contrafrente al Norte, por 36,77 metros de fondo en su costado este, estando su costado oeste formado por una línea quebrada de tres tramos partiendo el primero de ellos del vértice oeste de su frente al sur, hacia el norte y mide 25 m. desde este punto y hacia el oeste que mide 7 m. y desde este punto y nuevamente hacia el norte, parte el tercer y último tramo que mide 11,77 m, el que al unirse con el vértice oeste de su contrafrente al norte cierra la figura- Encierra una superficie total de 192,70 m2. Linda al norte con Miguel Sánchez; al sud con calle Rueda, al Este con Domingo Giovinetto y Esilda Norma Urrazo y al oeste, parte con J. Castelau y otro y en el resto con el lote “9A” del mismo plano”. Dominios inscriptos en el Registro General a las matrículas 16-5556 y 16-5555 respectivamente. Departamento Rosario. Informe del Registro Gral, de Propiedades consta inscripto el dominio a nombre de la Fallida A tal fin. Sos interesados deberán presentar las ofertas, mediante apoderado o patrocinio letrado, en el expediente dentro de un sobre cerrado con la denominación de los autos... Los oferentes deberán depositar a nombre de este juicio y a la orden del Juzgado en la cuenta Nº 5105731/7 CBU 0650080103000510573170 en el Banco Municipal, Suc. Tribunales, adjuntando el comprobante correspondiente conjuntamente con el o los sobres con la oferta (no pudiendo estar dentro del sobre). La falta de acompañamiento del comprobante de depósito tendrá como consecuencia la no consideración de la oferta. Los sobres can las ofertas se abrirán en la audiencia, de la que podrán participar sólo los oferentes que hubieran cumplido con el depósito, el día 26.1.2.2019 a las 14:00 hs. en la sala de audiencia del Juzgado. En tal oportunidad todos los oferentes tendrán posibilidad de mejorar la mejor oferta. A tal fin se determinará un orden por sorteo, con exclusión del que haya realizado la mejor oferta, que ocupara el último lugar en el orden. Si hubiera más de una oferta igual que resultaran ser las mayores, se sorteará entre los oferentes de las mismas para establecer su orden en los últimos lugares de la lista. Cada oferente que no manifieste interés en mejorar ia oferta más alta perderá definitivamente el derecho de mejorar las posteriores. El mejoramiento no podrá ser en ningún caso inferior a $ 5000. El bien se venderá a quien haya formulado la mejor oferta y una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida. El oferente que resulte adjudicatario deberá abonar en el acto de lidiíación el 3% de comisión al martillero y el 30% del precio de venta (además del depósito ya realizado), haciéndose saber que deberá cumplimentarse con las comunicaciones del Banco Central de la República Argentina N° “A”5147 y “A” 5212 según circular de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe N° 79/11. En función de ello, se hará saber a los interesados que, para el caso áe que el precio de la compra, saldo de venta o la comisión del martillero superen la suma de Treinta Mil Pesos ($ 30.000), no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: cheque cancelatorio o cheque certificado, o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal Sucursal 80 Caja de Abogados, a la orden este Juzgado y para estos autos. Realizada la venta, los autos permanecerán de manifiesto por el término de 3 días en la Secretaria del Tribunal a disposición de los interesados, vencido el cual no se admitirán impugnaciones sobre la misma. El saldo deberá ser depositado dentro de los 5 días de notificado el auto aprobatorio de la venta. Los depósitos de los oferentes no adjudicados serán reintegrados inmediatamente. El inmueble sale a la venta en el estado de desocupado que da cuenta el acta deconstatación (fs. 537). En cualquier caso, los impuestos, tasas y contribuciones que adeuda el imnu.eble serán a cargo del comprador desde la fecha del auto declarativo de quiebra, también será a cargo del comprador, el IVA si correspondiere. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2° párr. CPC. Hágase saber, que previo a la aprobación de la venta, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta que instrumente la venta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma a favor del adquirente, lo cual se efectivizará’una vez reunidos los requisitos correspondientes. La posesión será entregada una vez cancelado el total del precio; si la venta fracasará por colpa del postor u oferente será aplicado el art. 497 CPC. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de dos días, además en el hall del edificio de tribunales Autorizar la publicidad adicional en diario “La Capital”. Se fijan como fecha de exhibición, los dias 21, 22 y 25 de Febrero de 2019 en el horario de 14:00 a 15:00 hs.... Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 6 de Febrero de 2019. - Fdo.: Dra. Lorena A. González, Secretaria.

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