picture_as_pdf 2019-10-03

JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados “OLEA, MARCOS AURELIO S/SUCESORIO” (CUIJ 21-26298686-9) cita, llama y emplaza a los a los herederos, acreedores y legatarios de MARCOS AURELIO OLEA, L.E. Nº 06.259.658, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall del Juzgado. Dra. Gatti -Secretaria- (Fdo.).- Esperanza, Septiembre de 2019.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, Secretaría a cargo Dra. Gisela Gatti, hace saber a Ud/s. que en autos caratulados “CARDOZO Carlos Alberto s/QUIEBRA - Expte. Nº 141 - Año 2016", CUIJ Nº 21-26293880-5 , se ha dispuesto la publicación por dos días (2) del presente Edicto; a tales fines, se transcribe proveído que así lo dispone: “ESPERANZA, 22 de Agosto de 2019 Téngase presente lo manifestado por la Síndico CPN MARIN. Téngase por presentado el Proyecto de Distribución, que se agrega. Publíquense edictos por el término de ley (art. 218 LCQ). NOTIFIQUESE. Firmado: DRA. GISELA GATTI, Secretaria”. Otra Resolución : “ESPERANZA, 2 de Julio de 2019 . AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: “CARDOZO Carlos Alberto s/QUIEBRA - Expte. Nº 141 - Año 2016", tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza; venidos para regular honorarios; y CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1) Fijar los honorarios totales en la suma de $105.298,70, equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia, a distribuir como sigue: $ 73.709,09 (70%) para la Sindicatura de autos CPN MARIN y $31.589,61 equivalente a 9,48 JUS (30%) para el Dr. Norberto BERLANGA.-2) Firmado Dra. GISELA GATTI ( Secretaria).-”. SIN CARGO .- ESPERANZA de 2019.

S/C 402398 Oct. 3 Oct. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Laboral, Primera Nominación de Santa Fe en autos caratulados: ALBARENGUE, DAIANA SOLEDAD y Otros c/LAS CAMELIAS S.A. s/Procedimientos abreviados en general, CUIJ N° 21-04783861-1, se cita se llama y emplaza a todos aquellos que se crean con derecho a percibir la indemnización por fallecimiento (art. 248 LCT) del Sr. Emilio José Iguri, DNI 32.370.817, para que dentro del término de tres días desde la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo: Dr. Aníbal M. López - Secretario - Dra. Delia C. Biroccesi —Jueza) Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019.

S/C 403378 Oct. 3 Oct. 7

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de Trámite, Dr. Alejandro Azvalinsky, en los autos caratulados: DOELLO, NAHUEL AGUSTÍN c/Sucesores y/o herederos de ARIEL ADRIÁN FRÍAS s/Filiación Extramatrimonial CUIJ N° 21-10715888-7, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5, 4da. Secretaría de la ciudad de Santa Fe (SF), se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 12 de septiembre de 2.019. Agréguese. Agréguense. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados a fs. 8 de autos, declárese rebelde a los demandados. Notifíquese mediante publicación de edictos (art. 72, 73 y 597 C.P.C.C.). A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo.: Dr. Carlos Molinari (Secretario), Dr. Alejandro Azvalinsky (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y conforme lo dispuesto en la Ley 11.287 y acuerdo del 07/02/96 Acta N° 3. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019. Dra. Reynaudo, Prosecretaria.

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Por disposición de la Dra. Silvina Boleas, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5 Secretaria 2da de Santa Fe, en autos caratulados Expte CUIJ 21-10573902-5 SDNAF (GARNICA RA) s/Control de Legalidad, se notifica por edicto a la Sra., YANINA ANALIA MIRANDA DNI Nº 30.828.547 con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: Santa Fe, 25 de Junio de 2019. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, adoptada por Disposición Administrativa N° 000066 de fecha 03 de mayo de 2016, notificándose la misma. 2) Disponer el cese de la medida de protección excepcional respecto de Yanina Aylén Garnica. 3) Declarar la privación de la responsabilidad parental de los Sres. Yanina Analia Miranda y Alberto Darío Garnica, respecto de sus hijas menores de edad llamadas Natasha Analia Garnica y Norma Daiana Garnica. 4) Designar a la Sra. Claudia Teresa Veron, DNI Nº 22.967.883, tutora de Natasha Analia Garnica, DNI Nº 47.442.164 y de Norma Daiana Garnica, DNI N° 48.746.942, debiendo comparecer en cualquier día y hora de audiencia ante este Tribunal a los fines de la aceptación y discernimiento del mismo. 5) Ordenar inscribir la presente designación en el Ministerio Pupilar otorgándosele la debida intervención. 6) Ordenar practicar en el término de 10 días inventario de los bienes de las menores Natasha Analia Garnica y Norma Daiana Garnica. 7) Remitir copia de la presente resolución al Ministerio Pupilar. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967 y oportunamente archívese. Fdo.: Silvina Boleas, Jueza; María Paula Budini, Secretaria. Santa Fe, 20 de septiembre de 2019. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL.

S/C 29577 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición de la Dra. Mariana Herz, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 Secretaria 2da de Santa Fe, en autos caratulados Expte CUIJ 21-10717196-4 SDNAF c/ MARTÍNEZ LAURA ROSANA Y OTROS s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES 12.967 se notifica por edicto al Sr. Cuevas, Carlos Alfredo DNI N° 22.732.347 con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: Santa Fe, 10 de Septiembre de 2019. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVE: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL adoptada por Disposición N° 000044 de fecha 20 de marzo de 2019, respecto de SOL MÍA CUEVAS MARTÍNEZ 2) Advirtiendo que la separación de la niña de sus progenitores ha excedido el plazo máximo previsto en el art. 607 inc. c) del CCC requiérase a la SDNAF para que en el plazo de 10 días de inicio al pedido de cese si correspondiera o en su caso, proponga resolución definitiva de la Medida de Protección Excepcional. 3) Notifíquese por Secretaría a la peticionante, a los progenitores, por edictos, y al Defensor General en su público despacho, habilitándose días y horas. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese. Fdo.: Mariana Herz, Jueza; María Paula Budini, Secretaria. Santa Fe, 19 de septiembre de 2019. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL.

S/C 29578 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición de la Dra. Silvina Boleas, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 Secretaria 2da de Santa Fe, en autos caratulados Expte CUIJ 21-10573902-5. SDNAF (GARNICA R.A) s/ CONTROL DE LEGALIDAD, se notifica por edicto al Sr. GARNICA ALBERTO DARÍO DNI Nº 28.736.689 con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: Santa Fe, 25 de Junio de 2019. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, adoptada por Disposición Administrativa Nº 000066 de fecha 03 de mayo de 2016, notificándose la misma. 2) Disponer el cese de la medida de protección excepcional respecto de Yanina Aylén Garnica. 3) Declarar la privación de la responsabilidad parental de los Sres. Yanina Analía Miranda y Alberto Darío Garnica, respecto de sus hijas menores de edad llamadas Natasha Analía Garnica y Norma Daiana Garnica. 4) Designar a la Sra. CLAUDIA TERESA VERON, DNI Nº 22.967.883, tutora de NATASHA ANALÍA GARNICA, DNI N° 47.442.164 y de NORMA DAIANA GARNICA, DNI Nº 48.746.942, debiendo comparecer en cualquier día y hora de audiencia ante este Tribunal a los fines de la aceptación y discernimiento del mismo. 5) Ordenar inscribir la presente designación en el Ministerio Papilar otorgándosele la debida intervención. 6) Ordenar practicar en el término de 10 días inventario de los bienes de las menores NATASHA ANALÍA GARNICA y NORMA DAIANA GARNICA. 7) Remitir copia de la presente resolución al Ministerio Pupilar. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967 y oportunamente archívese. Fdo.: Silvina Boleas, Jueza; María Paula BUDINI, Secretaria. Santa Fe, 20 de septiembre de 2019. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL.

S/C 29579 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición de la Dra. Mariana Herz, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 Secretaria 2da de Santa Fe, en autos caratulados Expte CUIJ 21-10717196-4 SDNAF c/ MARTÍNEZ LAURA ROSANA Y OTROS s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES 12.967 se notifica por edicto a la Sra., MARTÍNEZ, Laura Roxana DNI N° 31.879.104 con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: Santa Fe, 10 de Septiembre de 2019. AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO: RESUELVE: I) TENER POR EFECTUADO EL CONTROL DE LEGALIDAD DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL adoptada por Disposición N° 000044 de fecha 20 de marzo de 2019, respecto de SOL MÍA CUEVAS MARTÍNEZ 2) Advirtiendo que la separación de la niña de sus progenitores ha excedido el plazo máximo previsto en el art. 607 inc. c) del CCC requiérase a la SDNAF para que en el plazo de 10 días de inicio al pedido de cese si correspondiera o en su caso, proponga resolución definitiva de la Medida de Protección Excepcional. 3) Notifíquese por Secretaría a la peticionante, a los progenitores, por edictos, y al Defensor General en su público despacho, habilitándose días y horas. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente archívese. Fdo.: Mariana Herz, Jueza; María Paula Budini, Secretaria. Santa FE, 19 de septiembre de 2019. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL

S/C 29580 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe Dr. Alejandro Azvalinsky, Secretaría de la Dra. Gabriela Suárez, se llama cita y emplaza al Sr. Osear Cevero Benítez, D.N.I. Nº 10.908.201, para que comparezca a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en los autos: COSTELLO, ALICIA GUADALUPE c/BENITEZ, OSCAR CEVERO s/Divorcio; (CUIJ 21-10714376-6). A continuación se transcriben los decretos a los fines de su notificación: Santa Fe, 25 de Marzo de 2019. Hágase saber que ha sido designado Juez de Trámite el Dr. Alejandro Azvalinsky (art. 543 del C.P.C.C.). Notifíquese. Santa Fe, 25 de Marzo de 2019. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por interpuesta petición de divorcio de Alicia Guadalupe Costello contra Oscar Cevero Benitez. Agréguese la documental acompañada. De la petición de divorcio: hágase saber. De lo manifestado respecto de los efectos del divorcio: hágase saber a la contraria a los fines que manifieste lo que estime menester. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Cumpliméntese con el sellado de la demanda. Notifiquen los empleados: Recce, Silva, Escudero y/o Diburzi. Notifíquese. Art. 438 del Código Civil y Comercial - Requisitos y procedimiento del divorcio: Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el Juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Firmados Dra. Patricia Ebenegger, Secretaria; Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez. “Santa Fe, 26 de Julio de 2019. Agréguese. Con fines notificatorios, publíquense edictos en el boletín oficial y en el hall del Tribunal por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado Dra. Marta Alejandra Cerqua de Pappa, Secretaria; Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez. Lo que se hace a los fines de su publicación en: el BOLETÍN OFICIAL conforme a lo dispuesto en la Ley 11.287 y se fija en el hall de Tribunales a los efectos legales, sito en calle Urquiza 2463 P.B., de esta ciudad (Acordada C.S.J. del 7/2/96; Acta Nro. 3). Santa Fe, 20 de Septiembre de 2019. Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez; Dra. Gabriela Suárez, Secretaria. Dr. Escudero, Prosecretario.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por Disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación) en Autos Caratulados Margüello Eduardo Y Otro s/Sucesorio (CUIJ 21-02010015-7) se Cita, llama y emplaza a todos los Herederos, Acreedores y Legatarios de Eduardo Margüello – Le 6.191.799 Y Esther Magdalena Bonomo – Le. 2.839.811 para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Santa Fe, 13 de Agosto de 2.019.-

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MACEDO, EXEQUIEL PABLO ALBERTO s/Quiebra; CUIJ 21-01977049-1 que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Sra. Jueza Dra. María Romina Kilgelmann, y Secretaria Dra. María Ester Noé de Ferro, se hace saber a usted por 02 (Dos) días publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido en el Art. 218 de la ley 24.522. Asimismo que se han regulados los honorarios para el C.P.N Ernesto Norberto García (Síndico), en la suma de $ 73.710 con mas aportes de Ley (10%) e IVA, y de la Dra. Maiorano María Inés (apoderada del fallido) por la suma de $ 31.589, con más aportes de Ley (13%). A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena Santa Fe, 27 de Agosto de 2019. Por presentado por la Sindicatura la reformulación del Informe Final y Proyecto de Distribución que prescribe el art. 218 de la L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, los que se exhibirán en el hall central de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. Ma. Romina Kilgelmann, Jueza. Dra. Maria Ester Noé de Ferro, Secretaria. Santa Fe, 30 de Agosto de 2019.

S/C 403360 Oct. 3 Oct. 4

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: GONZALEZ ARMANDO ALBINO s/Quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-02003884-2 Año: 2018) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 25 de Septiembre de 2019. Atento lo solicitado y a los fines de garantizar la validez y eficacia de los actos procesales, el Juzgado Resuelve: Señalar el día 13 de Noviembre 2019 como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Notifíquese. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe. Dr. Tosolini, Secretario.

S/C 403344 Oct. 3 Oct. 9

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MACEDO, OMAR ROBUSTIANO s/Quiebra; CUIJ 21-01995748-6 que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Sra. Jueza Dra. Maria Romina Kilgelmann, y Secretaria Dra. María Ester Noé de Ferro, se hace saber a usted por 02 (dos) días publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido en el Art. 218 de la ley 24.522. Asimismo que se han regulados los honorarios para el C.P.N Ernesto Norberto García (Sindico), en la suma de $ 52.713 con mas aportes de Ley (10%) e IVA, y de la Dr. Raúl Ochoa y Gómez (apoderada del fallido) por la suma de $22.591 con mas aportes de Ley A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena Santa Fe, 16 de Septiembre de 2019.Agréguese la consulta de movimientos de cuenta judicial. Por presentado por la Sindicatura reformulación del Informe Final y Proyecto de Distribución que prescribe el art. 218 de la L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, los que se exhibirán en el hall central de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann. Jueza. Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019.

S/C 403356 Oct. 3 Oct. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: ZOLLO, VIVIANA SOLEDAD s/Quiebra -hoy concurso preventivo; (CUIJ 21-02007897-6) se ha ordenado la publicación del presente a efectos de poner en conocimiento de los interesados que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: Santa Fe, 12 de Septiembre de 2019. Autos y Vistos: (...) Resulta: (...) Considerando: (...) Resuelvo: 1).- Declarar abierto el concurso preventivo de Zollo, Viviana Soledad, argentina, D.N.I. 35.124.575, soltera, de apellido materno Rodríguez, con domicilio real en calle Chaco Nº 5037 -Barrio Santa Rita-, y legal en calle Junín Nro. 2883, ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia del mismo nombre. 2). Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 09 de Octubre de 2019 a las 10:00 hs. 3). Fijar hasta el 06 de Noviembre de 2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado la fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico. 4).- Establecer en el plazo de ley la publicación de los edictos en el BOLETÍN OFICIAL, los que se confeccionarán conforme el art. 27, con justificación de publicación en el mismo plazo, bajo apercibimientos del art. 30 de la Ley Nº 24.522. 5).- Mandar a anotar la apertura del concurso en el Registro de Procesos Universales. Comunicar la presente declaración en concurso preventivo a la Administración Provincial de Impuestos. 6) Decretar la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables de la deudora. (...). 8) Fijar el día 21 de noviembre de 2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado, como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 9) Fijar los días: 19 de diciembre de 2019 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- para la presentación de los informes individuales, y 21 de febrero de 2020 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- para la presentación del Informe General. 10) Fijar el día 28 de abril de 2020 -o el día hábil inmediato siguiente a si resultare feriado-, para la audiencia informativa a las 11 hs., a realizarse por ante este Juzgado, a los fines previstos por el artículo 45. Dicha audiencia deberá ser notificada a los trabajadores de la deudora en la forma dispuesta en el inc. 10 del art. 14 de la LCQ. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Líbrense los oficios pertinentes a los fines del cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Fdo.: Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario. Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez. Santa Fe, 25 de Septiembre de 2019. Dr. Silvestrini, Secretario.

S/C 403422 Oct. 3 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Pe, en los autos caratulados: LEGUNDA CESAR JULIÁN s/Solicitud propia quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-02013164-8 Año: 2019) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 1) Declarar la Quiebra de César Julián Legunda, argentino, mayor de edad, empleado, DNI 33.568.454, con domicilio real en calle Europa N° 7735 y constituyendo domicilio legal en calle Primera Junta N° 2507, Piso 6, Oficina 7, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 7 de Noviembre de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario).

S/C 403345 Oct. 3 Oct. 9

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados AVILA CLAUDIO GABRIEL s/Quiebra - CUIJ 21-01977719-4, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido por el Art. 218 de la LCyQ Nº 24.522, regulándose los honorarios al CPN Carlos Antonio Besso en la suma de $ 34.851,66, a la CPN Nancy Cristina Ortiz en la suma de $ 8.712,91 y a la apoderada del fallido Dra. Fabiana Gisela Sosa Fanoni en la suma de $ 18.670,53, lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, 15 de Agosto de 2019. Dra. Wagner, Prosecretaria.

S/C 403332 Oct. 3 Oct. 4

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: TARRAGONA, EDUARDO ADOLFO s/Quiebra, CUIJ 21-02012287-8se ha dispuesto: I/Declarar la quiebra de Eduardo Adolfo Terragona, D.N.I. N° 26.540.230, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Av. Lujan 2574 de la cuidad de Santo Tome y legalmente en calle 1ra. Junta 2507 Piso 3 Oficina 4 de la Cuidad de Santa Fe. (...) 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 25/09/19 a las 10.00 hs. (...) 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe- en el carácter de empleador de la fallida a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 30/10/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 13/11/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 11/12/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/02/20 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. (...). Fdo.: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza- Secretaria.

S/C 403393 Oct. 3 Oct. 9

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: BELÉN, GABRIELA FABIANA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02012547-8 se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de de Gabriela Fabiana Belén, D.N.I. No 23.171.663, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en calle Derqui 2030 de la cuidad de Santo Tome y legalmente en calle Suipacha 2631 de la Cuidad de Santa Fe. (...) 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 25/09/19 a las 10.00 hs. (...) 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a FAPERSA ICSA - en el carácter de empleador de la fallida a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 30/10/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 13/11/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 11/12/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/02/20 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. (...). Firmado: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza - Secretaria.

S/C 403394 Oct. 3 Oct. 9

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: PALOMEQUE, ADRIAN WILLIAM s/Quiebra, CUIJ 21-02012179-0, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Adrián William Palomeque, D.N.I. Nº 18.109.003, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Sarmiento 48 de la localidad de Arroyo Aguiar y legalmente en calle 25 de Mayo 2423 de la Cuidad de Santa Fe. . (...) 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 25/09/19 a las 10.00 hs.- (...) 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Gobierno y Reforma de Estado de la Provincia de Santa Fe- en el carácter de empleador de la fallida a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden de Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 30/10/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 13/11/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 11/12/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/02/20 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.- (...). Firmado: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

S/C 403397 Oct. 3 Oct. 9

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: SOTELO, NÉSTOR FABRICIO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02012397-1 se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Néstor Fabricio Sotelo, D.N.I. Nº 30.489.051, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Reinares 8288 y legalmente en calle Amenabar 3066 Depto. 1 de la Cuidad de Santa Fe.-.(...) 10) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 25/09/19 a las 10.00 hs.-. (...) 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe - en el carácter de empleador de la fallida a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 30/10/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 13/11/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 11/12/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/02/20 para la presentación del Informe General.-15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. (...). Firmado: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza - Secretaria.

S/C 403395 Oct. 3 Oct. 9

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: MAURENZI, GISELA MARÍA DEL ROSARIO s/Quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-01993554-7), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se comunica por dos días que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previsto por el artículo 218 de la Ley 24.522 y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Santa Fe, 25 de Septiembre de 2019. Dra. Hrycuk, Secretario.

S/C 403342 Oct. 3 Oct. 9

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, siendo el Juzgado a cargo el de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, Secretaría a cargo del autorizante, se cita, llama y emplaza a todos aquellos que se consideren herederos, legatarios o acreedores de doña Marcela Alejandra Chiabo, DNI Nº 16.972.081, cuya sucesión se ha abierto por ante la Oficina de Procesos Sucesorios, juzgado a cargo el de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley. El decreto que así lo dispone en su parte pertinente expresa: Santa Fe, 06 de Agosto de 2019. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele participación de ley. Estando acreditado el fallecimiento de Marcela Alejandra Chiabo con la partida de defunción acompañada, declárese abierto su juicio de declaratoria de herederos. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse en el lugar designado por la CSJ. Dése intervención a los Ministerios Públicos. Ofíciese a la Caja de Asistencia Social y API. Cumpliméntese ley 87,44. Ofíciese al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos para que informe si existe testamento del causante. Conforme lo dispuesto por el Art. 2340 CCYC, manifieste si el derecho que pretende es exclusivo o concurrente con otros herederos. Notifíquese. Firmado: Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez — Dra. María Esther Mazzarello, Secretaria. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019.

$ 45 403323 Oct. 3

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo Dr. Beatriz Estela Forno, Secretaría a cargo de la Dra. Verónica Gisela Tolosa, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1551, ciudad y en autos caratulados: HERMOSI, VÍCTOR RAÚL y Otros s/Cambio de apellido; CUIJ 21-02008448-8, se ha dispuesto hacer conocer a los eventuales terceros interesados en el proceso de referencia mediante el cual se pretende cambiar el apellido paterno de los Sres. Víctor Raúl Hermosi, D.N.I. Nº 30.165.714, nacido el día 23/05/1983 y Pablo Leandro Hermosi, D.N.I. N° 31.272.635, nacido el día 11/09/1984, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se transcribe la providencia que así lo ordena: Santa Fe, 02 de Agosto de 2019. Atento lo dispuesto por el art. 70 CCCN publíquense edictos. Notifíquese. Fdo: Dra. Beatriz Estela Forno - Jueza a cargo - Dra. Verónica Gisela Tolosa, Secretario. Santa Fe, 26 de Agosto de 2019. Dra. Gerard, Prosecretaria.

$ 45 399918 Oct. 3

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 24 de San Carlos Centro, Dr. Angel Darío Marini, en los autos caratulados. COMITÉ DE CUENCA CANANA QUIÑONES c/PIRLES GIECO, JUAN y Otro s/Apremio Fiscal; CUIJ. Expte. 890, año 2017, ha ordenado notificar al Sr. Juan Pirles Gieco y a la Sra. Susana Maria Tonelli de Dertiano. El presente decreto así lo establece: San Carlos Centro, 26 de Junio de 2019. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses determinados en los considerandos que preceden, con más las costas del proceso. 2) Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación. Notifíquese. Fdo. Dra. Silvana Fertonani, Secretaria; Dr. Angel Darío Marini, Juez.

$ 33 403343 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: ASOCIACIÓN MUTUALISTA CLUB CENTRAL SAN CARLOS c/BAZÁN, DANIEL NICOLÁS y Otros s/Juicios Ejecutivos; (CUIJ N° 21-25108302-6), se hace saber al Sr. Daniel Nicolás Bazan (D.N.I. N° 25.773.721) y la Sra. Silvina Mariela Alvarez (D.N.I. N° 25.289.152), que con fecha 01.07.2019 se tiene por entablada en su contra demanda de Juicio Ejecutivo contra el Sr. Bazán, Daniel Nicolás y la Sra. Alvarez, Silvina Mariela, por el cobro de la suma de $ 60.000 (pesos sesenta mil) con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a la demandada para que dentro del término de 3 días, comparezca a estar derecho bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Marini (Juez) - Fertonani (Secretaria). San Carlos Centro, 25 de Septiembre de 2.019.

$ 33 403333 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: ASOCIACIÓN MUTUALISTA CLUB CENTRAL SAN CARLOS c/MEYNET, RAÚL FÉLIX y Otros s/Juicios Ejecutivos; (CUIJ N° 21-25108305-0), se hace saber a los Sres. Raúl Félix Meynet (D.N.I. N° 18.653.236) y Eduardo Nelson Meynet (D.N.I. Nº 18.106.932), que con fecha 01.07.2019 se tiene por entablada en su contra demanda de Juicio Ejecutivo contra el Sr. Meynet, Raúl Félix, el Sr. Meynet, Eduardo Nelson y la Sra. Martínez, Sonia Graciela, por el cobro de la suma de 115.102,81 (pesos quince mil ciento dos con 81/00) con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 3 días comparezca a estar derecho bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Marini (Juez) - Fertonani (Secretaria). San Carlos Centro, Septiembre de 2.019.

$ 33 403335 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA, Carolina Lorena c/APRIETA, JAVIER OMAR s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ N° 21-25107510-4), se hace saber al Sr. Javier Omar Arrieta (D.N.I. N° 39.250.181), que con fecha 26.07.2018 se tiene por entablada en su contra demanda de juicio ejecutivo, por el cobro de la suma de $ 37.650 (pesos treinta y siete mil seiscientos cincuenta) con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de 10 días, comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Al punto d), ordénese la inhibición general de bienes del demandado en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, en el Registro General de la Propiedad Inmueble y ante el Banco Central de la República Argentina, en una cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado, con más la suma de $ 11.295 estimados provisoriamente para intereses y costas. Notifíquese. Fdo.: Marini (Juez) - Fertonani (Secretaria). San Carlos Centro; 25 de Septiembre de 2.019.

$ 33 403336 Oct. 3 Oct. 7

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Por disposición de Sr. Juez de Distrito de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe en los autos caratulados: SALAS ATILIO ORLANDO s/Declaratoria de herederos (CUIJ 21-01999053-9), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Salas Atilio Orlando, D.N.I. M6.2l8.494 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo: Dr. Diego Raúl Aldao, (Juez); Dra. Alicia Isabel Rotetta, (Secretaria). Dra. Dellamonica, Secretaria.

$ 45 403400 Oct. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: CLEMENTE, JOSÉ LUIS y Otros s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02013490-6) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de José Luis CLEMENTE, D.N.I. Nº M. 6.206.514, y Lucrecia Nerin Cortez, L.C. N° F. 0.908.071, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Sánchez - Secretaria. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019.

$ 45 403330 Oct. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: CERATTO, DORIS NORA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02013889-8) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Doris Nora Ceratto, D.N.I. Nº 13.947.193, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Mazzarello- secretaria. Santa Fe, 24 de Septiembre de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 403331 Oct. 3

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