picture_as_pdf 2019-10-18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MIGUEL A. GALLO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quinta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en autos: “GUARNASCHELLI NICOLÁS c/CUIT: 20-24.475.652-3 y Otros s/C.P.L.” Expte. 607/09 CUIJ: 21-04668435-1 se ha ordenado que el Martillero Corredor Público Miguel A. Gallo, Mat. 873, D.N.I. 20.948.078, a los fines de que tenga lugar la subasta del inmueble embargado: 50% Parte Indivisa del bien inmueble inscripto al Tomo 210, Folio 01419, Nro. 075506 PH N° 07230, fíjase el día jueves treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve (31.10.19), a las dieciseis (16) horas, la que se llevará a cabo en el Anexo del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos, ubicado en calle 9 de Julio 1426 de ésta ciudad, saliendo el bien inmueble a la venta con la base del avalúo fiscal proporcional, de no haber posturas se reducirá la base en un 25%. Y si pese a ello no hubiere oferentes, el bien saldrá a la venta sin base y a! mejor postor con la siguiente descripción: pro indivisa del terreno donde se asienta el edificio del cual la unidad descripta forma parte ubicada en la ciudad de Santa Fe Distrito Santa Fe, Departamento La Capital, que forma parte de la Manzana 0536 de mayor extensión que cita su título antecedente, y que según el “Plano de Mensura, Unión y división según Régimen de Propiedad Horizontal Leyes Nacional 13.512 y Provincial n° 4.194, confeccionado por los Agrimensores Oscar A. Pellegrini y Natalio Waibsnader e inscripto en la dirección Topo-Cartográfica del Servicio de Catastro e Información Territorial el 14 de agosto de 2002, bajo el n° 133480, que cita al plano n° 100.592. se designa como manzana 0538-A. Lote 1, Polígono ABCDEFGHA y mide en la línea A-B 17,44 metros; línea B-C 54,78 metros; línea C-D 17,44 metros; línea. D-E 54,78 metros: línea E-F 17,44 metros: línea F-G 54.78 metros, línea G-H 17.44 metros y línea HA 54,78 metros, cerrando su figura, lo que hace una superficie de seis mil seis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Y linda; línea A-B con la intersección de las calles Crucera General Belgrano y 10 de junio; línea B-C con calle Crucero General Belgrano; línea C-D con la intersección de las calles Crucero General Belgrano y Diego Nuñez: línea D-E con calle Diego Nuñez; línea E-F con la intersección de las calles Diego Nuñez y Independencia, línea F-G con calle Independencia; línea G-H con la intersección de calles Independencia y 10 de junio, y línea H-A con calle 10 de junio. El Registro General informa que el demandado es titular dominial. Embargo: (Fs. 165) Aforo 047987 Fecha 03/04/18 Expte 607/2009 el de autos. Inhibiciones: (Fs. 167) Aforo 021523 Fecha 11/03/2015 Fecha de vigencia 11/03/2020 Tomo 347, Folio 1028, Profesional Néstor E Baldacci Expte 99/2009 Carátula Gorosito Miguel Carmelo c/TV Satelital y/u Otros s/CPL Juzg. de Distrito Nº 1 en lo Laboral de la 2da. Nom. de Santa Fe. Actualizaciones Fecha 12/03/2015 Aforo 21523 Monto $ 114.131,60 con mas la suma de $ 38.000,00 para intereses y costas API (Fs.159) informa que le corresponde la partida inmobiliaria 10-11-01-099703/1130-3 adeuda al 20/08/19 $ 2.240,40 Municipalidad de Santa Fe (Fs. 161) Padrón C0020858 informa que tiene deuda de los Períodos Abril 2016 a Agosto 2019 de $ 5.740,80 al 5/08/19 Aguas Santafesinas (Fs. 162) informa que adeuda $ 2.103,36 al 15/08/19. De la constatación: Me constituí el día 14 de marzo de 2019, en Barrio Centenario Manzana 3 Planta Baja Dto. Nº 60 de esta ciudad, donde fui atendida por quien dijo ser Gisela Espíndola y tener D.N.I. Nº 33.559.929, quien impuesta de mi cometido accedió a la realización de la medida.

Preguntada la atendiente respecto de quienes ocupan el inmueble y en que carácter, manifestó que vive junto con su pareja David Cantero y los tres hijos de ambos, Antonia Agustín y Alejo Cantero, de dos, catorce y once años respectivamente. Que lo hacen en carácter de inquilinos, desde hace aproximadamente unos seis años. Aclara que si bien los impuestos llegan a nombre de Facundo Spessot, el inmueble es de propiedad de su ex esposa, la Sra. Rosana López, con quien han contratado. Preguntada respecto de la existencia de mejoras, manifiesta que no han realizado ninguna mejora en el inmueble.

Seguidamente pude constatar: Que la vivienda consta de un pequeño ingreso, living comedor, cocina, dos dormitorios y un baño todo de dimensiones pequeñas. El frente es de ladrillo visto con puerta de aluminio y ventana con rejas de hierro. Las puertas interiores son de madera placa. Los pisos son de cerámica y las paredes de hormigón armado. La cocina cuenta con una bacha y mesada de piedra. No cuenta con amoblamiento inferior. E) baño cuenta con inodoro y pileta. El estado general del inmueble es regular. Falta mantenimiento en algunas paredes, particularmente en el baño. Cuenta con servicios de agua potable y luz eléctrica. Condiciones: Hágase saber al comprador que deberá en el arto de Remate abonar el 10% a cuenta del precio más los impuestos de ley y la Comisión del 3% del Martillero interviniente, en dinero efectivo. El saldo deberá abonarse a la aprobación de la Subasta en los términos del Art. 499 CPCC y sin perjuicio de la aplicación del Art. 497 del mismo código. No obstante si el adquirente abonare el saldo mencionado pasados los treinta días corridos de la Subasta aprobada, a dicho saldo se le aplicará un interés que será el promedio mensual de la tasa activa aplicada por el Banco de la Nación Argentina para el otorgamiento de préstamos desde el día de la Subasta y hasta el efectivo pago. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en el panel situado en la Planta Baja del edificio de éstos Juzgados Laborales. En el Edicto a publicarse deberá dejarse constancia de los informes previos -específicamente deudas y Acta de Constatación. Aclárese que quien resulte adquirente deberá conformarse con los títulos o las constancias de autos en su caso, no admitiéndose reclamo alguno una vez bajado el martillo por falta o insuficiencia de los mismos, y que tendrá a su cargo el pago de las deudas fiscales generadas a partir de la fecha de Subasta, Se deberá acreditar la publicación de los mismos con una antelación no menor a dos (2) días de la fecha señalada para el Remate. Luego de la Subasta, se correrá vista con las actuaciones a los organismos -Nacional y Provincial- por impuestos que pudieren corresponder como consecuencia de la venta. Notifíquese por cédulas a los entes públicos acreedores, a quienes se hará saber que el monto de los impuestos y/o tasas que pudieren corresponder de la distribución de los fondos serán reservados, debiendo éstos comparecer en forma y efectuar los trámites correspondientes para la oportuna transferencia. Autorizase la publicidad solicitada, con cargo de oportuna rendición de cuentas. Notifíquese por cédula a los acreedores hipotecarios, a los fines de que comparezcan dentro del término de diez (10) días, para hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley (Art. 488 CPCC). Notifíquese por cédula al demandado en los domicilios real y legal. Practiquese liquidación a los fines previstos por el Art. 495 CPCC. Hágase saber que no se aceptara compra por comisiones innominadas. Notifíquese Por Cédula. Mayores informes por Secretaría del Juzgado y/o al Martillero a los TE 0342-156135320.- Santa Fe, 9 de Octubre de 2019. - Fdo. Dra. Cintia A. Porreca, Secretaria.

S/C 405262 Oct. 18 Oct. 22

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