picture_as_pdf 2019-10-28

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

DAVID BOSCHI


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado dé la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: CIRCULO DE INVERSORES SA c/OTRO s/Ejecución Prendaria (CUIJ N° 21-01244937-9), se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. David Boschi, (Mat. N° 1929-B-179) (CUIJ N° 20-24918265-7) venda en publica subasta al último y mejor postor, el día 08 de Noviembre de 2019 a las 14:30 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario cita en calle Entre Ríos 238 de Rosario; el siguiente bien propiedad del demandado a saber: UN AUTOMOTOR MARCA CITROEN, MODELO BERLINGO MULTISPACE 1.61 SX PACK AMS3, TIPO SEDAN 5 PTAS., MOTOR MARCA CITROEN Nº 10DBWH0008590, CHASIS MARCA CITROEN Nº 8BCGJN6ACD529718 DOMINIO LYJ376, inscripto a nombre del demandado en el RNPA Nº 11 de Rosario. Registra prenda en 1er. Grado de fecha 21/11/2012 re inscripta el 21/11/2017, por $ 68.792,02 y embargo de fecha 09/05/2018 por $103.570 por los autos que se ejecutan. El mismo saldrá a la venta en el estado que se encuentra con una base de $103.570 (monto origen de embargo), de no haber postores por dicha base, con una retasa del 50% de la base inicial y de persistir la falta de oferentes sin base y al mejor postor; siendo las posturas mínimas de $5000. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de su compra en concepto de seña y como a cuenta de precio, de acuerdo a la siguiente modalidad: la suma de $30.000 en dinero en efectivo, pesos en el acto de subasta, y el saldo restante para completar la seña, deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles siguientes, mediante transferencia interbancaria indeciblemente en la cuenta judicial que indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimientos de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso de que así no lo hiciere; con más el 10% en concepto de comisión de ley al martillero, en dinero en efectivo. El saldo deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, mediante depósito y/o transferencia bancaria en la cuenta judicial que se indicará a toles fines, del Banco Municipal de Rosario suc. 80 Caja de Abogados, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por la aplicación en su caso, de lo normado por el Art. 497 del CPCC y se le hará entrega de la unida adquirida. La unidad subastada se entregará al comprador una vez acreditado en autos el depósito de la totalidad del saldo de precio, dejando constancia que se subasta el vehículo prendado en las condiciones en que se encuentra, no aceptándose reclamos de ninguna índole naturaleza por falta de componentes que pudiera adolecer la unidad, modelo, año, tipo, estado del rodado una vez subastado y sin ningún tipo de garantía de la unidad en virtud que es usada, haciéndose constar que el rodado se entregará para su tenencia, bajo las responsabilidades de ley, hasta que se formalice la transferencia de dominio. Los gastos que se originen con motivo del retiro y traslado de la unidad, la transferencia de dominio, levantamiento de prenda y/u otra/s cautelar/es, impuestos y/o cualquier carga fiscal e IVA si correspondiere serán a cargo exclusivo del adquirente en subasta al momento de su formalización. Las deudas por patentes atrasadas y/o multas son a cargo del adquirente en subasta. La exhibición del bien se realizará los dos días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta en el horario de 14 a 15 horas. En autos se encuentra glosado el informe de estado de domino la verificación policial de motor y chasis, no admitiéndose reclamo alguno por falta y/o/insuficiencia de los mismos con posterioridad al acto de subasta. Todo lo que se publica los efectos legales, en Rosario, a los días 18 del mes de Octubre de 2019. Dra. Belén Baclini, Secretaria.

$ 680 406202 Oct. 28 Oct. 30

__________________________________________



POR

MIGUEL ÁNGEL MERCERAT


Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Décima Nominación Rosario, autos: GASPAR, CARLA VIVIANA c/OTRA s/Apremio, CUIJ Nº 21-02885943-8 (L.C. demandada 5.542.951), el Martillero Miguel Ángel Mercerat (CUIT 20-17669315-1), venderá en pública subasta el día 6 de noviembre de 2019 a las 10 horas, en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Roldan; los siguientes inmuebles: “dos lotes de terreno, situados en la ciudad de Roldán, Departamento San Lorenzo de esta provincia, que de acuerdo al plano archivado bajo el Nº 69.809 año 1972, se designan como lotes 15 y 16 de la manzana D, Sector Villa Celina, y de acuerdo al plano citado se describen: Lote 15: se encuentra ubicado en una calle pública (hoy calle Carlos Gardel), entre dos calles públicas (hoy calles Los Aromos y Los Fresnos), a los 50 m. de calle pública (hoy calle Los Aromos) hacia el Oeste, y mide 10 m. de frente al Sur por 34,75 m. de fondo; encierra una superficie total de 347,50 m2, y linda: por su frente al Sur con calle pública (hoy calle Carlos Gardel), por el Oeste con el lote 16, por el Norte con fondos del lote 5 y por el Este con el lote 14, todos de la misma manzana y plano citados; y Lote 16: se encuentra ubicado en una calle pública (hoy calle Carlos Gardel), entre dos calles públicas (hoy calles Los Aromos y Los Fresnos), a los 60 m. de calle pública (hoy calle Los Aromos) hacia el Oeste, y mide 10 m. de frente al Sur por 34,75 m. de fondo; encierra una superficie total de 347,50 m2, y linda: por su frente al Sur con calle pública (hoy calle Carlos Gardel), por el Oeste con el lote 17, por el Norte con fondos del lote 4 y por el Este con el lote 15, todos de la misma manzana y plano citados. Dominio inscripto por mayor área al T° 173, F° 87, N° 119.576, Departamento San Lorenzo. Embargos: T° 126 E, F° 3165, N° 388.509 (sobre lote 15) por $ 68.086,09 y T° 126 E, F° 3163, N° 388.507 (sobre lote 16) por $ 68.086,09; ambos del 23/10/2017, por orden del Juez de estos autos. Los inmuebles saldrán a la venta por separado y uno a continuación del otro, el lote 15 con la base de $ 500.000 y el lote 16 con la base de $ 500.000. En ambos casos, de no haber postores por las bases saldrán con retasa del 25% y de persistir la falta de postores saldrán con última base del 50% de la primera base. Los compradores abonarán en el acto de remate 3% de comisión del martillero, más 10% del precio de compra en el acto de subasta, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por los compradores dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicara a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hicieren. El saldo de precio deberá ser abonado dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el art. 497 del C.P.C.C.; debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. No procederá la compra en comisión. Las deudas por impuestos, tasas y contribuciones, IVA si correspondiere, los gastos e impuestos de transferencia, y los gastos que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianeras en su caso, serán a cargo exclusivo de los compradores en subasta. Los adquirentes en subasta deberán acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia de los inmuebles adquiridos. Las copias de títulos se encuentran agregadas a autos y a disposición de los interesados haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por la falta o insuficiencia de los mismos posteriores al remate. Se subastan en el estado de ocupación en que se encuentran (desocupados) según constancias de autos. Se hace saber a efectos legales. Secretaria. Rosario, 23 de octubre de 2019. – Marianela Maulión, Secretaria.

$ 546 406527 Oct. 28 Oct. 30

__________________________________________