picture_as_pdf 2019-11-05

DECRETO N° 3121


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

28/OCT/2019

VISTO:

El Expediente Nº 02401-0005412-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que la Subsecretaría de Energías Renovables de la Secretaria de Estado de la Energía, inicia la gestión tendiente a la ampliación del cupo del Programa Prosumidores;

Que por medio del Decreto N° 1710/2018, se creó el programa Prosumidores, que tiene como objetivo incentivar la generación de energía eléctrica distribuida a partir de fuentes renovables conectada a la red de baja tensión por usuarios de la EPE bajo condiciones técnicas y administrativas específicas.

Que este programa está dirigido a usuarios de pequeñas demandas de la EPE;

Que la ampliación del cupo para pequeñas demandas del programa Prosumidores que se solicita es de 695 KW. de manera de comprender a los mas de 200 usuarios que han presentado solicitudes, como asimismo dar respuesta a quienes pretendan sumarse al mismo;

Que la Subsecretaría de Energías Renovables expresa que a través del expediente N° 02401-0005014-9, se dictó el Decreto Nº 2351/2019 por el cual se Autorizo la ampliación del cupo Prosumidores mediante el traspaso de 2 MW del cupo disponible en el programa “Prosumidores Máxima Producción (Res. SEE N° 140/18) a Prosumidores de pequeñas demandas (Decreto N° 1710/18), sin embargo destaca que el incremento de solicitudes de Prosumidores pequeñas demandas registrados implicaron que dicho traspaso resultare insuficiente para cubrir los requerimientos actuales, y por ello solicita una nueva ampliación por 695 kW;

Que la Subsecretaría impulsante agrega que conforme el punto 4 del Anexo I del Decreto N° 1710/2018 los 695 kW que se suman a los establecidos vigentes conforme las normas citadas, que deberá distribuirse de la siguiente manera:

Tipo de usuario: Residencial - 400 kW.

Tipo de usuario: Uso comercial. Uso industrial. Asociaciones Civiles y Organizaciones sin fines de lucro y Entidades de rehabilitación 295 kW;

Que la gestión cuenta con la conformidad de la Señora Secretaria de Estado de la Energía;

Que a fs. 12, consta la intervención y toma de conocimiento de las actuaciones de autos de la Gerencia General de la Empresa Provincial de la Energía;

Que a fs. 14/15 se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho de la Secretaria de Estado de la Energía mediante Dictamen N° 747/19;

POR ELLO,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Autorícese la ampliación del cupo total de potencia del programa Prosumidores establecida en el Anexo I del Decreto Nº 1710 de fecha 27 de junio de 2018 en la cantidad de 695 kW.

ARTICULO 2°: Amplíese el punto 4 del anexo I del Decreto 1710 de fecha 27 de junio de 2018, el que quedará distribuido de la siguiente forma:

TIPO USUARIO POTENCIAS KW

Residencial 400

Rural 0

Uso comercial, Uso Industrial 295

Asociaciones Civiles y Organizaciones

sin de lucro y Entidades de

Rehabilitación

TOTAL 695

ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, en el marco de las atribuciones emanadas del Decreto Nº 3184/12.

ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese y archívese.

LIFSCHITZ

Dr. Pablo Gustavo Farias

29775

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