picture_as_pdf 2019-11-11

BAZAR COLUCCI

SOCIEDAD ANONIMA


SUBSANACIÓN


Para dar cumplimiento al trámite de autorización administrativa ante la Inspección General de Personas Jurídicas de la Pcia de Santa Fe , se hace saber por un día el siguiente edicto.

SUBSANACIÓN:

Los socios Mario César Colucci, Gerardo Daniel Colucci y Pablo Emilio Colucci, titulares de la sociedad “Colucci, Mario; Colucci, Gerardo y Colucci, Pablo Sociedad de Hecho”, el día 23 de setiembre de 2019 deciden subsanar dicha sociedad en los términos del art. 25 de la ley nacional número 19.550, adoptando el tipo social de sociedad anónima, cuyas referencias se detallan:

1 SOCIOS: el señor MARIO CESAR COLUCCI, argentino, DNI Nº17.390.781, fecha de nacimiento 29/11/1965, apellido materno Maina, casado en primeras nupcias con Rosana Claudia Savarino, comerciante, domiciliado en calle Luis Fanti N°930 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe CUIT Nº 20-17390781-9; el señor GERARDO DANIEL COLUCCI, argentino, DNI N°22.054.807, fecha de nacimiento 10/06/1971, apellido materno Maina, casado en segundas nupcias con María Belén Colombo, comerciante, domiciliado en calle Saavedra N°598 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, CUIT Nº 20-22054807-5 y el señor PABLO EMILIO COLUCCI, argentino, DNI N°25.806.230, fecha de nacimiento 07/03/1977, apellido materno Maina, casado en primeras nupcias con Laura Inés Biava, comerciante, domiciliado en calle Vivaldi N°810 (Villa del Lago) de la ciudad de Villa Carlos Paz, provincia de Córdoba. CUIT Nº 20-25806230-3.

2 CONSTITUCION: 23 de setiembre de 2019.-

3 DENOMINACION: BAZAR COLUCCI SOCIEDAD ANONIMA

4 DOMICILIO: Saavedra 576 – Rafaela (Santa Fe)

5 OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros las siguientes actividades: COMERCIAL: La comercialización, distribución, importación y exportación , al por menor y por mayor de artículos de bazar, menaje, regalería y gastronomía. INDUSTRIAL: La fabricación de herramientas, repuestos y artículos de menaje y envases para la actividad gastronómica. MANDATARIA: Todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones, organización comercial y técnica; investigación e informes, estudios de mercado y desarrollo de programas de promoción y capacitación.

6 PLAZO DE DURACION: 50 años; a partir de la inscripción en el registro Público de Comercio.

7 CAPITAL SOCIAL: $ 12.000.000 (Pesos doce millones)

8 ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: A cargo de un Directorio, cuyo mandato tiene una duración de 3 ejercicios. Primer Directorio: Director Titular y Presidente: Gerardo Daniel Colucci; Director Titular y Vicepresidente: Mario César Colucci; y Director suplente : Pablo Emilio Colucci.

9 FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: 31 de agosto de cada año.-

$ 141 407481 Nov. 11

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ARIVID S.R.L.


CONTRATO


Conforme al contrato constitutivo de ARIVID S.R.L. a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, se publica por el término de ley:

1) Datos de los socios: Jorge Eduardo Angel Comba, de nacionalidad argentino, DNI 12.804.178, CUIT 20-12804178-9, nacido el 17/10/1958, casado en primeras nupcias con Rita María Claudia Campodónico, de profesión ingeniero agrónomo, con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; Lucila Maria Cristina Campodonico, de nacionalidad argentina, DNI 12.523.798, CUIT 27-12523798-9, soltera, nacida el 11/12/1958, de profesión contadora pública, con domicilio en Lote 4, manzana 159 Jardín Ingles, Valle Escondido, Provincia de Córdoba; Gerardo Pedro Bongiovanni, de nacionalidad argentino, DNI 13.713.798, CUIT 20-13713798-5, nacido el 05/08/1960, divorciado de Raquel Noemí Marconetto, según sentencia número 1511 de fecha 09/10/2012 otorgada por el juzgado de 1° Instancia de Familia de San Lorenzo, provincia de Santa Fe; de profesión ingeniero agrónomo, con domicilio en Pueyrredón 1092, de la Localidad de Totoras, provincia de Santa Fe; Rita Maria Claudia Campodonico, de nacionalidad argentina, DNI 13.795.656, CUIT 27-13795656-5, casada en primeras nupcias con Jorge Eduardo Angel Comba, nacida el 26/03/1960, de piofesión ingeniera civil con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe ; Tomas Jorge Comba, D.N.I. 32.908.009, CUIT 23-32908009-9, de nacionalidad argentino casado en primeras nupcias con María Rita Infante , nacido el 20/02/1987, de profesión ingeniero agrónomo, con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; Andres Nicolas Comba, D.N.I. 36.004.947, CUIT 20-36004947-8, de nacionalidad argentino, soltero, nacido el 25/09/1991, de profesión ingeniero agrónomo, con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Marcos Alfredo Comba, D.N.I. N° 34.720.623, CUIT 20-34720623-8, de nacionalidad argentino, soltero, nacido el 10/10/1989, de profesión ingeniero agrónomo, con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; Mateo Juan Comba; D.N.I. N° 37.153.791, CUIT 20-37153791-1, de nacionalidad argentino, soltero, nacido el 20/03/1993, de profesión comerciante, con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Maria Victoria Comba; D.N.I. N° 40.115.306, CUIL N° 27-40115306-9, de nacionalidad argentina, soltera, nacida el 09/04/1997, estudiante universitaria, con domicilio en calle Moreno 571 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

2) Fecha de constitución: 04 de octubre de 2019.

3) Denominación: ARIVID S.R.L.

4) Domicilio: Moreno N° 571 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier punto de la república o en el extranjero las siguientes operaciones: a) La exploración, adquisición y explotación de campos; la plantación en tierras propias o de terceros, cultivo, producción de uvas, vides, pistachos, olivos, frutos secos, semillas; productos frutihorticolas y sus derivados; silvicultura y ganadería; b) Industrialización; fraccionamiento; comercialización en el mercado interno y en el exterior, la distribución, exportación, y toda operación comercial e industrial relacionada con los productos indicados en el inciso a; c) Importación, exportación, representación, mandato y consignación de empresas afines; compra venta de insumos agropecuarios, máquinas y herramientas relacionadas con la agro industria y la prestación de servicio técnico profesional en materia agrícola, ganadera, silvícola y agroindustrial. A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos.

6) Plazo de duración: noventa y nueve (99) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000) divididos en ocho mil (8.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una.

8) Administracion. Direccion y representacion legal: El uso de la firma social estará a cargo de los socios gerentes Jorge Eduardo Angel Comba y Gerardo Pedro Bongiovanni quienes ejercerán la representación legal y la dirección de la sociedad. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos.

9) Fiscalización: A cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 30 de abril de cada año.

$ 125 407681 Nov. 11

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AGROPECUARIA DEL LITORAL

S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1) El Sr. Fernando Diego Gimbatti cede y transfiere su participación en el capital social representada por once mil ciento veinticuatro (11.124) cuotas de capital de la sociedad de la siguiente forma: 6812 cuotas al señor Enrique Jose Mezzadra y 4312 cuotas al señor Jorge Alberto Cripovich.

2) El señor Dionisio Héctor Reixach cede dos mil quinientas (2.500) cuotas de capital al señor Jorge Alberto Cripovich.

3) Nueva conformación del capital social: $ 450.000 dividido en 45.000 cuotas de $ 10 cada una, suscripto de la siguiente manera: Jorge Alberto Cripovich 19.125 cuotas, Enrique Jose Mezzadra 19.125 cuotas y Dionisio Héctor Reixach 6.750 cuotas.

4) Fecha de instrumento: 27 de mayo de 2019.

$ 45 407696 Nov. 11

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CIUDAD DE GÁLVEZ S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de la Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe, se hace saber que en fecha 08/07/2018, los socios de Ciudad de Gálvez SRL, por unanimidad han resuelto 1. Aumentar el capital social con una cuota de valor $ 1000 que suscribe el socio Mario Javier Eyras. 2. División del condominio sobre la cuota de propiedad de los señores Susana lucía Gerosa y Mario Dénis Eyras y 3. Modificar la redacción de la cláusula Cuarta del contrato social, resultando su redacción final: Toma la palabra el socio Mario Denis Eyras y manifiesta que no es su voluntad continuar formando parte de la sociedad por lo que sugiere dividir el condominio sobre la referida cuota social, transfiriendo a favor de la señora Susana Lucia Gerosa el 50% indiviso de dicha cuota. Toma la palabra la socia y condómino de la cuota, señora Susana Lucia Gerosa y manifiesta que acepta ser cesionaria del 50% indiviso de la cuota social que posee en condominio con el señor Mario Denis Eyras a quien le ofrece paga la suma de $ 500 (pesos quinientos) que aquel acepta de conformidad, por lo que en este acto, ha quedado formalizada la cesión del 50% indiviso de 1 (una) cuota social de $ 1.000 (pesos un mil) de valor nominal del condómino Mario Denis Hégiras a favor de la condómino Susana Lucia Gerosa quien de este modo deviene única titular del derecho real de ydominio sobre dicha cuota comenzando a partir de este momento, a ejercer la totalidad de los derechos políticos y patrimoniales inherentes a la cuota cuyo dominio pleno le pertenece. Articulo cuarto: Capital Social: el capital de la sociedad se fija en la suma de pesos doscientos veintidós mil ($ 222.000) representado en doscientas veintidós cuotas sociales iguales de pesos mil ($ 1.000) de valor nominal cada una. Los socios suscriben e integran el capital de la sociedad de la siguiente manera: María Alejandra Eyras suscribe 110 cuotas sociales de valor nominal de pesos un mil ($ 1.000) cada una, equivalente a ciento diez mil pesos ($ 110.000) cada una, que fueran integradas a la sociedad al tiempo de la constitución de la sociedad, el señor Mario Javier Eyras suscribe 111 cuotas sociales de valor nominadle pesos un mil ($ 1.000) cada una, equivalente a ciento diez mil pesos ($ 111.000) que integró en la cantidad de pesos ciento diez mil ($ 110.000) al tiempo de la constitución de la sociedad, y la cantidad de pesos mil ($ 1.000) al tiempo de la inscripción de este aumento en el Registro Público y la señora Susana Lucía Gerosa suscribe una (1) cuota social de valor nomina de pesos mil ($ 1.000) que fuera integrada en su totalidad al tiempo de la constitución de la soceidad.

Santa fe, a los 28 dias del mes de octubre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretrario.

$ 345 407478 Nov. 11 Nov. 13

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ESTACIÓN DE SERVICIO SHELL SAN GUILLERMO S.R.L.


PRÓRROGA


En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo décimo inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19550,se hace saber la modificación del contrato social de ESTACION DE SERVICIO SHELL SAN GUILLERMO S.R.L., resuelta por unanimidad en reunión de socios de fecha 09 de Septiembre de 2019, y de acuerdo al siguiente detalle:

1) Prórroga de Contrato: Se prorroga el plazo de duración de la sociedad por el término de treinta (30) años, contados a partir de la fecha de inscripción de la reconducción en el Registro Público que tuvo lugar el 03/02/2005. Por lo tanto, el nuevo vencimiento del plazo societario será el 03/02/2035.

Rafaela, 17 de octubre de 2019.

$ 33 407670 Nov. 8

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GRUPO DE ANGIOCARDIOLOGIA INTERVENCIONISTA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar dispuesto en los autos caratulados Grupo de Angiocardiologia Intervencionista S.R.L. s/Modificacón al contrato social. Nro. 2181/2019, expediente: se informa que por acta de reunión de socios Número 17 de fecha 23/08/2019, se han resuelto la modificación de la cláusula quinta del contrato social, la cual queda redactada como sigue: Quinta: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de un socio, quien a estos fines reviste el cargo de Socio Gerente, gozando del uso de la firma social mediante la firma personal bajo el sello del rubro social, pudiendo obligar a la sociedad en la forma más amplia y ealiLar todos los actos previstos en la cláusula segunda, con la amplitud de facultades requeridas para el ejercicio de dicho cargo. No obstante queda vedado comprometer a la firma en negocios ajenos a la sociedad, no pudiendo otorgar fianzas o garantías a terceros. Durará en su cargo tres períodos, pudiendo ser reelegido en forma indefinida. El gerente deberá depositar en la Sociedad en concepto de garantía, la suma de pesos un mil ($ 1.000) hasta la aprobación de su gestión por parte de la Asamblea. En el ejercicio de la administración, para el cumplimiento de los fines sociaies, podrá constituir toda clase de derechos reales, ceder, tomar locación de bienes muebles, administrar bienes de otros, nombrar gerentes, otorgar poderes generales y especiales, realizar todo acto o contrato por el cual se adquieren o enajenan bienes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocios, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar toda clase de operaciones con Bancos Nacionales, Provinciales y privados; constituir hipotecas en formas y condiciones que consideren mas convenientes, dejando constancia que las enumeraciones no son taxativas, sino enunciativas pudiendo realizar los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Se hace saber también que por Acta de Reunión de Socios Número 18 de fecha 23/08/2019. Se ha resuelto designar como socio gerente a Alberto Jose Licheri, argentino, apellido materno Rivero, DNI 10.235.605, CUIT 20-10235605-6; nacido el 03 de septiembre de 1954 domicilio Country Aires del Llano, barrio 1; manzana 12, lote 6.

Santa Fe, 11 de octubre de 2019.

$ 99 407565 Nov. 11

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GISI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de octubre de 2019, entre los señores Cristian Iván Sandei, argentino, nacido el 17 de marzo de 1971, DNI 22.010.192. CUIT 20-22010192-5, divorciado por Resolución de Divorcio Nro. 2214 de fecha 1/11/2013, Juzgado de Instrucción San Lorenzo, de profesión comerciante, domiciliado en calle Tucumán 242 de San Lorenzo, provincia de Santa Fe; Leonardo Denis González, argentino, nacido el 4 de setiembre de 1984, DNI 31.024.824, CUIT 20-31024824-0, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en Richieri 570 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe y José Ignacio Volpi, argentino, nacido el 24/7/1981, DNI 28.914.237, CUIT 20-28914237-2, casado en primeras nupcias con Tamara Wasilykone, domiciliado en General López 1767 de la ciudad de San Lorenzo provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar, en carácter de únicos socios de GISI SRL, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, Sección Contratos el 9/10/2014, al Torno 165, Folio 25444. N ° 1610 y con modificación inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, Sección Contratos el 15/2/2018, al Tomo 1690, Folio 935, Nro. 227, han resuelto reconducir el contrato social de GIS! SRL las modificaciones que se expresan en las cláusulas siguientes:

Primera: Proceder a la reconducción del contrato social de GISI SRL y fijar el plazo de duración de la sociedad en cinco (5) años a contar desde esta inscripción en el Registro Público de Comercio.

En virtud de esta modificación, la cláusula tercera del Contrato Social queda expresada de la siguiente manera:

Tercera. Duración. El término de duración se fija en 5 (cinco) años, a contar desde la incripción de esta reconducción en el Registro Publico de Comercio.

Segunda. Quedan subsistentes todas las demás cláusulas del Contrato Social en cuanto no resulten modificadas por el presente, por lo que el contrato queda redactado de la siguiente manera:

1- Denominacion, domicilio y duracion

Primera. Denominación: La sociedad girará bajo la denominación GISI S.R.L.;

Segunda. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.

Tercera. Duración: El término de duración se fija en 5 (cinco) años, a contar desde la inscripción de esta reconducción en el Registro Público de Comercio.

II- Objeto y capital.

Cuarta. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociados o no a terceros, en cualquier lugar del país o del extranjero, la siguiente actividad: Construcciones viales, civiles y obras de montaje industrial.

Quinta. Capital: El capital social se establece en la suma de pesos trescientos mil (300.000) divididos en tres mil (3.000) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben en las siguientes proporciones: Cristian Iván Sandei mil quinientas (1.500) cuotas sociales de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal y que representan la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000); Leonardo Denis González setecientas cincuenta (750) cuotas sociales de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal y que representan pesos setenta y cinco mil ($ 75.000) y José Ignacio Volpi Baez setecientas cincuenta (750) cuotas sociales de pesos cien ($ 100) cada una de valor nominal y que representan la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000).

III- Administracion y fiscalización.

Sexta. Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o másgerentes. socios o no. A tal fin., usaran sus propias firmas con el aditamento de “socios gerentes” o “gerentes” segtn el caso, precedido de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código civil y decreto 5965/63, art. 9 con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Se designa gerente de la sociedad al señor Cristian Ivan Sandei.

Septima. Fiscalización. Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la ley 19.550.

IV- Balances y distribucion de utilidades.

Octava. Balance General y Resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el 31 de julio de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios teenicos usuales en materia administrativa y contable, que expongan la situación patrimonial en ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general por intermedio de uno de los gerentes, se convocará a reunión de socios a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración, en la norma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum la reunión no pudiera realizarse el balance se considerará automáticamente aprobado si dentro de los diez días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que en tal caso deben efectuarse por escritos y fundadas. El balance deberá considerarse dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de estas se destinarán el cinco por ciento para la constitución de la reserva legal hasta que la misma alcance el veinte por ciento del capital social.

Podrán constituirse además, otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del art. 70 de la ley 19.550.

Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los Socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdida, ésta se cargará a las reservas especiales y, en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contado esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la ley 19.550. Las pérdidas de capital que insuma el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.

V- Cesion de cuotas, fallecimiento e incapacidad.

Novena. Cesión de cuotas: Las cesiones de cuotas entre socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existente entre los Socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir proporcionalmente sus cuotas. Las que se otorgaran a favor de terceros, estarán sujetas a todas las condiciones establecidas por la ley 19,550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas, sino con el consentimiento unánime de los socios.

El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios a través de la gerencia, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pa iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiera adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas sociales de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho, funciones gerenciales o de administración.

Decima. Fallecimiento o incapacidad. En caso de fallecimiento o por cualquier otra causa legal que importe retiro o desvinculación de algunos de los socios, sus herederos o sucesores. podrán optar: a) por continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido ausente, incapaz o eliminado. En tal caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales, deberán unificar su personería y presentación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma; quien no tendrá las facultades de los socios gerentes, ni de los liquidadores. b) por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o eliminado, puedan tener con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte o declarada la ausencia, incapacidad o eliminación del socio con citación de herederos, sucesores o representantes a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo unica y solo representación. En el caso del apartado b), el importe resultante se le abonará a los herederos o sucesores en 12 cuotas mensuales y consecutivas, pagadera la primera inmediatamente después de aprobado el balance referido, los montos serán debidamente actualizados y devengarán intereses igual al fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital ajustables; el ajuste deberá realizarse tomando como mes base el del cierre del balance, antes referido y la fecha de pago de cada cuota. No pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaraciói de insania, exclusión, etc. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio, quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de diez días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o exclusión con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación, se entenderá que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.

VI- Disolucion y liquidadicon- Prohibicion a los socios.

Undecima. Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19550. En tal caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombra un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuaran de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la le 19.550, e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo el saldo tendrá el siguiente destino: a) Se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.

Duodecima. Prohibición a los-socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en algún trabajo o actividad a fin al objeto de la sociedad, fuera de la misma. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en transgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la sociedad, y habiendo pérdidas serán de cuentas exclusiva del socio interviniente. Todo salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada.

Decimotercera. Deferencia entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y / o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado durante la vigencia del mismo o al tiempo de disolución, liquidación o participación de la sociedad, será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fiero de excepción, inclusive el Federal, si pudiera corresponderles.

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha ut - supra mencionado.

$ 380 407419 Nov. 11

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GANADERA RENACER

SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA


CONTRATO


El día 28 de Octubre de 2019 entre el Sr. Garcia Carlos Norberto, de apellido materno Massi, argentino, empresario, nacido el 12 de Agosto de 1959, DNI 13.463.601, CUIT 20-13463601-8, con domicilio en calle Tucuman 244 ,Ciudad de Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe, de estado civil casado en 1ª nupcias con la Sra. Mónica Liliana Coria; la Sra. Coria Monica Liliana, de apellido materno Cejas Ríos, Argentina, empresaria, nacida el 23 de Abril de 1959, DNI 12.948.550, CUIT: 27-12948550-2 con domicilio en calle Tucuman 244, Ciudad de Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe, casada en 1ª nupcias con el Sr. Carlos Norberto García; la Sra. Garcia Romina Soledad, de apellido materno Coria, Argentina, empresaria, nacida el 24 de Julio de 1985, DNI 31.537.767, CUIT: 27-31537767-1, con domicilio en calle Tucuman 244, Ciudad de Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe, de estado civil soltera y la Sra. Garcia Laura Elisabet de apellido materno Coria, Argentina, empresaria, nacida el 9 de Enero de 1983, DNI 29.725.856, CUIT: 27-29725856-2, con domicilio en calle Irigoyen 646, Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, de estado civil soltera ; convienen constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá conforme a lo establecido por la ley 19.550 para este tipo de sociedades y las cláusulas y condiciones que se establecen a continuación: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación GANADERA RENACER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Domicilio: Tucuman 244, Ciudad de Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe, República Argentina. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, cabaña, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra - venta y acopio de cereales, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, como así también la compra - venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas de la actividad agrícola y ganadera. Plazo de duración: se fija en noventa y nueve (99) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital: se fija en la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000,00). Administración: Estará a cargo de uno o más gerentes socios o no. Administrador: Carlos Norberto García. Fiscalización: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento, por cualquiera de los socios. Fecha del cierre del ejercicio económico: 31 de Diciembre de cada año.

$ 65 407686 Nov. 11

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HORMIGON INDUSTRIAL S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de lra.Instancia del Distrito N° 41 Civil y Comercial a cargo del Registro Público- Reconquista- Dr.José Zarza, hace saber que en los autos caratulados HORMIGON INDUSTRIAL S.R.L. s/Contrato social y designacion de autoridades ( Expte N° 371-Año 2019) se ha ordenado la siguiente publicación:

Socios: Campanella Enzo Dario de apellido materno Contrera, CUIT N° 20-16552352-11, DNI 16.552.352, nacido el 21 de julio de 1963, casado, argentino, de profesión arquitecto, con domicilio real en Mz 94 Pc 1 Casa 13 S/N de Resistencia, provincia de Chaco, Ravalo Nestor Gonzalo, de apellido materno Marchetti, D.N.I. N° 36.013.448, CUIL N° 20-36013448-3, nacido el 04 de marzo de 1991, argentino, de profesión maestro mayor de obras, soltero, domiciliado en calle 53 N° 1171 de la ciudad de Reconquista- Provincia de Santa Fe, convienen la constitución según siguiente:

Denominácion y domicilio: Primera: Queda constituido entre los premencionados y que suscriben el presente contrato, una sociedad denominada HORMIGON INDUSTRIAL S.R.L., con domicilio en la jurisdicción del Registro Público de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier punto del país y en el extranjero.

Objeto de la sociedad: Segunda: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o asociados a terceros las siguientes actividades: a) Diseño arquitectónico de edificios de distintos usos, b) Fabricación de premoldeados de Hormigón, c) Construcciones de Carácter Público o Privado, civil o militar, como obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas, construcción de edificios por cuenta propia o contrataciones directas o licitaciones, asimismo corresponde al objeto social el alquiler de equipos y máquinas con sus herramientas, c) La fabricación y/o construcción de viviendas, planes de viviendas, locales comerciales, industriales y todo tipo de edificación en cumplimiento con lo que disponga la legislación provincial, nacional o cualquier otra autoridad de aplicación vigente en la jurisdicción de la obra, ya sea sobre inmuebles propios o de terceros, d) Refacciones de todo tipo de obras de acuerdo con lo que disponga la legislación provincial, nacional o cualquier otra autoridad de aplicación, vigente en la jurisdicción de la obra, ya sea sobre inmuebles propios o de terceros, e) Compra-venta, importación y exportación de materiales para la construcción, instalación y construcción de todo tipo de líneas para la conducción de fluido eléctrico, así como la ejecución de obras públicas o privadas de iluminación. Compra, venta, importación, exportación, representación o distribución de materias primas, productos elaborados, mercaderías o accesorios, sean o no de su propia elaboración relacionados con el objeto, O Investigación y desarrollo de sistemas constructivos innovadores para la construcción de edificios arquitectónicos de todos los usos, g) Diseño, investigación y desarrollo de máquinas y herramientas para ser utilizadas en procesos constructivos, h) Comercialización de tecnología de la construcción por franquicias o sistemas similares a otras empresas nacionales y del exterior como así también a reparticiones públicas y universidades.

Capital social: Tercera: El capital socil se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). Dividido en cuatrocientas (400) cuotas sociales de pesos un mil cada una ($ 1.000) de valor nominal cada una que los socios suscriben de la siguiente manera: el señor Campanella Enzo Dario, suscribe la cantidad de trescientos sesenta (360) cuotas sociales de pesos un mil ($ 1.000,00) cada una, o sea, la suma de pesos trescientos sesenta mil ($ 360.000,00) y Ravalo Nestor Gonzalo, la cantidad de cuarenta (40) cuotas sociales de pesos un mil ($ 1.000,00) cada una, o sea, la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000,00), realizándose la integración de la siguiente manera: totalmente con dinero en efectivo.

Duracion: Cuarta: tendrá un plazo duración de 50 años a partir de su inscripción en el Registro Público, pudiéndose prorrogar por un periodo similar, siempre y cuando ninguno de los socios manifieste su oposición mediante telegrama colacionado dirigido a la Gerencia, con una anticipación no menor a treinta días a la fecha vencimiento, previa inscripción.

Direccion - Administracion - Fiscalizacion: Novena: La Administración y Representación de la sociedad estará a cargo de un gerente. El gerente tiene todas las facultades de realizar todos los actos de administración y disposición que se relacionen directamente con los fines de la sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme el artículo 375 del código de Civil y Comercial de la Nación, obligara a la sociedad con su firma particular, precedida por la leyenda HORMIGON INDUSTRIAL S.R.L., estampando su sello o de puño y letra, seguida de la palabra Gerente. El Gerente constituirá una garantía para el ejercicio de sus funciones de pesos Diez mil ($ 10.000) en dinero en efectivo que se depositara en la sociedad.

La fiscalización de la gestión y administración de la sociedad podrá ser ejercida por cualquiera de los socíos indistintamente y en el momento que lo consideren oportuno.

Balance general - Los ejercicios Comerciales anuales cerraran el día 31 de Diciembre de cada año.

Los socios acuerdan: a) designar Gerente de la Sociedad a Campanella Mario Cesar, CUIT N° 20-17165155-8, DNI N° 17.165.155, en este mismo acto el designado acepta el cargo.

b) establecer la sede social encalle Patricio Diez 1271 - primer piso - de la localidad de Reconquista, Dpto. General Obligado, Provincia de Santa Fe.

Balance general - Los ejercicios Comerciales anuales cerraran el día 31 de Diciembre de cada año.

Reconquista, 01 de noviembre de 2019.

David Miriam Graciela, Secretaria.

$ 300 407687 Nov. 11

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IRAZOQUI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Fecha de la cesion de cuotas: 26 de agosto de 2019.

Cedentes: Hector Dimas Irazoqui, argentino, casado en primeras nupcias con Clorinda Lina Niklison, nacido el 25/08/1945, LE 6.061.352, de profesión empresario, domicilio en Rioja 1021 5° B de Rosario. Y Clorinda Lina Niklison, argentina, casada en primeras nupcias con Hector Dimas Irazoqui, nacida el 31/07/1944, LC 4.823.862, de profesión empresaria, domcilio en Rioja 1021 5º B de Rosario.

Cesionarios: Andrés Dimas Irazoqui, argentino, casado en primeras nupcias con Gisela Zampiero, nacido el 04/04/1973, DNI 23.185.456, de profesión contador público, domicilio en Sarmiento 450 4° 2 de Rosario y Julieta Irazoqui, argentina, soltera, nacida el 26/03/77, DNI 25.648.491, de profesión contadora pública, domiciliada en Sarmiento 958 de Rosario.

Monto de la cesion: Ocho mil ($ 8.000), 800 ochocientas cuotas de valor diez pesos cada una.

Conyuges cedentes: Clorinda Lina Niklison, LC 4.823.862 y Hector Dimas Irazoqui, LE 6.061.352.

Reconduccion: Se reconduce la sociedad por el término de (90) noventa años a partir de su inscripción en el Registro Público.

Administracion y representaciqn: Julieta Irazoqui, socio gerente.

Aumento de capital: El capital social de aumenta a la suma de peses ciento ochenta mil ($ 180.000).

Unicos y actuales socios: Julieta Irazoqui, nueve mil - 9000 - cuotas de capital de valor diez pesos cada una, Andrés Dimas Irazoqui, nueve mil - 9000 - cuotas de capital de valor diez pesos cada una.

$ 45 407689 Nov. 11

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M L SOCIEDAD ANONIMA


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES.


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de M L SOCIEDAD ANONIMA según acta de Asamblea Ordinaria de fecha 09 de Abril de 2019. Director Titular Presidente: Bonaudi, Edgardo José , D.N.I. 12.202.390. Director Suplente: Viglieti, Nestor Pedro Esteban, D-N.I. 20.258.986.

Lo que se publica a los efectos de ley.

Rafaela, 30 de octubre de 2019.

$ 33 407701 Nov. 11

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MASIVO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispueto en autos caratulados MASIVO S.A. s/Designación de Autoridades, Expte. N° 2356, año 2019, en trámite ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria Nro. 17 del 7 de Octubre de 2019, se procedió a reelegir las autoridades del directorio, quedando integrado el mismo de la Siguiente manera:

Presidente: C.P.N. Juan Esteban Godoy D.N.I. 26.615.681, domiciliado en calle Urquiza 605, de la ciudad de Crespo, provincia de Entre Ríos.

Director Suplente: C.P.N. Ulrich, Mariana Elisabet D.N.I. 29.971.131, domiciliada en Calle Rivadavia 737 de la ciudad de Crespo, Provincia de Entré Ríos. Santa Fe, 30 de octubre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 45 407657 Nov. 11

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MORERO Y CIA

SOCIEDAD ANÓNIMA


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados MORERO Y CIA S.A. s/Modificación al contrato social (CUIJ N° 21-052013833), que tramita ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que mediante Asamblea General Extraordinaria de socios del 27/03/2017, se ha resuelto por unanimidad aumentar el capital social a la suma de $2.830.000,00. Asimismo, también por unanimidad, se ha aprobado la adecuación, modificación y ordenamiento del texto del estatuto social:

1) Denominaciónde la sociedad: MORERO Y CIA SOCIEDAD ANÓNIMA

2) Domicilio de la sociedad: María Susana, provincia de Santa Fe.

3) Sede social: Colón N° 898 de la localidad de María Susana (Santa Fe).

4) Objeto social: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, tanto en el país como en el exterior, las siguientes actividades: a) Explotación de establecimientos agrícolas, para la producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras y algodoneras; Ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado vacuno, ovino, porcino, caprino, equino.. b) Explotación del transporte de mercaderías en general, acarreos, almacenamiento, depósito, transporte de todo tipo de productos en general, por cuenta propia ylo de terceros, en camiones de la sociedad y/o de terceros. c) Operaciones comerciales minoristas y mayoristas en general.

Para el supuesto de que alguna de las actividades descriptas deba ser realizada por profesionales matriculados con título habilitante, será prestado por personas que se encuentren encuadradas en tal condición. Podrá realizar asimismo todo tipo de actos y gestiones tendientes a la consecución del objeto social, que no resulten prohibidas por las leyes o por las disposiciones del presente Estatuto. Se deja constancia que la sociedad no ejercerá ninguna de las actividades comprendidas en el art 299 inciso 4º de la Ley 19.550 como así tampoco de los artículos 1º y 9º de la Ley 13.154, A los efectos pre-indicados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.

5) Plazo de duración: Noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.

6) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos dos millones ochocientos treinta mil ($2.830.000,00), representados por 28.300 acciones ordinarias, nominativas, de cien pesos ($ 100) valor nominal cada una.

7) Administración de la sociedad: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de tres, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que la Asamblea designe su reemplazo. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y, en caso de un órgano plural, un vicepresidente; este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La asamblea fija la remuneración del directorio.

El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso de aquellos para los cuales la ley requiere poder especial conforme al artículo 375º y concordantes del Código Civil y Comercial Nacional. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: establecer agencias, sucursales u otras especies de representaciones, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales - inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. El Directorio posee las facultades necesarias para la suscripción de fideicomisos regido por la Ley 24.441, en la medida que los mismos sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto social. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio. En caso de ausencia, o por algún impedimento, actuará en su reemplazo el vicepresidente si lo hubiera, o, en su caso el director suplente que al asumir deja tal categoría y se convierte en titular.

La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55º de la Ley N° 19.550.

8) Fiscalización: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55º de la Ley N° 19.550.

9) Fecha de cierre de ejercicio: El día 31 de octubre de cada año.

Santa Fe, 28 de octubre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 190 407665 Nov. 11

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NUTRICARE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


A los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, se hace saber que por acta de reunión de socios de fecha 30 de julio 2019; los señores socios de la firma NUTRICARE S.R.L. aceptan la renuncia al cargo de gerente del Sr. Ricardo Panano, de apellido materno Araujo, argentino, casado en segundas nupcias con la Sra. Viviana Isabel Reichert, DNI 23.619.297, de profesión médico, nacido en 03 de marzo de 1957, DNI 12.492.875, CUIT 20-12492875-4, con domicilio en Zona Rural, Tapebicua, Provincia de Comentes, disponiendo a continuación modificar el contrato de la sociedad, en sus artículos Segundo y Sexto, quedando redactadas lás cláusulas del contrato de la siguiente manera:

Modificación del Artículo Segundo del Estatuto. Duración: la partes deciden, por unanimidad, prorrogar el plazo de duración de la citada sociedad comercial por veinte (20) años. A partir de lo resuelto, el Artículo Segundo. Duración, quedará redactado de la siguiente forma: La sociedad tiene una duración de treinta (30) años contando el plazo de duración a partir de la fecha de constitución. Podrá disolverse antes del plazo estipulado por acuerdo de socios.

Modificación Artículo Sexto del Contrato. Operada la renuncia al cargo de Gerente de la sociedad, los socios por unanimidad deciden no introducir otra persona a fin de suplir en el cargo al Sr. Ricardo Panario en la administración de la sociedad comercial, en virtud de lo cual deviene indispensable la modificación de la Artículo Sexto que quedará redactado, en adelante, de la siguiente forma: La administración, représentación y el uso de la social será ejercido de forma unipersonal por el socio Sr. Nicolás Mariano Baraldi Sere, pudiendo celebrar en nombre de la sociedad los actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, operar con bancos, y demás instituciones de crédito oficiales y privadas, entes oficiales y privados, obras sociales, en la medida que los actos que realice tiendan al cumplimiento de los fines sociales, quedando prohibido comprometer la firma social en actos extraños al objeto social. Con carácter taxativo, la realización de los actos que se enuncian a continuación requerirá de autorización de la unanimidad de socios, a saber establecer agencias, sucursales, y otras especies de representación, dentro o fuera del país, querellar criminalmente o extrajudicialmente, solicitar créditos ante entidades financieras y/o terceros, comprometer a la sociedad en fianzas, avales, hipotecas, y otras garantías, y realizar alianzas comerciales y/o acuerdo de colaboración con otras empresa ó terceros. El Sr. Nicolás Mariano Baraldi Sere solo podrá ser removido de su cargo por justa causa, conservando el cargo hasta la sentencia judicial si negare la existencia de la misma, salvo su separación provisional en caso de intervención judicial de la sociedad.

Autos: Nutricare S.R.L. s/Modificación de contrato y designación de gerente (Expte Nº 1758, Año 2019). Santa Fe, 23 de octubre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 105 407708 Nov. 11

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OFTALMOS S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO


Se hace saber que según acta de Asamblea General Ordinaria del 0811012016, en el punto segundo, los accionistas de Oftalmos SA, inscripta ante el Registro Público de Comercio, en Estatutos Tomo 75, Folio 6944, N° 321, en fecha 13 de Octubre de 1994, señores Daniel Osvaldo Toncich -DNI 11.750.635 - Cuit 20-11750635-6, director titular y Mateo Ezequiel Toncich - DNI 31.784.908 - CUIT 20-31784908-8, director titular, en presencia de Ayelén Inés Toncich, DNI 34.178.046 - CUIT 27-34178046-8, directora suplente, dejan constancia que el domicilio legal, fiscal y real de la sociedad es el de Mendoza 865 de la ciudad de Rosario.

$ 45 407647 Nov. 11

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PREVINCA SEGUROS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 Inc. b) de la Ley N° 19.550, se hace saber: Que por asamblea de fecha 19/09/2019 se resolvió designar por un ejercicio al nuevo Directorio a saber: Presidente: Andrés Norberto Caramuto; argentino, nacido el 21/12/1960, comerciante, divorciado, domiciliado en Entre Ríos 539, Rosario, Provincia de Santa Fe, DNI: 14.087.401, CUIT: 23-14087401-9, Vicepresidente: Héctor Antonio Caramuto, argentino, nacido el 22/02/1959, comerciante, casado, domiciliado en calle Corrientes N° 110 Piso 11, depto. B, Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I.: 12.944.767; CUIT: 20-12944767-3, Secretario: Víctor Adrián Caramuto, argentino, nacido el 7/09/1964, Contador Público Nacional, casado, domiciliado en calle José Hernández N° 1369, Rosario, Provincia de Santa Fe con D.N.I. 17.130.084; CUIT: 20-17130084-4, Director independiente: Dr. Lisandro Silberstein; argentino, nacido el 07/07/1985, abogado, soltero, domiciliado en Pasaje Cajaraville N° 33 piso 8, Rosario, Provincia de Santa Fe, DNI. 31.757.764, CUIT: 20-31757764-9; Director Suplente: Miguel Ángel Camilo Cané, argentino, nacido el 30/11/1950, Contador Público Nacional, divorciado, domiciliado en España N° 1734 Piso 7º Dto. 1, Rosario, Prov. de Santa Fe, D.N.I. 8.322.953, CUIT: 20-08322953-6; Síndicos Titulares: Antonio Juan Lattuca, argentino, nacido el 3/09/1942,contador público, casado, domiciliado en Madres de Plaza 25 de Mayo 2820 piso 19/01 Rosario Santa Fe, D.N.I 6.047.066, CUIT: 23-06047066-9, Nelson Norberto Bilbao, argentino, nacido el 6/03/1950, casado, contador público, domiciliado en San Lorenzo 1620 1º piso Rosario, Santa Fe, D.N.I. 7.644.481, CUIT:20-07644481-2; Roberto Antonio Vázquez Ferreyra, argentino, casado, abogado, nacido el 8/02/1958, domiciliado en Avda. Belgrano 740 Piso 3 Rosario Pcia. de Santa Fe, D.N.I. 12.111.276, CUIT: 20-12111276-1; y Síndicos Suplentes: Lisandro Picasso Netri, argentino, casado, nacido, el 18/02/1975, abogado, domiciliado en Ambrosetti 273 Bis, Rosario, D.N.I. N° 24.282.507, CUIT: 20-24282507-2; Jorgelina Ceconi, argentina, divorciada, contadora pública y lic. en administración, nacida el 10/12/1961, domiciliada en Tucumán 1464, Rosario, Santa Fe, D.N.I. 14.510.620, Cuit: 27-14510620-1, Juan Andrés D’amor, argentino, casado, nacido el 25/01/1975, contador público, domiciliado en Urquiza 1159 Piso 11 Dto. 5 Rosario, Santa Fe, D.N.I. 24.322.395; CUIT.: 20-24322395-5.

$ 70 407697 Nov. 11

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ROTANIO Y ASOCIADOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


La que suscribe Dra. Brenda N. CASANOVA, Abogada, en el carácter de patrocinante de los suscribientes, y en cumplimiento a lo dispuesto la Dra. María A. MONDELI (Jueza) en los autos caratulados: Cattaneo, María Alicia s/Sucesión, Secretaría de la Dra. Elvira S. Sauan; se dirige a ese Organismo a efectos de solicitar la publicación, por los plazos de ley, del edicto conforme. el texto que a continuación se remite:

ROTANIO y ASOCIADOS SRL

Socios: Alberto Ramón Rotanio, nacido el 15 de julio de 1946, de 73 años de edad, viudo en primeras nupcias de María Alicia Cattaneo, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Mendoza 380 1º A de esta ciudad de Rosario, DNI N°: 06.302.320, CUIT: 20-06.302.320-6, en el carácter de administrador provisorio de la sucesión de señora esposa Maria Alicia Cattaneo, la que procede mediante los autos caratulados: Cattaneo, María Alicia s/Nombramiento de administrador, Expte. N°: 21-02887725-8 y que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 1 a cargo de la Dra. María Mondelli (Jueza); Fabián Alberto Rotanio, nacido el 20 de abril de 1981, de 36 años de edad, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Mendoza 380 piso 1° Dpto. A de esta ciudad, DNI N° 28.777.747, CUIT: 20-28.777.747-8 y Luciano Javier Rotanio, nacido el 14 de diciembre de 1978, de 40 años de edad, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Mendoza 380 piso 1° Dpto. A de esta ciudad, DNI N°: 26.963.659, CUIT: 23-26.963.659-9; todos en el carácter de únicos socios de ROTANIO Y ASOCIADOS S.R.L. con sede social en la calle Mendoza 380 piso 1°, Dpto. A de esta ciudad, inscripta en Contratos, al Tomo: 145, Folio: 21.633 y N° 2210 el 22 de diciembre de 1994, de ese Registro Público de Rosario con las modificaciones inscriptas en Contratos al Tomo: 169, Folio: 4909, N°: 1202 de fecha 17 dejulio de 2018.

2)Partición cuotas sociala Inscribir Registro Público Rosario: En los autos caratulados: Cattaneo, María Alicia s/Sucesion. CUIT: 21-02860415-4 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1º Nom. De Rosario, a cargo de la Dra. María A. Mondelli (Juez), Secretaría de la Dra. Elvira S. Saun, se ha dispuesto que se inscriba la adjudicación de las 400 cuotas sociales de valor nominal pesos diez cada una, propiedad del causante Sra. Cattaneo María Alicia, correspondiente al 80% del capital social de la sociedad Rotanio y Asociados SRL, cuya estimación de participación nominal asciende a la simia de pesos cuatro mil ($ 4.000), de la siguiente manera: 1- Al Heredero Don Alberto Ramón Rotanio: Se le adjudica al señor Alberto Ramón Rotanio DNI 6.302.320 el 50% de las cuotas sociales denunciadas, es decir la cantidad de 200 cuotas, por un valor de $ 2.000.2. Al heredero Don Fabián Alberto Rotanio: Se le adjudica al señor Fabián Alberto Rotanio DNI 28.777.747 el 25% de las cuotas sociales denunciadas, es decir la cantidad de 100 cuotas por un valor de $ 1.000. 3. Al heredero Don Luciano Javier Rotanio: Se le adjudica al señor Luciano Javier Rotanio DNI 29.963.659 el 25% de las cuotas sociales denunciadas, es decir, la cantidad de 100 cuotas, por un valor de $ 1.000. Se deja constancia que se encuentra debidamente autorizada para el diligenciamiento la Dra. Brenda Nerea Casanova con domicilio en calle Catamarca N° 1714 de la ciudad de Rosario y/o la persona que la referida profesional designe.

$ 105 407672 Nov. 11

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SPIES HERMANOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: SPIES HERMANOS S.R.L. s/Modificación al contrato social (Expte. 940/2019) (CUIJ 2105200419-2) de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que el Sr. Ariel Alberto Spies, de apellido materno Delbino, argentino, mayor de edad, nacido e 19.05.1969, casado en .primeras nupcias con Norma Beatriz Mottura, DNI N° 20.889.824, CUIL Nº 20-20889824-9, productor agropecuario, con domicilio en Zona Rural Noroeste de la ciudad de Esperanza - Dpto. Las Colonias- Provincia de Santa Fe, ha cedido a Sr. Sergio Daniel Spies, de apellido materno, Delbino, argentino, nacido el 27.11.1966, casado en primeras nupcias con Vilma Mabel Heinzen, DNI 17.997.311, CUIT Nº 23-17997311-2, productor agropecuario, con domicilio en Zona Rural Noroeste de ia ciudad de Esperanza, la cantidad de setecientos veinte (720) cuotas sociales por un valor nomne de pesos setenta y dos mil ($7.2.000). Asimismo el mencionado cedente Ariel Alberto Spies ha cedido a la Sra. Vilma Mabel Heinzen, de apellido materno Torres, argentino, mayor de edad, casada en primeras nupcias con Sergio Daniel Spies, nacida el 29.12.1957, DNI Nº 18.484.905, CUIT Nº 23-18484905-4, productora rural, con domicilio en Zona Rura Noroeste de la ciudad de Esperanza, la cantidad de cuatrocientos ochenta (480) cuotas sociales por un valor nominal de pesos cuarenta y ocho mil ($ 48.000). En consecuencia de lo expuesto se modifica el art. quinto y sexto del contrato social que quedar redactados de la siguiente manera: art. Quinto: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000) dividido en 2400 cuotas sociales suscriptas e integradas por los socios en la siguiente proporción: Socio: Sergio Ariel Spies; Participación 80%; Cuotas: 1920; Valor: $192.000,00. Socio: Vilma Mabel Heinzen, Participación 20%; Cuotas: 480; Valor: $48,000.00. Art. Sexto: La dirección y administración de la Sociedad está a cargo de uno de los socios, Señores Sergio Daniel Spies y/o Vilma Mabel Heinzen, quienes en este acto quedan designados como socios gerentes y en forma conjunta o indistinta tendrán el uso de la firma social, Spies Hermanos Sociedad de Responsabilidad Limitada en forma conjunta, quienes deberán usar su firma personal, a la que antepondrá la referida Razón Social, y debajo de su firma el aditamento Gerente. En caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad, o cuando la Asamblea de Socios lo considere conveniente, podrá designarse nuevo Gerente en sustitución o para que actúe conjuntamente con los ya designados. Los socios Gerentes tendrán todas las facultades y obligaciones inherentes a su función, no pudiendo en ningún caso comprometer a la Sociedad en préstamos a título gratuito, ajenos al objeto social o garantizar obligaciones de terceros. Los socios Gerentes tendrán las siguientes atribuciones: a) Ejercer la representación de la Sociedad y administrar todos los bienes de la misma. b) Adquirir por cualquier título, oneroso o gratuito, el dominio o goce de bienes muebles, creditos o valores de toda especie, y enajenarlos a título oneroso o gravarlo con derecho real d prenda o cualquier otro, pactando en da caso de adquiszcion o enajenación el precio y forma de pago de la operación, dando y tomando posesión de los bienes materia de tales actos o contratos. c) Constituir depósitos de dinero o valores en los banco o extraer total o parcialmente los depósitos a nombre de la Sociedad, y abrir cuentas corrientes en instituciones oficiales o privadas. d) Celebrar contratos de locación como locador o locatario, en las condiciones que se estimen convenientes, e) Tomar dinero prestado a interés de los establecimientos bancarios oficiales o particulares, comerciales o privados, especialmente en el Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario Nacional, Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Nuevo Banco Su quía S.A. o cualquier otro constituido o a constituirse, girando sobre los mismo en descubierto o a plazo fijo, firmando los cheques, letras o cualquier otro documento que fuera menester. ft Constituir y reconocer todo tipo de obligaciones, emitiendo títulos, acciones, letras de cambio, pagarés, vales y otras obligaciones o documentos públicos o privados, referentes a créditos, con o sin garantía hipotecaria o personal, contra deposito o en descubierto g) Conferir poderes generales o especiales y revocarlos, con las más amplias facultades para estar en juicio o no. Formular protesto o protestas. J) Designar y remover los empleados que juzgue necesario, determinando su remuneración. i) Designar y realizar todos los demás actos que fueran menester para la facultades enunciadas buena administración y evolución de ls negocios sociales, ya que las facultades enunciadas no son taxativas, sino meramente ejemplificativas.

Santa Fe. 21 de octubre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 138 407496 Nov. 11

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SOLSER S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1) Integrantes de la Sociedad: el Sr. Manuel Alonso Muñoz, de nacionalidad español, nacido el 11/04/1948, de profesión Comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Marta Isabel Dominguez, con domicilio en calle Pedro Tuella 960 bis 5to B de la ciudad de Rosario, con D.N.I. Nro. 93.676.047, CUIT N° 20-93676047-4, y el Sr. Manuel Alejandro Alonso, de nacionalidad argentino, nacido el 14/11/1971, de profesión Comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Betina Alejandra Tatangelo, con domicilio en calle 9 de julio 564 bis de la ciudad de Arroyo Seco, con D.N.I Nro. 22.300.542, CUIT N° 20-22300542-0, personas hábiles para contratar, dicen que son actuales socios de la sociedad denominada Solser S.R.L., cuyo contrato original fue inscripto en el Registro Público de Comercio con fecha 20 de enero de 2010, en contratos, tomo 161, folio 1273, numero 96.

2) Fecha instrumento: 23 de Septiembre de 2019.

3) Cesión de cuotas: El Sr. Manuel Alonso Muñoz cede, vende y transfiere la cantidad de ciento veinte (120) cuotas sociales de la empresa Solser S.R.L., de pesos mil ($ 1000) cada una, lo que representa su parte de capital de pesos ciento veinte mil ($ 120.000) a favor del Sr. Manuel Alejandro Alonso.

El precio total de la presente cesión se fija en la suma total de pesos ciento veinte mil ($ 120.000,00) los cuales serán abonados en 12 cuotas de pesos diez mil ($ 10.000,00), venciendo cada una el día 10 de cada mes, comenzando a vencer el día 10 de octubre de 2019.

En este momento el Sr. Manuel Alejandro Alonso, en su carácter de cesionario, deja expresamente establecido que recibe los derechos, acciones y obligaciones emergentes del contrato social que declaran conocer en su totalidad.

Como constancia y en cumplimiento del Artículo 1277 del Código Civil, firma y da su consentimiento la Sra. Marta Isabel Dominguez en su carácter de cónyuge del Sr. Manuel Alonso Muñoz.

Aumento de capital: La sociedad tiene un Capital de pesos trescientos mil ($ 300.000) representado por trescientas (300) cuotas de pesos mil ($ 1000,00) cada una, íntegramente suscriptas e integradas a la fecha del presente instrumento. Los socios resuelven por unanimidad aumentar el Capital Social hasta completar la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000), siendo el importe a suscribir, luego de deducirle el capital originario, de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), que representa el capital social que aumenta en este acto, importe que corresponde a ciento cincuenta cuotas (150) de pesos mil ($ 1000,00) cada una. La suscripción del referido aumento de Capital la efectúan los socios manteniendo la proporcionalidad y la integran en este acto en efectivo el 25% y el resto dentro de los dos (2) años de la firma del presente instrumento. Como consecuencia de las modificaciones instrumentadas, la cláusula quinta del Contrato Social queda redactada de la siguiente manera: Clausula quinta: Capital: El Capital Social asciende a pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000,00) dividido en cuatrocientas cincuentas (450) cuotas de pesos mil ($ 1000,00) cada una, suscriptas de la siguiente manera: a) El socio Manuel Alejandro Alonso suscribe en este acto doscientas veinticinco (225) cuotas de pesos mil ($ 1000,00) cada una, lo que representa la suma de pesos doscientos veinticinco mil ($ 225.000,00); y b) el socio Manuel Alonso Muñoz suscribe doscientas veinticinco (225) cuotas de pesos mil ($ 1000,00) cada una, lo que represente la suma de pesos doscientos veinticinco mil ($ 225.000,00).

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SBAISERO HNOS S.R.L.


CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10º inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la constitución Social de SBAISERO HNOS S.R.L., de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos de los socios: Sbaisero Carla Daniela, argentino, Licenciada en Recursos Humanos, D.N.I. N° 31.632.001, C.U.I.T. N° 27-31632001-0, nacida el 11 de julio de 1985, soltera, con domicilio en calle Maipú 922 2 B de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Sbaisero Franco Esteban, argentino, comerciante, D.N.I. N° 37.396.555, C.U.I.T. N° 20-37396555-4, nacido el 04 de enero de 1994, soltero, con domicilio en calle Saavedra 254 de la localidad de Murphy, provincia de Santa Fe.

2) Fecha de constitución: 21 de Octubre de 2019.

3) Denominación: SBAISERO HNOS S.R.L.

4) Domicilio: Calle Maipú N° 922 Piso 2 B, de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la venta de combustible mayorista y productos derivados del petróleo, sin depósito con camiones y el alquiler de camiones para transporte de combustible. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

6) Plazo de duración: Diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000), divididos en cincuenta mil (50.000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente

manera: Sbaisero Carla Daniela suscribe treinta y cinco mil (35.000) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una que representan la suma de pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000), Sbaisero Franco Esteban suscribe quince mil (15.000) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una que representan la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000).

8) Administración y representación: A cargo de la señora Sbaisero Carla Daniela, D.N.I. N° 31.632.001, C.U.I.T. N° 27-31632001-0, quien actuara de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima del contrato social.

9) Fiscalización: A cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Julio de cada año.

$ 80 407699 Nov. 11

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TAMANGO SPORT S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 10 de la Ley 19550 TAMANGO SPORT SRL, hace conocer, según Contrato de fecha 05.06.2019, la cesión de cuotas sociales de los socios Héctor Luis Cabanellas y Nidia Giammugnani, quienes ceden y transfieren a título gratuito a su valor nominal el cincuenta por ciento (50%) de sus cuotas sociales por un total de 750 y que a su valor de $ 100 cada una totalizan un capital de $ 75.000 a su hija Karina Claudia Cabanellas, argentina, DNI 25.588.286, CUIL 23-25588286-4, estado civil soltera, profesión comerciante, fecha de nacimiento 3 de diciembre de 1976, con domicilio en Av. San Lorenzo 751 de la localidad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe. Los socios acuerdan modificar la cláusula cuatro del Contrato Social, quedando redactada de la siguiente manera: Cuarta: (Capital). El capital social lo constituye la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), dividido en mil quinientas (1500) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una, de un voto por cuota, las cuales han sido suscriptas e integradas por los socios en las siguientes proporciones: Héctor Luis Cabanellas, la cantidad de seiscientas (600) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, por un total de pesos sesenta mil ($ 60.000); la socia Nidia Giammugnani, la cantidad de ciento cincuenta (150) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, por un total de pesos quince mil ($ 15.000) y la socia Karina Claudia Cabanellas, la cantidad de setecientos cincuenta (750) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, por un total de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000).

Los socios ratifican y confirman las cláusulas y condiciones del contrato social vigente que no hubieran sido modificadas por el presente.

$ 45 407695 Nov. 11

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TRACTOHER S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: TRACTOHER S.A. s/Designación de Gerentes (Expte. N° 2050 - Año 2019), de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber:

TRACTOHER S.A.

Designación de Gerentes: Por acta de Asamblea General Ordinaria unánime (Art. 237 L.S.C.) de fecha 23 de Febrero de 2019, la totalidad de los accionistas que representan el cien por ciento del capital social de la entidad TRACTOHER S.A., C.U.I.T. N° 30-70878764-3, con domicilio social en Calle 69 N° 2770 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, bajo el N° 579, F° 98 del Libro 10 de Estatutos de Sociedades Anónimas, en fecha 28 de mayo de 2004, han resuelto -por unanimidad- proceder a la reelección de los miembros del Directorio por el período estatutario, el que estará integrado de la siguiente forma: Presidente: Sra. Raquel Beatriz Lucero, D.N.I. N° 13.583.282, C.U.I.L. N° 27-13583282-6, con domicilio en calle 69 N° 2770 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe y Vicepresidente: Andres Ricardo Lucero, D.N.I. N° 20.667.263, C.U.I.T. N° 20-20667263-4, con domicilio calle 9 de Julio N° 2284 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe; Di retes Suplentes: Ricardo Angel Lucero, L.E. N° 6.290.132, y Beatriz Leonilde Mascardi, L.C. N° 4.612.389, ambos con domicilio en calle Estanislao López N° 2567 de la ciudad de San Justo. Provincia de Santa Fe, quienes aceptaran sus designaciones y prestaran su conformidad mediante las firmas insertas por ellos al pie del Acta de Asamblea General Ordinaria unánime supra referida. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 30 de Octubre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 65 407575 Nov. 11

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TRANSPORTE ESTELITA S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber lo siguiente:

Mediante Contrato Social de fecha: 03 de Jumo de 2019 los señores Lisandro Adolfo Valdemarín, apellido materno Hümöller, argentino, nacido el 02/09/1981, de estado civil soltero, periodista, D.N.I. N° 28.576.058, CUIT N° 20-28576058-6, domiciliado en calle 25 de mayo N° 178 de la ciudad de San Guillermo, departamento san Cristóbal, provincia de Santa Fe y el señor Nicolás Alfredo Valdemarin, apellido materno Hümöller, argentino, nacido el 08/04/1985, de estado soltero, mecánico, D.N.I. N° 31.501.765, CUIT N° 20-31501765-4, domiciliado en calle Mariano Moreno Nº 45 de la dudad de San Guillermo, provincia de Santa Fe; han resuelto de común acuerdo constituir una Sociedad Anónima, con sujeción al siguiente estatuto.

Fecha del Contrato Social: 03 de Junio de 2019.

Denominación: TRANSPORTE ESTELITA S.A.

Domicilio: San Guillermo, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe Provincia de Santa Fe.

Duración: 50 años.

Capital: $ 500.000 (pesos quinientos mil) presentados por 5000 (cinco mil) acciones ordlnarias de $ 100 (cien) cada una.

Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto ya sea por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros la prestación de servicios de transporte de leche fluida, cargas generales y transporte de granos en todo caso de corta, media y larga distancia, en cualquier lugar de la República Argentina o del extranjero. A fin de poder cumplir su objeto, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratosautorizados por las leyes, sin restricción de ninguna clase, ya sean de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra que se relacione directa o indirectamente con el objeto perseguido y que no estén prohibidos por las leyes o por el presente estatuto.

Administración. Director titular: Valdemarin, Lisandro Adolfo, D.N.I. 28.576.058, Director Suplente: Valdemarin, Nicolas Alfredo, D.N.I. 31.501.765.

Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

Domicilio Social: Se establece como sede social de la sociedad la sita en calle 9 de Julio N°99 de la Ciudad de San Guillermo, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe.

Lo que se publica a los efectos de ley.

Rafaela, 10 del mes de Octubre de 2019.

$ 85,50 407397 Nov. 11

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VENADO VIAL S.R.L.


CONTRATO


Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se procede a realizar la siguiente publicación, conforme al art. 10 de la Ley N° 19.550 y según Resolución del día 28 de ctubre de 2.019:

1°) Integrantes de la sociedad: Ramón Adolfo Reinoso, D.N.I. N° 11.925.828, apellido materno Reinoso, argentino, comerciante, soltero, nacido el 09 de Diciembre de 1955, domiciliado en calle Pedro Barberis N° 3751 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe y Patricia Alejandra Valdez, D.N.I. N° 21.511.294, apellido materno Orlengo, argentina, productora publicitaria, soltera, nacida el 08 de Mayo de 1970, domiciliada en calle Pedro Barberis N°3745, de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

2°) Fecha de instrumento de constitución:03 de Octubre de 2.019.

3°) Denominación de la sociedad: VENADO VIAL S.R.L.

4°) Domicilio de la sociedad: Pedro Barberis N° 3745 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

5º) Objeto social: Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a: Construcciones viales, civiles y aeroportuarias. Las actividades que lo requieran se realizarán bajo la dirección de profesionales con título y matrícula habilitantes. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todo los actos que no sean prohibidas por las Leyes o por este Contrato.

6°) Plazo de duración: Cincuenta (50) años a partir de su inscripción en el

Público de Venado Tuerto.

7º) Capital social: trescientos mil pesos ($ 300.000) divididos en treinta mil (30.000) cuotas de Capital de diez pesos ($ 10) cada una, que los que suscriben e integran en la siguiente forma y proporción: Ramon Adolfo Reinoso suscribe dieciocho mil (18.000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, por un total de ciento ochenta mil pesos ($ 180.000) en proporción del Sesenta por ciento (60%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representa cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000) Patricia Alejandra Valdez suscribe doce mil (12.000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, por un total de ciento veinte mil pesos ($ 120.000) en proporción del Cuarenta por ciento (40%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representa treinta mil pesos ($ 30.000). Ambos socios deberán integrar el restante setenta y cinco por ciento (75%) del Capital suscripto, que representa doscientos veinticinco mil pesos ($ 225.000), dentro del año siguiente a la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Venado Tuerto.

8°) Organo de administracion y fiscalizacion: La administraciór estará a cargo del señor Ramón Adolfo Reinoso, D.N.I. N° 11.925.828, quien reviste el cargo de Socio-Gerente. La fiscalización será ejercida por todos los socios.

9°) Representacion legal: Estará a cargo del Socio-Gerente.

10º) Fecha de cierre del ejercicio: El 31 de Agosto de cada año.

11°) Cesion de cuotas: Las mismas son de libre transmisibilidad, con prioridad a favor de los demás socios. En caso negativo, el socio podrá ofrecerlas a terceros. Las transferencias de cuotas a terceros se regirán por lo dispuesto en el Artículo 152 de la Ley 19.550.

Venado Tuerto, 30 de Octubre de 2.019.

$ 189,09 407355 Nov. 11

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WOOD S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se hace saber por UN DIA que en los autos caratulados: WOOD S.R.L. s/Transferencia de cuotas fallecimiento conyuge socio - Biondo Carlos Juan, Expte N° 21-05513743-6 se ordenó la publicación del presente Edicto a los efectos legales que pudiere corresponder, en el Decreto que dice: Rosario, 27 de septiembre de 2019. Acredite el asentimiento del restante socio Gustavo Cataldi al ingreso del heredero Juan Carlos Biondo. Publique. Vista a la A.P.I. Acredite la libre inhibición del causante y de Martha Beatriz Perisset. Acompañe un informe sobre el estado concursal de Juan Carlos Biondo y declaración jurada sobre personas expuestas políticamente. (Fdo: Dra Mónica Liliana Gesualdo (Secretario); todo ello para poner en conocimiento que en los autos caratulados BIONDO CARLOS JUAN s/Declaratoria de herederos, Expte N° 728/11, CUIJ 21-25980821-6 en trámite por ante el Juzgado de lera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de Cañada de Gómez, 2° Nominación, a cargo de la Dra María Laura Aguaya, Secretaria del Dr. Mariano Navarro, se ha ordenado al Registro Público de Comercio de Rosario que sirva: Transferir la cantidad de tres mil cuatrocientos veinticinco (3425) sociales de pesos cuarenta ($ 40) cada una, que representan pesos ciento treinta y siete mil ($ 137.000) del capital social, que corresponden a la socia Martha Beatriz Perisset, DNI 4.236.568, CUIL 27-04236568-3, casada en primeras nupcias con el causante Carlos Juan Biondo, dentro de la sociedad: WOOD S.R.L., inscripta en ese Registro en la Sección Contratos al Tomo 146 Folio 17100 N° 1785 Fecha 09/11/1985 y modificatorias, a favor de sus herederos declarados en autos, correspondiendo a la Sra. Martha Beatriz Perisset la cantidad de 1713 cuotas sociales (mil setecientos trece) de pesos cuarenta ($ 40) representativas de Pesos Sesenta y ocho mil quinientos veinte ($ 68.520) del capital social y al Sr. Juan Carlos Biondo la cantidad de 1712 cuotas sociales (mil setecientos doce) de Pesos cuarenta ($ 40) representativas de Pesos Sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta ($ 68.480) del capital social. Datos personales de los herederos: Martha Beatriz Perisset, argentina, viuda, DNI 4.236.568, CUIL 27-04236568-3, fecha de nacimiento 15/12/1941, apellido materno Burki, domiciliada en calle Avda La Plata 1496 de Carcarañá, Pcia de Santa Fe; y Juan Carlos Biondo, argentino, casado en primeras nupcias con María Alejandra Pianesi, DNI 20.143.458, CUIT 20-20143458-1, fecha de nacimiento 21/01/1968, apellido materno Periset, profesión contador público, domiciliado en calle Santa Joaquina 669 de Carcarañá, Pcia de Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.

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