picture_as_pdf 2019-11-21


DECRETO Nº 3462


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 07/NOV/2019


VISTO:

El expediente Nº 02001-0042774-1, del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio del cual se gestiona la actualización de las tasas retributivas de los servicios que ejerce el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe por la regencia del Archivo de Protocolos Notariales y;


CONSIDERANDO:

Que en el marco de las previsiones del artículo 1° de la Ley N° 8940 (Archivos de Protocolo) la Provincia de Santa Fe y el Colegio de Escribanos suscribieron un convenio en fecha 10/09/1982 (modificado en fecha (11/07/1985) por medio del cual se otorgó a este último la regencia del Archivo de Protocolos Notariales, otorgándosele a dicha institución y conservación de los mismos;


Que, el inciso e) del artículo 2° de la Ley Nº 8940 referida prevé que (...) que las tasas para la retribución de los servicios sean establecidas por el Poder Ejecutivo sin tener en cuenta el costo real de aquéllos, y que el Colegio de Escribanos de la Provincia toma a su exclusivo cargo, sin participación del Estado, toda erogación que no se alcance a cubrir con las tasas percibidas;

Que, asimismo, la cláusula novena del convenio precitado celebrado en el marco de las previsiones de la Ley Nº 8940 establece, en relación a los aranceles que (...) serán actualizados por el Poder Ejecutivo (...) mediante la utilización del índice de precios al consumidor suministrado por el INDEC u organismo que lo sustituya;

Que, en ese marco, por medio del Acuerdo Nº 023 del 23 de mayo de 2019 el Consejo Superior del Colegio de Escribanos solicitó al Poder Ejecutivo que fije como tasa retributiva de servicios del Archivo de Protocolos Notariales las sumas que se indican en el mismo, cuya copia se encuentra agregada a las actuaciones que dan origen al dictado del presente;

Que, en relación a la primer cuestión, el Colegio expresó que la solicitud de nuevos valores se funda en el tiempo transcurrido desde el dictado del Decreto Nº 3633/2017 y la actualidad, teniendo en cuenta la incidencia de los fenómenos de desvalorización monetaria e inflación en curso en nuestro país;

Que, a efectos de analizar tal cuestión, se ha solicitado la intervención el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos a efectos que proceda a informar los Valores del índice de precios correspondiente al período en cuestión. La dependencia mencionada ha intervenido emitiendo del informe correspondiente;

Que, producido se verifica que los aumentos en las tasas solicitados por el Colegio de Escribanos se encuentran en su mayoría dentro de los parámetros de la evolución del índice de precios, salvo en dos supuestos en los que los aumentos propuestos resulta superiores a los que corresponderían, de acuerdo a lo informado por la Secretaría de Gestión Pública;

Que, asimismo, corresponde señalar que la solicitud remitida a este Poder Ejecutivo por parte del Colegio de Escribanos, contiene dos categorías (testimonio urgente y copia simple urgente) que a criterio de la Secretaría de Gestión Pública quedan incluidas dentro de la categoría denominada recargo por trámite urgente, razón por la cual la dependencia referida sugiere mantener la categorización mencionada;

Que el presente es dictado por el Sr. Gobernador en el marco de las previsiones de la Ley N° 8940 y la cláusula novena del convenio suscripto en fecha 10.9.1982 (modificado en fecha 11.7.1985);

Que, ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por medio de Dictamen N° 581/19;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1: Fíjese como tasas retributivas de los servicios de Archivo de Protocolos Notariales que presta el Colegio de Escribanos de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 8940 y el convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo y el citado Colegio en fecha 11 de Julio de 1985, las siguientes:

1- Testimonios y Copias Judiciales: $ 230, más sellado de Ley y valor de fotocopia.

2. Expedición de Certificados de constancia de documentación: $ 230, más sellado de Ley y valor de fotocopia.

3. Consulta de Tomos: $ 29, por cada Tomo.

4. Copias Simples: $ 90, más el valor de fotocopia.

5. Carátulas incisos a y b: $ 29.

6. Notas Marginales Rectificatorias: $ 60 por cada una.

7. Recargo por Trámite Urgente: 50% más sobre el valor establecido (excepción consultas).

ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LIFSCHITZ

Dr. Ricardo Isidoro Silberstein

29920

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