picture_as_pdf 2019-11-25

ALFAGRO S.A.


CONTRATO


1) Fecha del contrato: 3 de setiembre de 2019.

2) Accionistas: Adrian Roberto Mercé, argentino, nacido el 7 de Junio de 1970, con D.N.I. N° 21.417.500, domiciliado en Bolívar 1950 de la localidad de Casilda, ingeniero agrónomo, casado en primeras nupcias con Mariel Roxana Rosetti, CUIT 20-21417500-3; Marcelo Jose Mercé, argentino, nacido el 20 de Marzo de 1967, con D.N.I. N° 18.141.783, domiciliado en Tucumán 1835 de la ciudad de Casilda, ingeniero agrónomo, casado en primeras nupcias con Marianella Robledo, CUIT 20-18141783-9 y Nelson Nicolás Mercé, argentino, nacido el 5 de Enero de 1969, con D.N.I. N° 20.143.724, domiciliado en Reconquista 241 de la localidad de Fuentes, agricultor, casado en primeras nupcias con Elizabet Adriana Palmieri, CUIT 20-20143724-6.

3) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto realizar en el país y/o en el extranjero por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: A) Agropecuaria: Explotación directa por si o por terceros en establecimientos rurales agrícolas y/o ganaderos, frutícolas, cultivos forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas; explotaciones granjeras, cría y comercialización de ganado y hacienda; incorporación y recuperación de tierras áridas, fabricación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado; compra venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la actividad agrícola-ganadera; producción y comercialización de semillas, hortalizas, cereales, oleaginosas y forrajeras; compra venta, consignación, acopio, importación y exportación de agroquímicos, abonos, fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, combustibles; B) Transporte: de hacienda y/o productos agrícolas, alimenticios, cereales y oleaginosos en automotores, sean propios o contratados. C) Financieras: Desarrollo de actividades financieras relacionadas con la actividad agropecuaria, con la exportación de productos cárneos, subproductos y derivados; como también aportes de capital a sociedades por acciones, constituidas o a constituirse, nacionales o extranjeras, préstamos con o sin garantía personales y/o reales a corto o largo plazo, incluyendo la posibilidad de avalar, afianzar y/o garantizar obligaciones de empresas controladas, controlantes y/o vinculadas directa e indirectamente a la Sociedad siempre que tenga relación con el Objeto Social. La Sociedad no realizará operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras, ni aquellas para las que se requiera el concurso público. En el desarrollo de la actividad enunciada la Sociedad podrá actuar como corredora, comisionista, o mandataria de acuerdo a la normativa vigente y a la que eventualmente dictare la autoridad competente. D) Industrial: Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la agricultura, ganadería, de la alimentación, forestales, madereros y minerales, como de toda clase de servicios en plantas industriales propias o de terceros en cualquier punto del país o del extranjero referidos a esas. actividades. Fabricar, elaborar, mezclar, formular alimentos balanceados y de nutrición para toda clase de animales. Fabricar harina de trigo y subproductos derivados a partir de la molienda de trigo. Fabricar, elaborar, mezclar biocombustibles. Fabricar, mezclar y fraccionar abonos y fertilizantes orgánicos y/o inorgánicos. Producción de productos mediante extrusión de harinas, cereales y oleaginosas. Elaboración de alimentos funcionales mediante la incorporación de nutrientes o por desarrollos biotecnológicos e innovaciones tecnologías. Extracciones de productos en oleaginosas, cereales y harinas mediante procesos de separación.

4) Organos administracion y representacion: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios y permanecerán en el cargo hasta tanto la Asamblea designe reemplazantes.

$ 110 409100 Nov. 25

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ANZEN S.R.L.


CONTRATO


Fecha y lugar de constitucion: Rosario 09/09/2019.

Socios: los Sres. Sandra Monica Garcia, argentina, nacida el 11 de Enero de l971 casada en primeras nupcias con Gustavo Manuel Alegría, comerciante, titular del D.N.I. 21.958.874, CUIT Nro.:27-21958874-2, domiciliada en calle Ameghino 1645 de esta ciudad y Manuel Alegria, argentino, nacido el 23 de Diciembre de 1997, soltero, comerciante, titular del D.N.I. 40.891.630, CUIT NRO.: 20-40891630-6, domiciliado en calle Ameghino 1645 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe; hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la ley 19.550 en general:

Domicilio: En calle Ameghino 1645 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija en cinco años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto 1) La fabricación, ensamblado, acondicionamiento, reparación, comercialización y distribución de máquinas de soldar, como así también sus repuestos y accesorios; 2) Fabricación de circuitos electrónicos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y/o ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000), dividido en tres mil (3.000) cuotas sociales de cien Pesos ($ 100) de valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: la socia Sandra Monica Garcia es titular de un mil quinientas (1.500) cuotas sociales, representativas de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) de capital y el socio Manuel Alegria es titular de un mil quinientas (1.500) cuotas sociales, representativas de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) de capital. Las cuotas se integran en este acto en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, o sea que los socios integran la suma de setenta y cinco mil pesos ($ 75.000), lo que se justificará mediante la boleta de depósito del Banco de Santa Fe S.A. Agencia Tribunales de Rosario. En consecuencia el capital integrado en este acto asciende a la suma de setenta y cinco mil pesos ($ 75.000), y el saldo de doscientos veinticinco mil pesos ($ 225.000) los socios se comprometen a integrarlo, también en dinero en efectivo dentro del año de la firma del presente.

Administración y representacion: Designar gerente de la sociedad a la Sra. Sandra Monica Garcia, argentina, nacida el 11 de Enero de 1971, casada en primeras nupcias con Gustavo Manuel Alegría, comerciante, titular del D.N.I.: 21.958.874, CUIT NRO.: 27-21958874-2, domiciliada en calle Ameghino 1645 de esta ciudad, quien acepta el cargo y actuará de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

Administración y representacion: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin actuaran en forma indistinta usando su propia firma con el aditamento de “socio - gerente”o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social ANZEN S.R.L.

Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Decreto 5965/63 art. 9no., con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Fiscalización: a cargo de los socios.

Cierre de ejercicio: 30 de Junio.

Otras cláusulas: De forma.

$ 110 409110 Nov. 25

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BARF S.R.L.


CONTRATO


1) Integrantes: Beccacece, Cristian Marcelo, de nacionalidad argentina, de 42 años de edad, nacido el 28 de abril de 1977, con D.N.I.25.712.848, CUIT: 20-25712848-3, divorciado, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Pje. Zavalla 3941, de la localidad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe y Rossetti, Facundo, de nacionalidad argentina, de 18 años de edad, nacido el 27 de diciembre del 2000, con D.N.I. 42.926.674, CUIT: 20-42926674-3, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Larrea 2860, de la localidad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha de instrumento constitutivo: 29 de octubre de 2019.

3) Denominacion social: BARF S.R.L.

4) Sede social: Larrea 2860 de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: Dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, a la producción, compra, venta, y/o comercialización mayorista o, minorista, o través de una cadena de red de comercialización o distribución, de alimentos para mascotas y todo tipo de productos y accesorios para mascotas. Las actividades que lo requieran serán ejercidas por profesionales con titulo habilitante.

6) Plazo de duracion: (20) veinte años.

7) Capital social: $200.000 (doscientos mil pesos) dividido en dos mil (2000) cuotas de $ 100 cada una.

8) Administracion: La representación legal de la sociedad corresponde al socios Rossetti Facundo, a tal fin usará su propia firma con el aditamento “socio-gerente” precedida de la denominación social.

9) Fiscalizacion: estará a cargo de los socios.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 58 409113 Nov. 25

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BIOPAT ROSARIO S.R.L.


CONTRATO


Fecha y lugar de constitucion: ROSARIO 23/10/2019.

Socios: el Sr. Varela Martin Javier, argentino, nacido el 24 de Octubre de 1968, medico, casado en primeras nupcias con la Sra. Betiana Salamano, titular del D.N.I. 20.402.984, CUIT Nro.: 23-20402984-9, domiciliado en calle Cerrito 1966 Dpto. 3, de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe y la Sra. Urgo Mariela Judith, argentina, nacida el 31 de Julio de 1972, comerciante, casada en primeras nupcias con el Sr. Adrián Marcelo Rojo, titular del D.N.I.: 22.777.904, CUIT Nro.: 27-22777904-2, domiciliada en calle Ituzaingo 1618 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe; hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la ley 19.550 en general:

Domicilio: En calle Ituzaingo 1618 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija en cinco años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto brindar servicios médicos en el área de anatomía patológica y patología molecular, abarcando todo el proceso que comienza en el área administrativa, continúa en la parte técnica y finaliza en el segmento estrictamente médico de análisis del material y elaboración del informe. Para el desarrollo de las actividades antes mencionadas, la sociedad tomará los servicios de profesionales idóneos en la materia. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relaciona. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y/o ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) dividido en cien (100) cuotas de capital de pesos mil quinientos ($ 1.500) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El socio Varela Martin Javier suscribe cincuenta (50) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000); y la socia Urgo Mamela Judith suscribe cincuenta (50) cuotas de capital equivalentes a un capital de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000). Los socios integran en este acto un veinticinco por ciento (25%) o sea la suma de pesos treinta y siete mil quinientos ($ 37.500) en este acto que se acredite mediante boleta de deposito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y el setenta y cinco por ciento (75%) restante o sea la suma de pesos ciento doce mil quinientos ($ 112.500) lo integraran, en dinero en efectivo, en un plazo no mayor a dos años contado desde la fecha de la firma del presente.

Administración y representacion: Designar gerente de la sociedad a la Sra. Urgo Mariela Judith, argentina, nacida el 31 de Julio de 1972, comerciante, casada en primeras nupcias con el Sr. Adrián Marcelo Rojo, titular del D.N.I.: 22.777.904, CUIT Nro.: 27-22777904-2, domiciliada en calle Ituzaingo 1618 de la localidad de Rosario, quien acepta el cargo y se desempeñará de acuerdo a la cláusula sexta del contrato social en forma indistinta.

Administración y representacion: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin actuaran en forma indistinta usando su propia firma con el aditamento de “socio - gerente”o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social BIOPAT ROSARIO S.R.L.

Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Decreto 5965/63 art. 9no., con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Fiscalización: a cargo de los socios.

Cierre de ejercicio: 30 de Septiembre.

Otras cláusulas: De forma.

$ 110 409109 Nov. 25

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CASAGRANDE MARIA LAURA Y MASSOT ERICA DANIELA

SOCIEDAD DE HECHO


SUBSANACIÓN


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 37º de la Ley N° 27349 de Apoyo al Capital Emprendedor, se hace saber de la subsanación de” CASAGRANDE MARIA LAURA Y MASSOT ERICA DANIELA SOCIEDAD DE HECHO en HUELLAS DE MARIPOSAS SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, según acta de subsanación de fecha 07 de noviembre de 2019, que ratifica actas del 01 de octubre de 2018 y actas complementarias de fecha 11 de marzo de 2019 y 17 de mayo de 2019:

1) Datos de los socios: María Laura Casagrande, DNI: 30740473, CUIT: 27-30740473-2, Nacionalidad: Argentina, Fecha Nacimiento: 17/01/1984, Casada, Profesión: Maestra Especial, con Domicilio en Calle Agustin Alvarez 637 de la Localidad de Rosario, y Erica Daniela Massot, DNI 29234639, CUIT: 27292346390, Nacionalidad: Argentina, Fecha Nacimiento: 07/01/1982, Soltera, Profesión: maestra especial, con domicilio en Calle Schilla 4217 de la localidad de Ibarlucea.

2) Fecha del instrumento de subsanación y cambio de denominación: acta del 01 de Octubre de 2018 y actas complementarias del 11 de marzo de 2019 y 17 de mayo de 2019.

3) Denominación: HUELLAS DE MARIPOSAS S.A.S., continuadora por subsanación de CASAGRANDE MARIA LAURA Y MASSOT ERICA DANIELA SOCIEDAD DE HECHO, CUIT: 30-71251508-9.

4) Domicilio Social: Roldán, Provincia de Santa Fe.

5) Sede Social: Pje. Calle Ruta 9 (KM 324) N° 95, Roldán, Provincia de Santa Fe.

6) Objeto Social: 1) Atención a Personas con Discapacidad, brindando servidos de salud y educación a personas con discapacidades intelectuales, sensoriales y/o motoras, desde la primera infancia hasta la adultez, dentro de los servicios de Estimulación Temprana; Apoyo a la Integración Escolar, en los Niveles Inicial, Primario y Secundario; Formación Laboral y Rehabilitación Terapéutica. 2) Desarrollar el Área Académica: capacitación e investigación. 3) Centro Educativo Terapéutico. En cumplimiento de sus fines, la entidad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto.

7) Plazo de Duración: La duración será de veinte (20) años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

8) Capital Social El capital se fija en la suma de $50.000 (pesos cincuenta mil), representado por 50.000 acciones de Un (1) peso, valor nominal cada una. En el balance de Subsanación del 30 de setiembre de 2018 certificado por contadora matriculada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción, consta dicha suma, así como también figuran $110.738 (pesos ciento diez mil setecientos treinta y ocho) en concepto de Resultados No Asignados, obtenidos en la operatoria de la entidad cuando la misma era Sociedad de Hecho. La suma de ambos conceptos conforma el Patrimonio Neto de la entidad, el cual asciende a $160.738 (pesos ciento sesenta mil setecientos treinta y ocho).

9) Administración, Representación y Fiscalización: La administración estará a cargo de una a dos personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes.

La Administradora y Representante Titular es Maria Laura Casagrande, DNI: 30740473, CUIT: 27-30740473-2, Nacionalidad: argentina, Fecha Nacimiento: 17/01/1984, Casada, Profesión: maestra especial, con Domicilio en Calle Agustin Alvarez 637 de la Localidad de Rosario.

La Vice Representante es Erica Daniela Massot, DNI 29234639, CUIT: 27-29234639-0, Nacionalidad: Argentina, Fecha Nacimiento: 07/01/1982, Soltera, Profesión: maestra especial, con domicilio en Calle Schilla 4217 de la localidad de Ibarlucea.

Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS.

10) Cierre Ejercicio Social: 31 de diciembre de cada año.

$ 121 409065 Nov. 25

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DRG GASTRONOMIA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que por instrumento de fecha 10 de Julio de 2019, se ha procedido a elegir un nuevo Directorio, quedando integrado el mismo de la siguiente manera: Presidente: Miguel Angel Tomasini, DNI Nº 6.049.914, Director Suplente: Ramiro Jose Peña, DNI Nº 13.788.204. Todos los mencionados aceptan el cargo para los que fueron designados, fijando asimismo, de acuerdo con lo prescripto en el art. 256, último párrafo de la ley 19.550 y sus modificaciones, el siguiente domicilio especial para todos los directores: Chacabuco Nº 2214 Piso 4 B, de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

$ 45 409095 Nov. 25

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ELEPHANT NAUTICA S.A.S.


ESTATUTO


Constitución: Estatuto societario por instrumento privado de fecha 02 de Octubre del año 2019. 1- La señora Yanina Andrea Venturini, de cuarenta y dos años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad argentina, comerciante, con domicilio real en calle Libertad 1353, de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, con DNI 25.840.099, número de CUIT: 27-25840099-8. 2.- La sociedad funcionará bajo la denominación ELEPHANT NAUTICA S.A.S., 3.- Fijando sede social en calle El Ceibo 6203 de la ciudad de Alvear, Provincia de Santa Fe. 4.- Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Construcción y reparación de embarcaciones. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. 5.- Su duración es de 30 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. 6.- El capital social es de cuarenta mil pesos ($ 40.000), representado por cuarenta mil acciones de Un (1) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349. Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de un (1) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. La socia Yanina Andrea Venturini suscribe 40.000 acciones ordinarias, que serán integradas $ 10.000 en efectivo al momento de otorgamiento de dicho acto constitutivo y el resto a reintegrar en efectivo dentro del plazo máximo de 2 años. 7.- La administración estará a cargo de uno a tres personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quien reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Se designa para integrar el Órgano de Administración: Titulares: Yanina Andrea Venturini, DNI: 25.840.099, Suplente: Ivan Leonel Venturini, DNI: 37.700.603, Representante: Yanina Andrea Venturini, DNI: 25.840.099; Vice representante: Ivan Leonel Venturini, DNI: 37.700.603; con domicilio especial en calle Batlle y Ordoñez 2780 A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, todos por plazo indeterminado. 8.- Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS. 9.-La fecha de cierre de ejercicio será el 31 de diciembre de cada año.

$ 95 409119 Nov. 25

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INMOBILIARE S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público -Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza, en los autos caratulados INMOBILIARE S.A. s/Ampliacion objeto social (Mod. Art. 3) - Aumento garantia de los directores (Mod. Art. 11) Adecuación a la normativa vigente (Mod. Art. 2 - 4 - 5 - 6 - 8 - 9 - 14) - Modificacion estatuto (dejar sin efecto Arts. 17 - 18 - 19 - 20) Y nuevo texto ordenado -( Expte. N° 356- Año 2019), ha ordenado la siguiente publicación:

Por Acta de Asamblea General Extraordinaria n° 17, de fecha 28-03-2019, reunidos la totalidad de los accionistas en la sede social, acuerdan modificar el articulado del Estatuto Social, según lo siguiente:

Artículo 3: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, que sean personas jurídicas, públicas o privadas, con la limitación del artículo 30 de la ley General de Sociedades N° 19.550 T.O. sus modificatorias y complementarias, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades: Inmobiliaria: mediante la compra, venta, cesión, permuta, arrendamiento, y administración de inmuebles en general, ya sean urbanos o rurales, con fines de explotación, renta, fraccionamiento o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal y leasing inmobiliario, con la eventual contratación de profesionales en la matricula. Quedan expresamente excluidas del presente objeto social las actividades comprendidas en la Ley Provincial N° 13.154 y/o las que las modifiquen en el futuro, que regula el ejercicio de corretaje Inmobiliario. Extracción, transporte y comercialización: refulado, acopio, carga, explotación, transpórte y comercialización mayorista y/o minorista de arena y piedra; compra, venta, comisión, consignación, comercialización, distribución, representación al por mayor y menor, importación exportación de derivados del petróleo, naftas, gasoil, fuel oíl, diesel, aceites, combustibles, lubricantes, a través de contratos comerciales, concesión, distribución, autorización de ventas por parte de fabricantes, representantes, comisionistas, y la prestación de servicios relacionados con dichos bienes. Financiera y de inversión: La sociedad podrá realizar inversiones o aportes de capitales a sociedades constituidas o a constituirse, sean nacionales o extranjeras, para operaciones realizadas, en curso de realización o a realizarse; efectuar préstamos a intereses y financiaciones en general y operar con toda clase de créditos gdrantizados por cualquiera de los medios permitidos por la legislación o sin garantía; y. en la constitución, transferencia, cesión parcial o total de hipotecas, prendas, y/o cualquier otro derecho real o de garantía; podrá comprar, administrar y regentear carteras de créditos, derechos, acciones, bonos y títuos valores en general conforme lo que dispongan las leyes en vigor, con especial exclusión de las actividades previstas por las leyes 21 .526 y sus modificatorias, 22.051, 22.529 y 22.871, y toda otra por la cual se requiera el concurso público, y las previstas por el artículo 299 inciso 4 de la ley General de Sociedades 19.550 T.O. sus modificatorias y complementarias. Para su cumplimiento la sociedad gozará de plena capacidad jurídica, pudiendo ejecutar los actos, contratos u operaciones relacionadas con el objeto antedicho. Los socios fundadores no realizarán actividades que incorpore a la sociedad a las corporaciones de control permanente contempladas por el Art. 299 inciso 4, ni de las entidades financieras, dentro de los límites del Art. 30131 de la Ley General de Sociedades.

Administración y representación

Articulo 11: La Dirección y la Administración de la sociedad está a cargo del Directorio integrado por un número mínimo de uno y un máximo de siete titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporaran al Directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de tres ejercicios. La Asamblea fijará el número de Directores, así como su remuneración. El Directorio, cuando su composición sea plural, sesionara con la mitad más uno de sus integrantes, y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. En garantía de sus funciones los titulares depositaran en la sociedad la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) o su equivalente en títulos valores públicos. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, y del artículo noveno del Decreto Ley 5965/63. Podrá, especialmente operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas;. hacer pagos que no sean los ordinarios; realizar operaciones de comercio exterior; transigir, comprometer en árbitros, prorrogar jurisdicción; hacer remisiones o quitas de deudas; transferir o adquirir el dominio de inmuebles y/o muebles; prestar dinero o tomarlo prestado; celebrar contrato de locación por más de seis años; constituir al mandante en depositario y/o locador de servicios; garantizar/afianzar operaciones de comercio exterior; formar sociedades; constituir al mandante en fiador, avalista o garante; constituir o ceder derechos reales sobre inmuebles y/ó muebles, reconocer y/o novar obligaciones preexistentes; cobrar deudas y demandar a los deudores; recibir en pago una cosa por otra; otorgar poderes o sustituir; estar a juicio a nombre del mandante, iniciar proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad; abrir y/o cerrar cuentas corrientes; operar como librador en cuenta corriente; girar en descubierto, endosar: letras de cambio, pagarés, vales, giros, cheques, títulos de renta, bonos, cédulas hipotecarias,

títulos valores, etc. El directorio podrá dar fianzas o garantías de cualquier índole por obligaciónes o contratos de terceros; celebrar contratos de prenda, hipoteca; adquirir el activo y pasivo de establecimientos o fondos de comercios.a representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio y en caso de su ausencia o impedimento, al Vicepresidente.

Secretaria: Mirian Graciela David.

Reconquista, 12 de noviembre de 2019.

$ 300 408861 Nov. 25

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JOAGUS S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que ha sido inscripto el estatuto social en el Registro blico, bajo las siguientes bases.

1) Accionista: Carlos Martin Cereda, argentino, DNI: 28.398.748, CUIT: 20-28398748-6, nacido el 11/09/1980, casado, comerciante, domiciliado en calle Paraguay 1063 departamento N°7, de la ciudad de Rosario, provincia de santa fe.

2) Denominación social: JOAGUS S.A.S.

3) Domicilio social: Paraguay N° 1063 dto Nº 7, Rosario, Santa Fe.

4) Objeto social: a) La intermediación, organización y comercialización de servicios turísticos, que según el art. 1 ° de la ley 18.829 a saber:

1 ) La intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero;

2) La intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero;

3) La organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes a forfait, en el país o en el extranjero;

4) La recepción o asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la prestación a los mismos de los servicios de guías turísticos y el despacho de sus equipajes;

5) La representación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras, a fin de prestar en su nombre cualesquiera de estos servicios;

6) La realización de actividades similares o conexas a las mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo, las cuales se expresarán específicamente en la licencia respectiva. Será requisito ineludible para el ejercicio de estas actividades, el obtener previamente la respectiva licencia en el Registro de Agentes de Viajes que llevará el organismo de aplicación que fije el Poder Ejecutivo, el que determinará las normas y requisitos generales y de idoneidad para hacerla efectiva.

b) el Desarrollo, implementación y comercialización de sistemas informáticos para gestiones comerciales.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prdhibidos por las leyes o por este estatuto.

5) Plazo de duración: 20 años.

6) Capital social: $ 50.000,00, dividido en 500 acciones de $ 100,00 valor nominal cada una.

7) Administración: a cargo de uno a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Se designa para integrar el Órgano de Administración: Titular: Carlos Martin Cereda, DNI: 28.398.748; Suplente: Sergio Gabriel Compagnucci, DNI: 20.143.791.

8) Fiscalización: a cargo de los socios, se prescinde de la sindicatura.

9) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre.

10) Fecha de constitución: 17 de Octubre de 2.019.

$ 77 409009 Nov. 25

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JMS INNOVA S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber qué por el Expediente 4839/2019 de fecha 05/11/2019, se encuentra en trámite ante el Registro Público de Comercio de Rosario la inscripción del instrumento de fecha 21/08/2019, mediante el cual se constituye la Sociedad por Acciones Simplificada JMS INNOVA S.A.S., siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley 19.550, lo/s siguiente/s: Melisa Judith Zysman, DNI 31.535.951, CUIT 27-31535951-7, de nacionalidad Argentina, nacida el 30/05/1985, de profesión Abogada, estado civil casada en primeras nupcias con Milton Isaac Salomón, domiciliada en calle Güemes 2066 piso 10º de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; la Sra. Celeste Amichetti DNI N° 34.350.902 CUIT 27-34350902-8, de nacionalidad Argentina, nacida el 17/12/1988, de profesión Psicóloga, estado civil casada en primeras nupcias con Sebastián Daniel Rodríguez, domiciliada en calle Córdoba 555 piso 5 depto F de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y el Sr. Jose Fernando Ferrari, DNI N° 39.021.538, CUIT 20-39021538-0, de nacionalidad Argentino, nacido el 02/09/1995, de profesión comerciante estado civil soltero, domiciliado en calle Presidente Roca 1958 piso 6 PA de la ciudad de Rosario Domicilio: Lá sociedad establece su domicilio social ,y legal en Calle 3 de Febrero 1304 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Plazo de Duración: La duración de la sociedad será de veinte (20) años a partir de la inscnpción en el Registro Público. Designación de su Objeto: la sociedad tendrá como objeto: I) desarrollo y prestación de servicios financieros mediante el otorgamiento de préstamos a personas humanas y/o jurídicas, con o sin garantías de cualquier tipo, para ser destinados al consumo, financiación de actividades u operaciones y/o cualquier clase de negocios, realizándose dicha actividad con fondos propios de la sociedad; II) administración de carteras de terceros, constitución, transferencia y cesión total o parcial de créditos; III) prestación de servicios de estudio, análisis y asesoramiento de empresas, instituciones, fundaciones, fondos comunes de inversión y organizaciones nacionales o extranjeras, en la administración, estrategia, economía, finanzas o evaluación de proyectos y/o inversiones..- Capital Social: El capital social se fija en la suma de cien mil pesos ($ 100.000), representado por mil (1000) acciones de cien pesos ($ 100) valor nominal cada una. Organización de la Administración: La administración de la firma social estará a cargo del Sr. Ferrari José Fernando y Sra. Melisa J. Zysman. La representación de la firma social estará a cargo de la Dra. Melisa J. Zysman. quien ejercerá la representación legal de la sociedad. Fecha de Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrara el 31 de Diciembre de cada año.

Rosario, Noviembre de 2019.

$ 90 409050 Nov. 25

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LOS LAZOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


A los efectos de su inscripción en el Reg. Púb. De Comercio con el Patrocinio de la Dra. C.P. Rosalia Sambuelli, se publica por el término de ley el edicto complementario Designación de sindicos

Sindico titular: Stella Maris Winkler, argentina, nacida el 12/03/1959, contador divorciada inscripto en Juzgado n° 11 - Resolución n° 551 de fecha 07/02/1990, domiciliada e calle España n° 1596 - Piso 7º de la ciudad de Rosario, con D.N.I. n° 13.032.178, C.U.I.T. n° 27-13.052.178-5.

Sindico suplente: Rodrigo Nicolas Cochet, argentino, nacido el 13/06/1972, contador, casado en 1° nupcias con Mariana Maccari, domiciliado en calle Laporte n° 4251 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. n° 22.698.268, C.U.I.T. 20-22.698.268-0.

$ 45 409083 Nov. 25

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LA CASONA ROLDAN S.R.L.


PRÓRROGA


Por escritura 130 de fecha 8 Octubre 2019 pasada ante la Escribana Elisa Repetto Grondona, los socios Florencia Analía Espindola, nacida el 18 de Octubre de 1968, de apellido materno Di Franco, divorciada vincularmente de Biranchi Narayan Panda, Resolución No. 1218 de fecha 17 de abril de 2015 - Tribunal Colegiado de Familia No. 7, titular del Documento Nacional de Identidad Nro. 20.207.933, sus labores, domiciliada en calle Jujuy Nro. 2098, Piso 9, de esta ciudad; Horacio Eduardo Jimenez, nacido el 1 de Marzo de 1968, de apellido materno Ganem, casado en primeras nupcias con Gabriela Fabiana Pagano,con separación de bienes Inscripto titular del Documento Nacional de Identidad Nro. 20.174.018, arquitecto, domiciliado en calle Moreno Nro. 2079, Piso 3, de esta ciudad; Gonzalo Oscar Espindola, nacido el 29 de Noviembre de 1969, de apellido materno Di Franco, casado en primeras nupcias con Mariana Carolina Arias, titular del Documento Nacional de Identidad Nro. 20.705.194, arquitecto, domiciliado en calle Pueyrredón Nro. 1639, Piso 14, de esta ciudad; y Verónica Beatriz Cicchitti, nacida el 24 de Diciembre de 1959, de apellido materno Tonella, casada en primeras nupcias con Juan Manuel de Iparraguirre, titular del Documento Nacional de Identidad No. 13.307.364, contadora, domiciliada en calle Corrientes Nro. 832, Piso 2, de esta ciudad, todos de nacionalidad argentina; resolvieron efectuar la prórroga de la sociedad LA CASONA ROLDAN S.R.L. fijando el término de cinco años, a contar de la fecha de vencimiento que se produjo el 4 de noviembre de 2019, prorrogándose hasta el ¡de noviembre de 2024.

$ 170 409069 Nov. 25 Nov. 27

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MIX REPUESTOS S.R.L.


CESION DE CUOTAS


1. Los socios Gimenez Emiliano David y Moreyra Jose Agustin ceden y transfieren en forma gratuita 1.500 (mil quinientas) cuotas sociales totalmente integradas de $ 100 (cien pesos) valor nominal cada una de la sociedad y que representan la totalidad de su participación en esta última, a favor de Juan Gallo y Florencia Anahi Hermosid.

2. Como consecuencia de la presente cesión de cuotas sociales, el capital social queda constituido en la suma de $150.000 (ciento cincuenta mil), dividido en 1.500 ( un mil quinientas) cuotas de capital de $100 (cien pesos) cada una totalmente integradas, que corresponden a los socios de la sociedad de la siguiente manera: al señor Juan Gallo 750 (setecientos cincuenta) cuotas de capital y a la señora Florencia Anahi Hermosid 750 (setecientos cincuenta) cuotas de capital social.

3. Continuacion del Socio Gerente: Continua como único Socio Gerente Florencia Anahi Hermosid, argentina, D.N.I. N° 35.217.130, CUIT 27-35217130-7, soltera, domiciliado en calle Brown N° 1807, piso 8, Dpto. A de la ciudad de Rosario.

$ 45 409116 Nov. 25

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OSOLE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de[ Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se comunica que con fecha 3 de octubre de 2019, Doña Maria Soledad Galvez, argentina, soltera, D.N.I. N° 25.161.534, C.U.I.T. Nro. 27-25161534-4, con domicilio real en calle 3 de Febrero Nro. 557 piso 1 departamento C de Rosario, Provincia de Santa Fe, ha cedido noventa y cinco (95) cuotas sociales de $ 2.000 (pesos dos mil) cada una, o sea, pesos ciento noventa mil ($ 190.000), que representa el 95 % (noventa y cinco porciento) del capital social de OSOLE S.R.L., al Sr. Luis Eugenio Foradori, argentino, soltero, D.N.I. N° 10.496.230, C.U.I.T. Nro. 20-10496230-1, con domicilio real en calle Belgrano Nro. 2335 de Villa Gobernador Galvez, Provincia de Santa Fe, autos caratutados: OSOLE S.R.L. s/Cesion de cuotas retiro e ingreso socio mod. Art. Adm. y de gerente, Expte. Nro. 4796/2019, CUIJ Nro. 21-05514368-1. El precio de dicha cesión se estableció en la suma de $ 190.000 (Pesos ciento noventa mil). En virtud esta cesión, La cláusula quinta del Contrato Social de OSOLE S.R.L., queda redactada de la siguiente forma: Quinta.- Capital social. El capital social estará constituido por la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000), dividido en cien (100) cuotas de dos mil pesos ($ 2.000) cada una, las que suscriben los socios en las siguientes proporciones: El Sr. Luis Eugenio Foradori suscribe noventa y cinco cuotas que representan la suma de ciento noventa mil pesos ($ 190.000); La Sra. Maria Rosa Viviana Marquez suscribe cinco cuotas que representan la suma de diez mil pesos ($ 10.000). Las cuotas se encuentran integradas e su totalidad (100 %) con anterioridad al presente acto.

Asimismo, se procedio a la Clausula septima del Contrato social, respecto de la gerencia de OSOLE S.R.L, acordándose la cesacton de la gerencia, administración, direccion,y representación de la Sra. Maria Soledad Galvez y se designa por acuerdo expreso de los socios, como único gerente al Sr. Luis Eugenio Foradori, argentino, soltero: D.N.I. N° 10.496.230, C.U.I.T. Nro. 20-10496230-4, con domicilio real en calle Belgrano Nro. 2335 de Villa Gobernador Galvez, Provincia de Santa Fe. En consecuencia, la cláusula Septima del Contrato Social quedará redactada de la siguiente manera: Septima: Dirección, administración y representacion: La dirección, administración y representación de la sociedad será ejercida en forma individual por el Sr. Luis Eugenio Foradori, en su carácter de socio gerente, teniendo el uso de la firma social y ejerciendo la representación plena de la sociedad. Asimismo, podrá ejercer la representación por mandatarios o apoderados de La sociedad. El otorgamiento de poderes generales y/o especiales para representar u obligar a la sociedad, podrá ser otorgado por el socio gerente. El gerente, obligará a la sociedad y tendrán todas las atribuciones de ley, representando legalmente a la sociedad ante terceros, instituciones o reparticiones públicas ylo privadas, nacionales, provinciales o municipales, usando su firma personal precedida de la denominación social y seguida de la denominación “socio-gerente” o “gerente”, según sea socio o no de [a sociedad. No podrá usar la firma social, bajo ningún concepto, en representaciones a título gratuito, ni en fianzas, garantías o avales a terceros, ni en negocios ajenos a la sociedad, bajo pena de quedar obligado al pago de indemnizaciones ylo daños y perjuicios ocasionados a la sociedad por tales actos. El gerente, dentro del objeto y finalidad social, se encuentra facultado para actuar, siempre en la forma indicada en el artículo séptimo, ante todo organismo Municipal, Provincial o Nacional, Mutuales, Cooperativas y/o cualquier otra entidad de índole bancaria y/o financiera, pública o privada. Puede asimismo, y siempre dentro del objeto y finalidad social, comprar, vender, permutar, transferir por cualquier título bienes muebles, automotores, semovientes, títulos, créditos, derechos y acciones, formar parte de otras sociedades, fusionarse, registrar marcas y enseñas comerciales, contratar con los poderes públicos y entidades autárquicas, empresas estatales mixtas, particulares, sociedades, corporaciones, contratar concesiones, licencias, representaciones, arriendos, locaciones, comodatos, servicios, convenios de trabajo, tomar dinero prestado de los bancos enunciados o cualesquiera otros, de terceros particulares, con o sin garantía, por las cantidades, plazos y forma de pago que convengan; abrir cuentas corrientes, cancelarlas, retirando los fondos que se depositen en el futuro a nombre de Ea sociedad o a su orden; actuar por sí o por medio de apoderados con poderes especiales o generales con facultades para entablar demandas y contestarlas, actuar en juicios de cualquier naturaleza, fuero o jurisdicción, comprometer en árbitros, transigir, renunciar, oponer excepciones, absolver posiciones, realizar protestos, así como también otorgar todos los documentos públicos y privados que fueren menester para ejecutar los actos enumerados y relacionados con la administración social, por cuanto la enunciación que antecede es meramente ejemplificativa y no limitativa.

$ 150 409011 Nov. 25

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OPEN SERVICE S.R.L.


CONTRATO


Socios: Walter Nelson Rimini, masculino, D.N.I. N° 17.357.108, Clave Única Tributaria (C.U.I.T) N° 23-17357108-9, nacido el 09 de septiembre de 1965, argentino, de estado civil viudo, comerciante y domiciliado en Pasaje Castillo N°4888 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Sandra Graciela Bettinelli, femenino, D.N.I. N° 20.145.451, Clave Única Tributaria (C.U.I.T.) N° 23-20145451-4, nacida el 01 de febrero de 1968, argentina, de estado civil mediante sentencia Nro. 563 de fecha 03 de septiembre de 2003, dictada por el Tribunal Colegiado de Familia Nro. 3 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados Mobio, Marcelo c/Bettinelli, Sandra s/Divorcio Vincular, Expte. N° 295/03, comerciante y domiciliada en calle Independencia N° 852 de la ciudad de Pérez provincia de Santa Fe y por último el Sr. Cristian Pablo Pianta, masculino, D.N.I. N° 25.328.459, Clave Única Tributaria N°20-25328459-6, nacido el 04 de septiembre de 1976, argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Lorena Edith Aronna, comerciante y domiciliado en Castellanos N°1972 de la ciudad de Rosario, todos mayores de edad, hábiles para contratar y ejercer el comercio.

Fecha del instrumento: 14 de noviembre de 2019.

Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Castellanos N° 1972 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la reparación, instalación y mantenimiento de artículos eléctricos y aparatos electrónicos de uso doméstico.

Duración: El término de duración se fija en 5 años a partir de su inscripción, en el Registro Público de la ciudad de Rosario.

Capital social: Ciento cincuenta mil pesos, suscriptos e integrados de la siguiente manera: Walter Nelson Rimini la cantidad de Pesos Cincuenta mil ($50.000,00) Sandra Graciela Bettinelli la cantidad de Pesos Cincuenta mil ($50.000,00) y Cristian Pablo Pianta Pesos Cincuenta mil ($50.000,00). Integración proporcional del 25% en dinero en efectivo, saldo del 75% dentro de un año.

Administración - gerente: Estará a cargo de uno o más socios gerentes, socios o no, actuando en forma individual e indistinta uno cualesquiera de ellos. Se designa a la Sra. Sandra Graciela Bettinelli, femenino, D.N.I. N° 20.145.451, Clave Única Tributaria (C.U.l.T.) N° 23-20145451-4, nacida el 01 de febrero de 1968, argentina, de estado civil divorciada en primeras nupcias, comerciante y domiciliada en calle Independencia N° 852 de la ciudad de Pérez provincia de Santa Fe, representación con firma individual.

Fiscalización: Todos los socios.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 81 409024 Nov. 25

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PAGANO ARQUITECTURA & BIENES S.R.L.


CONTRATO


1) Socios: Carlos Rubén Pagano, DNI N° 16.982.221, C.U.I.T. 20-16982221-3, nacidó el 9 de Octubre de 1964, de estado civil casado en primeras nupcias con Viviana Laura De Bonis, de nacionalidad argentino, de profesión Corredor Inmobiliario, con domicilio en calle Presidente Roca 1548 piso 6 dto. A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Viviana Laura De Bonis, DNI 17.229.411, C.U.I.T. N° 27-17229411-7, nacida el 01 de Marzo de 1965, de estado civil casada en primeras nupcias con Carlos Rubén Pagano, de nacionalidad argentina, de profesión Técnica constructora de obras y Disefiadora de interiores, con domicilio en calle Presidente Roca 1548 piso 6 dto. A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Fecha instrumento: 01/10/2019.

2) Razón Social: PAGANO ARQUITECTURA & BIENES S.R.L.

a) Domicilio: San Luis 935 oficina N°1 1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

3) Objeto Social: La Sociedad tendrá por. objeto las siguientes actividades: De inmobiliaria: asesoría inmobiliaria, administración de bienes de terceros, compra/venta de bienes de terceros, desarrollos inmobiliarios; De constructora: construcción de inmuebles propios y/o de terceros, refacciones, asesoramiento.

4) Plazo de Duración: Veinte años.

5) Capital Social : El capital social se fija en la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000,00), dividido en doscientas cincuenta (250) cuotas sociales de mil pesos ($ 1.000,00) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: la socia Viviana Laura De Bonis es titular de veinticinco (25) cuotas sociales representativas de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00) de capital y el socio Carlos Rubén Pagano es titular de doscientas veinticinco (225) cuotas sociales representativas de pesos doscientos veinticinco mil ($ 225.000,00); las cuotas se integran en este acto en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, o sea que los socios integran la suma de pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500,00), lo que se justificará mpdiante la boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Agencia Tribunales de Rosario. En consecuencia el capital suscripto en este acto asciende a la suma de doscientos cuenta mil pesos ($ 250.000,00). El saldo pendiente será integrado en efectivo en el plazo de un año desde la fecha del presente contrato.

6) Composición Organos de Administración y Fiscalización: Gerente: Carlos Rubén Pagano, DNI N° 16.982.221, C.U.I.T. 20-16982221-3. La administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin utilizarán sus propias firmas con el, aditamento de “sócio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual en caso que exista un solo gerente e indistinta cuando haya más de uno. La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios o las personas que éstos designen a tal efecto.

7) Representación Legal : Socio Gerente.

8) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de julio de cada año.

$ 85 409040 Nov. 25

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REPUESTOS CÓRDOBA S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Cesion de cuotas repuestos córdoba S.R.L.

$ 45 409117 Nov. 25

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R & F COMUNICACIONES S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de la Instancia de Distrito N° 4, Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Reconquista, Dr. José María Zarza, ha ordenado en los autos caratulados: R & F COMUNICACIONES S.R.L. Cesión de cuotas sociales (Mod. Claus. Quinta) - Renuncia y designacion de autoridades - Cambio de domicilio (Mod. Claus. Segunda) - Cambio de sede social - Mod. Claus. Sexta: garantía de los gerentes - Adecuacion a la normativa vigente (Mod. Claus. decimo primera y decimo segunda) - Nuevo texto ordenado - (Expte. n° 297/2019)- la siguiente publicación:

1) Aceptación de la Cesión de Cuotas realizada en fecha 6/05/2019.

2) Cesion de cuotas: Mariela Itatí Ferezin, Cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales a: Ferezin Marcelo Victor, de apellido materno Ferezin, argentino, nacido el 02 de Julio de 1967, estado civil soltero, DNI 18.373.526, de profesión empresario, con domicilio en calle Jorge Newbery N° 1255, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, CUIT N° 20-18373526-9, 450 Cuotas sociales de pesos cien ($ 100,00), que totalizan un capital de $ 45.000,00. precio de la cesión: $ 45.000,00.

3) Clausula quinta: El capital social es de pesos cincuenta mil ($ 50.000), representado por quinientas (500) cuotas de pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una y que los socios tienen suscriptas e integradas en su totalidad, de acuerdo al siguiente detalle: el socio Ferezin Marcelo Victor, la cantidad de Cuatrocientas cincuenta (450) cuotas sociales ,o sea la suma de Pesos cuarenta y cinco mil, ($ 45.000), la socia Ferezin Maria Blanca la cantidad de Cincuenta (50) cuotas sociales, o sea la suma de Pesos cinco mil ($ 5.000). Cuando el giro comercial de la Sociedad lo requiera podrá aumentarse el Capital indicado en el presente artículo, con la conformidad de los socios reunidos en Asamblea, los que determinaran el plazo y monto de integración conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales suscriptas por cada uno de los socios.

4) Clausula segunda: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, pudiendo modificarse y/o establecer agencias, sucursales y representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.

Sede social: Calle Jorge Newbery N° 1.255 de la ciudad de Reconquista- Provincia de Santa Fe.

5) Clausula sexta: La dirección y administración de la sociedad está a cargo de un Gerente, Socio o no, con los derechos, obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades que establecen las leyes y el presente contrato. A tal fin usarán sus firmas con el aditamento de “Socio-Gerente” o “Gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualquiera de ellos. Ocuparán el cargo por tiempo indeterminado. El o los gerentes designados tienen todas las facultades para actuar en los negocios sociales, con la sola limitación de no trasferir bienes a título gratuito, pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición, enajenación, cesión y locación de bienes muebles e inmuebles, gravar con derechos reales bienes de la sociedad, efectuar toda clase de operaciones bancarias y financieras con cualquier institución oficial o privada, nacional o extranjera, otorgar a una o más personas poderes especiales y/o judiciales, incluso para querellar, criminalmente o extrajudicialmente con el objeto y extensión que juzgue conveniente, dentro de los límites de los Artículos 58 y 59 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y en general toda clase de operaciones y actos relativos al giro comercial y al objeto social. Tanto el o los Gerentes como los socios no podrán comprometer a la sociedad con fianzas o garantías a favor de terceros por operaciones ajenas al objeto social. En el caso de vacancia o ausencia temporal del o los Gerentes, la Administración de la sociedad podrá ser ejercida por cualquiera de los socios, con los derechos y obligaciones establecidos por la presente cláusula, ejerciendo la función hasta el reintegro del titular. La Asamblea de Socios asignará la remuneración del o los Gerentes por el desempeño de sus funciones. Quien asuma el cargo de Gerente debe prestar como garantía de su gestión, la suma de Pesos Veinte Mil’ ($20.000) en efectivo o en títulos valores, públicos o privados, computado a su valor nominal que será depositada en la entidad.

Renuncia del Gerente: Mariela Itatí Ferezin.

6) Autoridades: Se acepta renuncia presentada por la Gerente Mariela Itatí Ferezin y se aprueba su gestión.

7) Designacion de gerente: Sr. Ferezin Marcelo Victor, de apellido materno Ferezin, argentino, nacido el 02 de Julio de 1967, estado civil soltero, DNI 18.373.526, de profesión empresario, con domicilio en calle Jorge Newbery N° 1255, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, CUIT N°20-18373526-9.

Reconquista, 13 de Noviembre de 2019.

Mirian Graciela, Secretaria.

$ 210 408858 Nov. 25

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SERGIO CONFALONIERI S.R.L.


CONTRATO


Conforme a la designación de SERGIO CONFALONIERI S.R.L. a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, se publica por el término de ley:

1- Datos de los socios: Sergio Angel Confalonieri, argentino, nacido el 07/10/63 mayor de edad, comerciante, casado en primeras nupcias con Graciela Elena Fernandez con DNI nro. 16.674.304, representado por el administrador de la sucesión, Pablo Confalonieri, de nacionalidad argentina, nacido el 21/08/1991, de profesión comerciante, de estado civil casado, con domicilio en calle Lazarte 1858 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. Nro. 35.558.712, CUIT 20-35558712-2 Y Graciela Elena Fernandez, de nacionalidad argentina, nacida el 26/05/1965, de profesión comerciante, de estado civil casada, con domicilio en calle Lazarte 1858 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. Nro. 17.637.724, CUIT 27-17637724-6.

2- Fecha de constitucion: 26 de Agosto de 1998.

3- Denominacion: SERGIO CONFALONIERI S.R.L.

4- Domicilio: Lazarte 1858- Rosario.

5- Objeto social: compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, consignación comercial de productos de gomeria y/o maquinarias y/o herramientas afines a dicho rubro y los artículos de goma en general

6- Plazo de duracion: 40 años a partir de su inscripción de en el Registro Público de Comercio.

7- Capital social: Pesos doscientos cincuenta mil ($250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas sociales de diez pesos ($10) cada una.

8- Administracion: Estará a cargo de uno o mas gerentes socios o no, actuando en forma conjunta. Por acta del dia 24 de octubre de 2019 se designa al Señor Pablo Confalonieri, de nacionalidad argentina, nacido el 21/08/1991, de profesión comerciante, de estado civil casado, con domicilio en calle Lazarte 1858 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. Nro. 35.558.712, CUIT 20-35558712-2.

9- Fiscalizacion: Estará a cargo de todos los socios.

10- Organización de la representacion legal: los gerentes representarán y obligarán a la sociedad en todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social, usando su propia firma con el aditamento de socio-gerente, precedida por el sello social.

11- Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Septiembre de cada año.

$ 70 409067 Nov. 25

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TOFFOLI & BASSETTI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


La Gerencia hace saber que con fecha 8 de Noviembre de 2019 solicita la inscripción del cambio de la denominación y del objeto social de TOFFOLI & BASSETTI S.R.L. como así también el aumento de capital de su contrato original. Tales modificaciones se realizaron mediante instrumento de fecha 02/10/2019, cuyo texto, en su parte principal quedó redactado de la siguiente manera:

En la ciudad de Rosario a los 2 días del mes de Octubre de 2019, se reúnen los señores Toffoli Enrique Alejandro, Documento de Identidad N° 25.750.677, y con CUIT 20-25750677-1, de profesión Despachante de Aduana, argentino, nacido el 16 de mayo de 1977, de años de edad 42, casado en primeras nupcias con María Belén Valincq García D.N.I. N° 32.658.511, domiciliado en calle Montevideo N° 1467 de la ciudad de Rosario, departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; y el Sr. Bassetti Marcelo Andres, Documento de Identidad N° 26.005.162, CUIT 20-26005162-9, de profesión Despachante de Aduana, argentino, nacido el 25 de Mayo del 1977, de años de edad 42, divorciado según sentencia de divorcio N° 2012 de fecha 22/06/2018, domiciliado en calle Saik N° 4748, de la ciudad de Funes, departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; resuelven por mutuo y común acuerdo lo siguiente: realizar un cambio de objeto social, una modificación de la denominación y un aumento de capital. El mencionado aumento de capital es por la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000) y será integrado, en partes iguales por ambos socios, en este acto en dinero efectivo en un 25%, es decir por la suma de pesos ciento doce mil quinientos ($ 112.500) y el 75% restante, ósea la suma de pesos trescientos treinta y siete mil quinientos ($ 337.500) de la misma forma en un plazo máximo de veinticuatro meses. Como consecuencia de dichas modificaciones, los socios el Sr. Toffoli Enrique Alejandro y el Sr. Bassetti Marcelo Andres, deciden modificar las cláusulas primera, cuarta y quinta, Contrato Social, las que quedan redactadas de la siguiente manera:

Primera: Denominación: A partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, declaran constituida la Sociedad de Responsabilidad Limitada que girará bajo la denominación social GRUPO TBA SRL.

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociados a terceros a la prestación de servicios de gestión y logística para el transporte de mercadería; como así también a la comercialización, importación y exportación de insumos y productos para el Agro y la Industria.

Quinta: Capital Social e Integración: El capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000) dividido en 6.000 cuotas de pesos 100 cada una de valor nominal.

El capital social es suscripto de la siguiente forma: El Sr. Toffoli Enrique Alejandro suscribe 3.000 cuotas de capital de valor nominal 100 cada una, es decir, la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000) y el Sr. Bassetti Marcelo Andrés suscribe 3.000 cuotas de capital de valor nominal 100 cada una, es decir, la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000).

El capital será integrado en este acto en dinero en efectivo en un 25%, o sea la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) y el 75% restante, es decir la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000) de la misma forma en un plazo máximo de veinticuatro meses.

No habiendo otro asunto que considerar, se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación de este instrumento, firman los presentes al pie de tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

$ 113 409020 Nov. 25

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TECNOWELD S.R.L.


CONTRATO


Fecha y lugar de constitucion: Rosario 22/10/2019.

Socios: Sres. Mastrlano Pablo Martin, argentino, nacido el 05 de Agosto de 1978, soltero, comerciante, titular del D.N.I. 26.662326, CUIT NRO.: 20-26662326-8, domiciliado en calle Ombú 2449 de esta ciudad y Mastriano Ruben Antonio, argentino, nacido el 12 de Junio de 1948, soltero, comerciante, titular del D.N.I. 5.069.923, CUIT Nro.: 20-05069923-5, domiciliado en calle Chubut 1667 de Villa Gobernador Gálvez, provincia de Santa Fe; hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la ley 19.550 en general:

Domicilio: En calle Ombú 2449 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija en cinco años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto la fabricación, ensamblado, acondicionamiento, reparación, comercialización y distribución de máquinas de soldar, como así también sus repuestos y accesorios. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones yio ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.

Capital: El capital social se fija en la suma de ciento ochenta mil pesos ($ 180.000), dividido en un mil ochocientas (1.800) cuotas sociales de cien Pesos ($ 100) de valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el socio Mastriano Pablo Martin es titular de novecientas (900) cuotas sociales, representativas de noventa mil pesos ($ 90.000) de capital y el socio Mastriano Ruben Antonio es titular de novecientas (900-) cuotas sociales, representativas de noventa mil pesos ($ 90.000) de capital. Las cuotas se integran en este acto en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, o sea que los socios integran la suma de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000), lo que se justificará mediante la boleta de depósito del Banco de Santa Fe S.A. Agencia Tribunales de Rosario. En consecuencia el capital integrado en este acto asciende a la suma de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000), y el saldo de ciento treinta y cinco mil pesos ($ 135.000) los socios se comprometen a integrarlo, también en dinero en efectivo dentro del año de la firma del presente.

Administración y Representacion: Designar gerente de la sociedad al Sr. Mastriano Pablo Martin, argentino, nacido el 05 de Agosto de 1978, soltero, comerciante, titular del D.N.I. 26.662.326, CUIT Nro.: 20-26662326-8, domiciliado en calle Ombú 2449 de esta ciudad, quien acepte el cargo y actuará de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

Administración y representacion: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin actuaran en forma indistinta usando su propia firma con el aditamento de “socio - gerente”o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social TECNOWELD S.R.L. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Decreto 5965/63 art. 9no., con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Fiscalización: a cargo de los socios.

Cierre de ejercicio: 31 de Agosto.

Otras clausulas: De forma.

$ 110 409112 Nov. 25

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TOMJUG S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Se hace saber que por instrumento de fecha 03 de Octubre de 2019, los señores socios de TOMJUG S.R.L. CUIT Nº 30-70844490-8 se ha procedido a trasladar la sede social a calle Zeballos Nº 1557 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 409098 Nov. 25

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UNION CENTRAL DE CARGAS S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario (art. 10 L.SC) se ordena publicar lo siguiente: 1) Socios: Guillermo Federico Ojeda Landi , de nacionalidad argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Gomez Natalia Carolina con DNI 26.235.2721 de profesión comerciante, domiciliado en calle Baigoma 1876 , Barrio Veron de Astrada ,de la ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes, nacido el 31 de Julio de 1978, titular del D.N.I. 26.680.393, CUIT 20-26680393-2, la señora Gisela Gabriela Ojeda Landi, de nacionalidad argentina, de estado civil casada en primeras nupcias con Ramon Luis Villalba con DNI 21.928.637, de profesión comerciante, domiciliada en calle Valparaiso - Mza: 14 Lote 8 nº 6900, Los Mimbres, de la ciudad de Córdoba Capital, Provincia de Córdoba, nacida el 22 de Mayo de 1975, titular del D.N.I. 24.676.217, CUIT 27-24676217-7 y la señora Cinthia Josefina Ojeda Landi, de nacionalidad argentina, de estado civil casada en primeras nupcias con Roberto Oscar Espil con DNI 28.811.582, de profesión Contadora Publica, domiciliada en calle Belgrano 2260 B° Libertad, de la ciudad de Comentes Capital, Provincia de Comentes, nacida el 24 de Mayo de 1983, titular del D.N.I 30.216.398, CUIT 27-30216398-2; 2) Fecha del Instrumento de Constitución: 11 días del mes de Noviembre de 2019; 3) Denominación Social: UNION CENTRAL DE CARGAS S.R.L. 4) Domicilio: Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe. Sede Social en calle Provincias Unidas 369 Bis,de la ciudad Rosario, Pcia. de Santa Fe; 5) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros, sean personas físicas, jurídicas, entes públicos, privados, mixtos, o en condominio, en inmueble propio y/o de terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del exterior, las siguientes actividades: Servicio de depósito de mercadería en tránsito que implica la carga y descarga de dicha mercadería de los medios de transportes que arriben a la empresa y su correspondiente guarda y custodia por el plazo de tiempo necesario hasta ser colocada en el transporte S/N efectuar ninguna actividad de logística y/o transporte o acarreo de mercaderías. Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar toda dase de acto, contrato y operaciones que se realicen directa o indirectamente el objeto, incluso adquirir o enajenar bienes registrables, intervenir en actuaciones ante entidades financieras y bancarias y otorgar toda clase de poderes generales y especiales, como así también y en relación al objeto social podrá realizar por sí o por terceros gestiones de exportación e importación de bienes y productos propios del objeto. 6) Duración: 30 años desde la insclipción en el R.P.C; 7) Capital Social: Pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000); 8) Administración: La administración y dirección de los negocios sociales estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistintamente y alternativamente cualquiera de ellos. Se designa al Sr Guillermo Federico Ojeda Landi como Gerente; 9) Fiscalización de la sociedad podrá ser ejercida por todos los 9eios conforme a lo dispuesto por la Ley 19.550; 10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de Agosto de cada año.

$ 130 409096 Nov. 25

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VIVIENDAS RUMAH S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1ª Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: VIVIENDAS RUMAH SRL s/Constitución, Expte. Nro. 494/2019, según lo dispuesto en resolución de fecha 05 de Noviembre de 2019. se ha dispuesto lo siguiente:

Integrantes: Velazquez, Pablo Matias, argentino, nacido el día 04 de Abril de 1981, apellido materno Bernabei, D.N.I. N°: 28.249.263, CUIT 20-28249263-7, de profesión comerciante, soltero, con domicilio en calle Jujuy N°875 de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General Lopez, Provincia de Santa Fe y Veliz, Fernando Gabriel argentino, nacido el día 18 de Marzo de 1981, apellido materno Ruiz con D.N.I. N° 28.533.291, CUIT 20-28533291-6, de profesión comerciante, soltero de nacionalidad Argentina, con domicilio en calle Libertad N° 975 de la Ciudad de Venado Tuerto, departamento General Lopez, Provincia de Santa Fe.

Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de VIVIENDAS RUMAH S.R.L.

Fecha contrato sacial: 30 de agosto de 2019.

Domicilio: Establecer la sede social en la calle España N° 580, de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija en 20 (veinte) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: Construcción, Reforma y Reparación de Viviendas Residenciales y no Residenciales en sistema Steel Framing, Pre-fabricadas y Tradicionales.

Capital: El capital social se fija en la suma de: $ 400.000 (cuatrocientos mil) dividido en 43.000 (cuarenta mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) valor nominal cada una, suscriptas e integradas por ios socios de la siguiente manera: Velazquez Pablo Matias suscribe la cantidad de 20.000 (veinte mil) cuotas de capital o sea la suma de $ 200000 (pesos doscientos mil) y Velis, Fernando Gabriel suscribe la cantidad de 20.000 (veinte mil) cuotas de capital o sea la suma de $ 200.000 (pesos doscientos mil), los socios integran en este acto el 25% del Capital Social en dinero en efectivo y el 75 % restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso de (2) dos años. A partir de la fecha de presente contrato.

Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no.- A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente de cualesquiera de ellos -Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los Artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Art. 9, Decreto 5965/63 con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad para la compra y/o enajenación de bienes inmuebles, se requerirá la aprobación de la Asamblea de Socios.

Fiscalización, reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, y firmado por todos los presentes, detallando los puntos a considerar.- Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

Fecha cierre de ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de marzo de cada año.

Cesion de cuotas: A) Entre los socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones.

B) A Terceros: Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley General de Sociedades N° 19550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios.

C) Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en e libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado Los futuro titulares de cuotas de cptaI por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por:

a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o;

b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 dias de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los rnsmos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, Ni las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utiidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.

Venado Tuerto, 15 de noviembre de 2019.

$ 401,94 409008 Nov. 25

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TANJARINA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1º Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: TANJARINA SRL s/Constitución, Expte. Nro. 334/2019, según lo dispuesto en resolución de fecha 11 de noviembre de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Heguiabehere Santiago Patricio, argentino, nacido el 15 de marzo de 1979 con D.N.I. N°: 27.073.758, CUIT 20-27073758-8, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Italia 552 de la localidad de San Eduardo, provincia de Santa Fe y el señor Lerda Roman Andres, argentino, nacida el 10 de marzo de 1987, con D.N.I. N°: 32.542.653, CUIL 20-32542653-6, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Agüero 1616 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 05 de junio de 2019.

3) Denominación Social: TANJARINA S.R.L.

4) Domicilio Social: Agüero 1616 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Servicios de transporte de mercaderías a granel, incluido el transporte por camión cisterna. 2) Servicios de comisiones de mercaderías.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: doscientos cincuenta mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10) que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Heguiabehere Santiago Patricio suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y Lerda Roman Andres suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no. A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. Los socios designan por unanimidad como gerente de la Sociedad al socio Heguiabehere Santiago Patricio, argentino, nacido el 15 de marzo de 1979 con D.N.I. N°: 27.073.758, CUIT 20-27073758-8, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Italia 552 de la localidad de San Eduardo, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesion de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad.- En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

Venado Tuerto, 13 de noviembre de 2019.

$ 495 408940 Nov. 25

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MUTROL S.R.L.


CONTRATO


En Rosario Santa Fe, a los 10/10 de 2019, se reúnen los Señores Bacalor, Gabriel, argentino, D.N.I. N° 23.964.090, CUIT: 20-23964090-8 nacido el 29 de mayo de 1974, soltero, Economista, domiciliado en la calle Avenida Melián 1810 piso 4 A, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Riskin, Marta Susana, argentina, L.C. N° 5.661.063, CUIT: 23- 0566 1063-4 nacido el 3 de julio de 1947, viuda de sus primeras nupcias, Antropóloga, domiciliada en calle Avenida Melián 1810 piso 4 A, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de constituir MUTROL S.R.L.

Denominación: MUTROL Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Domicilio: en la ciudad de Rosario, Santa Fe, Argentina, podrá establecer sucursales, agencias, o cualquier otra forma de representación dentro o fuera del país.

Duración: noventa y nueve (99) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: 1- La creación, diseño, desarrollo, producción, soporte, mantenimiento, implementación y puesta a punto de sistemas de software y su documentación técnica asociada, incluyendo los que se elaboran para ser incorporados a procesadores u otros dispositivos tecnológicos utilizados en bienes de diversa índole;

2- Prestación de servicios de valor agregado sobre redes de datos que transportan voz, audio, video, mensajería, intercambio de archivos y otras señales por medio de hilos, sistemas radioeléctricos, sistemas ópticos y/u otros sistemas que utilicen energía eléctrica, magnética, electromagnética o electromecánica;

3- Comercialización, de sistemas de hardware y software;

4- Otros servicios informáticos y digitales, servicios de consultoría técnica, económica, financiera y comercial en el ámbito tecnológico pudiendo actuar como agente, representante o distribuidora de fabricantes, comerciantes o exportadores. Participación en llamado, ejecución y adjudicación de licitaciones privadas o públicas;

5- Actividad Importadora y Exportadora por sí, por representantes, en representación de cualquier entidad, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, de los productos mencionados. Organizar canales de distribución y oficinas de ventas o representaciones por cuenta de industriales, comerciales o productores argentinos o extranjeros, bajo las formas y asociaciones que resulten convenientes en el territorio nacional o fuera de él.

Capital social: $ 500.000 (pesos quinientos mil), dividido en 50.000 cuotas sociales de $ 10 cada una, suscriptas íntegramente por Bacalor, Gabriel suscribe 47.500 cuotas sociales, que representan el 95% Riskin, Marta Susana suscribe 2.500 cuotas sociales, que representan el 5% del Capital Social, integran en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de dos años Cesión de Cuotas. Las cuotas son libremente transmisibles, rige al respecto lo dispuesto en los artículos. 152 y 153 de la Ley N° 19.550. En caso de fallecimiento o incapacidad legal de uno o más socios, la sociedad continuará los negocios sociales con los herederos, excepto que dentro del plazo de 30 días desde el fallecimiento o incapacidad legal decidan excluir a tales.

Administración y representación. La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, La gerencia tendrá mandato de duración indefinida o el plazo que establezca la reunión de socios. La reunión de socios fijará la remuneración de los gerentes. En consecuencia, la gerencia podrá celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social.

Resoluciones sociales. Mayorías. Las resoluciones de los socios podrán adoptarse: (i) por declaración escrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto, conforme con lo establecido en el artículo 159 de la Ley N° 19.550. En el supuesto de consulta escrita no se requiere formalidad alguna, y la misma será dirigida al último domicilio comunicado por cada socio a la sociedad, el que se reputará válido mientras no sea fehacientemente cambiado, y con una anticipación no menor de 3 días hábiles; o (ii) mediante reuniones de socios. Rigen las mayorías previstas en el artículo 160 de la Ley N° 19.550. Se labrará un acta por cada reunión Si la Sociedad quedara encuadrada en el régimen de fiscalización permanente, la sociedad deberá celebrar su reunión anual de socios conforme a lo prescripto en el artículo 159 de la Ley N° 19.550.

Fiscalización estará a cargo de todos los socios, La sociedad prescinde de la Sindicatura.

Ejercicio Económico. finalizará el 30 de Abril de cada año. Deberán confeccionarse el balance. Una vez confeccionado el balance general, se convocará a reunión de socios a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum la reunión no pudiera realizarse, el balance se considerará automáticamente aprobado si, dentro de los 10 días contados a partir de la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría de capital social, objeciones que, en tal caso, deberán efectuarse por escrito y fundadas.

El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado e ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación al de realización de la reunión. Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinará el 5% para el fondo de reserva legal, hasta que la misma alcance el 20% del capital social.

Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables dentro de los términos del artículo 70 de la Ley 19.550. Diferencias entre los socios: Cualquier duda o divergencia será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de esta ciudad de Rosario,

Disolucióny liquidación. La liquidación de la sociedad será practicada por la Gerencia o por una comisión de liquidación designada por la Reunión de Socios. En este acto los socios acuerdan:

i) Fijar en uno (1) el número de Gerentes Titulares y designar en éste acto al Sr. Gabriel Bacalor, D.N.I. N° 23.964.090, CUIT: 20-23964090-8.

ii) Establecer la sede social en calle Viamonte 1755, ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, República Argentina;

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MARIBOR S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1º Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: MARIBOR SRL s/ConstituciÓn, Expte. Nro. 338/2019, según lo dispuesto en resolución de fecha 11 de noviembre de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Fagotti Jorge Ruben, argentino, nacido el 06 de julio de 1977 con D.N.I. N°: 25.852.317, CUIT 20-25852317-3, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Penllo 281 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe y el señor Brutto Roberto Jose, argentino, nacido el 18 de marzo de 1950, con D.N.I. N°: 7.644.883, CUIL 20-07644883-4, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Almafuerte 13 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 05 de junio de 2019.

3) Denominación Social: MARIBOR SRL.

4) Domicilio Social: Almafuerte 13 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Venta de insumos agropecuarios.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: doscientos cincuenta mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10), que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Fagotti Jorge Ruben suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y Brutto Roberto Jose suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no.- A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. Los socios designan por unanimidad como gerente de la Sociedad al socio Fagotti Jorge Ruben, argentino, nacido el 06 de julio de 1977 con D.N.I. N°: 25.852.317, CUIT 20-25852317-3, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en Perillo 281 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965163 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesion de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago.-A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra.- Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente.-En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio.- Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

Venado Tuerto, 13 de noviembre de 2019.

$ 495 408939 Nov. 25

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LA NUEVA FRANCIA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 111 Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: LA NUEVA FRANCIA SRL s/Constitución, Expte. Nro. 27012019, según lo dispuesto en resolución de fecha 11 de noviembre de 2019, se ha dispuesto lo siguiente:

1) Integrantes de la sociedad: Barreyro Mariela Carolina, argentina, nacida el 24 de Agosto de 1978 con D.N.I. N°: 26.649.094, CUIT 27-26649094-7, soltera, de profesión comerciante, con domicilio en DR. Maiztegui 166 de la localidad de Chovet, provincia de Santa Fe y la señora Rosello Barreyro Dana, argentina, nacida el 11 de febrero de 1999, con D.N.I. N°: 41.601.310, CUIL 27-41601310-7, soltera, de profesión comerciante, con domicilio en calle DR. Maiztegui 166 de la localidad de Chovet, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del contrato social: 03 de mayo de 2019.

3) Denominación Social: LA NUEVA FRANCIA SRL.

4) Domicilio Social: Brown 783 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.

5) Plazo de duración: por el término de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Servicios de comidas. 2) Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de: doscientos cincuenta mil, ($ 250.000) dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez pesos cada una, ($ 10), que son totalmente suscritas por los socios de la siguiente manera: Barreyro Mariela Carolina suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) y Rosello Barreyro Dana suscribe doce mil quinientos (12.500) cuotas de capital o sea la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). Dicho capital ha sido integrado en este acto en dinero en efectivo en un veinticinco porciento (25%) por cada uno de los socios. El setenta y cinco porciento (75 %) restante será integrado también en dinero en efectivo en un lapso no superior a dos años.

8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no.- A tal fin, usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos o sus apoderados. Los socios designan por unanimidad como gerente de la Sociedad a la socia Barreyro Mariela Carolina, argentina, nacida el 24 de Agosto de 1978 con D.N.I. N°: 26.649.094, CUIT 27-26649094-7, soltera, de profesión comerciante, con domicilio en Dr. Maiztegui 166 de la localidad de Chovet, provincia de Santa Fe, quién actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 deI Código Civil y decreto 5965163 art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones y negocios ajenos a la sociedad.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán por la voluntad unánime de los socios.

10) Fecha de cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

11) Cesion de cuotas, fallecimiento e incapacidad: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse sin restricciones. Las que se otorgaran a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas, deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a su consocio, quien deberá notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a su consocio, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión, y forma de pago.-A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra.- Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

12) Fallecimiento e incapacidad: En el caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente.-En este caso, los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o; Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce cuotas pagaderas, la primera al año, y las restantes, el día 15 de cada mes sucesivo respectivamente, con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital si correspondiere, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día det fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este articulo.

Venado Tuerto, 13 de noviembre de 2019.

$ 495 408938 Nov. 25

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TIERRA DE BODEGAS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Conforme al artículo 10 de la ley 19550:

Por decisión unánime de reunión de socios del día 31 de Octubre de 2019, se ha acordado:

Cesión de cuotas sociales: Héctor Agustín Podestá ceda, venda y transfiera a Hugo Gabriel Fuentes la cantidad de un mil seiscientas sesenta y seis (1.666) cuotas sociales de capital de valor nominal pesos diez (VN$10) cada una. Héctor Agustín Podestá ceda, venda y transfiera a Fernando Diego Mendes la cantidad de tres mil trescientos treinta y cuatro (3.334) cuotas sociales de capital de valor nominal pesos diez (VN$10) cada una.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) divididos en veinte mil (20.000) cuotas de pesos diez ($10,00) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Hugo Gabriel Fuentes suscribe diez mil con 00/100 (10.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos cien mil con 00/100 ($ 100.000,00) que ha integrado totalmente. Fernando Diego Mendes suscribe Diez mil con 00/100 (10.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos cien mil con 00/100 ($ 100.000,00) que ha integrado totalmente.

Cambio de denominación: acuerdan por unanimidad modificar la denominación social a TIERRA DE BODEGAS S.R.L. en lugar de la actual PODESTA, FUENTES Y ASOCIADOS S.R.L.

Reconducción: Los Sres. Socios han resuelto, en virtud de haberse vencido el plazo de duración de la sociedad el 09/10/2019, la reconducción de la misma por el plazo de veinte (20) años a partir de la inscripción en el Registro Público.

Ratificación socios gerentes: continuarán desempeñando sus cargos los ya designados Señores Socios-Gerentes Hugo Gabriel Fuentes D.N.I. N° 17.849.665 y Fernando Diego Mendes D.N.I. 23.501.634, CUIT 20-23501634-7, ambos con domicilio especial en la calle Pacto Federal 8979 de la ciudad de Rosario.

$ 70 408791 Nov. 25

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TALQC CONSTRUCCIONES S.R.L.


CONTRATO


La Gerencia hace saber que con fecha 18 de octubre de 2019 se procedió a constituir TALQC CONSTRUCCIONES S.R.L. La constitución se instrumentó mediante contrato de fecha 18 de octubre de 2019, cuyo texto, en su parte principal quedó redactado:

1.- Integrantes de la sociedad: Matías Gastón Lopez, argentino, nacido el 23/05/1986, de profesión comerciante, DNI N°: 32.445.547, CUIT 20-32445547-8, domiciliado en calle Necochea 2276 10ª A de esta ciudad, casado en 1° nupcias con Jorgelina Walpen DNI 32.113.472 y Ezequiel Marcos Quijada, argentino, nacido el 03/11/1985, de profesión Arquitecto, soltero DNI N°: 31.951.606, CUIT 23-31951606-9, domiciliado en calle Juan Manuel de Rosas 1163 1° B de esta ciudad, soltero.

2.- Fecha de Constitución de la Soceidad: 18/10/2019.

3.- Denominación: TALQC CONSTRUCCIONES S.R.L.

4.- Domicilio: Necochea 2276 10º A -Rosario-Sta. Fe.

5.- Objeto Social: La ejecución de diseños, proyectos, dirección, construcción, montaje, instalación, mantenimiento de obras civiles y/o industriales, por y/o para sí y/o para terceros, ya sean públicas o privadas.

6.- Plazo de duración: 20 años a partir de su inscripción en el R.P.C.

7.- Capital Social: $ 300.000.

8.- Administración: A cargo del socio: Matias Gastón López con el carácter de Socio Gerente.

9.- Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. Administración, Dirección y Representación: La dirección y administración estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta, cada uno de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los y Arts. 782 y 1.881 del Código Civil y el Art. 9 del Decreto 5.965/63, con la única excepción de prestar fianza o garantías en forma individual o conjunta a favor de terceros por asuntos, operaciones, o negocios ajenos a la sociedad.

9.- Organización de la Representación: El Gerentes obligará a.la Sociedad, usando su propia firma precedida de la Razón Social y con el aditamento SocioGerente.

10.- Fecha cierre del ejercicio: 31/12 de cada año.

$ 75 408980 Nov. 25

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TALLERES VEGA S.A.S.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber por un día la constitución de TALLERES VEGA S.A.S., cuyos datos contractuales se consignan a continuación: 1) Datos de los Socios: Cesar Fabián Vega, argentino, nacido el 29/11/1973, DNI 23.623.341, CUIT/CUIL 20-23623341-4, de profesión técnico electrónico, soltero, domiciliado en calle Pasaje Savio 1875, piso 1, dpto.7, Rosario (2000), Provincia de Santa Fe, Argentina; Leonardo Damián Vega, argentino, nacido el 27/04/1979, DNI 27.234.0181, CUIT/CUIL 20-27234018-9, de profesión despachante de aduana, divorciado, domiciliado en calle Sadi Carnot 5969, Rosario (2000), Provincia de Santa Fe, Argentina; y Asunción Elena Fernández, argentina, nacida el 15/08/1949, DNI 6.058.054, CUIT/CUIL 27-06058054-0, jubilada, viuda, domiciliada en calle Vuelta de Obligado 4781, piso 7, dpto. B, Rosario (2000), Provincia de Santa Fe, Argentina. 2) Fecha del Instrumento de Constitución: 04 de Octubre de 2019. 3) Denominación de la Sociedad: TALLERES VEGA S.A.S. 4) Domicilio de la Sede Social en calle Garibaldi 2219 de la ciudad de Rosario. 5) Duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. 6) Objeto Social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en extranjero, a las siguientes actividades: a-Explotación de servicios de galvanoplastia, cincado, cromado, niquelado, cobreado y cualquier otro tratamiento conexo superficial sobre metales. B-Fabricación y comercialización de productos, utensilios, equipamiento y accesorios metálicos para el rubro gastronómico. 7) Capital Social: $400.000, representado por 400.000 acciones ordinarias de $ 1 vn c/u y de un voto c/u: Cesar Fabián Vega 20.000 acciones, Leonardo Damián Vega 20.000 acciones y Asunción Elena Fernández 360.000 acciones. 8) Administrador titular: Cesar Fabián Vega con domicilio especial en la sede social; administradores suplentes: Leonardo Damián Vega y Asunción Elena Fernández con domicilio especial en la sede social; todos durarán en los cargos hasta que se designen sus reemplazantes. 9) Prescinde del órgano de fiscalización. 10) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 90 408984 Nov. 25

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WIGOU S.A.S.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber, con relación a WIGOU S.A.S., que conforme lo resuelto en la reunión de socios de fecha 11 de Noviembre de 2019, se ha elegido un administrador titular que ejercerá sus funciones de modo indistinto con el administrador actual según lo indica el art. 11 del Estatuto. Se designó como Administrador titular a Rojo Julia, D.N.I. 35.115.279, con domicilio en calle Balcarce 1321 departamento 8C, Rosario, y constituye domicilio especial en la sede social, Junin 199, Piso 12 Oficina 7 - Alto Buró de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

$ 45 408665 Nov. 25

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BANCO SANTA FE S.A.P.E.N.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr, Secretario a cargo del Registro Público, Dr. Jorge Eduardo Freyre, en los autos caratulados: Banco de Santa Fe S.A.P.E.N. S/Designación de Autoridades-Comisión Fiscalizadora, CUIJ N° 21-05201650-6, hace saber por un día el siguiente Edicto de designación de Autoridades Comisión Fiscalizadora del Banco de Santa Fe S.A.P.E.M.: Por decisión del Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 69 celebrada el 22 de noviembre de 2017 y Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 71 celebrada el 29 de abril de 2019 del Banco de Santa Fe S.A.P.E.M, se ha procedido a la designación como Vicepresidente 10 de la Comisión Liquidadora a Cecilia Maria D’Aloisio, abogada, argentina, nacida el 17/03/1984, Documento Nacional de Identidad N° 30.938.010, CUIL: 27-309380 10-5, domiciliada en calle Dorrego N° 1628 Piso 11 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; designar miembro titular de la Comisión Fiscalizadora como Vicepresidente 2° a Pablo Martin Lanfranco, perito mercantil, argentino, nacido el 26/03/1978, Documento Nacional de Identidad N° 26.546.280, domiciliado en calle Entre Rios N° 4365 de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe; y designar como Síndico Titular de la Comisión Fiscalizadora al CPN. Ignacio Dayraut, contador Público Nacional, argentino, nacido el 29/12/1982, Documento Nacional de Identidad N° 30.068.455, domiciliado en calle Reconquista N° 60 de la ciudad de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires. Asimismo se hace saber que se ha aceptado las renuncias presentadas por los Señores: Marcelo Ceferino Schiavi, vicepresidente 1º de la Comisión Liquidadora y Licenciado Walter Dario Natale, Vicepresidente 2º de la primera comisión y del Síndico Titular de la Comisión Fiscalizadora CPN, German Gustavo Merlo.

Santa Fe, a los 14 días del mes de Noviembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 76 408950 Nov. 25

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