picture_as_pdf 2019-09-23

SAN JUSTO

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JUZGADO PRIMERA INSTANCIA


POR

ESTEBAN MARENGO


Por disposición del Juzgado Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral de San Justo N° 18 Secretaría Única a cargo de la Dra. María Alejandra Gioda se ha ordenado en autos caratulados: VIGNATTI, ANGEL JOSE c/ OTRO DNI 24.097.401 S/ Ejecutivo (CUIJ 21-26182254-4 Expte 1089 Año 2016, que el Martillero Público Esteban Marengo, Mat. Nº 1139, CUIT Nº 23-34684611-9, proceda a vender en pública subasta el día 26 de Septiembre de 2019 siguiente hábil, si aquel resultare feriado, a las 10:00 hs en el Juzgado de Distrito Nº 18 de San Justo, sito en calle Cabal N° 2545 de San Justo Provincia de Santa Fe, con la base de Avalúo Fiscal de $ 6.656,55, en el caso de no haber postores, se reducirá base en un 25% y de no existir nuevamente postores, saldrá a la venta sin base al mejor postor, LA MITAD INDIVISA (50%) DE LA NUDA PROPIEDAD de un Inmueble cuya descripción es la siguiente: un lote de terreno con todo lo adherido al suelo, parte de la concesión numero veintidós de la ciudad de San Justo, Departamento del mismo nombre, Provincia Santa Fe, que de acuerdo al plano de mensura y urbanización y lote confeccionado por el ingeniero Héctor C. Scotta registrado bajo el N° 78331 se designa como LOTE NUMERO UNO (1) de la MANZANA UNO y mide: diez metros de frente al sud por treinta metros de fondo y frente al Oeste por ser esquina, haciendo una superficie total de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS y linda: al Sud, calle 9 de julio sin pavimentar: al Oeste calle publica; al Norte, lote dos (2), y al Este, lote diez y seis (16), ambos del mismo plano y manzana; todo de conformidad a su título. El Registro General de la Propiedad Informa: Que el inmueble está inscripto al N° 31.977 F° 423, T° 227, Dpto. San Justo Provincia de Santa Fe y subsiste a nombre del demandado en la proporción a subastar. Hipoteca: no registra. Embargos: 1) de fecha 18/11/2016 Aforo 161 151 por $ 330.000, en autos “VIGNATTI, ÁNGEL JOSE c/RENO, HERNÁN MARCELO S/ EJECUTIVO” Expte. N° 1089/2016 Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de San Justo Distrito Nº18; 2) de fecha 14/08/2017 Aforo 120.676, por $345.000 en autos VIGNATTI, ÁNGEL JOSÉ C/ RENO HERNÁN MARCELO S/ Ejecutivo Expte. N° 210/2017 Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de San Justo Distrito Nº 18. 2) La API Informa: Que el inmueble partida impuesto inmobiliario N° 06-11-00-030029/0012-1 registra una deuda de $ 883,27, al 25/03/2019. La Municipalidad de San Justo: informa que División Catastro no adeuda; Tasa General de inmueble Deuda $26.160,al 31/05/2019 Contribución de Mejoras: Obra de pavimentación no adeuda al 17/05/2019: Obra de Cordón cuneta $4.494,68 al 31/05/2019; Aguas Potable S 11.317,44 al 31/05/2019; Juzgado de Faltas no registra deudas al 21/05/2019, Mejoras por Obras de Cloacas: no adeuda al 23/05/2019, Servicios Públicos de desagües cloacales: $14.682 al 31/05/2019. No existen apremios fiscales iniciados contra el demandado en autos Constatación Judicial: Informa la Sra. Oficial de Justicia...a los 03 días del mes de Mayo de 2019:..acto seguido procedo a constatar la construcción es un galpón deposito cerrado techo de chapa con divisor de material piso de hormigón de aproximadamente 10 mtrs x 10 mtrs en buen estado de conservación. Adelante consta de un espacio abierto de 10 m x 10 m aproximadamente al igual que atrás de la parte construida. Atrás consta con un baño pequeño, tiene servicio de luz, cloaca y acceso de ruta. La construcción es cerrada con portón corredizo de chapa. Sin mas (...). CONDICIONES Quien resulte comprador deberá abonar en dinero efectivo el 10% del importe a cuenta de precio y la comisión de ley del martillero del 3%. El adquirente deberá efectivizar saldo de precio indefectiblemente dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito en el Banco de Santa Fe, Sucursal San Justo a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación el art. 497 del CPCC. Para el caso de que los adquirentes planteen nulidad de la subasta deberán integrar el saldo del precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. No se admitirá la compra en comisión. Los impuestos tasas y contribuciones que adeudare el inmueble son a cargo del adquirente a partir de la fecha de subasta como asimismo el impuesto a la compraventa y demás impuestos que en su caso correspondiere. Se encuentran agregados en autos, informes, constatación y demás documental informativa, sirviendo la misma de suficiente titulo admitiéndose reclamo alguno por falta e insuficiencia de los mismos después del remate. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, Ley 11287 y acordada respectiva de la Excma. Corte Suprema de Justicia, con dos avisos económicos en el diario El Litoral. Autorízase la confección de 2000 volantes de publicidad con oportuna rendición de cuentas. Establécese un día antes de cada subasta, en la que se pondrá verificar las condiciones del inmueble. Se hace saber que el inmueble se encuentra ocupado por el Sr. Reno Hernán Marcelo. Se hace saber al que resulte adquirente que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le podrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10.160). Previo a inscribir se actualizará el informe del Registro General a los efectos del art. 506 del CPCC, si correspondiere. Mayores informes en Secretaría del Juzgado y/o al Martillero en Batalla de Tucumán 2590, Tel. Fax (034.98) 15440514 Ciudad Fdo.: Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria. San Justo, 12 de Septiembre de 2019.

$ 231 402234 Sep. 23

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