picture_as_pdf 2019-09-26

PROYECCIONES S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES.


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de PROYECCIONES S.A., según acta de Asamblea Ordinaria de fecha 29-04-2019.

Director Titular – Presidente: Martín Eduardo Basso, D.N.I. 24.073.052, C.U.I.T. 23-24073052-9; Director Titular – Vicepresidente: Juan Carlos Ramón Basso, D.N.I. 13.224.676, C.U.I.T. 23-13224676-9; Director Titular: Gustavo Peón, DNI 20.149.890, C.U.I.T. 20-20149890-3; y Director Suplente: José Luis Bienvenido Basso, D.N.I. 7.989.656. CU.I.T. 20-07989656-0.

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YPF CENTRO S.R.L.


SUBSANACIÓN


Por disposición del Señor Juez, a Cargo del Registro Público de Rafaela se ha Ordenado la siguiente publicación:

Se hace saber que mediante Acta de subsanación de fecha 28/07/19, la señora Cauda Norma Gladys, nacida el 24/03/1946 de 73 años de edad, apellido materno Gervasoni, de nacionalidad Argentina, de estado civil viuda, de profesión comerciante, DNI N°F 5.270.841,CUIT N° 27-05270841-4 con domicilio en calle Saavedra N° 680 de la ciudad de San Cristóbal; la señora Álvarez María Eugenia, nacida el 16/05/1983 de 36 años de edad, de apellido materno Cauda, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltera de profesión, docente, DNI N° 29.850.692, CUIL N° 27-29850692-6 con domicilio en calle Saavedra N° 680 de la ciudad de San Cristóbal; el señor Álvarez Ramiro José nacido el 29/03/1986 de 33 años, de apellido materno Cauda, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero de profesión, comerciante, DNI N° 32.016.645, CUIT N° 20-32016645-5 con domicilio en calle San Martin N° 1284 de la ciudad de San Cristóbal y el señor Álvarez Francisco Darío, nacido el 05/12/1986 de 32 años de edad, de apellido materno Cauda, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero de profesión, comerciante, DNI N° 32.430.287, CUIT N° 20-32430287-6 con domicilio en calle Saavedra N° 680 de la ciudad de San Cristóbal expresan la necesidad de subsanacÍón de la sociedad SUC DE ALVAREZ NESTOR DARIO Y CAUDA NORMA G C DE ALVAREZ, CUIT N° 30-58917507-3. con domicilio fiscal calle Caseros 1302 Esq Saavedra de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe bajo los términos del Art. 25 de la ley 19.550 y convienen regularizar la sociedad adoptando el tipo sócietario de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo su nueva denominación: YPF CENTRO S.R.L.

Socios: Cauda Norma Gladys, DNI N°F 5.270.841; Álvarez María Eugenia, DNI N° 29.850.692; Álvarez Ramiro José, DNI N° 32.01 6.645, y Álvarez Francisco Darío, DNI N° 32.430.287.

Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de YPF CENTRO S.R.L. continuadora de SUC DE ALVAREZ NESTOR DARlO Y CAUDA NORMA G C DE ALVAREZ, por subsanación de Sociedad de Hecho.

Domicilio: Caseros N° 1302, esquina Saavedra de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe.

Duración: (50) Cincuenta años a partir de la fecha de inscripción del contrato social en el Registro Público de Comercio.

Objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociado a terceros en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero, en cualquier forma jurídica admitida por las leyes argentinas, incluidas las Uniones Transitorias de Empresas, a la siguiente actividad: Comercial: compra, venta, importación, exportación, consignación, distribución al por mayor y/o por menor de toda clase de Mercaderías, bienes yio servicios tales como Combustibles líquidos, y gaseosos, lubricantes, aditivos, neumáticos, fertilizantes y agroquímicos, comidas y bebidas en el local de venta del mini mercado que forma parte de la actividad.

Capital Social: Pesos un millón ochenta mil con 00/100 ($ 1.080.000,00). Administración y Firma: estará a cargo de los señores Alvarez Ramiro José y Alvarez Francisco Dario en forma individual e indistinta tendrán el uso de la firma social para cualquier tipo de acto, debiendo anteponer en todos los casos a la misma, una leyenda y/o sello que haga referencia a la denominación social. Fiscalización: a cargo de los socios y/o a cargo del profesional o persona designada al efecto.

Ejercicio Económico: comienza el primero de julio y finaliza el treinta de junio de cada año.

Rafaela, 13 de setiembre de 2019.

$ 179,82 402335 Sep. 26

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YACCU S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera instancia de Distrito n° 49 en lo civil y comercial primera nominación, a cargo del Registro Público de Reconquista, provincia de Santa Fe, Dr. José Maria Zarza, conforme lo ordenado en autos caratulados YACCU S.R.L. s/Renuncia y ratificacion de gerente, Expte N° 299, año 2019, en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que la firma YACCU S.R.L. que gira con domicilio legal en la localidad de Arroyo Ceibal, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, solicita al Señor Juez se proceda a inscribir la renuncia al cargo de Gerente del señor Delki Hipolito Yaccuzzi y ratificación de los Gerentes, según acta de reunión de socios N° 22, de fecha 12 de Junio de 2019, Señores: Yaccuzzi, Pablo Waldo, apellido materno Bosch, D.N.I. N° 25.116.636, nacionalidad argentina, ocupación, Comerciante, nacido el 18 de diciembre de 1977, estado civil casado, domiciliado en Calle Rivadavia N° 1792, Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, CUIT N° 20-25116636-7 y Yaccuzzi, Lisandro Dardo, apellido materno Bosch, D.N.I. N° 29.306.624, nacionalidad argentina, ocupación, Comerciante, nacido el 06 de mayo de 1982, estado civil soltero, domiciliado en Calle 25 de Mayo N° 289, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, CUIT N° 20-29306624-9. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Mirian Graciela David. Secretaria.

Reconquista, 13 Setiembre de 2019.

$ 100 402101 Sep. 26

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ALARMAS 24 HORAS

SOCIEDAD ANONIMA


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En cumplimiento de la Ley 19.550 se hace saber que por acta de Asamblea Ordinaria n°5 del 18 de Julio de 2019 y estando presente el 100% del capital social se resuelve integrar el directorio de Alarmas 24 Horas S.A. de la siguiente manera.

Presidente: Falvella Eduardo Alberto, Argentino, casado en primeras nupcias con Jorgelina Daniela Albanese, comerciante, nacido el 20 de agosto de 1968, D.N.I. N° 20.173,441, CUIT N° 20-20173441-0, domiciliado en calle Gualeguaychu 210 Pueblo Esther, Pcia. De Santa Fe y Director suplente: Vives Emilio Guillermo, argentino, Casado en primeras nupcias con Maria del Carmen Martinez, Ingeniero, nacido el 24 de Septiembre de 1945, D.N.I. N° 6.064.428, Cuit N° 20-06064428-5, domiciliado en calle Eva Peron 8345, de la ciudad de Rosario.

De los estatutos: La sociedad se encuentra inscripta en Estatutos en la Ciudad de Rosario a los 14 dias del mes de Junio de 2012, al tomo 93, folio 9851, N°421.

Domicilio legal de la empresa en calle corrientes 1548, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 45 402676 Sep. 26

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AGROSERVICIO URANGA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que en fecha 6 de septiembre de 2019, mediante acta de reunión de socios de AGROSERVICIO URANGA S.R.L. se resolvió prorrogar el plazo de la sociedad y aumentar el capital social habiendo quedado redactadas las cláusulas respectivas de la siguiente forma: Tercera: Duración. Tendrá un plazo de veinte (20) años a contar desde la reconducción inscripta en el Registro Público de Comercio, es decir desde el 29 de septiembre de 2009, por lo que el vencimiento opera el 29 de septiembre de 2029. y Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) el que se encuentra dividido en 200.000 cuotas sociales de Pesos uno ($ 1) cada una, resultando suscripta por los socios de la siguiente manera: Jose Oscar Leone, veintiocho mil quinientos setenta y dos cuotas (28.572) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos veintiocho mil quinientos setenta y dos ($ 28.572); Ruben Omar Leone, veintiocho mil quinientos setenta y dos cuotas (28.572) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos veintiocho mil quinientos setenta y dos ($ 28.572); Luis Alberto Bianucci, veintiocho mil quinientos setenta cuotas (28.570) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos veintiocho mil quinientos setenta ($ 28.570); Roberto Jacinto Caporossi, veintiocho mil quinientos setenta cuotas (28.570) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos veintiocho mil quinientos setenta ($ 28.570); Dario Miguel Pafundi, catorce mil doscientos ochenta y seis cuotas (14.286) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos catorce mil doscientos ochenta y seis ($ 14.286); Bibiana Rita Pafundi, catorce mil doscientos ochenta y seis cuotas (14.286) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos catorce mil doscientos ochenta y seis ($ 14.286); Sergio Omar Travassi, catorce mil doscientos ochenta y seis cuotas (14.286) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos catorce mil doscientos ochenta y seis ($ 14.286); Osvaldo Ariel Travassi, catorce mil doscientos ochenta y seis cuotas (14.286) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos catorce mil doscientos ochenta y seis ($ 14.286); Antonio Leonardo Oroferne, catorce mil doscientos ochenta y seis cuotas (14.286) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos catorce mil doscientos ochenta y seis ($ 14.286) y Miguel Angel Jesus Oroferne, catorce mil doscientos ochenta y seis cuotas (14.286) de un peso ($ 1) cada una, es decir pesos catorce mil doscientos ochenta y seis ($ 14.286). El capital se encuentra integrado con el capital anterior, más el 25% del aumento que se integra en éste acto, más el 75% del aumento que se. integrará en el término de dos años contados desde la fecha de la firma del presente instrumento, todo en efectivo. Además se redactó un texto ordenado de la totalidad el contrato social, todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes.

$ 85 402572 Sep. 26

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4 AN S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de la Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, mediante Resolución de fecha 17/09/20195 en los autos: 4 AN S.R.L. s/Modificacion al contrato social-objeto-aumento de capital, CUIJ 21-05791659-9, se ha ordenado la siguiente publicación:

En la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, a los 14 días del mes de Agosto del año 2019, mediante Acta de Socios N° 9, se reúnen los Señores Socios de la firma, Jose Andres Jeannot y Maria Eugenia Otero y Capisano, quienes deciden la ampliación del Objeto Social de la firma y el Aumento del Capital Social, a la suma de $ 400.000, y por lo tanto modifican las Cláusulas Cuarta y Quinta del Contrato Social de la firma, las que quedarán redactadas de la siguiente forma:

Cuarta - objeto: La sociedad tendrá como objeto la realización por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: 1) Compra, venta, permuta, importación, exportación, comisión, consignación, representación, agencia, distribución y toda otra forma de intermediación comercial de productos plásticos, minerales, químicos, caucho, y materias textiles y de confección; 2) Comercialización, alquiler y reparación de máquinas y demás equipamiento relacionado con la industria textil, como así también de sus repuestos, insumos y accesorios, pudiendo importar o exportar los mismos; 3) Intermediación en la contratación de servicio de transporte de carga incluyendo las actividades de depósito, almacenamiento y logística; 4) Compra, venta y alquiler de todo tipo de vehículos de carga y/o de pasajeros, pesados, medianos y livianos con chofer o sin chofer. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no estén prohibidos por este contrato o por las leyes.

Luego, mediante Acta N° 10, de fecha 10/09/2019, los Socios proceden a la nueva redacción de la Cláusula Quinta del contrato social, donde además del aumento del capital Social, también deciden modificar el valor nominal de la cuota social, a la suma de $ 100 cada una.

Quinta. Capital social. Suscripción e Integración: El Capital Social se fijaen la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), dividido en 4.000 cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una de ellas, que son suscriptas íntegramente por los Socios en este acto, de la siguiente forma, en relación al aumento dispuesto: José Andrés Jeannot, suscribe 1500 cuotas de capital por un total de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), y María Eugenia Otero y Capisano, suscribe 1000 cuotas de capital por un total de pesos cien mil ($ 100.000). Por lo tanto, el Capital Social de la firma queda integrado de la siguiente forma: José Andrés Jeannot, dos mil cuatrocientas (2.400) cuotas de capital social, de pesos cien ($ 100) cada una, por un total de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000); y Mana Eugenia Otero y Capisano, mil seiscientas (1600) cuotas de capital, de pesos cien ($ 100) cada una, por un valor total de pesos ciento sesenta mil ($ 160.000). Los Socios integran en este acto el 25% del capital suscripto, es decir la suma de pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500), y se comprometen a integrar el restante 75% también en efectivo, dentro de los sesenta días de la fecha de la presente. Venado Tuerto, 19 de Septiembre de 2019.

$ 105,60 402477 Sep. 26

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BARBERIS CASSINI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 22 días del mes de agosto 2019, entre Señores, Juan Alberto Martin Barberis, DNI 6.043.745, número de CUIT 3-0643745-93, Juan Pablo Barberis, DNI 25.900.265, numero de CUIT 20-5900265-7, y Sara Maria Barberis, DNI 27.320.542, numero de CUIT 27- 7320542-5; únicos socios de BARBERIS CASSINI S.R.L., se conviene en celebrar la resente modificación del contrato social de BARBERIS CASSINI SRL, inscripta en el Legistro Público de Comercio en fecha 10 de setiembre de 2004, al tomo 155, folio 18.433, 1431 de Contratos, de acuerdo a las siguientes cláusulas:

Primera: Modificacíon de la Denominación social Se modifica la cláusula primera el contrato social que queda redactada de la siguiente manera: Primera: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación VILLA MARGHERITA SOCIEDAD DE LESPONSABILIDAD LIMITADA.

Segunda: Prórroga del contrato social: Se prorroga el vencimiento del contrato social or el término de quince (15) años a partir del vencimiento, o sea hasta el 10 de setiembre e 2034, modificando la cláusula tercera del contrato social

Tercera: Aumento de capital: Se aumenta el capital social, que es de $ 60.000 el cual e encuentra totalmente integrado a la fecha, en Pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000.-) de siguiente manera: el Señor Juan Alberto Martin Barberis, suscribe mil uatrocientos (1.400) cuotas o sea la suma de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000) por er de pesos cien ($ 100) cada una, que integra de la siguiente forma: la suma de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000) o sea el veinticinco por ciento (25%) del capital suscripto en este acto y en dinero efectivo, y el saldo, o sea la suma de Pesos ciento cinco mil ($ 105.000) dentro de los doce meses a partir de la fecha del presente contrato.

Por lo tanto el capital social queda compuesto de la siguiente manera: Dos mil ( 2.000) cuotas de capital, que representas pesos doscientos mil ($ 200.000) por ser de pesos cien ($ 100) cada una. Divididas de la siguiente manera: Para el Señor Juan Alberto Martin Barberis mil ochocientas ochenta cuotas de capital (1.880) que representan pesos ciento ochenta y ocho mil ($ 188.000) por ser de pesos cien ($ 100) cada cuota, para el Señor Juan Pablo Barberis sesenta (60) cuotas de capital que representan pesos seis mil ($ 6.000) por ser de pesos cien ($ 100) cada cuota y para la Señora Sara Maria Barberis sesenta (60) cuotas de capital que representan pesos seis mil ($ 6.000) por ser de pesos cien ($ 100) cada cuota.

$ 120 402690 Sep. 26

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BRUFAU SANITARIOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados Brufau Sanitarios S.A. s/Designación de Autoridades (Expte. N° 1857 año 2019) de trámite por ante este Registro Público se hace saber que la entidad Brufau Sanitarios S.A. en Asamblea General Extraordinaria del 13 de mayo de 2019, ha designado para integrar el Directorio a las siguientes personas Presidente: Señor Igancio José Brufau, de apellido materno De Arriba, argentino, casado, contador público, nacido el 28 de abril de 1973, domiciliado en calle Moreno 3362 de la ciudad de Santa Fe, D.N.I. 22.901.951, con número de CUIT 20-22901951-2; y Directora Suplente: Señora Marta Isabel De Arriba, de apellido materno Chemes, argentina, casada, jubilada, nacida el 21 de marzo de 1948, domiciliada en calle Av. Urquiza 2947, de la ciudad de Santa Fe, D.N.I. 5.705.393, con numero de CUIT 27-05705393-9.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.

Santa Fe, 18 de setiembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 45 402583 Sep. 26

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BARBIERI E HIJOS S.R.L.


MODIFICICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de la Jueza Dra. Mónica Liliana Gesualdo a cargo del Registro Público de Rosario, en autos BARBIERI E HIJOS S.R.L. s/ CUIT 33-69533556-9 Cesion de cuotas retiro de socio prorroga al 29-08-2029 (32 años) Aumento capital $ 200.000, Cuij 21-05512697-3, se hace saber que: 1. en fecha 31/07/2019 la señora Diana Noemí Madrid, D.N.I. 6.288.310, CUIT 27-06288310-9 cedió y trasfirió sus cuotas sociales en la forma y cantidad que se describe seguidamente: a. veinticinco cuotas sociales de pesos cien ($ 100) cada una al Señor Diego Barbieri D.N.I. N° 22.595.351, CUIT 20-22595351-2 y veinticinco cuotas sociales de pesos cien ($ 100) cada una al Señor Darío Barbieri D.N.I. N° 23.848.579, CUIT 20-23848579-8. En consecuencia, se modifica la cláusula quinta del Contrato Social, que queda redactada como sigue: Quinta: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos treinta mil ($ 30.000), dividido en 300 cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios en partes iguales y a razón de ciento cincuenta (150) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, lo que representa para uno de los socios un capital de pesos quince mil. 2. En fecha 31/07/2019 los señores socios Diego Barbieri, D.N.I. 22.595.351, CUIT 20-22595351-2 y Darío Barbieri, D.N.I. 23.848.579, CUIT. 20-23848579-8, únicos socios de BARBIERI E HIJOS S.R.L. resolvieron: a) Prorrogar el plazo de la sociedad por un período adicional de diez años a contar desde tal fecha, operando el vencimiento de la sociedad el 29 de agosto de 2029, b) incrementar el capital social a la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000). es decir en la suma de pesos ciento setenta mil ($ 170.000). El aumento se suscribe de la siguiente manera: el Señor Diego Barbieri suscribe la cantidad de ochocientas cincuenta (850) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que representan la suma de pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000) y el Señor Darío Barbieri suscribe la cantidad de ochocientas cincuenta (850) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que representan la suma de pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000). Como consecuencia se modifican las cláusulas tercera y quinta del contrato social como sigue: Tercero: El término de duración de la sociedad es de 32 años, a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario, produciéndose el próximo vencimiento el 29 de agosto de 2029. Quinto: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), dividido en 2.000 cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, suscriptas de la siguiente manera: el Señor Diego Barbieri suscribe la cantidad de un mil (1.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que representan la suma de pesos cien mil ($ 100.000) y el Señor Darío Barbieri suscribe la cantidad de un mil (1.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que representan la suma de pesos cien mil ($ 100.000). El capital se encuentra integrado de la siguiente manera: con el capital anterior, más el veinticinco por ciento (25%) del aumento que se integra en este acto en dinero en efectivo, más el setenta y cinco por ciento (75%) del aumento que se integrará en el término de dos años a contar desde Ja firma del presente instrumento, también en efectivo.

$ 100 402673 Sep. 26

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CVN MOTORS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Sra. Secretaria Subrogante del Juzgado en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación y de la Sra. Jueza Subrogante en Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto a cargo del Registro Público de Comercio, se ordena la siguiente publicación de edictos, por Resolución de fecha 28 de Agosto de 2019, mediante la cual se hace conocer el Directorio de CVN MOTORS S.A. con domicilio en la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, mandato que durará en sus funciones por tres ejercicios a saber:

Presidente: Leandro José Iraola, Argentino, DNI N° 23.356.440, nacido el 10 de Septiembre de 1973, en Venado Tuerto, casado, comerciante, con domicilio en Roca N° 1165 Venado Tuerto, Santa Fe, Argentina.

Director Suplente: Patricia Iraola, Argentina, DNI N° 22.483.833, nacida el 9 de mayo de 1972, divorciada, domiciliada en Jorge Newery 2590 de Venado Tuerto, los cuales a los efectos sociales que pudieran corresponder, fijan domicilios en sus respectivos lugares de residencia.

$ 50 402707 Sep. 26

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ARZ GLOBAL BUSINESS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Sra. Secretaria Subrogante del Juzgado en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación y de la Sra. Jueza Subrogante en Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto a cargo del Registro Público de Comercio, se ordena la siguiente publicación de edictos, por Resolución de fecha 28 de Agosto de 2019, mediante la cual se hace conocer el Directorio de ARZ GLOBAL BUSINESS S.A. con domicilio en la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, mandato que durará en sus funciones por tres ejercicios a saber:

Presidente: Leandro José Iraola, Argentino, DNI N° 23.356.440, nacido el 10 de Septiembre de 1973, en Venado Tuerto, casado, comerciante, con domicilio en Roca N° 1165 Venado Tuerto, Santa Fe, Argentina.

Director Suplente: Patricia Iraola, Argentina, DNI N° 22.483.833, nacida el 9 de mayo de 1972, divorciada, domiciliada en Jorge Newery 2590 de Venado Tuerto, los cuales a los efectos sociales que pudieran corresponder, fijan domicilios en sus respectivos lugares de residencia.

$ 48 402706 Sep. 26

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CEMA CONSTRUCTORA S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados CEMA CONSTRUCTORA S.R.L. s/Constitución de sociedad, EXPTE. N° 1833/2019, que se tramitan ante el Registro Público del Juzgado de la Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber:

1 ) Socios: Oscar Enrique Ceschi, D. N.l. N° 16.820.853, C. U.I.T. N° 20-16820853-8, argentino, nacido el treinta de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, casado en primeras nupcias con la señora Sandra Beatriz Mántica, comerciante; y, Sandra Beatriz Mántica, D.N.I. N° 17.972.198, C.U.I.T. N° 27-17972198-3, argentina, nacida el diecinueve de octubre de mil novecientos sesenta y seis, casada en primeras nupcias con el señor Oscar Enrique Ceschi, ama de casa; ambos con domicilio en avenida San Martín N° 159, de esta localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe.

2) Fecha del instrumento de constitución: Estatuto de fecha 30 de agosto de 2019.

3) Denominación: CEMA CONSTRUCTORA S.R.L.

4) Domicilio: Estanislao Zeballos N° 750, de la localidad de Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe.

5) Objeto: la sociedad tiene por objeto realizar por sí o por terceros o asociada a terceros, tanto en la República Argentina como en el exterior del país, las siguientes actividades: Constructora: la edificación, construcción, remodelación, reparación, mantenimiento de obras en terrenos propios o de terceros, la realización de todo tipo de obras de ingeniería civil, tales como construcciones, reformas y terminaciones de edificios y sus partes, la preparación de terrenos e instalaciones para obras y edificios. Asimismo, la sociedad se dedicará a la venta y comercialización de materiales de construcción. También podrá realizar todo tipo de servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico. La celebración de contratos de locación de obras, la ejecución y realización de planes urbanísticos y todo lo relacionado con la construcción, pudiendo adquirir equipos, materia prima o inmuebles para desarrollar obras para su posterior venta, e importar insumos o maquinarias. El alquiler de equipos, maquinarias y herramientas de construcción. La fabricación, comercialización y venta de pre moldeados. La prestación de servicio de transporte automotor de cargas. Igualmente, para la consecución de su objeto la sociedad podrá comprar y vender inmuebles urbanos y rurales, incluso bajo el régimen de la ley de propiedad horizontal, la celebración de contratos de locación, administración y/o urbanización de loteos y la realización de fraccionamientos y la ejecución de desarrollos inmobiliarios de cualquier índole, mediante las figuras admitidas por la legislación argentina, incluso el fideicomiso, el leasing, el aporte de capital a sociedades por constituir o constituidas. Excluidas las actividades reguladas por la Ley N° 13.154, de martilleros y corredores inmobiliarios de la provincia de Santa Fe. Podrá celebrar contratos con autoridades estatales, empresas del estado o con personas físicas o jurídicas, tenga o no participación en ellas; gestionar, obtener explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que los gobiernos nacionales, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar o proteger los negocios sociales, construir sobre bienes inmuebles toda clase de derechos reales; efectuar las operaciones que considere necesarias con los bancos públicos, privados y mixtos y con las compañías financieras, efectuar operaciones de comisiones, representaciones y mandatos en general; o efectuar cualquier acto jurídico tendiente a la realización del objeto social. Administrativas: realizar todo tipo de tareas tendientes a la administración, constitución o disolución de consorcios de propietarios, de complejos edilicios, gestión judicial o extrajudicial de cobro de expensas o aportes en concepto de gastos comunes de barrios cerrados o cóuntryes, encontrándose facultada para representar a los copropietarios, al consorcio, rendir cuentas, emitir todo tipo de certificaciones, sean estas para la transferencia de inmuebles o bien para el cobro de expensas; convocar y participar en asambleas que se constituyan y todos los demás actos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Financieras: El otorgamiento de préstamos a largo, corto y mediano plazo, con o sin garantías reales o personales, con intereses y/o cláusulas de reajuste, para diversos destinos. La sociedad podrá realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. Excluidas las operaciones comprendidas en la Ley Nacional Nº 21.526, de entidades financieras, o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera la intermediación con el ahorro público. Hielo: La elaboración, fabricación, producción, venta y comercialización de hielo. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, y cualquier otra actividad que fuera necesaria. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, incluso las prescriptas por el art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación.

6) Duración: la sociedad tendrá un plazo de duración de noventa y nueve (99) años contados desde el día de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: el capital social es de pesos trescientos mil ($ 300.000,00), dividido en trescientas cuotas de mil pesos de valor nominal cada una.

8) Órganos de administración y representación: la administración y representación social será ejercida por el socio gerente, lo mismo que el uso de la firma social. Podrá como tal realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los límites de los arts. 58 y 59 de la ley de sociedades comerciales. Durará en su cargo todo el término de duración de la sociedad, pudiendo ser removidos con las mayorías del art. 160 de la ley de sociedades comerciales.

9) Fiscalización: la fiscalización de la sociedad la realizarán los socios en los términos del art. 55 de la ley de sociedades comerciales.

10) Representación Legal: será ejercida por el socio gerente.

10) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de agosto de cada año.

Santa Fe, 13 de setiembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 215 402564 Sep. 26

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CONSTRUCTORA EMEYDE S.R.L.


CONTRATO


Integrantes: Matias Alberto Riveros, argentino, nacido el 03 de diciembre de 1985, soltero, comerciante, con domicilio en calle Pasaje 1114 N° 3108 de la ciudad de Rosario, titular del D.N.I. Nro. 31.970.575, CUIT 23-31970575-9; y Ydilio Martinez Toledo, paraguayo, nacido el 14 de octubre de 1987, soltero, comerciante, con domicilio en calle Castellanos N° 2961 de la ciudad de Rosario, titular del D.N.I. 95.233.382, CUIT 20-95233382-9.

Denominacion: CONSTRUCTORA EMEYDE S.R.L.

Domicilio: calle Avellaneda N° 4444 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Fecha de constitucion: 22 dejunio de 2018.

Duración: Diez (10) años a partir de su inscripción cii el Registro Público de Comercio.

Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la ejecución y realización de obras civiles de construcción, reparación, refacción y arreglos, de edificios, estructuras metálicas o de hormigón y viviendas de todo tipo, sean públicos o privados, como así también todo lo atinente a la construcción por el procedimiento en seco de paneles, divisores, y revestimientos; contando a tal fin con plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y en general ejecutar todos los actos que no le estén prohibido por normas legales o estipulaciones de este contrato.

Capital social: Se fija en la suma de $ 250.000 divididos en 25.000 cuotas de $ 10 cada una, suscriptas de la siguiente manera: el socio Matias Alberto Rivero 12.500 cuotas de capital; el socio Ydillo Martinez Toledo 121.500 cuotas de capital. Integrado en efectivo el 25% del capital social, el 75 % del resto del capital social será integrado dentro de los 2 años desde su constitución, en efectivo.

Administracion y representacion: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes duraran en su cargo mientras la asamblea no revoque sus mandatos, debiendo utilizar su firma habitual precedida de la denominación social y seguida de las palabras socio gerente o gerente: quedando designado en este acto como “Socio Gerente” el socio señor Ydilio Martinez Toledo, titular del D.N.I. N° 95.233.382, C.U.I.T. 20-95233382-9.

Fiscalizacion: A cargo de todos los socios, que la ejercerán por sí mismos.

Cierre de ejercicio: 31 de julio de cada año.

$ 60 402658 Sep. 26

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DIGITAL INSUMOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Primero: el socio Manolo Contini, vende, cede y transfiere, el 100% (cien por ciento) de su participación representado por la cantidad de doscientas cincuenta (250) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una o sea un capital de pesos veinticinco mil ($ 25.000) a la señora Maria Giordano, fijándose -como precio su valor nominal, a cancelar en cuotas a convenir.

En consecuencia de la cesión de cuotas sociales efectuada precedentemente, el capital social queda conformado de la siguiente manera: la socia Maria Giordano, la cantidad de doscientos cincuenta (250) cuotas, o sea un capital de pesos veinticinco mil (25.000), y el socio Alfredo Contini, la cantidad de doscientos cincuenta (250) cuotas, o sea un capital de pesos veinticinco mil (25.000).

B - Prórroga del plazo de la sociedad: los socios Maria Giordano y Alfredo Contini deciden prorrogar el piazo de la sociedad por 10 años a partir del 30 de julio de 2019, fijando el término de duración de la sociedad en veinticinco (25) años a contar desde el 30 de julio de 2004 fecha en que se inscribió el contrato original ante el Registro Público de Comercio.

C - Aumento de capital: Los socios Maria Giordano y Alfredo Contini, deciden en carácter unánime aumentar el capital social en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), dividido en dos (2000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, suscripto por los socios en la siguiente proporción: la Señora Maria Giordano, mil (1000) cuotas sociales, que ascienden a la suma de pesos cien mil (100.000) y representan el cincuenta por ciento del capital social y el Señor Alfredo Contini, mil (1000) cuotas sociales, que ascienden a la suma de pesos cien mil (100.000) y representan el cincuenta por ciento del capital social. Dicho aumento de capital es integrado por los socios en efectivo en un veinticinco por ciento (25%), o sea que integran pesos veinticinco mil ($ 25.000) cada uno de ellos. El saldo del capital será integrado en efectivo en el transcurso de los dos próximos años. Dicho incremento, se adiciona al capital social original, de pesos cincuenta mil ($ 50.000), el cual se encuentra totalmente integrado, siendo el capital luego de la presente modificación de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000).

D - Se ratifica el nombramiento el socio Alfredo Contini como “Socio gerente” de la sociedad, quien actuara de acuerdo a lo establecido en la Clausula sexta del Contrato Social.

$ 80 402639 Sep. 26

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EDUARDO DELLA SIEGA S.A.C.I.F. E I.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Según Resolución adoptada por Asamblea General Ordinaria de fecha 02 de Setiembre de 2.019 se procedió a designar el Directorio de EDUARDO DELLA SIEGA S.A.C.I.F. E I, el cual quedó constituido de la siguiente manera:

Presidenta: Adriana Silvia Rovere, argentina, nacida el 24/08/1955, D.N.I. 11.873.614, de Profesión Abogada, divorciada de Guillermo Fernando Pasch por Sentencia N° 1.520 del 23/05/2011 del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Rosario, Expte. N° 3323/10, con domicilio en calle Urquiza N° 6.585 de la ciudad de Rosario, C.U.I.T. 27-11873614-7.

Vicepresidenta: Maria Beatriz Rovere, argentina, nacida el 28/06/1949, L.C. 6.031.691, de Profesión Martillera, divorciada en 1ras. Nupcias de Jorge Alberto Arcuri por Sentencia N° 816 del 21/12/1993 del Tribunal Colegiado de Familia N° 4 de Rosario, Expte. N° 1217/93, con domicilio en Av. Provincias Unidas N° 581 de la ciudad de Rosario, C.U.I.T. 27-06031691-6.

Director Titular: Mariano Jorge Arcuri, argentino, nacido el 15/05/1975, D.N.I. 24.350.963, de Profesión Empresario, soltero, con domicilio en calle Eva Perón N° 6.269 de la ciudad de Rosario, C.U.I.T. 20-24350963-8

Directora Suplente: Maria Fernanda Pasch, argentina, nacida el 03/02/1991, D.N.I. 35.704.538, de Profesión Arquitecta, soltera, con domicilio en calle Urquiza N° 6.585 de la ciudad de Rosario, C.U.I.T. 27-35704538-5.

$ 85 402677 Sep. 26

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EMOTION S.R.L.


CONTRATO


El Señor Juez de Primera Instancia, Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, a cargo del Registro Público ordenó con motivo de la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada la siguiente publicación de edictos:

Socios: el Sr. Juan Pablo Calderon, argentino, mayor de edad, nacido el 22 de septiembre de 1981, DNI Nº 29.001.165, CUIT Nº 20-29001165-6, soltero, empresario, domiciliado en calle Cochabamba Nª 7071 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; y Sabrina Soledad Pedernera, argentina, mayor de edad, nacida el día 3 de agosto de 1987, DNI Nº 33.259.171, CUIT Nº 27-33259171-7, soltera, docente, domiciliada en calle Laprida 1272 Piso 2 Dpto 18 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; ambos hábiles para contratar.

Denominación: EMOTION S.R.L.

Duración: Treinta (30) años a partir de la inscripción en el Registro Público.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por sí o por cuenta de terceros y/o asociadas con terceros, en el país o en el exterior a la explotación integral de peluquerías y servicios personales, propios de los centros de belleza, estética, cuidado personal y spa; realizando la comercialización al por mayor y menor de productos, materiales, y maquinarias, necesarias para el desarrollo de su objeto, servicio de manicuría, higiene de cutis, y/o cualquier otro servicio vinculado con la escultura física, inclusivo de depilaciones. Podrá, además, realizar toda otra actividad anexa, derivada o análoga que se vincule a peluquerías, por cualquier medio jurídico, como gastronómica, publicitaria, modelaje, y/o concordantes. Constitución de academia y realización de todo tipo de enseñanza vinculado o referido a peluquería. Elaboración de planes de estudio referidos a peluquerías. Tomar, explotar y otorgar todo tipo de franquicias comerciales relacionadas con peluquerías y/o vinculadas al objeto del presente.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.

Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), dividido en cuatro mil (4000) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: el señor Juan Pablo Calderon suscribe tres mil ochocientas (3800) cuotas, las cuales representan el noventa y cinco por ciento (95%) del capital social y equivalen a la suma de pesos trescientos ochenta mil ($ 380.000), y la señora Sabrina Soledad Pedernera suscribe doscientas (200) cuotas, las cuales representan el cinco por ciento (5%) del capital social y que equivalen a la suma de pesos veinte mil ($ 20.000). Los socios integran el cien por ciento (100%) deI capital con mercadería cuyos valores surgen de su precio de compra, según detalle en inventario y valuación certificados por contador público que integran el presente contrato en hoja aparte.

Administración, dirección y representación: La administración y representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, conforme se determine en reunión de socios. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de “socio gerente” ó “gerente” según el caso, precedida de la denominación social,actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. El o los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán actuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los específicos y con las facultades expresas detalladas en el 375 deI Código Civil y Comercial, artículo 9º del Decreto Nº 5965/63 y Ley Nº 24.452 y modificaciones.

Fiscalizacion: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios, quienes poseen acceso a los libros y documentación social en los términos del artículo 55 de la Ley de Sociedades Comerciales.

Balance general y resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de diciembre de cada año calendario, fecha en la cual se confeccionará un balance general con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en la materia administrativa y contable que exponga la situación patrimonial al momento del cierre, como así también un estado de resultados del ejercicio. El mismo deberá ser tratado, aprobado u observado dentro de los ciento veinte días siguientes a la fecha de cierre del ejercicio.

Sede social: Se fija la sede social de EMOTION S.R.L. en calle San Martin 1489 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, República Argentina.

Gerencia: De conformidad con la cláusula sexta del contrato social, designan como gerentes al señor Juan Pablo Calderon, DNI N° 29.001.165, con domicilio real en calle Cochabamba 7071 de la ciudad de Rosario.

Fecha del contrato: 19 de julio de 2019.

Periodo de publicación: un día.

$ 80 402548 Sep. 26

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DI MAURO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por escritura 144 del 6 de setiembre de 2019, autorizada por ante la escribana Graciela M. H. Gil, con referencia a Di Mauro Arquitectura y Construcción S.R.L. CUIT 30-70953252-5, inscripta en el Registro Público de Comercio el 08/03/2006 al Tº 157- Fº 3985- Nº- 305 y sus modificaciones al Tº 166- Fº 12530- Número 831 y Tº 167- Fº 15169- Nº 974 en Contratos; los socios han resuelto: 1) Luciana Di Mauro, DNI, 24.282.234, CUIL 27-24282234-5, cedió 9.250 cuotas a Ciro Di Mauro, DNI, 23.344.865, CUIT 20-23344865-7, argentino, nacido el 15 de octubre de 1975, apellido materno Carriere, arquitecto, casado en 2° nupcias con Virginia Verónica Peronja, con domicilio en calle 9 de Julio 901 y 7.500 cuotas a Juan Gabriel Porrini, DNI. 23 928.609, CUIT 20-23928609-8, argentino, nacido el 30 de agosto de 1974, de apellido materno Balzaretti, soltero, arquitecto, domiciliado en calle 9 de Julio 903 planta alta. II) Prorrogar el plazo de duración social a 70 años a contar del 8 de marzo de 2026. III ) Ratificar como socio gerente a Ciro Di Mauro DNI. 23.344.865, CUIT 20-23344865-7. Conforme se modifica las cláusulas: Quinta: Capital Social. El Capital Social se establece, en la suma de Doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000) representado en 25.000 cuotas de diez pesos ($ 10) cada una de ellas que los socios suscribieron e integraron de la siguiente manera: Ciro Di Mauro, Diecisiete mil quinientas (17.500) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) cada una, que representan Ciento setenta y cinco mil pesos ($ 175.000). Juan Gabriel Porrini, siete mil quinientas (7.500) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) cada una, que representan Setenta y cinco mil pesos ($ 75.000). La cláusula Tercera. - Duracion. - El término de duración se fija en noventa (90) años a partir del 8 de marzo de 2006, fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La cláusula Sexta: Administracion- Direccion y representacion de la sociedad. Estará a cargo del socio Ciro Di Muro, quien es nombrado socio-gerente en este acto. A tal fin utilizará su firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna incluidos los especificados en los artículos 375 y 1192 del Código Civil y Comercial de la Nación, con la única excepción de prestar fianzas y garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

$ 130 402692 Sep. 26

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IPROCBA S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados Iprocba S.R.L. s/Designación de Autoridades” (Expte. N° 1865 año 2019) de trámite por ante este Registro Público se hace saber que los integrantes de la entidad Iprocba S.R.L. en acta de fecha 15 de Agosto de 2019, han resuelto modificar la administración y representación de la sociedad por lo que la cláusula quinta queda redactada como sigue: Quinta: La administración, dirección y representación legal estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A Tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social actuando en forma individual, indistinta, y alternativamente cualesquiera de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna. También se ha resuelto designar nuevo gerente por lo que la cláusula decimoprimera queda redactada como sigue: Decimoprimera: En este acto los socios acuerdan: a) fijar la sede social en calle Urquiza N°: 2861 piso 2 Dpto. A de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. b) Designar a Ernesto Ramón Suarez D.N.I. N°: 10.715.209 como gerente quien actuará en tal carácter.

Santa Fe, 19 de setiembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 72 402582 Sep. 26

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INTEGRALMOTORS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Integralmotors S.R.L. Se informa que según instrumento privado de fecha 23/10/20185 los socios Sra. Maria Teresa Luque; DNI 14.631.237; argentina; casada, nacida el 25/11/1961; sastre; domiciliada en Rodriguez 5414 de la ciudad de Rosario, Santa Fe; la socia Sra. Pamela Muriel Cabanillas, DNI 27.697.487, argentina, divorciada, nacida el 18/01/1980, empleada Aguas Provinciales de Santa Fe, con domicilio en Pte. Roca 1586 de Rosario, Santa Fe, y el socio Sr. Jorge Daniel Fonaroff; DNI 28.199.091; argentino; soltero, nacido el 30/04/1980; abogado; domiciliado en Olavarria 705 Bis de la ciudad de Rosario, Santa Fe se resolvió: 1) Cesion de Cuotas Sociales: Los cedentes, la Señora Luque Maria Teresa y Cabanillas Pamela Muriel, venden, ceden y transfieren en propiedad a los Cesionarios, el 66% del capital social adquirido al momento de la constitución de la sociedad, de la siguiente manera: al socio Fonaroff Jorge Daniel 4.800 cuotas sociales de valor nominal Diez pesos cada una y al Sr. Poletti Bruno 15.000 cuotas sociales. Quedando redactada la Cláusula Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000), representado por treinta mil (30.000) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) valor nominal cada una suscriptas e integradas de la siguiente manera. 1°) Jorge Daniel Fonaroff, DNI. 28.199.091 tiene suscriptas y le corresponden en propiedad (15.000) cuotas sociales de ($ 10) valor nominal cada una, representativas de ($ 150.000) de capital social, lo cual equivale al 50% del capital social, las cuales se encuentran completamente integradas. 2°) El socio Poletti Bruno tiene suscriptas y le corresxmden en propiedad (15000) cuotas sociales de ($ 10) valor nominal cada una representativas de ($ 150.000) de capital social, lo cual equivale al 50% del capital social, las (15000) cuotas sociales se encuentran totalmente integradas. 2) Cambio en la Gerencia: La administración, representación y uso de la firma social estará a cargos de ambos socios gerentes, Sr. Jorge Daniel Fonaroff y Sr. Bruno Poletti en forma indistinta.

$ 60 402633 Sep. 26

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LOS TORITOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Mediante instrumento de fecha 30/08/2019 el Sr. Natalio Fernando Hofer manifiesta su intención de vender sus 1224 cuotas partes por un valor de $ 122.400.00 en partes iguales a los restantes dos socios, es decir 612 cuotas partes para Joan Octavio Simonhofer y 612 cuotas partes para Dritter Edwin Hofer y como consecuencia del punto anterior, nombrar nuevo socio gerente al Sr. Dritter Edwin Hofer En consecuencia, se redactan a continuación las nuevas cláusulas quinta y sexta del Contrato Social.

Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos sesenta mil ( $360.000), dividido en tres mil seiscientas (3600) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el socio Dritter Edwin Hofer suscribe mil ochocientas (1.800) cuotas de capital que representan un valor de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000), correspondiéndole mil ciento ochenta y ocho (1.188) cuotas partes, que representan un valor de ciento dieciocho mil ochocientos pesos ($1 18.800.00), por tenencia anterior y seiscientas doce (612) cuotas partes, que representan un valor de sesenta y un mil doscientos pesos ($ 61.200,00), por cesión en su favor de fecha 30/08/2019 y el socio Joan Octavio Simon Hofer suscribe mil ochocientas (1.800) cuotas de capital que representan un valor de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000), correspondiéndole mil ciento ochenta y ocho (1.188) cuotas partes, que representan un valor de ciento dieciocho mil ochocientos pesos ($ 118.800,00), por tenencia anterior y seiscientas doce (612) cuotas partes, que representan un valor de sesenta y un mil doscientos pesos ($61.200.00), por cesión en su favor de fecha 30/08/2019, el capital se encuentra totalmente integrado.

Sexta: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un socio, quien en su respectivo carácter de “Gerente” de la sociedad, hará uso de la firma social en forma indistinta e individualmente para todos los actos y contratos de la sociedad. A tal fin, usará su propia firma con el aditamento de “Socio Gerente” precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 788 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63, artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a jóvor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. A tales efectos se designa al socio Dritter Edwin Hofer.

$ 85 402574 Sep. 26

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MARSEU Y CARRERA S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por disposición del Sr. Juez de 1 ° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de 1 ° Nominación de la Ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Registro Público de Comercio, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, por Decreto de fecha 10 de Septiembre de 2019, en los Autos Caratulados: MARSEU Y CARRERA S.R.L. s/Cesion de cuotas - Texto ordenado (Exp. N° 440/2019) se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que publicar corresponde: MARSEU Y CARRERA S.R.L. (Titular de la CUIT N° 30-71073519-7), con domicilio legal en la Ciudad de Rufino y sede social en calle Santiago del Estero N° 365 de la misma, y Contrato Social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Venado Tuerto con fecha 18 de Septiembre de 2008 al Tomo VI. Folio 132. Numero 1367 de contratos; y modificación del mismo inscripta con fecha 28 de noviembre de 2018 al Tomo 14. Folio 120. Numero 3363 de contratos.- 1) Instrumento de modificacion: Cesion de cuotas - Redaccion texto ordenado- Escritura N° 119 de Fecha 12-08-2019 - Escribano Gustavo Rubén Dimo, Rufino - Santa Fe, Registro N° 190 a su cargo.- Modificacion: 1) Cláusula Quinta del Contrato Social, en la forma y con la redacción que seguidamente se transcribe: Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000), dividido en tres mil (3.000) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una, que los socios han suscripto e integrado en su totalidad de la siguiente forma: a) El socio Martin Oscar Carrera Rossi, con mil quinientas (1.500) cuotas de capital de $ 100 de valor nominal cada una, ó sea ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000); y b) La Socia Patricia Gabriela Marseu, con mil quinientas (1.500) cuotas de capital de $100 de valor nominal cada una, ó sea ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000). El capital podrá aumentarse, cuando el giro comercial de la Sociedad así lo requiera con la conformidad de los socios y la suscripción será proporcional al número de cuotas sociales ya suscriptas por cada uno de ellos. Las cuotas de capital son indivisibles y su posesión importa “Jure et de Jure”, el conocimiento de éste contrato, así como también toda otra decisión tomada en virtud del mismo y documentos internos de la sociedad.- II) Atento haber cedido íntegramente su participación en la sociedad, el cedente Luis Aldo Marseu, Renuncia por la presente al cargo de Gerente, con el cual había sido investido. Atento a la Renuncia que antecede, los Socios por unanimidad proceden seguidamente a: 1) Ratificar en el cargo de gerente de la Sociedad al señor Martin Oscar Carrera Rossi. y 2) Designar también como Gerente de la sociedad a la señora Patricia Gabriela Marseu, D.N.I.N° 27.863.275, argentina, nacida el 12 de Junio de 1980, hija de Luis Aldo Marseu y de Lucia Antonia Cordoba, casada en primeras nupcias con Martin Oscar Carrera Rossi, Comerciante, Titular del C.U.I.L. N° 27-27863275-5, domiciliada en calle Catamarca N° 80 de Rufino, Santa Fe, quien Acepta tal designación, obligándose a ejercer sus funciones en la forma, extensión y con las facultades consignadas en la Cláusula sexta del Contrato Social.- Consecuentemente, la cláusula Sexta del Contrato Social, queda redactada de la siguiente forma: Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de los socios Martin Oscar Carrera Rossi y Patricia Gabriela Marseu, quienes quedan nombrados gerentes, en forma indistinta cualquiera de ellos, siendo el uso de la firma en forma individual. Durarán en el cargo por el término de duración de la sociedad. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social. Tendrán todas las facultades para actuar libremente en todos los negocios sociales. No podrán comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros, en operaciones ajenas al objeto societario. Los gerentes tendrán amplias facultades para: a) administrar libremente la Sociedad, incluidos los actos contenidos en el Decreto 5965/63 - Art. 9. y aquellos para los cuáles la ley requiere poderes especiales; b) celebrar todos los actos y contratos. nominados e innominados que fuere necesario realizar para que la sociedad pueda cumplir con los fines de su constitución sin limitación alguna. c) efectuar toda clase de operaciones con el Banco de la Nación Argentina, Banco Central de la República Argentina y cualquier otras instituciones u organismos de orden nacional provincial o municipal, mixto o privado del país o del extranjero, creado o a crearse, aceptando sus cartas orgánicas y reglamentos. d) Otorgar poderes generales y /0 especiales a terceros para que ejerzan la representación de la sociedad, con facultad para sustituidos y en general, efectuar toda clase de operaciones y actos jurídico de cualquier naturaleza, que tiendan al cumplimiento de los fines de la sociedad o que se relacionen directa e indirectamente con ellos. Sin peuicio de lo que antecede, dentro del orden interno de la Sociedad, los socios deberán consultarse recíprocamente en todo en cuanto atañe a la marcha y a la administración de la sociedad, redactándose en los libros de actas, los acuerdos a que se arribe, cuando se trate de operaciones de cierta importancia o responsabilidad para su giro.

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MILKLAND S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTOS


Teniendo en cuenta que se detectó un error material en la redacción del Artículo 3º, debido a que se omitió a favor de terceros,siempre y cuando tengan relación, a los efectos de su inscripción en el Reg. Púb. de Rosario, se publica por el término de ley.

1) En el Texto Ordenado de los estatutos sociales, se detectó un error material en la redacción del Artículo 3, habiéndose omitido a favor de terceros, siempre y cuando tengan relación. Presentando la correcta redacción de dicho Artículo de manera completa:

2) Articulo 3: Tiene por objeto: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro o fuera de] país, a las siguientes actividades:

I) Agropecuaria: dedicarse a todo género de explotación agrícola, ganadera, forestal, frutícola, y de granja; en inmuebles propios o ajenos; cría, engorde, explotación de tambos y compra venta de hacienda; importación, exportación y acopio de toda clase de productos agrícolas y celebrar contratos de aparcería, pastoreo.

II) Inmobiliaria: Compra-venta, arrendamiento de inmuebles urbanos y rurales, pudiendo realizar todos los actos comprendidos en las leyes y reglamentos de propiedad horizontal, excepto la intermediación inmobiliaria y todas las actividades de la Ley 13.154. Dar y tomar en arriendo, subarriendo, o en cesión de locación, como locadores directos, administradores, y/o locatarios de toda clase de bienes rurales o urbanos, con exclusión de toda actividad del Art. 299 inc. 4 de la Ley General de Sociedades.

III) De garantias: Otorgar garantías reales y/o personales a favor de terceros, siempre y cuando tengan relación al objeto social.

En el caso de ser necesario conforme a algunas de las actividades previstas en e] objeto social la intervención de profesionales especializados, s requerirá la participación de profesional/es inscripto/s en la materia correspondiente.

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NUEVOS EMPRENDIMIENTOS AGROPECUARIOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1 ° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de 1 ° Nominación de la Ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Registro Público de Comercio, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, por Decreto de fecha 11 de Septiembre de 2019, en los Autos Caratulados: Nuevos Emprendimientos Agropecuarios S.R.L. - Cesion de cuotas - Modificacion del contrato social - Designacion de gerente, (Exp. N° 441/2019) se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que publicar corresponde: NUEVOS EMPRENDIMIENTOS AGROPECUARIOS S.R.L., Titular de la CUIT N° 30-70898008-7, con domicilio legal en calle 56 N° 343 de la localidad de Villa Cañás, Pcia. de Sta. Fe, y Contrato Social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto con fecha 30-12-2.004 al TOMO III. Folio 129. Numero 677. de contratos; y sus modificaciones inscriptas en fechas 28/07/2008 al Tomo VI. Folio 096 N° 1331 de contratos; Tomo 12. Folio 10. N° 2855 de contratos, y 9-05-2019 al Tomo 15. Folio 2. Numero 3445 de contratos. 1) Instrumento de modificacion: cesion de cuotas - Modificacion del contrato social - Designacion de gerente.- Escritura N° 118 de Fecha 23-07-2019 - Escribano Gustavo Rubén Dimo, Rufino - Santa Fe, Registro N° 190 a su cargo. Modificacion: 1) (cesion de cuotas) 1º) El señor Roberto Manuel Navazzotti, cede, Vende y Transfiere al señor Javier del pazo y éste Adquiere, un mil trescientos veinte (1.320) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una; que a la fecha le corresponden y tiene totalmente integradas en Nuevos Emprendimientos Agropecuarios S.R.L., por el precio total convenido de pesos ciento treinta dos mil ($ 132.000), que el cesionario ha abonado íntegramente antes de este acto en dinero efectivo y el cedente manifiesta haber percibido, sirviendo en consecuencia el presente instrumento de eficaz recibo y carta de pago en forma a favor del Cesionario, a quien le transfiere todos los Derechos y Acciones que le correspondían sobre dichas cuotas, incluidos los dividendos ó utilidades del ejercicio en curso, colocando al Adquirente en el mismo lugar, grado y prelación que el Cedente tenía en la referida sociedad. 2º) El señor Roberto Manuel Navazzotti, Cede, Vende y Transfiere al señor German Wüst y éste Adquiere, cuatro mil (4.000) cuotas de capital de pesos cien ($100) de valor nominal cada una; que a la fecha le corresponden y tiene totalmente integradas en Nuevos Emprendimientos Agropecuarios S.R.L., por el precio total convenido de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), que el cesionario ha abonado íntegramente antes de este acto en dinero efectivo y el cedente manifiesta haber percibido, sirviendo en consecuencia el presente instrumento de eficaz recibo y carta de pago en forma a favor del Cesionario, a quien le transfiere todos los Derechos y Acciones que le correspondían sobre dichas cuotas, incluidos los dividendos ó utilidades del ejercicio en curso, colocando al Adquirente en el mismo lugar, grado y prelación que el Cedente tenía en la referida sociedad. II) Nueva distribución del capital - Modificación clausula 5ta. del contrato social - Como consecuencia de las cesiones precedentes, el capital de Nuevos Emprendimientos Agropecuarios S.R.L., que es de pesos ochocientos mil ($ 800.000), dividido en ocho mil (8.000) cuotas de pesos cien ($ 100) de Valor Nominal cada una, queda recompuesto ó distribuido de la siguiente forma: a) Javier del Pazo con cuatro mil (4.000) Cuotas, ó sea pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). y b) German Wüst con cuatro mil (4.000) cuotas, ó sea pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). Los Cesionarios aceptan la presente Venta, Cesión y Transferencia otorgada en su favor en los términos expuestos; modificando la cláusula quinta del contrato social que queda redactada de la siguiente forma: Quinta: Capital. El capital Social se fUa en la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000) representado en ocho mil (8.000) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una, distribuido entre los socios en la siguiente proporción: a) Javier del Pazo con cuatro mil (4.000) cuotas, ó sea pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) y b) German Wüst con cuatro mil (4.000) Cuotas, ó sea pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). III) MODIFICACLON CLAUSULA 6ta. del contrato social que queda redactada de la siguiente forma:

Sexta: Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes socio o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o gerente según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma indistinta cualquiera de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales y todo aquello que fuere menester para el mejor cumplimiento de su mandato, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los Artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y el Art. 9 Decreto 5965/63, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Su función podrá ser remunerada si mediare acuerdo de los socios. IV) Renuncia - Designacion de nuevo gerente: Atento haber cedido íntegramente su participación en la sociedad, el cedente Roberto Manuel Navazzotti, Renuncia por la presente al cargo de gerente, con el cual había sido investido. Atento a la Renuncia que antecede, los Socios por unanimidad proceden seguidamente a: 1) Ratificar como gerente de la Sociedad al señor Javier del pazo, y 2) Designar también como gerente de la sociedad al señor GERMAN WÜST, D.N.I. N° 25.328.359, argentino, nacido el 30 de agosto de 1.976, hijo de José Fernando y de Beatriz Amalia Morales, casado en primeras nupcias con María Eliana Rapalino, Contador Público Nacional, titular de la Cuit N° 23-25328359-9, domiciliado en calle 55 N° 483 6to. B de la Ciudad de Villa Cañás; Departamento General López de ésta Provincia de Santa Fe, quien acepta tal designación, obligándose a ejercer sus funciones en la forma, extensión y con las facultades consignadas en la Cláusula sexta del contrato.

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PINARES RESORT S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDAD


En cumplimiento con las disposiciones del artículo 60 de la Ley General de Sociedades se hace saber que, la Asamblea General Ordinaria de accionistas celebrada el 12 de Agosto de 2019 ha procedido a la elección de los Sres. Simon Marcelo Belfer, Edmundo Eugenio Pellegrini, Jorge David Bentolila y Manuel Belfer como directores titulares y a las Sras. Florencia Solange Benzadon, Nora Lujan Bianchio Soto y Perla Epstein de Belfer y al Sr Jaime Wolf Belfer como directores suplentes para completar el mandato de tres ejercicios establecidos por el artículo 8 del Estatuto

Asimismo, la Asamblea General Extraordinaria designa como presidente al Sr. Simón Marcelo Belfer como presidente y al Sr. Edmundo Eugenio Pellegrini como vicepresidente.

$ 45 402579 Sep. 26

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