picture_as_pdf 2020-04-02

JUZGADO DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito del Trabajo de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados: "Expte. CUIJ N° 21- 04585313-8 (36/ 1989). SANTA CRUZ, RAMÓN HÉCTOR c/BENITEZ, ELBIO s/C.A.L", se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 10 de Febrero de 2020. Cítese a los herederos de Angela Filomena Ruotti L.C y/o DNI Nº 0.749.854, a fin de que comparezcan en autos a tomar intervención legal, bajo apercibimientos de ley. Firmado: Delia C. Biroccesi, Jueza - Aníbal M. López, Secretario. - Santa Fe, 27 de Febrero de 2020. Anibal M. López, secretario.

S/c 416478 Abr. 2 Abr. 6

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4, Primera Secretaria (San Jerónimo 1551) de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los caratulados, "GALASSI MARÍA PAULA y OTROS c/BORDOY PABLO y OTROS s/Daños y Perjuicios" Expte. 223/2016, se declara rebelde y se le da por decaído el derecho a contestar la demanda al Sr. Cristian Darío Hereñu. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Se transcribe el Decreto que así lo ordena: "Santa Fe, 17 de Febrero de 2020. Atento lo solicitado, constancias de autos y no existiendo -de acuerdo al sistema informático- escritos sueltos, háganse efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde al demandado Cristian Darío Hereñu, a quien asimismo se le da por decaído el derecho a contestar la demanda. Notifíquese." Fdo: Dra. Colandre Orgnani, Secretaria; Dra. Abello, Jueza. - Dr. Andrés N. Sardi, secretario.

$ 33 416452 Abr. 2 Abr. 6

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/COPPONI, RUBÉN WALDEMAR s/Apremio - Expte. Nº 502 año 2012", documento de identidad L.E. N° 6.216.185. ha ordenado: "Santa Fe, 11 de Febrero de 2014. Con los autos "COPPONI, Rubén Waldemar s/ Sucesorio" (Expte. N° 10/2005) a la vista se provee el postulado de fs. 26 vto.: Cítese a los herederos de Rubén Waldemar Copponi por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley para que comparezcan a tomar debida intervención en los autos en el plazo de 5 días contados a partir del vencimiento de la última publicación bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítese a los herederos que tuvieren domicilio conocido para que comparezcan a tomar debida intervención en estos autos. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Dellamónica, Juez. Dr. Alvarez, Secretario". Lo que se publica a sus efectos únicamente en el Boletín Oficial por cinco días. - Santa Fe, 4 de Febrero de 2020.

S/c 416193 Abr. 2 Abr. 6

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Por disposición de la Jueza de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "PERALTA, MATILDE BERTA s/Quiebra" 21-02017502-5, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 28 de Febrero de 2020: "1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Matilde Berta Peralta, DNI 12.376.836, argentino, mayor de edad, jubilada, domiciliado en Tucuman 3728, Localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle Moreno 2650, de la ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 4 de Marzo de 2020 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 16 de abril de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 29 de mayo de 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 08 de julio de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene el deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio". Fdo. Diego Raúl Aldao, Juez a/c. Walter Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. - Santa Fe, 28 de Febrero de 2020. Dr. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/c 416241 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición de la Jueza de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "ZAPATA, GRACIELA ESTER s/Solicitud Propia Quiebra" CUIJ 21-02018188-2, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 28 de Febrero de 2020: "1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Graciela Ester Zapata, DNI 10.715.788, argentino, mayor de edad, jubilada, domiciliado en Perú 3823, Barranquita, localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle Monseñor Zaspe 2670, de la ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 4 de Marzo de 2020 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 16 de abril de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 29 de mayo de 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 08 de julio de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene el deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio". Fdo. Diego Raúl Aldao, Juez a/c. Walter Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. - Santa Fe, 28 de Febrero de 2020. Dr. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/c 416239 Abr. 2 Abr. 8

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Por estar asi dispuesto en los autos caratulados ORTELLAO, RICARDO DARÍO s/Quiebra - CUIJ 21-02002230-9, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se hace saber que se ha puesto de manifiesto el proyecto de distribución final (art. 218 de la LCQ), practicado por el síndico actuante, habiéndose fijado los honorarios totales en la suma de $140.152,57, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 98.106,80 (pesos noventa y ocho mil ciento seis con ochenta centavos) para el CPN Jorge Raúl Cicarilli y 2°) $ 42.045,77 (pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos) (10.4288460 Jus), para el Dr. Mario Guillermo Rossini. - Santa Fe, 27 de Febrero de 2020. Fdo. Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Dr. María José Lusardi, secretaria.

S/c 416235 Abr. 2 Abr. 3

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados MENDOZA, JULIETA SOLEDAD s/Quiebra - CUIJ 21-01992181-3, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se hace saber que se ha puesto de manifiesto el proyecto de distribución final (art. 218 de la LCQ), practicado por el sindico actuante, habiéndose fijado los honorarios totales en la suma de $ 140.152,57, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 98.106,79 (pesos noventa y ocho mil ciento seis con setenta y nueve centavos) para el CPN Jorge Raúl Cicarilli y 2°) $ 42.045,77 (pesos cuarenta y dos mil cuarenta y cinco con setenta y siete centavos) (9,480778 Jus), para los Dres. Mario F. Colachile y José Luis Tardivo: Santa Fe, 20 de Febrero de 2020. Fdo.: Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Dra. María José Lusardi, secretaria.

S/c 416323 Abr. 2 Abr. 3

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Uno en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Secretaría de la Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, se hace saber que con fecha 18 de Febrero de 2020, en el marco de los autos "ALONSO, EMILIA BEATRIZ s/Solicitud de Propia Quiebra" CUIJ 21-01987177-8, se ha ordenado poner de manifiesto el proyecto de distribución presentado por la Sindicatura, por el término de ley. El presente se publica en el BOLETÍN OFICIAL y hall de tribunales, por el término de ley. - Santa Fe, 27 de Febrero de 2020. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

S/c 416272 Abr. 2 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados "PEZZ, FLAVIA DANIELA s/Quiebra (Expte. N° 21-02018417-2) se ha declarado la quiebra en fecha de Flavia Daniela Pezz, DNI 31.242.397, mayor de edad, empleada, apellido materno Capón, domiciliada realmente en Pasaje Alfredo Roca 5027, y con domicilio ad litem constituido en calle Amenabar 3066, Dpto. 1 de la ciudad y Provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 11/03/2020 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 04/05/2020. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicacición de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo.: Dr. Palacios (Juez) – Dr. Gómez (Secretario). Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/c 416243 Abr. 2 Abr. 8

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Por haberse dispuesto en los autos caratulados "SAÑUDO, MARÍA FLORENCIA s/Quiebra" CUIJ 21-01988751-8, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución, con los horarios de los profesionales intervinientes, CPN Mónica Monin $ 89.188,00 y Dr. Alejandro Otte $ 38 223 42. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que asi lo ordena: “Santa Fe 13 de Diciembre de 2019... Proveyendo escrito cargo Nº 15594: Por presentado el informe final y proyecto de distribución. Póngase de manifiesto el mismo por el termino de ley Notifíquese según lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. A la regulación de honorarios, pasen los autos a resolución. Notifíquese. Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria) - Dr. Diego Raúl Aldao (Juez).

S/c 416352 Abr. 2 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados "CARRIZO CARLOS ANDRÉS s/Solicitud Propia Quiebra" (Expte. Nº CUIJ 21-25131929-1); se ha declarado la quiebra en fecha 18.02.2020 de Carlos Andrés Carrizo, DNI Nº 34.714.193, apellido materno De la Peña, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Urquiza Nº 3360 Dpto. 2 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Saavedra Nº 2800 de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 04/03/2020 como fecha en la que se realizará el sorteo del Sindico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 21/04 2020. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley Nº 24.522; oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo.: Dr. Lucio A. Palacios (Juez) – Dr. Jorge A. Gómez (Secretario). Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/c 416242 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: "BAICHE, NORMA CATALINA s/Solicitud Propia Quiebra" CUIJ Nº 21-02010060-2, se ha dispuesto; Santa Fe, 26/02/2020. 1) Declarar la quiebra de Norma Catalina Baiche, D.N.l. 10.450.731, domiciliada realmente en Manzana 3, Escaleras, Dpto. 15, barrio FONAVI San Gerónimo y legalmente en calle 4 de Enero Nº 1148, P 3, Dpto. A, de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LC.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (20/07/2020). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el día 26/02/20 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la ANSES a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a !a fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 21/04/2020, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 07/05/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 05/06/2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/07/2020 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesaste Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por el art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos ios expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Asimismo, encomiéndase a la sindicatura librar carta a los acreedores denunciados a los fines del efectivo anoticiamiento de la presente resolución. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Firmado: Dr. Gabriel O. Abad (Juez) - Dra. Verónica G. Toloza (Secretaria). Verónica G. Toloza, secretaria.

S/c 416345 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: "FAVRE, MARCELA JUDITH s/Solicitud Propia Quiebra" CUIJ Nº 21-02017844-9; se ha dispuesto: Santa Fe, 26/02/2020. 1) Declarar la quiebra de Marcela Judith Favre, D.N.I. 23.171.711, domiciliada realmente en calle Pasaje Ingenieros 4866 de esta ciudad y legalmente en calle 25 de Mayo 2589 P II Oficina III de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LC.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (20/07/2020). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el día 26/02/20 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la I.A.P.O.S. a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a !a fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 21/04/2020, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 07/05/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 05/06/2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/07/2020 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesaste Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por el art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos ios expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Asimismo, encomiéndase a la sindicatura librar carta a los acreedores denunciados a los fines del efectivo anoticiamiento de la presente resolución. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Firmado: Dr. Gabriel O. Abad (Juez) - Dra. Verónica G. Toloza (Secretaria). Verónica G. Toloza, secretaria.

S/c 416346 Abr. 2 Abr. 8

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Autos: "BOROCACHI CLAUDIO ALEJANDRO s/Solicitud Propia Quiebra" (Expte. Nº 21-01984942-9), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Síndico CPN Javier Darío Falco: Pesos Sesenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Dos con 88/00 ($ 63.782,88) (con más aportes – 10% + IVA); Honorarios apoderado del fallido. Dra. Silvina Strina: Pesos Veintisiete Mil Trescientos Treinta y Cinco con 52/100 ($ 27.335,52). (con más aportes – 13%). Sin Cargo Art. 273 inciso 8, Ley 24.522. - Santa Fe, Diciembre de 2019. María de los Ángeles Ramos, secretaria.

S/c 416245 Abr. 2 Abr. 3

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ZAPATA, BELKIS SUSANA s/Apremio" (Expte. 1191/2012), ha ordenado lo siguiente: "Santa Fe, 13 de Mayo de 2014. Téngase presente, agréguese. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado. Désele participación legal. Por promovida demanda de apremio contra Zapata, Belkis Susana. Cítese de remate al demandado por el término de ley, con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna, se ordenará llevar adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma reclamada con más el 30% que se estima provisoriamente para intereses y costas. Desígnase Oficiales de Justicia ad-hoc a los propuestos quienes deberá comparecer a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia. Notifíquese". Fdo.: Dra. Silvia Zabala de de la Torre (Secretaria) – Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Juez). "Santa Fe, 07 de agosto de 2018. Proveyendo escrito cargo 9072/2018. Atento constancias de autos y a los fines notificatorios del demandado, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse conforme lo dispone el art. 67 del C.P.C.C. Notifíquese". Fdo.: Dra. Silvia Zabala de de la Torre (Secretaria) - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Juez). Lo que se publica a sus efectos únicamente en el Boletín Oficial por tres días, de conformidad al art. 28 de la Ley 5066. - Santa Fe, 4 de Junio de 2019. Dra. Viviana Naveda Marcó, secretaria.

S/c 416182 Abr. 2 Abr. 6

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "ORONA GABRIEL GUSTAVO s/Solicitud de Propia Quiebra" CUIJ N° 21-02013752-2, en fecha 18 de Febrero de 2020 se ha ordenado lo siguiente:. Fijar el día 01 de Abril de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos y títulos pertinentes y el 15 de Abril de 2020 hasta la cual podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, desígnese el 13 de Mayo de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales, y el día 26 de Junio de 2020 para la presentación del Informe General. Fdo.: Dr. Carlos F. Marcolín (Juez) y Dr. Pablo Silvestrini (Secretario). Se hace saber que el Síndico designado en autos es el C.P.N. Qüesta Rivas Esteban, quien constituye domicilio en calle Francia 1978 de la ciudad de Santa Fe, fijando horarios de atención de lunes a viernes de 14 a 20 horas. Nota: La presente publicación deberá efectuarse cinco veces conforme lo disponen el art. 89 de la ley 24.522. - Secretaría, 27 de Febrero de 2020. Dr. Pablo C. Silvestrini, secertario.

S/c 416628 Abr. 2 Abr. 8

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados "NOSTI, FERNANDO SEBASTIAN s/Solicitud Propia Quiebra", Expte. CUIJ Nº 21-02016016-8, que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 9ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 25/11/2019 se ha declarado la quiebra de Fernando Sebastian Nosti, de apellido materno Merlo, argentino, mayor de edad, empleado, DNI 27.237.102, con domicilio real en Crucero Ara Belgrano 2630 constituyendo domicilio legal en calle Luciano Torrent 1534, ambos de esta ciudad de Santa Fe, habiéndose dispuesto hasta el día 16/04/2020 para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al Síndico designado en autos, la CPN María Cecilia Arietti, domiciliada en calle San Jerónimo 1661 de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de 8:00 a 14:00 hs.. Notifíquese. Firmado: Dr. Tosolini, Secretario.

S/c 416360 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: "GÓMEZ, CARLOS MAURICIO s/Solicitud Propia Quiebra", CUIJ Nº 21-02018125-4, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Carlos Mauricio Gómez, D.N.I. N° 37.446.777, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Sarmiento Nº 5168 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Amenábar Nº 3066, Dpto. 1, de esta ciudad. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (04/08/20). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el día 11/03/20 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial. 12) Fijar el día 31/03/20, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 22/04/20 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Encomiéndese a la sindicatura librar carta a los acreedores denunciados a los fines del efectivo anoticiamiento de la presente resolución. Firmado: Dra. Verónica Toloza (Secretaria) - Gabriel Abad (Juez). - Santa Fe, 2 de Marzo de 2020. Verónica G. Toloza, secretaria.

S/c 416640 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados "BOURNISSENT, JORGE LUIS RAFAEL s/Quiebra" (Expte. CUIJ Nº 21-02017718-4), se ha designado como Síndico al CPN Horacio Emilio Molino, con domicilio en calle Mariano Comas N° 2627 de la ciudad de Santa Fe, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el 20 de Marzo de 2020, de lunes a viernes de 14 a 20 horas, Tel. (0342) 4556984. El Síndico deberá presentar los informes de los artículos 35° y 39° los días 27 de Mayo y 08 de Julio de 2020, respectivamente. Publíquense edictos por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL. Juez: Dr. Diego Raúl Aldao. Secretaria: Dra. Mercedes Dellamonica. - Santa Fe, Marzo 2020. Dra. Mercedes Dellamónica, secretaria.

S/c 416642 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos "CUIJ 21-01985182-3 - MOLINA, GUSTAVO ARIEL s/Quiebra", se ha dispuesto publicar edictos (por dos (2) días, conforme a las normas vigentes), informando que se ha presentado el Proyecto de Distribución previsto en el art. 218 de la Ley N° 24.522 y que se han regulados los honorarios de los Síndicos C.P.N. Estela Togneni en la suma de $ 35.675,19, C.P.N. Néstor Eduardo Amut en la suma de $ 26.756,39 y del Dr. Alejandro González en la suma de $ 38.223,43. - Santa Fe, 3 de marzo de 2020. María Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

S/c 416670 Abr. 2 Abr. 3

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: "PÉREZ, LILIANA BEATRIZ s/Quiebra" CUIJ 21-01965496-3 que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: "Santa Fe, 04 de Junio de 2019 Por presentado informe final y proyecto de distribución reformulado. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Notifíquese." Firmado: Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez a/c); Dr. Walter Hrycuk (Secretario). - Santa Fe, 21 de Febrero de 2020. Dr. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/c 416577 Abr. 2 Abr. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia de Circuito, Tercera Nominación, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, Dr. Héctor S. A. Canteros, Secretaría única a cargo de la Dra. Ileana Andrea Díaz, en autos: "BUSSO, MÓNICA MARÍA c/MORALES, MIGUEL ÁNGEL y OTROS s/Juicio Sumario", Expte. CUIJ 21-15790699-9, se ha resuelto citar y emplazar a los Sres. herederos de Parola, Carlos Natalio - D.N.I. 6.249.283, para que en el término de tres días de vencida la última publicación comparezcan a estos autos bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Firmado: Dra. Ileana Andrea Díaz, Secretaria. - Santa Fe, 28 de Febrero de 2020. Dra. Ma. Alejandra Galiano, prosecretaria.

$ 33 416617 Abr. 2 Abr. 6

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera .Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: "RODRÍGUEZ, ARIEL ARMANDO s/Quiebra" (Expte. CUIJ 21-02018311-7), se ha dispuesto en la resolución de fecha 2 de Marzo de 2020. 1°) Declarar la quiebra de Ariel Armando Rodríguez, argentino, mayor de edad, D.N.I. 23.382.946, domiciliado realmente en calle Boulevard Oroño Nº 2432, Coronda, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle Amenabar Nº 2965, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Sindico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 04 de Marzo de 2020 a las 10 hs., a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, oficíese. 8°) Fijar hasta el día 06 de Abril de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 08 de Mayo de 2020 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 08 de Junio de 2020 para la presentación de los informes individuales; y el 06 de Agosto de 2020 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agregúese copia. Oficíese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao (Juez) – Mercedes Dellamónica (Secretaria). Mercedes Dellamónica, secretaria.

S/c 416634 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: "QUINTEROS, FACUNDO NICOLÁS s/Solicitud Propia Quiebra" (Expte. CUIJ: 21-02017920-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 2 de Marzo de 2020. 1°) Declarar la quiebra de Facundo Nicolás Quinteros, argentino, mayor de edad, D.N.I. 40.121.831, domiciliado realmente en Manzana 7, s/n, Alto Verde, Santa Fe, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle San Martín Nº 2047, Local Nº 12, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Sindico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 04 de Marzo de 2020 a las 10 hs., a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, oficíese. 8°) Fijar hasta el día 06 de Abril de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 08 de Mayo de 2020 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 08 de Junio de 2020 para la presentación de los informes individuales; y el 06 de Agosto de 2020 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agregúese copia. Oficíese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao (Juez) – Mercedes Dellamónica (Secretaria). Mercedes Dellamónica, secretaria.

S/c 416636 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: "BENEGAS, IVANA MARCELA s/Solicitud Propia Quiebra" (Expte. CUIJ 21-02018265-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 2 de Marzo de 2020: 1°) Declarar la quiebra de Ivana Marcela Benegas, argentina, mayor de edad, D.N.I. 39.503.359, domiciliada realmente en calle Luis Piedrabuena Nº 2685, Coronda, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle General López Nº 3156, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Sindico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 04 de Marzo de 2020 a las 10 hs., a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, oficíese. 8°) Fijar hasta el día 06 de Abril de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 08 de Mayo de 2020 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 08 de Junio de 2020 para la presentación de los informes individuales; y el 06 de Agosto de 2020 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agregúese copia. Oficíese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao (Juez) – Mercedes Dellamónica (Secretaria). Mercedes Dellamónica, secretaria.

S/c 416637 Abr. 2 Abr. 8

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia de Circuito, Primera Nominación, Primera Secretaria, de la ciudad de Santa Fe, Dr. Javier Femando Deud, Secretaría única a cargo de la Dra. Silvina Inés Díaz, en autos: "BUSSO, MÓNICA MASÍA c/MORALES, MIGUEL ÁNGEL y OTROS s/Juicio Sumario", Expte C.U.I.J: 21-15786164-3, se ha resuelto citar y emplazar a los Sres. herederos de Parola, Carlos Natalio - D.N.I. 6.249.283, para que en el término de tres días de vencida la última publicación comparezcan a estos autos bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Firmado: Dra. Silvina Inés Díaz, Secretaria. Santa Fe, Febrero de 2020.

$ 33 416627 Abr. 2 Abr. 6

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, hace saber quién los autos caratulados "AQUINO, JOANA VANESA s/Quiebra" (CUIJ Nº 21-01975028-8), se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido por el Art. 218° de la LCyQ Nº 24.522, regulándose los honorarios a la Sindicatura CPN Nancy C. Ortiz en la suma de $ 47.921,03 y a la apoderada de la fallida Dra. Maria Inés Maiorano en la suma de $ 20.537,58; lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. - Santa Fe, 27 de Febrero de 2020. Dra. Viviana E. Naveda Marcó, secretaria.

S/c 416647 Abr. 2 Abr. 3

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