picture_as_pdf 2020-06-03

FP LOGÍSTICA S.A.S.


ESTATUTO


1. Denominación: FP LOGÍSTICA SAS

2. Fecha del instrumento de constitución: 09 de Diciembre de 2019

3. Integrantes de la sociedad: SERGIO DARÍO FORNI PIROLA DNI 21.620.908, MARGARITA INÉS LIMERES DNI 21.497.061

4. Domicilio: LAS ARAUCARIAS nº 1450 de RAFAELA, Departamento CASTELLANOS, Provincia de Santa Fe.

5. Plazo: 99 años

6. Objeto: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: TRANSPORTE DE CARGAS GENERALES. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7. Capital Social: $ 40.000 (pesos cuarenta mil) representado por 40.000 acciones de Un (1) peso, valor nominal cada una

8. Órgano administrador: SERGIO DARÍO FORNI PIROLA DNI 21.620.908 administrador titular, MARGARITA INÉS LIMERES DNI 21.497.061 administrador suplente.

9. Fecha de cierre de ejercicio: 08 de diciembre de cada año

$ 135 418239 Jun. 3 Jun. 5

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CARGAS EL RUSITO SRL.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 27 de Mayo de 2020 en autos caratulados CARGAS EL RUSITO SRL S/ CESIÓN DE CUOTAS – MODIFICACIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN - DESIGNACIÓN DE GERENTE - CAMBIO DE DOMICILIO Expte. Nº 93/20 se ha dispuesto la publicación de la cesión de cuotas, renuncia y designación nuevo gerente, modificación administración y representación y cambio de domicilio de la sociedad CARGAS EL RUSITO SRL.

En reunión de socios de fecha 3 de marzo de 2020 se aprobó la cesión de cuotas, renuncia y designación nuevo gerente, modificación administración y representación y cambio de domicilio de la sociedad CARGAS EL RUSITO SRL.

CESIÓN DE CUOTAS:

El Señor HOLLMAN CARLOS ESTEBAN, cede, vende y transfiere el cincuenta por ciento de su capital, reservas y aportes irrevocables, representado por ocho mil setecientas cincuenta (8.750) cuotas sociales, totalmente integradas, que representan un capital de pesos ochenta y siete mil quinientos ($ 87.500), en la suma de ochenta y siete mil quinientos pesos ($87.500), a favor del señor FIOL ANTONIO ROBERTO, cifra que el Señor Hollman Carlos Esteban manifiesta haber recibido con anterioridad a este acto de plena conformidad; y cede, vende y transfiere el cincuenta por ciento de su capital, reservas y aportes irrevocables, representado por ocho mil setecientas cincuenta (8.750) cuotas sociales, totalmente integradas, que representan un capital de pesos ochenta y siete mil quinientos ($ 87.500), en la suma de ochenta y siete mil quinientos pesos ($87.500), a favor de la señora FIOL SOLEDAD ANAHI, cifra que el Señor Hollman Carlos Esteban manifiesta haber recibido con anterioridad a este acto de plena conformidad.

MODIFICACION DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN - DESIGNACIÓN DE GERENTE:

Como consecuencia de la cesión realizada anteriormente el Sr. Carlos Esteban Hollman renuncia de manera indeclinable a su respectivo cargo de Gerente de la sociedad “Cargas El Rusito S.R.L”.

Los socios actuales, acuerdan por unanimidad que los socios Soledad Anahi Fiol y Antonio Roberto Fiol asuman dicho cargo. Quedando la cláusula SEXTA redactada de la siguiente manera: Sexta: Administración, dirección y representación: Estarán a cargo los socios Soledad Anahi Fiol y Antonio Roberto Fiol, quienes la ejercerán en su carácter de “Socio-Gerente”. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de “Socio-Gerente” o “Gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta cualquiera de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna incluidos los especificados en el 943 Y 375 del Código Civil y Comercial conforme Ley Nº 26.994 (ant. 782 y 1881 del Código Civil) y decreto 5965/63, art. 9.

CAMBIO DE DOMICILIO:

Los socios SOLEDAD ANAHI FIOL y ANTONIO ROBERTO FIOL acuerdan por unanimidad modificar el domicilio legal a la calle 57 Nº 168 de la ciudad de Villa Cañas. Quedando la cláusula segunda redactada de la siguiente manera: Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle 57 N° 168 de la ciudad de Villa Cañas, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.

$ 188 418243 Jun. 3

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MATESUR S.A.


REFORMA DE ESTATUTO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 27 de Mayo de 2020 en autos caratulados MATESUR SA S/ REFORMA DE ESTATUTO Expte. Nº 44/20 se ha dispuesto la publicación de la reforma de estatuto de la sociedad MATESUR S.A.

En Asamblea General Extraordinaria de fecha 16 de Enero de 2020 se aprobó la reforma de estatuto con los siguientes cambios: cambio de domicilio, aumento de capital y cambio del valor nominal de las acciones y aumento de la garantía de los directores de la sociedad MATESUR S.A., quedando los siguientes artículos redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina “MATESUR SOCIEDAD ANÓNIMA” y con esta nueva denominación continúa funcionando la sociedad constituida con la denominación “SEMILLERA GRIMALT SOCIEDAD ANÓNIMA”. MATESUR SOCIEDAD ANÓNIMA tiene su domicilio legal en la localidad de Chapuy, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de Cinco millones de pesos ($ 5.000.000), representado por cincuenta mil acciones (50.000) ordinarias, nominativas, no endosables, de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una. El Capital Social puede ser aumentado por una Asamblea General Ordinaria de accionistas hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.

ARTÍCULO NOVENO: Los directores deben prestar la siguiente garantía: Dejar depositada en la sociedad la suma de pesos veinte mil ($ 20.000), en efectivo, o en títulos públicos por su valor nominal, cada uno de ellos como garantía de su desempeño.

$ 93 418242 Jun. 3

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SUCESORES DE

MARTINO ALDO SH


SUBSANACIÓN SOCIEDAD DE HECHO EN SOCIEDAD ANÓNIMA.


Los integrantes de la sociedad que gira bajo la denominación de SUCESORES DE MARTINO ALDO SOCIEDAD DE HECHO DE CARMEN RENE SIERRA,ANDREA VALERIA MARTINO Y FEDERICO ADRIAN MARTINO, C.U.I.T. Nº 30-71197663-5, con domicilio en San Martín Nº 880, de la localidad de María Teresa, Provincia de Santa Fe, integrada por los Sres. Carmen Rene Sierra, D.N.I. Nº 11.311.050, C.U.I.T. Nº 27-11311050-9; Andrea Valeria Martino, D.N.I. Nº 27.422.025, C.U.I.T. Nº 27-27422025-8, y Federico Adrián Martino, D.N.I. Nº 28.530.511, C.U.I.T. Nº 20-28530511-0; han resuelto proceder a la subsanación de la expresada sociedad y, en consecuencia, a la regularización de la misma por la adopción de uno de los tipos previstos en la Ley General de Sociedades Comerciales Nº 19.550 y sus modificatorias, la cual girará bajo el nombre de “SUCESORES DE MARTINO ALDO S.A.”.

$ 48 418244 Jun. 3

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