picture_as_pdf 2020-09-01

TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Asociación Civil Una Mirada Biopsicosocial y Real de Apertura Hacia la Libertad (UMBRAL), que en auto caratulado: Expediente Nro. 00901-0095870-1 SIE -TCP, s/ Resolución de S II Nº 0304 de fecha 18/06/2020, referidas al Balance de Movimiento de Fondos correspondiente al período Julio a Septiembre del año 2019 del Poder Ejecutivo – Gobernación, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: 1º: Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo.:2º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado.. Firmado: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Lisandro M. Villar - Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”.

S/C 31429 Sep. 1 Sep. 2

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RESOLUCIÓN Nº 0098 - TCP


SANTA FE, 28 de agosto de 2020

VISTO:

El expediente n.º 00901-0098794-3 del Sistema de Información de Expedientes -Tribunal de Cuentas de la Provincia -, relacionado con la adecuación de la reglamentación de este Órgano de Control Externo a lo establecido por el artículo artículo 199º de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado -Nº 12510 modificada por Ley Nº 13985 -; y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración informa que por la citada Ley Nº 13985, vigente a partir del día 26-7-2020 conforme lo establecido por el artículo 60º de la Constitución Provincial, se modifica la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado – Nº 12510, disponiendo entre otros cambios, lo siguiente: “ARTÍCULO 6.- Modifícase el artículo 199 de la Ley N° 12510, el que queda redactado de la siguiente manera: En las decisiones del Plenario intervendrán la totalidad de los vocales que lo integran, constituyen quórum para sesionar con más de la mitad de los miembros presentes. Las decisiones serán adoptadas con la opinión concordante de la mayoría del Cuerpo según el artículo 193. En caso de no lograrse concordancia en las opiniones, los vocales deben dejar constancia en acta del sentido de su voto, expresando los fundamentos de su disidencia.”;

Que según dicho informe, el texto anterior del aludido artículo 199º disponía, además del requisito de quórum completo para sesionar, decisiones válidas por mayoría de votos y expresión de disidencias. Además, en su segundo párrafo, preceptuaba que “...Si el ausente o impedido fuere un Vocal, le subrogarán, a los efectos de los acuerdos plenarios, los Contadores Fiscales Generales alternativamente de acuerdo a la reglamentación que al respecto fije el Tribunal. Sucesivamente lo hará el funcionario que resulte sorteado de una lista de diez (10) Contadores Fiscales que anualmente debe confeccionar el Tribunal de Cuentas de acuerdo a la misma reglamentación.”;

Que asimismo, el Servicio Administrativo Financiero agrega, que habiendo establecido el legislador como requisito legal para sesionar un quórum con la presencia de mayoría simple de Vocales y, desechada la previsión de la norma anterior para proceder al reemplazo de las máximas autoridades del Organismo con acuerdo legislativo, por agentes pertenecientes a sus estamentos técnicos, entiende que corresponde dejar sin efecto la resolución que reglamentaba los requisitos para la elaboración de la lista anual de diez Contadores Fiscales que actuaban ante ausencia o impedimento de los Vocales (Resolución Nº 0102/16 TCP), como así también el acto administrativo aprobatorio de la integración de la lista mencionada para el corriente año, Resolución Nº 0009/20 TCP y el artículo 29º del Anexo de la Resolución Nº 0054/18 TCP que aprueba el “Reglamento Interno del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe” disponiendo la subrogación obligatoria preceptuada en el texto anterior del artículo 199º de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado;

Por ello, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 13985, en Reunión Plenaria realizada el 28-8-2020 y registrada en Acta Nº 1695;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE

LA PROVINCIA

RESUELVE :

Artículo 1º: Dejar sin efecto las Resoluciones TCP Nº 0102/16 y 0009/20.

Artículo 2º: Dejar sin efecto el artículo 29º del Anexo de la Resolución Nº 0054/18 TCP que aprueba el “Reglamento Interno del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe”

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en el sitio web del Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gob.ar; en el sistema de novedades Intranet TCP, comuníquese a la Subdirección General de Documentación y Archivo General a fin de efectuar la actualización de los documentos que corresponda; y, luego archívese.

Fdo.: CPN Oscar Marcos Biagioni - Presidente

Dr. Lisandro Mariano Villar - Vocal

CPN Sergio Orlando Beccari - Vocal

CPN María del Carmen Crescimanno - Vocal

Dr. Dalmacio Juan Chavarri - Vocal

CPN Estela Imhof - Secretaria de Asuntos de Plenario

S/C 31436 Sep. 1 Sep. 3

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SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0136


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 26-08-2020

VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de una (01) firma; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que la misma ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “RADIO METRO 91,9” DE GRANATO GUSTAVO CUIT N° 20-20141648-6.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 31426 Sep. 1 Sep. 2

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COMUNA DE AGUARÁ GRANDE


CONCURSO PÚBLICO


Objeto: mediante ORD. COM. 08/00/20, llama a Concurso público para la Venta de un unidad Marca FIAT, Modelo FIAT 60, Año 1955, Motor Marca FIAT, Nº 553049, Chasis Marca FIAT.

Recepción de sobres propuestas, sede Comuna Zona rural de Aguará Grande hasta el día 11 de Septiembre de 202O a las 10,00hs.

Apertura de sobres: 11.09.20 , Sede Comunal a las 11.30 hs.

Base de las propuestas: doscientos cincuenta mil ($ 250.000).

Valor del Pliego: Gratuito.

Garantía de la oferta: ($ 3000).

S/C 424565 Set. 1 Set. 3

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CONCURSO PÚBLICO


Objeto: mediante ORD. COM. 09/00/20, llama a concurso público para la Venta de un unidad Modelo F 600, Año 1966, Motor Marca PERKINS N° P.A.6408965, chasis marca Ford N° KA5JFP - 25797, dominio WPW 534.

Recepción de sobres propuestas, sede Comuna zona rural de Aguará Grande hasta el día 11 de Septiembre de 2020 a las 10,00 hs.

Apertura de sobres: 11.09.20 sede comunal a las 12.00hs.

Base de las propuestas: doscientos mil ($ 200.000).

Valor del pliego: Gratuito.

Garantía de la oferta: ($ 3000).

S/C 424566 Set. 1 Set. 3

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CONCURSO PÚBLICO


Objeto: mediante ORD. COM. 07/00/20 llama a Concurso Público, para la Venta de un unidad tractor Marca FIAT, Modelo FIAT 700, con Pala Frontal y Retroexcavadora Año 1975.

Recepción de sobres propuestas, sede Comuna zona rural de Aguará Grande hasta el día 11 de Septiembre de 2020 a las 10,00hs.

Apertura de sobres: 11.09.20 sede comunal a las 11.00 hs.

Base de las propuestas: ciento cincuenta mil ($ 150.000).

Valor del pliego: Gratuito.

Garantía de la oferta: ($ 3000).

S/C 424564 Set. 1 Set. 3

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PROVINCIA DE MISIONES


Dirección General

de Rentas


NOTIFICA


La Dirección General de Rentas de la Povincia de Misiones, en autos Expte. 3252-3451-2016 HENTER I.C.S.A. s/Plan de Pago Nº 34512016, notifica a Leopoldo Moacyr Henn DNI 7.587.960, que en autos se ha dictado la Resolución 1498/2020 - DGR que establece Posadas 03 de Agosto de 2020, Resolución N° 1498/2020 D.G.R. Visto... Considerando... por ello: el Director Provincial de Rentas. Resuelve: artículo 1º hacer lugar al descargo presentado por el Sr. Edgardo Henn D.N.I. 14.667.146, por los motivos expresados en los considerandos. Artículo 2º Extender la responsabilidad por las deudas impagas correspondientes de HENTER I.C.S.A. CUIT 30-50456563-3 al Sr. Leopolo Moacyr Henn L.E. 7.587.960, el carácter de Presidente del Directorio de la Sociedad al momento de suscribirse el plan y al Sr. Félix Forcado DNI 14.423.934 en el carácter de Apoderado, consistentes en deuda de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, períodos fiscales 2015 (anticipo: 12), 2016 (anticipos: 02 a 04); Intereses, y Multa. Artículo 3º: Intimar a los responsables solidarios para que en el término de Quince (15) días de notificada la presente proceda al pago de la suma de trescientos noventa y siete mil tres con dieciocho centavos ($ 397 003 18) deuda liquidada al 28/02/2019 con más los intereses que se calcularan al momento de producirse el pago. Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, y notifíquese al Sr. Edgardo Henn D.N.I. 14.667.146 en el domicilio constituido en Santiago de Liniers 246, Puerto Rico, Misiones y al responsable solidario Sr. Leopolo Moacyr Henn, por edictos en BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo establecido art. 126 inc. e del Código Fiscal y al Sr. Félix Forcado en el domicilio sito Sgto. Cabral 1685, Montecarlo, Misiones. Firmé que quede remítase las presentes actuaciones a la Subdirección de Jurídica y Técnica Dpto. Cobro Judicial de la Deuda para iniciar los trámites de ejecución fiscal. Fdo. C.P. Rodrigo M. Vivar. Director Provincial Dirección General de Rentas Provincia de Misiones. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe durante dos (2) días de acuerdo a lo normado por el art. 126 inc. e) del Código Fiscal de la Provincia (actual Ley XXII N° 35 del Digesto Jurídico).

S/C 31431 Set. 1 Set. 2

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS 40.405

 

OBJETO: ALQUILER DE INMUEBLE PARA FUNCIONAMIENTO DE ALMACENES ALVAREZ- SUC VILLA CONSTITUCION

 PRESUPUESTO OFICIAL:   $  1.985.280 + IVA

 APERTURA DE PROPUESTAS:   14/09/2020    HORA: 09.30

 LEGAJO: Todo interesado en participar de la presente Licitación deberá descargar gratuitamente el Pliego publicado a tal efecto en el Portal Web Oficial de la EPESFE.-

 CONSULTAS E INFORMES:  EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA 

Bv Oroño 1260 – 1º Piso –

Tel: (0341) 4207729/31 www.epe.santafe.gov.areMail logistica@epe.santafe.gov.ar

S/C 31356 Sep. 1 Sep. 3

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