picture_as_pdf 2020-09-07

Reconquista

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POR

MIGUEL ANGEL CIGNETTI


Por estar así dispuesto en los autos: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. C/OTRO S/EJECUTIVO-EXPTE. Nº 476/2009”, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº4, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista (SF), se hace saber que el Martillero Publico Miguel Angel Cignetti, Matricula Nº 664, CUIT. Nº20-08323688-5, con domicilio en calle Gdor. Iriondo N°141, de la ciudad de Reconquista (SF), procederá a vender en publica subasta, en las puertas del Juzgado Comunitario de la localidad de Calchaquí (SF), el día 14 de Septiembre de 2020, a las 11;00 horas o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado y a la misma hora, con la base del Avaluó Fiscal, la suma de $90,05, en primera subasta, si no hubiera postores, con la base retasada en un 25% o sea la suma de $ 67,53, en segunda subasta, y, si tampoco hubiere postores, seguidamente en tercera subasta, sin base y al mejor postor (Art. 496 C.P.C.C.): Una Fracción de Terreno, con todas sus adherencia, ubicado en la parte Este del Lote N°5, parte a su vez de la Quinta N°3 de la ciudad de Calchaquí, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, y que de acuerdo al plano N° 8.576, confeccionado por el Ingeniero Milia, mide: Quince metros de frente al Norte a contar desde el extremo Este, hacia el Oeste, por donde linda con calle Publica, e igual contrafrente al Sud, medido de igual manera, por donde linda con parte del lote seis, vendido a Sebastián Monzón y Gloria Irma Cáceres, por veintiún metros en su lado este, por donde linda con el Lote catorce, vendido a Erminia Marcelina Di Martino e igual medida en su lado Oeste, por donde linda con más terreno del mismo plano, propiedad de doña Elidia Leguizamón de Escobar, totalizando una superficie de Trescientos Quince Metros Cuadrados. Todo según título. De la constatación realizada por el Sr. Juez Comunal de la localidad de Calchaquí, en donde dice: Calchaquí, a los 14 días del mes de Noviembre de 2019. Dando cumplimiento a lo ordenado en el presente mandamiento, me constituí en compañía del Martillero Publico, habilitado para intervenir en el diligenciamiento del presente, en un domicilio de calle Los Inmigrantes, entre calles Pueyrredón y San Martin de esta ciudad, domicilio denunciado por el martillero interviniente, donde fuimos atendido por una persona que dijo llamarse, Secundino Ángel Trincheri y poseer el D.N.I. 10.850.844, aclara el atendiente que el domicilio es el de calle Los Inmigrantes N°563 de esta ciudad, a quien dimos integra y fiel lectura del presente oficio de constatación. Seguidamente e invitados a ingresar a la vivienda se consta: Se trata de un lote de terreno (frente al norte sobre calle Los Inmigrantes, sobre el cual se encuentra asentada una casa habitación. El terreno tiene 15 mts. de frente por unos 33 mts. de fondo.- La misma posee una cocina-comedor de unos 3,50 mts., por 4 mts., dos habitaciones chicas de unos 3 mts. por 3 mts. y baño. Las paredes son de material tradicional de unos 15 cmts., revocadas y pintadas, las ventanas y puertas son de madera. Se observa en el interior de la vivienda un deterioro importante; denota falta de mantenimiento, la calle ubicación del inmueble(calle Los Inmigrantes) esta en una zona inundable; la antigüedad será de unos 70 años; la vivienda posee luz eléctrica y agua potable, no asi cloacas, ni agua caliente. Preguntando al atendiente quien vive allí, nos manifiesta que lo hace el mismo y su Sra. Susana Zordan y que alquilan el mismo a la Sra. Mariela Feludero, no teniendo el documento que así acredita. No siendo para mas, previa lectura y ratificación, no firma el Sr. Trincheri, por no considerarlo necesario, si lo hace el Martillero Publico, Miguel Cignetti, por ante mi Juez Comunitario. Inscripto en el Registro General de la Propiedad en el Dominio Nº 45.046, Folio 676, Tomo 156, Dpto. Vera, Pcia. Sta. Fe. Empadronado a los fines del Impuesto Inmobiliario bajo la partida Nº 02-05-00-006758/0019-3, no adeudándose importe alguno de Impuesto Inmobiliario , al 08-07-2020. A la Comuna de Calchaquí, en concepto de Tasa General de Inmueble, la suma de $ 6.804,14, al 14-11-2019. Todas estas deudas están a cargo de esta subasta, y a cargo del comprador, desde el día de la aprobación de la subasta. Según informe del Registro General de la Propiedad el inmueble está inscripto a nombre del demandado, y se registra el siguiente embargo: 1-) Fecha 06/06/13, Aforo N°059529, Juicio: ”Nuevo Banco de Santa Fe S.A. C/Otro S/Ejecutivo-Expte. Nº 476/2009-Juzg.1ra.Inst.Distrito Nº4, Civ. y Com. 2da. Nom. Recqta. (SF)”, por un monto de $ 24.683,73.- Los títulos de propiedad no han sido presentados, por lo que el que resulte comprador, deberá conformarse con las fotocopias agregadas en autos y las actuaciones que expida el Juzgado, y tomara a su exclusivo cargo los trámites necesarios para inscribir a su nombre lo adquirido, no admitiéndose reclamo alguno una vez efectuada la subasta . El comprador abonara en el acto del remate el 10% como seña y a cuenta de precio, con mas el 3% por comisión de Ley del Martillero, todo en dinero efectivo ( no se aceptan cheques, ni dólares), el pago del saldo de precio será abonado mediante transferencia bancaria a una cuenta judicial a abrirse para estos caratulados y a la orden de este Juzgado en el Nuevo Banco de santa Fe, sucursal Reconquista, indefectiblemente dentro de los 5(cinco) días de aprobada la subasta, una vez ejecutoriada que quede e intimado el o los compradores, mediante deposito en “Cuenta Judicial”, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el Art. 497 del C.P.C.C., debiendo abonar también el impuesto a la compra-venta . Y deberá constituir domicilio legal en jurisdicción del Juzgado interviniente en esta causa (Art. 84 Inc. II de la Ley 7547) exhibir D.N.I. e indicar estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de C.P.C.C.. Conforme a lo que dispone la Ley de I.V.A., la presente no esta gravada con dicho impuesto. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión, se deberá dejar constancia en el mismo acto de remate, del nombre y domicilio de la persona para la que se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos, dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una sociedad, deberá acompañar estatutos y poder, para comprar. Se hace saber que los impuestos y tasas son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta, con mas los impuestos que pudieran corresponder en el orden Nacional y/o Provincial y el pago del IVA, si correspondiere. Más informes en Secretaria o al Martillero, en su domicilio de Gdor. Iriondo Nº141, de la ciudad de Reconquista (SF), lo que se publica a sus efectos legales y por el termino de Ley en el Boletín Oficial y transparente del Juzgado según Ley Nº11.287 y arts. 67 y 492 del CPCC.- Reconquista, 03 de Septiembre de 2020. Dr. José Boaglio - Secretario.

$ 600 425636 Sep. 7 Sep. 9

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