picture_as_pdf 2020-09-14

CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala IV) de Rosario, se ha ordenado la siguiente publicación dentro del expediente VAZQUEZ NANCY c/SURIANO ROBERTO s/Daños; CUIJ 21-01602036-9, Rosario, 15 de Julio de 2020. Atento lo informado por Mesa de Entradas, no habiendo los herederos del Sr. Roberto Suriano comparecido a estar a derecho, decláraselos rebeldes. Notifíquese por Edictos. Fdo. Dra. Gabriela Bottoni (prosecretaria). Rosario, 4 de Agosto de 2020.

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del señor Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de la ciudad de Rosario, Dr. Horacio Allende Rubino, secretaría de quien suscribe, hace saber que en los autos caratulados: CASTRO, CLAUDIO LISARDO c/MONJES, MARCELO ALEJANDRO y Otros s/Daños y Perjuicios; (Expte. N° 21-00206495-9), atento que el demandado Monjes, Marcelo Alejandro (DNI N° 31.330.969) no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado, se lo ha declarado rebelde siguiendo el trámite sin su representación. Rosario, de Agosto de 2020. Fdo. Dr. Mariano H. Novelli, secretario.

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ta. Nominación de Rosario, Juez de Trámite Dr. Ignacio V. Aguirre, se hace saber que dentro de los autos caratulados: LOPEZ, ALFREDO RODOLFO y Otros c/SANTA CRUZ, JUAN CARLOS y Otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ 21-11860807-8), se ha ordenado designar fecha de realización de audiencia para designar defensor de oficio para el día 30 de Septiembre de 2020 a las 15.00 horas, notificándose por edictos conforme lo normado por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C., publicándose tres veces venciendo el término cinco días después de la última publicación. Rosario, 13 de Agosto de 2020. Dra. Ma. Guadalupe Gordillo, secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El señor Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimo Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, llama a los posibles interesados a formular oposición al cambio de nombre en la partida de nacimiento de la menor Ortiz Natalia Mia DNI N° 57.045.001, en los autos ORTIZ, NATASHA MIA s/Sumaria información; CUIJ 21-02914500-5, en el término de un mes por el lapso de dos meses pudiendo formular oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación, para que concurran ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Se deja expresa constancia que los mismos deberán ser diligenciados sin cargo, atento ser tramitados ante la Defensoría General Zonal N° 4 y en virtud de lo establecido en el art. 145 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Rosario, de Julio de 2020. Juez: Dr. Fabian E Daniel Bellizia; Secretaria Dra. Agustina Filippini.

S/C 425075 Set. 14 Set. 15

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se hace saber que en autos CIRUBON S.A. s/Concurso preventivo; (Expte. 21-01486305-9), por decreto de fecha 20/08/2020 se ha dispuesto: En cuanto a la reprogramación de fechas solicitada, se procederá del siguiente modo: Fijar hasta el día 22 de Octubre de 2020 como fecha tope hasta la cual los acreedores presenten los pedidos de verificación al síndico (Art. 14 Inc. 3 LCQ), debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del Art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 9 de Diciembre de 2020 para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal (Art. 35 LCQ) y el día 22 de Febrero de 2020 para la presentación del Informe General (Art. 39 LCQ). Se hace saber que el resto de las fechas relativas a la propuesta de acuerdo se evaluarán oportunamente, atento a los proyectos de ley que hay en tratamiento legislativo sobre la materia. Asimismo por decreto de fecha 24/08/2020 se dispuso: Se advierte que por error involuntario se fijó como fecha para la presentación del Informe General el 22 de Febrero de 2020, cuando correspondía hacerlo para el 22 de Febrero de 2021. Hágase saber a la concursada a los fines de la publicación de edictos. A los efectos de solicitar verificación de créditos, se hace saber que puede optarse por la forma presencial o no presencial resuelta por el Tribunal. A fin de cumplimentar con lo dispuesto respecto de cada una de estas formas, debe contactarse con la debida anticipación a la sindicatura actuante, al siguiente correo electrónico: mciverificaciones@gmail.com. Teléfono Celular CPN Marcelo Hernández: 3416-617466. Teléfono Estudio: 679-7295. Rosario, 26/08/2020. Fabián E. Bellizia, Juez; Agustina Filippini, Secretaria.

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la autorizante, se hace saber que se ha dictado Resolución N° 1044 de fecha 21/08/20 por la que se resolvió: 1) Declarar en estado de falencia a RUIZ MORENO, RODRIGO EMANUEL, DNI N° 33.016.583, con domicilio en calle Garibaldi 463, Piso 3, de la ciudad de Rosario. 2) Anótese la inhibición general del fallido, en el Registro General de Propiedades, Registro de la Propiedad Automotor y/o que corresponda y comuníquese la presente declaración de quiebra al Registro de Procesos concursales, debiendo este punto ser cumplimentado a través de la Sindicatura. Hágase saber que la sindicatura deberá acreditar el cumplimiento de estas obligaciones en el plazo de 30 días, bajo apercibimientos de ley. 3) Intímese al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquel a ponerlos a disposición de la sindicatura. 4) Oficiar al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) a efectos de que informe respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten titularidad del fallido en todo el país, al Registro General y a la API sección patentes, a fin de que informen si el fallido posee bienes registrables a su nombre, y al Banco Central de la República Argentina a fin de que haga saber a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en qué tipo de operaciones, absteniéndose de contestar en caso negativo. 5) Prohíbese hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser los mismos ineficaces. 6) Reténgase la correspondencia epistolar y telegráfica debiendo oficiarse a tal fin a las reparticiones respectivas a fin de que la entreguen al síndico. 7) Hágase saber al fallido, que no podrá ausentarse del país sin previa autorización judicial, hasta la presentación del informe general por parte de la sindicatura. Ofíciese a los fines de lograr las comunicaciones necesarias para asegurar lo dispuesto por el art. 103 de la L.C.Q. Hágase saber a la sindicatura que conforme Disposición Ministerial N° 914/11 de la Dirección Nacional de Migraciones las medidas de restricción de salida del país caducan automáticamente a los seis meses, estando a su cargo solicitar su renovación silo estimara conveniente. 8) Ordénase la confección del inventario de los bienes del fallido, en el término de treinta (30) días - el que comprenderá sólo rubros generales (Art. 88 ic. 10 de la L.C.Q.) - y la incautación prevista en el art 177 de la L.C.Q., que estará a cargo de un Oficial de Justicia. 9) Para sorteo de síndico desígnase la audiencia del día miércoles 02 de Septiembre de 2020, correspondiendo a la categoría B. Fecho, la sindicatura deberá proponer la forma de realización en función de los bienes existentes. 10) Trábese embargo sobre los haberes que perciba el fallido. Para el caso que no superen el doble del salario mínimo vital mensual, se efectivizará hasta el 10% del importe en que exceda este último; y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual, el 20% del importe que exceda este último. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial abierta al efecto en el Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados, a nombre de este Juzgado y para estos autos. 11) Notifíquese al A.F.I.P., D.G.R., A.P.I. Y Municipalidad. Hágase saber a la sindicatura que se designe, que deberá cumplimentar con lo dispuesto por la Resolución Nº 745/99 del A.F.I.P. 12) Publíquense los edictos de Ley en el BOLETÍN OFICIAL. 13) Las fechas indicadas en la última parte del Art. 88 de la L.C.Q., serán fijadas por Auto Ampliatorio, aceptado que fuera el cargo por el síndico que se designe oportunamente, de igual forma se procederá con la publicación de edictos. 14) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto en el art. 21 LCQ, oficiando a los Juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de ejecución en lo Laboral, de Responsabilidad Extracontractual, a efectos de hacerles saber de esta apertura de concurso, de requerirle que informen si el concursado es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula y CUIJ). Los oficios serán remitidos por Secretaría por mail, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el concursado no es parte en ningún juicio tramitado por ante su juzgado. Insértese, agréguese copia y hágase saber. RUIZ MORENO, RODRIGO EMANUEL s/Solicitud propia quiebra - 21-02921567-4 (747/2019). Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.

S/C 425079 Set. 14 Set. 16

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La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, hace saber que en autos SOSO, DIEGO s/Solicitud de propia quiebra, CUIJ 21-02918508-2, por resolución N° 544 de fecha 20/8/20, se ha declarado la quiebra de Diego Soso, DNI N° 21.545.999, con domicilio real Entre Ríos 350 Piso 6 Dpto D y procesal en Pellegrini 1890, Piso 4, ambos de Rosario; intimando a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del Síndico; intimando al deudor para que, dentro de las 24 hs, entregue al síndico toda la documentación relacionada con su contabilidad; prohibiendo hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Silvina Rubulotta, secretaria. 24 de Agosto de 2020.

S/C 425039 Set. 14 Set. 18

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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Tercera Nominación de Rosario a cargo de la Sra. Jueza Dra. Cecilia Andréa Camaño, Secretaría de la Dra. Alejandra Juliana Martinez, dentro de los autos caratulados DE LEONARDI, PABLO LUIS c/ROMERO, YESICA VANINA y Otros s/Prepara via ejecutiva; Expte. C.U.I.J. Nº 21-12626270-9, cita a la Sra. Romero Yesica Yanina, a los efectos de que reconozca su calidad de locataria, por el término y el precio convenidos y exhiba el último recibo y al Sr. Asencio Garcia Miguel José, para que reconozca la firma de la documental privada que se le atribuye, a la audiencia del día diecisiete de Septiembre del 2020 (17/09/2020) a las 09:00 horas. Fdo: Dra. Camaño Jueza, Dra. Martínez, secretaria. 25 de Agosto de 2020. Dra. María Luz Muré, prosecretaria.

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Por disposicion del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario y en autos BANCO MACRO SA c/ABDUCH, MARISA VERONICA y Otro s/Juicio Ejecutivo; Expte. 21-02893102-3, se hace saber a Eduardo Alberto artero (DNI 14.535.955), que se dicto lo siguiente: 1045 Rosario, 25/04/2018 y Vistos y Considerando Resuelvo: 1) Téngaselo por presentado, constituido domicilio, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado, otórguesele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. 2) Por promovida Demanda ejecutiva. Cítese y emplácese a los demandados para que en el término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. 3) Decretar la inhibición general del demandado Sra. Marisa Verónica Abduch, suficiente a cubrir la suma de $ 50.000 con más la suma de $ 15.000 estimados provisoriamente para intereses y costas, librándose oficio al Registro General. La medida se despacha a solicitud del Dr. Alejandro Suarez, autorizándose a correr con el diligenciamiento del presente además a los Dres. Victor Suarez, Ana Maria Modestini de Suarez y/o Marcelo Suarez. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Insértese y hágase saber. Firmado Dra. María Belén Baclini secretaria; Nestor O. Garcia juez. Dr. Fernando Adrián Bitetti.

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Por disposición del Juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de la 2ª Nominación de Rosario y en autos BARTOLINI, SEBASTIAN c/ANGELONI, ERCILIO ANTONIO s/Prescripción adquisitiva; 21-02886164-5 se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Nº 697 Rosario, 08 de Julio de 2020 Y Vistos y Considerando. Fallo: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia, declarar adquirido por prescripción para Sebastián Bartolini, DNI N° 29.313.121, el dominio del inmueble individualizado como lote A, conforme al plano de mensura para obtención de título supletorio archivado al dupl 4011-R, (lote B según plano 113853/83), ubicado sobre calle Saavedra de Alvarez, departamento Rosario, entre las calles Bv. San Martín y calle Chacabuco a los 61,34 mts. de la primera hacia el Sur Este y a los 30 mts. de la segunda al Noroeste, y mide 8,66 mts. de frente por 20 mts. de fondo lindando al Sur oeste con calle Saavedra, al Nor oeste y Noreste con Sebastián Bartolini (o lote C según plano 113853/83) y al Sur este con Sopranzetti Juan C (o Juan Sapranzetti y Jorge Pinasco según plano 113853/83), inscripto a nombre de Ercilio A. Angeloni y en el Registro General Rosario al T. 461 A, Folio 16, N 114396 Dto. Rosario, PII 345365/0003-0. 2) Publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. 3) Proceder a la correspondiente inscripción registral a nombre del actor con título supletorio debido, librándose oficio de ley en forma a sus efectos, una vez satisfechos los aportes a las Cajas Profesionales. 4) Imponer las costas en la forma establecida en los considerandos. 5) Honorarios, estimada que fuera la base regulatoria. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Juez: Dra. Mónica Klebcar secretaria; Dra. Marianela Godoy. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia Ejecución Civil Circuito 2ª Nominación de Rosario y en autos UTRERA, DANIEL RICARDO c/SUAREZ CINTIA NOELIA s/Juicio ejecutivo; 21-13902317-7, se hace saber a Suarez Cintia Noelia, que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 06 de Mayo de 2019 Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Anótese inhibición general del demandado hasta cubrir la suma de $ 11.300 estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, haciéndose saber que la misma quedará sin efecto si presentare bienes o diere caución bastante. Líbrese el despacho correspondiente, con facultades de Ley. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. María Elvira Longhi, Dra. Mariana Martinez Secretaría Jueza en Suplencia. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 13 de Rosario y en autos HSBC BANK ARGENTINA SA c/MATAS JUAN CARLOS - Sucesión de - y Otros s/Juicio ejecutivo – Expte. 21-02914419-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 03 de Agosto de 2020 A los fines ordenatorios y habiéndose omitido, declárese rebelde a Claudia Isabel Bessio y prosiga el juicio si su representación Suspéndase el tramite hasta tanto fuera resuelta la relación procesal. Asimismo, procédase a efectuar la citación a los herederos de Juan Carlos Matas mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL según dispone el art. 597 del CPCC. Revóquese por contrario imperio las providencias dictadas el 27 de Julio de 2020 y 29 de Julio de

2.020. Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Lucas Menossi, Dra. Verónica Gotlier. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, en los autos caratulados PARDO S.A. c/GAMBETTA JOHANA GISELE s/Juicio ejecutivo; (C.U.I.J. N° 21-16803499-4), se ha dispuesto lo siguiente: Resolución Nº 743; Venado Tuerto 11 de Marzo de 2020. Y Vistos:... y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales de autos por su trabajo realizado en autos de referencia a la Dra. Natalí Griselda Ojeda, en la suma de Pesos ($ 1.419,14) equivalentes a la cantidad de (0.32) Unidades jus (art. 32 ss y cc. De la Ley 6767 y modif.) la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados devengaran desde los treinta días de su notificación un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual sumada que publica el BNA. Vista Caja Forense. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo. Dr. Vicente Militello, juez - Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria. 29 de Mayo de 2020. Dra. Marysol Vallati, prosecretaria.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito 3ª Circunscripción de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, en los autos caratulados PARDO S.A. c/GIMENEZ SOLEDAD s/Juicio ejecutivo; (C.U.J.J. Nº 21-16803485-4), ha dictado la siguiente Resolución N° 571; Venado Tuerto 26 de Febrero de 2020. Y Vistos:... y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales de autos por su trabajo realizado en autos de referencia a la Dra. Natalí Griselda Ojeda, en la suma de Pesos ($ 2.750) equivalentes a la cantidad de (0,62) Unidades jus (art. 32 ss y cc. De la Ley 6767 y modif.) la que Será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados devengaran desde los treinta días de su notificación un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual sumada que publica el BNA. Vista Caja Forense. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo. Dr. Vicente Militello, juez - Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria. Venado Tuerto, 11 de Marzo de 2020. Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, en los autos caratulados PARDO S.A. c/CASTILLO CINTIA AILEN s/Juicio ejecutivo; (C.U.I.J. N° 21-16804028-5) ha dictado la siguiente Resolución N° 828; Venado Tuerto, 20 de Abril de 2020. Y Vistos:... y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales de autos por su trabajo realizado en autos de referencia a la Dra. Natalí Griselda Ojeda, en la suma de Pesos ($ 5.321,80) equivalentes a la cantidad de (1,20) Unidades jus (art. 32 ss y cc. De la Ley 6767 y modif.) la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados devengaran desde los treinta días de su notificación un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual sumada que publica el BNA. Vista Caja Forense. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Dr. Vicente Militello, juez - Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria. Venado Tuerto, 17 de Junio de 2020. Dra. Marysol Vallati, prosecretaria.

$ 52,50 425084 Set. 14 Set. 16

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, en los autos caratulados PARDO S.A. c/CUEVAS EZEQUIEL ALBERTO s/Juicio ejecutivo; (C.U.I.J. N° 21-16803909-0) ha dictado la siguiente Resolución Nº 812; Venado Tuerto, 20 de Abril de 2020. Y Vistos:... y Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales de autos por su trabajo realizado en autos de referencia a la Dra. Natalí Griselda Ojeda, en la suma de pesos ($ 5.233,10) equivalentes a la cantidad de (1,18) Unidades jus (art. 32 ss y cc. De la Ley 6767 y modif.) la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados devengaran desde los treinta días de su notificación un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual sumada que publica el BNA. Vista Caja Forense. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Dr. Vicente Militello, juez - Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria. Venado Tuerto, 6 de Julio de 2020. Dra. Marysol Vallati, prosecretaria.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito 3ª Circunscripción de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, en los autos caratulados PARDO S.A. c/ANANIA JULIO s/Juicio Ejecutivo; (C.U.I.J. Nº 21-16804030-7), ha dictado la siguiente Sentencia Nro. 3585; Venado Tuerto, 19 de Diciembre del 2019. Y Vistos:... y Considerando:... Fallo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución, (art. 480 inc 3ro. Del C.P.C.) Promovida por la parte actora Pardo SA, contra el demandado Sr. Anania Julio, hasta tanto el actor se haga integro pago del capital reclamado de Trece Mil Seiscientos Veinticuatro ($ 13.624) con más los intereses detallados en los considerandos. 2) La suma definitiva de la condena surgirá de la planilla a practicarse oportunamente en autos. 3) Costas expresamente a la parte demandada perdidosa. (Art. 251 C.P.C). Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Vicente Militello, juez - Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria. Venado Tuerto, 3 de Febrero de 2020. Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito 3ª Circunscripción de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, en los autos caratulados PARDO SA. c/CERRUTI GABRIEL ESTEBAN s/Juicio ejecutivo; (C.U.I.J. Nº 21-16803799-3), ha dictado la siguiente Sentencia Nro. 3516; Venado Tuerto, 12 de Diciembre del 2019. Y Vistos:... y Considerando:... Fallo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución, (art. 480 inc 3ro. Del C.P.C.) Promovida por la parte actora Pardo SA, contra el demandado Sr. Gabriel Esteban Cerruti, hasta tanto el actor se haga integro pago del capital reclamado de Ocho Mil Setecientos ($ 8.700) con más los intereses detallados en los considerandos. 2) La suma definitiva de la condena surgirá de la planilla a practicarse oportunamente en autos. 3) Costas expresamente a la parte demandada perdidosa. (Art. 251 C.P.C). Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Vicente Militello, juez - Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria. Venado Tuerto, 3 de Febrero de 2020. Dra. Violeta L. Martinelli, secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Segunda Nominación de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Alejandro W. Bournot, en los autos caratulados: CABRERA JOSE AMADO c/ALVADO ANA MARIA y Otros s/Cobro de pesos - rubros laborales; (CUIJ N° 21-17121979-2), se ha dispuesto lo siguiente: Cítese emplácese a los herederos del Sr. Jose Amado Cabrera, D.N.I. 5.895.710 a comparecer a estar a derecho en los presentes por el término de quince días, bajo apercibimientos de ley, mediante edictos por tres veces. (Expte. N° 881- año 2016). Fdo. Dr. Gabriel A. Carlini (juez) - Dr. Alejandro W. Bournot (secretario). El presente edicto deberá publicarse por el término de tres (3) días, sin cargo atento lo dispuesto por el art. 19 C.P.L. (Beneficio de Gratuidad). Venado Tuerto, 13 de Julio de 2020.

S/C 424962 Set. 14 Set. 16

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Por disposicióndisposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. Jorgelina V. Daneri, Secretaria, Dra. María Celeste Rosso, Juez, dentro de los autos caratulados CABRERA LUIS ROLANDO s/Declaratoria de herederos; (Expte. N° 21-24614911-6), se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Cabrera Luis Rolando, mayor de edad, hijo de Perfecto Idilio Cabrera y de Isabel Siomara Segovia, casado y que falleciera por un accidente de tránsito el día 19/02/2020, DNI N° 14.343.053, con último domicilio en calle Sarmiento N° 1620 de Santa Isabel, Pcia. de Santa Fe; para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. Venado Tuerto, 4 de Agosto de 2020. Dra. Jorgelina V. Daneri, secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. Jorgelina V. Daneri, en autos: MANGIALARDI JOSÉ DOMINGO s/Sucesorio; Exp. N° 94/2020, se cita y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de don José Domingo Mangialardi D.N.I. 6.114.495, para que el término de ley comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Venado Tuerto, de 2020.

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