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ROSARIO


JUZGADO LABORAL


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 8° Nominación de Rosario, Dra. Silvina Quagliatti, Secretaria del Dr. Daniel Herrero, en autos: "BOGADO, CLAUDIA NOEMÍ c/ A.M.E.C.I.B.E. y otros s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES (Expte. CUIJ 21-04127261-6) se hace saber a la ASOCIACIÓN MUTUAL DE EMPLEADOS COMERCIANTES E INDUSTRIALES DEL BARRIO ECHESORTU que se ha decretado lo siguiente: "ROSARIO, 06 de Julio de 2020.- Venidos, se provee: Hágase saber a las partes que la fecha correcta de audiencia es 13/07/20. Intímese a la co-demandada AMECIBE a dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 34 y 35 CPL. A lo demás, oportunamente. Notifíquese por edictos." Fdo: Dr. Guissoni Porrez, Secretario. También el presente decreto: "ROSARIO, 13 de Agosto de 2020.- A los fines de la declaración de testigos, desígnase la audiencia del día 05/10/2020 a las 15:45 hs. Hágase saber a los letrados que deberá presentarse un único profesional por parte en autos y que deberán apersonarse estrictamente en el horario fijado, bajo apercibimientos de dejar sin efecto la audiencia designada sin observar tiempo de cortesía (15 minutos). A lo demás, acompañe edictos en forma. Notifíquese." Fdo: Dr. Guissoni Porrez, Secretario.- El presente edicto se publicarán sin cargo y por tres días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 13/08/2020.-

S/C 426193 Sep. 15 Sep. 17



JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario y en autos LEGUIZA LAURA CARINA c/SALVATIERRA VICTORIO s/Escrituración; Expte. 1504/2005, se hace saber que se dicto lo siguiente N° 850 Rosario 24/07/2020: Y Vistos y Considerando. Fallo: 1) Haciendo lugar a la demanda de escrituración instaurada y en consecuencia, ordenando a los herederos de Victorio Salvatierra, que en el término de diez días otorguen a favor del Sr. Bernardo Rodrigo Domínguez la escritura traslativa del dominio del inmueble inscripto al Tomo 485 A, Folio 140, N° 117.492 del Registro General Rosario, bajo apercibimiento de ser otorgada por el suscripto oportunamente y en su nombre (cfr. arts. 457 y 480 del CPCC). 2) Imponer provisoriamente las costas a la parte actora y al tercero interviniente. Insértese y hágase saber. (Expte. Nº 1504/2005). Dr. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de Rosario y en autos BANCO CREDICOOP CL c/DAUTEL, LUIS OSVALDO s/Juicio Ejecutivo; 21-O2921818-5, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Cargo N° 4550/20: Autos para sentencia. Certifique el poder general de fs. 62/64. Fdo. Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposicion del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario y en autos GRANERO MARIA CRISTINA c/SANATORIO AMERICANO SA y Otros s/Daños y Perjuicios; Expte. 21-01205849-4, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 11 de Marzo de 2020; Téngase presente lo manifestado. Agréguese la partida de defunción de la actora. Atento lo dispuesto por el segundo párrafo del art. 47 del CPCC, hágase saber al Dr. Vildor Garavelli que deberá continuar las gestiones del juicio hasta tanto se provea su reemplazo, cesando su intervención una vez vencido el término de citación de los herederos o representantes de la fallecida. A tales fines, cítese y emplácese a los herederos de la Sra. María Cristina Granero (DNI 5.499.370) mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley, a comparecer a estar a derecho en los presentes, conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Firmado Dra. María Belén Baclini secretaria. Dr. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 14 de Rosario y en autos CAMPORINI ANDRES LISANDRO MARIA c/MEG ASOCIADOS SRL y Otros s/Juicio ejecutivo; CUIJ 21-O2927354-2, se hace saber se ha dictado lo siguiente: Nº 93 Rosario 12 de Febrero de 2020: Antecedentes y fundamentos. Resuelvo: Téngase al compareciente por presentado, con domicilio legal constituido y por parte. Certifique por secretaria el poder que acompaña. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los fondos que se encuentren depositados y/o de futura acreditación en caja de ahorro y/o cuenta corriente y/o deposito a plazo fijo y/o por cualquier otro concepto en el Banco Credicoop Copp Ltdo hasta cubrir la suma de $ 60.000 con mas la suma de $ 18000 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose recaudos con facultades y bajo apercibimientos de ley previa reposición de impuesto de sellos (principio de instrumentación art. 168 del Código Fiscal. Insértese y hágase saber. Rosario 07 de Agosto de 2020 proveyendo escrito cargo 6853/20: agréguese la cedula acompañada. Surgiendo de las constancias de autos que el domicilio del demandado resulta desconocido, cítese y emplacese al mismo por edictos (art. 73 CPCC). Oportunamente dese cumplimiento a lo normado por el art. 78 CPCC. Ambas actuaciones fueron firmadas por el Dr. Agustín Crosio y el Dr. Marcelo Quaglia. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario y en autos INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) SA c/BACELLI, ILEANA y Otros s/Cobro de pesos; 21-02898690-1, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 24 de Julio de 2020; Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada - no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado Dra. María Sol sedita. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario y en autos UTRERA, DANIEL RICARDO c/ROSA HUGO ALBERTO s/Juicio ejecutivo; 21-02900973-9, se hace saber a Rosa Hugo Alberto, que se ha dictado lo siguiente: Nº 2507, Rosario 30/10/2019 Y Vistos y Considerando. Fallo: 1.- Mandando llevar adelante la ejecución contra Daniel Ricardo Utrera por el cobro de la suma de Pesos veintisiete mil ($ 27.000), con más un interés equivalente a la Tasa Activa del Banco de la Nación para operaciones ordinarias, desde la mora y hasta el efectivo pago, con costas. 2.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Nº 2664, Rosario 12/11/2019: Y Vistos y Considerando Resuelvo: Resuelvo: hacer lugar al recurso solicitado, aclarando la sentencia N° 2507 de fecha 30/10/19: 1) en sus "Y VISTOS", disponiendo que "...el actor promueve demanda ejecutiva contra Hugo Alberto Rosa.., y no como por error se inscribió; 2) en su parte resolutiva, en el sentido que corresponde 1.- Mandando llevar adelante la ejecución contra Hugo Alberto Rosa...", y no como erroneamente fue dispuesto. Todo ello, quedando subsistente en lo demás el decisorio de referencia. Insértese y hágase saber. Ambos fueron firmados por Dr EzequieL Zabale, Dra. Gabriela Cossovich. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario y en autos FIGUERERO BLANCA ROSA c/RUBIO AMANDO s/Usucapión; 21-01480075-9, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Nº 343, Rosario, 26/07/2018; Y Vistos y Considerando Fallo: 1) Hacer lugar a la acción de Usucapión promovida en autos, respecto del inmueble ubicado en la calle Av. del Libertador Nº 1550 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez (S.Fe), inscripto al Tomo: 298, Folio: 263, Nº 78448 del Registro de la Propiedad de la ciudad de Rosario, declarando probada la quieta, ostensible, continua, pacífica e ininterrumpida posesión de los mismos por parte de la actora Blanca Rosa Figuerero, y en consecuencia, declarar la adquisición del mismo por parte de la actora cuyo plazo de prescripción se cumplió en el año 2017, atento haber declarado la toma de posesión desde el año 1988, otorgándose, previo cumplimiento de los recaudos de ley, el título supletorio respectivo; II) Costas a la actora, según lo fundado en los precedentes "Considerandos" III) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto los profesionales actuantes acompañen copia de sus incripciones ante la AFIP; IV) Insértese y hágase saber. (Autos: FIGUERERO Blanca Rosa c/RUBIO Amando s/Usucapión; Expte. Nº 1340/2010, CUIJ 21-01480075.9). Dra. Agustina Filippini, Dr. Fabian E. Daniel Bellizia. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario y en autos LEDESMA SAAI c/TERRASUR SA y Otros s/Juicio ejecutivo; 21-02873615-8, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: N° 1665; Rosario, 26/07/2018 Y Vistos y Considerando Fallo: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución contra TERRASUR SA y GUSTAVO ALBERTO MONTI, hasta tanto el actor se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de Pesos Quinientos Treinta y Dos Mil Ciento Sesenta y Siete ($ 532.167), con más un interés equivalente a la tasa activa sumada del BCRA, desde la mora y hasta el día de su efectivo pago. 2) Costas al vencido (art. 251 CPCC). 3) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Dra. Marianela Godoy, Dra. Mónica Klebcar. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial de la 5ª Nominación de Rosario y en autos FORTI CRISTIAN DAVID c/MUZZIO NYLDA RUTH y Otros; s/Escrituración; 21-01197143-9, se hace saber a Nylda Muzzio y Angel Muzzio, que se ha dictado lo siguiente. Nº 445, Rosario, 28/07/2020; Y Vistos y Resuelvo: 1) Aclarar que el nombre de la codemandada Myriam Sara Gladis Muzzio, es en realidad es Myriam Sara Gladys Muzzio, tal como se describe en los considerandos precedentes 2) Ordenar se deje nota marginal de la presente en el Protocolo respectivo por Secretaría. Insértese y hágase saber. Autos FORTI CRISTIAN DAVID c/MUZZIO NYLDA RUTH y Otros s/Escrituración; Expte. Nº 1187/2008, CUIJ 21-01197143-9. Dra. Silvina L. Rubulotta; Dra. Lucrecia Mantello. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario y en autos MERCADO ESPINOZA JOSE YSABEL c/ZILOCHI DELIA NILDA MARIA y Otros s/Escrituración; Expte. 21-02915346-6, se hace saber que por decreto de fecha 03 de Agosto de 2020 se cita y emplaza a los herederos de Antonio Francisco López y de Delia Nilda María Zilochi, a que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos por tres días, conforme lo dispuesto por el artículo 597 CPCC. El decreto fue firmado por la Dra. Patricia Beade y la Dra Susana Gueiler. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nom. de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: PUCCINI NOEMI IRMA c/LO GIUDICE ANTONIO s/Usucapión; CUIJ N° 21-01565161-7, se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 11 de Marzo de 2019. Proveyendo el escrito cargo N° 2.396/2019: Por notificado. Proveyendo el escrito cargo N° 2.397/2019: Agréguense las constancias acompañadas. A lo solicitado, previamente, emplácese por edictos a los herederos del causante Lo Giudice Antonio, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Notifíquese por cédula a los herederos declarados en el expediente sucesorio en el domicilio real y legal constituido, oficiándose al Juzgado de Distrito Civil y Comercial N° 10 a tales fines. Fdo. Dr. Marcelo Carlos M. Quaglia (Juez), Dr. Agustín Crosio (Secretario). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Lo Giudice Antonio (DNI 05.960.875), para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Rosario, 07/08/2020. Dr. Agustín Crosio, secretaria.

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Por disposición del Señor Juez a cargo de Juzg de 1ª Instancia de Circuito N° 5 Sec. 1 de Rosario, se ha ordenado la siguiente publicación de la sentencia N° 476 (Tomo: 122, Folio: 350) dentro del expediente PONCE, MARIA RAQUEL y Otros c/SABIGNOSO, ALEJANDRA SOLEDAD s/Apremios; 21-12620281-1: Y Vistos:... Y Considerando: Que citada de remate la parte demanda con las prevenciones del art. 473 del CPCC., no ha opuesto excepciones legítimas al curso de la demanda. Que el crédito que se ejecuta es de los comprendidos en el art. 507 del Código citado. Por tanto haciendo efectivo el apercibimiento decretado; Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el acreedor perciba íntegra la suma reclamada, con más la tasa activa promedio mensual -vencida- (sumada) que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días conforme lo establecido en la sentencia del principal para la suma reclamada; y las costas (art. 251 del CPCC). Difiérese la regulación de honorarios hasta que se practique la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Gabriela P. Almara (secretaria) Dr. Maximiliano N. Cossari (juez). Rosario, de Agosto de 2020.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario cargo de la Dra. Claudia A. Ragonese (Jueza), Secretaría del Dra. Marcela Norma Barro, con domicilio en calle Balcarce 1651 de Rosario Pcia. de Santa Fe, dentro de los caratulados LOTUFFO, SILVANA PATRICIA c/LOIS, MONICA ALICIA y Otros s/Apremios; CUIJ N° 21-12612348-2, se ha dispuesto notificar a la codemandada Sra. Nilda Caballero la siguiente sentencia: Tomo: 88, Folio: 256, Resolución N° 399; Rosario, 29/04/2020 Y Vistos:... Considerando:... Fallo: 1) Rechazar las excepciones opuestas y, en consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución contra Mónica Alicia Lois (D.N.I. 17.324.710), Analía Graciela Vargas (DNI 14.569.638) y Nilda Caballero (DNI 24.778.916), hasta tanto la parte actora, Perito calígrafa Silvana Patricia Lotuffo, se haga íntegro cobro del equivalente a 3 unidades jus que a la fecha asciende a la suma de $ 13.304,52, a la que corresponderá continuar adicionando los intereses indicados en los considerandos. 2) Imponer las costas a las demandadas vencidas (art 251 CPCC SFE. 3) Los honorarios se regularán oportunamente. Insértese y hágase saber. Dra. Marcela N. Barro (secretaria), Dra. Claudia A. Ragonese (Jueza).

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El señor Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de la 5ª Nominación de Rosario dentro de los autos caratulados ANGELONE, EDUARDO ANTONIO c/MARCATELLI ALDO ANGEL y Otros s/Daños y perjuicios; (Expte. CUIJ 21-12617057-9), ordena se haga saber de la rebeldía del Sr. Marcatelli Rubén Felix, dictada en los presentes autos. Se transcribe decreto: Rosario, 30 de Mayo de 2019. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Firmado: Dra. Gabriela P. Almará (Secretaria) - Dr. Maximiliano N. Cossari (Juez). Publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL a tales fines por el término de dos días. Rosario, de Julio de 2020.

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En autos ARANDA LIBORIO s/Quiebra, Expte. N° 269/2007, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. García (Juez), Secretaría de la autorizante, se ha dictado lo siguiente en la quiebra del Sr. Aranda Liborio, DNI 6.051.291, a saber: Rosario, 03 de Agosto de 2020; Por practicada ampliación del Proyecto de Distribución. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dr. García (Juez), Dra. Baclini (Secretaria). Lo que se publica y hace saber a todos los fines y efectos legales.

S/C 424929 Set. 15 Set. 16



El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, hace saber que en los autos caratuladps AUTOGAR CONSORCIO EDIFICIO c/FERNANDEZ, EDUARDO s/Juicio ejecutivo; Expte. N° 21-13900852-6, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Ercilia Joaquina Garcia L.C. 4.809.808 y de Eduardo Fernández L.E. 1.392.237, para que comparezca ante este Tribunal para hacer valer sus derechos por el término de ley y bajo los apercibimientos de designar un curador que cumlplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos, rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Rosario, de Julio de 2020. Dra. Gabriela B. Cossovich, Secretaria.

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 13 de Rosario, hace saber que en los autos caratulados AMICHETTI GABRIEL c/TRANSPORTES UNO S.R.L. y/o Otros s/Cobro de pesos; (Expte. Nº 21-03689215-0), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 13 de Rosario se cita y emplaza a los herederos del codemandado fallecido Sr. Omar Pedro Carenzo D.N.I.

5.078.213, en los términos del art. 597 CPCC bajo apercibimientos de ley. Rosario, 22 de Julio de 2020. Dr. Lucas Menossi, secretario.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, en autos: BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A. c/ORELLANO HORACIO DAVID s/Juicio ejecutivo; Expte. Nº 808/2017, se le hace saber al Sr. Orellano horacio David el siguiente auto N° 2318, Rosario, 20 de Septiembre del 2017. Y Vistos: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general en copia simple acompañado y que deberá certificar por ante la Actuarla. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trabar embargo sobre los haberes que perciba el demandado, Horacio David Orellano, hasta cubrir la suma de $ 97.306,57, con mas la suma de $ 9.730,65, para intereses y costas futuras, con los límites dispuestos por Decreto Ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Gabriela Cossovich; Dr. Ezequiel Zabale.

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos CARDOZO GISELLE s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02920542-3, se ha dictado la Resolución N° 916 de fecha 27/07/2019 que ha ordenado lo siguiente: 1) Fijar el día 04/09/2020 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q. 2) Fijar el día 20/10/2020, para la presentación del informe general por la Síndico. Insértese y publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Fdo.: Dra. María Silvia Beduino, Jueza; Dra. María Amalia Lantermo, Secretaria. 20 de Agosto de 2020. Dra. María Florencia Netri, prosecretaria.

S/C 424769 Set. 15 Set. 21



Por disposicin del Juzgado de Primer Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Susana Silvina Gueiler, se hace saber que en autos ETCHEVERS, IGNACIO c/PEREYRA, JENNIFER CAROLINA s/Apremio, CUIJ N° 21-02927486-7, se ha dispuesto lo siguiente Rosario, 18 de Agosto de 2020. Resolución N° 929, Tomo 108, Folio 217; Y Vistos: Lo solicitado precedentemente y constancias de autos; Resuelvo: Aprobar en cuanto por derecho hubiere lugar, la planilla practicada en autos la que asciende a la suma de $ 20.649,17. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Patricia Beade, secretaria; Dra. Susana Silvina Gueiler, Jueza. 19 de Agosto de 2020. Dr. Jonatan Pierini, prosecretario.

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Inst. De Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nom. de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, se hace saber a los interesados que en los autos caratulados: RAMOS JESÚS GASTÓN ADRIÁN s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02884365-5, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución en fecha 04/03/2020. Se han regulado los honorarios de los funcionarios conursales mediante auto Nº 682 de fecha 07/9/20, para la CPN Patricia Suárez en la suma de $ 80.000, y abogado de la fallida, Dr. Eduardo Cerino en la suma de $ 50.000. Fdo. Dra. Gabriela Cossovich secretaria.

C/C 424936 Set. 15 Set. 21



Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimotercera (13ª) Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Verónca Gotlieb (Juez), Secretaría del Dr. Lucas Menossi, en los autos caratulados NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/MIRANDA, FLAVIA BETIANA s/Juicio ejecutivo; (CUIJ 21-02926611-2), se ha ordenado publicar edictos a efectos de notificar a la demandada Sra/ta. Flavia Betiana Miranda (D.N.I. N° 29.348.830), el Decreto del siguiente tenor: Rosario, 23 de Diciembre de 2019. Por presentadas con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado en copias simples que deberá certificar. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa por la suma de $ 693.455,40. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese inhibición sobre el mismo hasta cubrir la suma pretendida más treinta por ciento estimados para intereses y costas futuros. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. A lo demás, téngase presente. Notifíquese por cédula. 12 de Agosto de 2020. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb (Juez) - Dr. Lucas Menossi (Secretario).

$ 33 424945 Set. 15 Set. 17



Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MENDOZA OMAR A. s/Apremio municipal, Expte: 816/17. Se ha dictado la siguiente resolución: Nº 2235. Arroyo Seco 11/10/2017. Vista:... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.517,74, en concepto de capital, con más la suma de $ 6.758, estimados provisoriamente por interese s costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Mendoza Omar A. y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio KLR-252 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 16 de Julio de 2020. Pablo R. Rodríguez, secretario.

S/C 424876 Set. 15 Set. 17



Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VITELLI ALICIA s/Apremio municipal, Expte. 619/17. Se ha dictado la siguiente resolución: Nº 1527. Arroyo Seco, 26/07/2017. Vista:... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 76.760,30, en concepto de capital, con más la suma de $ 38.380,15, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicare en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Vitelli Alicia y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio NLT-008 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 16 de Julio de 2020. Pablo R. Rodríguez, secretario.

S/C 424877 Set. 15 Set. 17



Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PIZZORNO MARÍA DE LOS ANGELES s/Apremio municipal, Expte. 21-22764936-1, ha dictado la siguiente resolución: Nº 901. Arroyo Seco, 22 de Abril de 2019. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1. Llevar adelante la ejecución respecto de Pizzorno María de los Angeles y/o poseedor y/o tenedor del automóvil dominio NOQ-955, en su carácter de responsable del Impuesto Patente Única sobre vehículos, por la suma, por la suma de pesos veinte mil trescientos veinticinco con noventa y tres centavos ($ 20.325,93), con más el interés del cuatro por ciento (4%) mensual, hasta tanto la actora se haga íntegro pago del capital reclamado. Con costas (CPC, 251). 2. Diferir el sorteo para designación del martillero encargado de proceder a la subasta —así como la determinación de día, lugar y hora para su realización- al tiempo en que se haga efectivo el embargo ordenado en autos. 3. Postergar la regulación de honorarios del profesional interviniente hasta tanto sea practicada la planilla del caso. Insértese, agréguese y hágase saber. A los demandados desconocidos notifíqueselos por cédula en las puertas del juzgado (ley 5066, art. 28). Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez; Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Pizzorno Maria de los Angeles y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio NOQ-955 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 31 de Julio de 2020. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 424879 Set. 15 Set. 17



Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSCOM S.R.L. s/Apremio; CUIJ 21-22764909-4, ha dictado la siguiente resolución: N° 905. Arroyo Seco, 22 de Abril de 2019. Y vistos:... Y considerando:... Resuelvo: 1. Llevar adelante la ejecución respecto de TRANSCOM S.R.L. y/o poseedor y/o tenedor del automóvil dominio EZB-331) en su carácter de responsable del impuesto patente única sobre vehículos, por la suma de pesos quince mil trescientos setenta y nueve con sesenta centavos ($ 15.379,60) con más el interés del cuatro por ciento (4%) mensual, hasta tanto la actora se haga íntegro pago del capital reclamado. Con costas (CPC 251). 2. Diferir el sorteo para designación del martillero encargado de proceder a la subasta —así como la determinación de día, lugar y hora para su realización- al tiempo en que se haga efectivo el embargo ordenado en autos. 3. Postergar la regulación de honorarios del profesional interviniente hasta tanto sea practicada la planilla del caso. Insértese, agréguese y hágase saber. A los demandados desconocidos notifíqueselos por cédula en las puertas del juzgado (ley 5066, art. 28). Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez; Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a TRANSCOM S.R.L. y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de impuesto de patente única sobre vehículo, perteneciente al dominio EZB-331 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 31 de Julio de 2020. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 424881 Set. 15 Set. 17



Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PINEDA ROQUE R. s/Apremio, CUIJ 21-22764238-3, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1899. Arroyo Seco, 13/08/2018. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante) atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.651,11, en concepto de capital, con más la suma de $ 7.352,55, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460) CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27) L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez; Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Pineda Roque Ramon y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio NBT-117 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 5 de Agosto de 2020. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 424884 Set. 15 Set. 17



Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ALMARAZ CHAMBI ZENON s/Apremio, Expte. N° 849/2017, ha dictado la siguiente resolución: N° 2276. Arroyo seco, 20 de Octubre de 2017. Vista:... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.115,07, en concepto de capital, con más la suma de $ 9.557,53, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notficado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez; Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Almaraz Chambi Zenon y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio KOQ-206 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 22 de Agosto de 2020. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 424887 Set. 15 Set. 17



Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SR. JOSE WALTER MONGE, D.N.I Nº 6.022.777, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “Monge, José Walter S/ Declaratoria de Herederos”; (CUIJ N° 21-02926130-7). - Dra. María Verónica Lara. Rosario, 20 de Agosto de 2020.-

$ 45 426002 Sep. 15



Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CANO MIRTHA AMALIA (DNI 4.780.962) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados “CANO MIRTHA AMALIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02931117-7. Dra. Vanina C. Grande Rosario, de agosto de 2020.

$ 45 425487 Sep. 15



Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, don Juan Tercilio Tamagno (DNI 8.444.471), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: TAMAGNO, JUAN TERCILIO s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02931491-5). Rosario, de Agosto de 2020. Cecilia B. Wendler, prosecretaria.

$ 45 424992 Set. 15



Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercíal Nº 5 de Rosario y en autos CAPPELLO ALBERTO ANDRES s/Declaratoria de herederos 21-01176292-9, se hace saber que se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por el causante Cappello lberto Anfres (DNI 5.965.759), a que comparezcan a estar a derecho por el término de ley. Publíquense edictos por un día. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria en suplencia.

$ 45 424903 Set. 15



El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 14 de la ciudad de Rosario, por el presente hace saber que dentro de los autos caratulados TORRES, LUISA MIRTHA c/MOTTINO, ARASEL MERCEDES y Otros s/Prescripción Adquisitiva - Usucapión, C.U.I.J. N° 21-01564996-5, se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de Luis Enzo Leo y Mottino, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley y bajo apercibimientos de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los derechos de los rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Rosario, de Julio de 2020.Dra. Valeria Beltrame, prosecretaria.

$ 33 424906 Set. 15 Set. 17



Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Héctor Hugo Fernández (D.N.I. 6.005.274), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulalos: FERNÁNDEZ HECTOR HUGO s/Sucesorio; (CUIJ 21-02930242-9). Cecilia B. Wendler, prosecretaria.

$ 45 424770 Set. 15



Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ricardo Raúl Arturo Balan (DNI N° 6.174.877), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BALAN, RICARDO RAÚL ARTURO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02932416-3). Rosario, 19 de Agosto de 2020. Dra. Bárbara Lechini, secretaria.

$ 45 424771 Set. 15



Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Delfor Elpidio Pardal (DNI N° 2.266.879) y Dora María Rubino (DNI Nº 5.511.804), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PARDAL, DELFOR ELPIDIO y Otros s/Sucesión (CUIJ N° 21-02928375-0). Rosario, 21 de Agosto de 2020. Dra. Bárbara Lechini, secretaria.

$ 45 424773 Set. 15



Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ricardo Eustaquio Rigato (D.N.I. 6.113.074), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulado: RIGATO, RICARDO EUSTAQUIO y Otros s/Declaratoria de herederos, CUIJ Nº 21-02928372-6. Rosario, de Agosto de 2020. Dra. Bárbara Lechini (Secretaria). Dra. María Belén Moran, secretaria.

$ 45 424986 Set. 15



Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Teresa Talini (D.N.I. 1.510.946), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulado: RIGATO, RICARDO EUSTAQUIO y Otros s/Declaratoria de herederos, CUIJ Nº 21-02928372-6. Rosario, de Agosto de 2020. Dra. Bárbara Lechini (Secretaria). Dra. María Belén Moran, secretaria.

$ 45 424987 Set. 15



El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 9 de Rosario, hace saber que en los autos caratulados PUCCI LUIS s/Sucesión; Expte. N° 21-02897941-7, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 9 de Rosario, se cita y emplaza a los herederos del Sr. Luis Rufino Pucci D.N.I. 3.690.531, para que comparezca ante este Tribunal para hacer valer sus derechos por el término de ley. Rosario, 10 de Agosto de 2020. Dra. Verónica Accinelli (secretaria).

$ 45 424952 Aet. 15



Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Nominación de Rosario Dr. Marcelo N. Quiroga juez; Dra. Lorena A. González secretaria, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don/a Isabelina Maria Donatti (DNI Nº 5.564.125) en virtud de lo normado por el art. 597 CPCC, cítese y emplácese a sus herederos a comparecer, por sí o por apoderado, por el término de ley, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos SALE CESAR RAMON c/GARRO DANIEL ROGELIO s/Filiación: (Expte. Nº 21-02899321-5). Dra. Lorena Sandra González, secretaria.

$ 45 424944 Set. 15



FIRMAT


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber a Guerreño Roque y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado según plano Dupl. N° 1193/14 como Lote A de la Manzana 410 (sin Datos de Dominio), situado en la localidad de Firmat, Dpto. Gral. López y según el servicio de información territorial (SCIT) se encuentra identificado en el impuesto inmobiliario como partida 17-06-01-368700/0000-3, que dentro de los autos LESCANO ESTELLA MARIS y Otros c/GUERREÑO ROQUE s/Prescripción adquisitiva; (CUIJ 21-26416505-6), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nº 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco, Secretaria a cargo del Dr. Darío Loto, se los cita y emplaza a comparecer a estar a derecho dentro del término de ley. Firmat, 21 de Julio de 2020. Dr. Dario Loto, secretario subrogante.

$ 99 425026 Set. 15 Set. 17



En los autos caratulados SCHIAVONI VICTOR HUGO s/Sucesiones-Insc.Tardias-sumarias-volunt (CUIJ N° 21-26417925-1), en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Secretaría a cargo del Dr. Darío Loto, se cita, llama y emplaza a los herederos de Víctor Hugo Schiavoni, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Fdo. Prosecretario Dr. Federico J. Solsona. Firmat, 10 de Agosto de 2020. Dr. Dario Loto, secretario subrogante.

$ 45 424816 Set. 15



En los autos caratulados GOLES PILAR GERONIMA s/Sucesiones-insc. tardias-sumarias-volunt. (CUIJ N° 21-25858984-7), Expte. N° 129/2020, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral 2ª Nominación de Casilda, a cargo del Dr. Gerardo A. M. Marzi, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. González, se cita, llama y emplaza a los herederos de Pilar Geronima Goles, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Fdo. Dra. Sandra S. González, Secretaria. Casilda.

$ 45 424810 Set. 15



CAÑADA DE GOMEZ


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Cañada de Gómez a cargo de la Dra. María Laura Aguaya (Juez), Secretaría del Dr. Mariano Jesús Navarro, dentro de los autos caratulados ACOSTA NESTOR ARIEL s/Quiebra; (Expte. N° 21-25989401-5), ha dispuesto la publicación del presente por cinco (5) días (Art. 89 L.C.Q.) a fin de hacer saber que por Sentencia N° 111 del 27 de Febrero de 2020 se declaró la Quiebra propia del Sr. Néstor Ariel Acosta, DNI 24.682.993, con domicilio real en calle 19 Nº 509 de la localidad de Las Parejas (Santa Fe - denunciado a fs. 28), se ha clasificado el proceso como clase "B", se ha dispuesto el sorteo de Sindicatura única que intervendrá y se ha diferido la determinación de vencimientos (para presentación de pedidos de verificación, informes individuales e informe general) hasta tanto acepte el cargo la Sindicatura a designarse. Dado y firmado en mi despacho. El presente edicto deberá publicarse sin previo pago (Art. 89 Ley 24.522 y modificatoria). Dr. Mariano Jesús Navarro, secretario.

S/C 424791 Set. 15 Set. 21



La Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial Número Seis de la Provincia de Santa Fe de la Primera Nominación, con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez, sito en calle Balcarce Nº 999, llama a los herederos, acreedores y legatarios de la llamada SUSANA CARMEN ARMOA, por el término de un (01) día, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez. Dr. Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 424955 Set. 15



Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2ª Nominación, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretario autorizante Dr. Mariano Navarro, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Susana Beatriz Vivani, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: VIVANI SUSANA BEATRIZ s/Declaratoria de herederos, Expte. CUIJ N° 21-26024535-7). Cañada de Gómez, 26 de Agosto de 2020. Fdo. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 424784 Set. 15



Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2ª Nominación, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretario autorizante Dr. Mariano Navarro, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Osvaldo Domingo Menis, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: MENIS OSVALDO DOMINGO s/Declaratoria de herederos, Expte. CUIJ N° 21-26024335-4). Cañada de Gómez, 26 de Agosto de 2020. Fdo. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 424785 Set. 15



VILLA CONSTITUCIÓN


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 14 de Villa Constitución, se ha ordenado hacer saber que en los autos PARDO S.A. c/ Villalba, Joana s/ Juicio Ejecutivo. Expte. N° 21-23483088-8, se ha dictado la providencia que dice: Villa Constitución 21 de Mayo de 2020. Agréguese. Informando verbalmente la Actuaria que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, no obstante está debidamente notificada, declárasela rebelde y continúe el juicio sin su representación. Los términos empezarán a correr a partir del 26/05/2020 conforme lo dispuesto mediante Acta N° 14 dictada por la Excma. Corte suprema de Justicia (Apartado VIII). Notifíquese por cédula.- Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC. Secretaría, 10 de Junio de 2020. Dra. Analía Vicente - Secretaria.

$ 33 424326 Sep. 15 Sep. 17



Juzgado de primera Instancia de Distrito Nro. 14 Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución. Por disposición de la Sra. Jueza, Dra. Agueda M. Orsaria, Secretaría del Dr. Alejandro Danino, dentro de los autos caratulados: Forlese Olga Ines s/Sucesorio; Cuíj. N° 21-25655766-2, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña Olga Ines Forlese por treinta (30) días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaria, 29 de Julio de 2020. Dr. Alejandro Danino, Secretario.

$ 45 424322 Sep. 15 Sep. 28



Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de la ciudad de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agueda Orsaria, dentro de los autos caratulados Galli, Carlos A. s/ Juicio Sucesorio, CUIJ: 21-25655559-7, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios del Sr. Carlos Alberto Galli, D.N.I.: 11.969.312, por el término de 30 días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaria, Villa Constitución, 27 de Julio de 2020. Dr. Alejandro Danino Secretario.

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